CLAUDIA RIVERA VIVANCO, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, a sus habitantes, sabed:
Que por conducto de su Secretaría el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:
EXHORTO POR EL QUE SE SOLICITA QUE LA COORDINACIÓN GENERAL DE TRANSPARENCIA, LA CONTRALORÍA Y EL COMITÉ DE ADQUISICIONES ESTABLEZCAN UN PROTOCOLO PARA TRANSPARENTAR Y EVITAR LA CORRUPCIÓN EN LAS COMPRAS Y ADQUISICIONES QUE SE REALICEN DURANTE LA VIGENCIA DE LA EMERGENCIA SANITARIA CAUSADA POR EL COVID-19
CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 103 Y 105 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; 92 FRACCIONES I Y VIII DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; 12 FRACCIONES ll Y vil, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE CABILDO Y COMISIONES DEL H. AYUNTAMIENTO DE PUEBLA; Y:
C O N S I D E R A N D O
I. Que, los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la Ley y serán gobernados por un Ayuntamiento de elección popular directa, que tendrá la facultad para aprobar los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la Administración Pública Municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal, en término e lo dispuesto por los artículos 115 fracción ll de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 103 párrafo primero; 105 fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla.
II. Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 92 fracciones I y VIII de la Ley Orgánica Municipal, son facultades y obligaciones de los Regidores, ejercer la debida inspección y vigilancia de los ramos a su cargo, así como formular al mismo las propuestas de ordenamientos en asuntos municipales, y promover todo lo que crean conveniente al buen servicio público.
III. Que, el Ayuntamiento para facilitar el despacho de los asuntos que le competen, nombrará Comisiones Permanentes, que los examinen e instruyan hasta ponerlos en estado de resolución, de conformidad con lo establecido por los artículos 94 y 96, fracción IX de la Ley Orgánica Municipal.
IV. Que, según lo dispuesto por el artículo 12, fracciones ll y VII del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del H. Ayuntamiento del Municipio de Puebla, los Regidores podrán solicitar la palabra al Presidente Municipal para intervenir en la Sesión de Cabildo, así como están facultados para presentar al Cabildo las propuestas de cualquier norma general, puntos de acuerdo y cualquier tema de su interés.
V. Que, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, establece en los artículos 17, 19, 20 fracciones ll, IV y VIII y 22, las excepciones al procedimiento de licitación pública, entre las cuales se encuentran los casos de urgencia, los desastres naturales, situaciones mediante las cuales peligre o se altere el orden social, la economía, los servicios públicos, la salubridad, la seguridad, como consecuencia de casos fortuitos o de fuerza mayor, o existan condiciones extraordinarias o imprevisibles, o cualesquiera otras circunstancias que puedan provocar trastornos graves, pérdidas o costos adicionales importantes. Así como también existan razones justificadas técnicamente para la adquisición o arrendamiento de bienes, servicios o equipos especializados, así como sustancias y materiales de origen químico, o se trate de adquisiciones de bienes perecederos, granos y productos alimenticios básicos o semiprocesados.
VI. Que, el artículo 77 fracción XXVIII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla establece que los sujetos obligados deberán publicar, difundir y mantener actualizada y accesible en sus sitios web o en los medios disponibles, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la siguiente información: Los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la versión pública del expediente respectivo y de los contratos celebrados.
VII. Que, el Plan Municipal de Desarrollo contempla como uno de sus ejes transversales el combate a la corrupción, el cual se planteó a través de mecanismos de participación ciudadana como el Gobierno Abierto, acompañado de la Transparencia y la rendición de cuentas.
Que, en virtud de lo expuesto en los considerandos que anteceden, se presenta el siguiente:
EXHORTO
ÚNICO. Se exhorta a la Coordinación General de Transparencia, la Contraloría y el Comité de Adquisiciones establezcan un protocolo para transparentar y evitar la corrupción en las compras y adquisiciones que se realicen durante la vigencia de la emergencia sanitaria causada por el covid-19.
ATENTAMENTE.- CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA; A 17 DE ABRIL DE 2020.- FRACCIÓN PARLAMENTARIA DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL.- RUBRICAS.
El posicionamiento anterior fue leído en la Décimo Novena Sesión Ordinaria de Cabildo del diecisiete de abril de dos mil veinte.