Que por conducto de su Secretaría el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:
EXHORTO MEDIANTE EL CUAL SE LE CONMINA A LA C. CLAUDIA RIVERA VIVANCO, PRESIDENTA MUNICIPAL, A QUE ANALICE Y ESTUDIE LA POSIBILIDAD DE SUSCRIBIR UN CONVENIO DE COLABORACIÓN CON EL SECTOR PRIVADO A EFECTO DE QUE SE APOYE A LA POBLACIÓN VULNERABLE CON DESAYUNOS Y COMIDAS OTORGADOS POR FONDAS Y RESTAURANTES DEL MUNICIPIO DE PUEBLA
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN ll DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 103 Y 105 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; 92 FRACCIONES I Y VIII DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; 12 FRACCIONES ll Y VII, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE CABILDO Y COMISIONES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA; Y:
R A Z O N A M I E N T O S
I. Que, de conformidad por lo dispuesto en los artículos 115 fracciones I, II y III inciso e) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 103 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; y 3 de la Ley Orgánica Municipal, cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente o Presidenta Municipal y el número de regidurías y sindicaturas que la ley determine, de conformidad con el principio de paridad. La competencia que la Constitución le otorga al gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del Estado, además que los Municipios están investidos de personalidad jurídica, y patrimonio propios, su Ayuntamiento administrará libremente su hacienda y no tendrá superior jerárquico, ni habrá autoridad intermedia entre el Municipio y el Gobierno del Estado.
II. Que, en términos de lo dispuesto en el artículo 78 fracciones l, IV y LIX de la Ley Orgánica Municipal, son atribuciones de los Ayuntamientos, cumplir y hacer cumplir, en los asuntos de su competencia, las leyes, decretos y disposiciones de observancia general de la Federación y del Estado, así como los ordenamientos municipales; expedir Bandos de Policía y Gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general, referentes a su organización, funcionamiento, servicios públicos que deban prestar y demás asuntos de su competencia, sujetándose a las bases normativas establecidas por la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, vigilando su observancia y aplicación, con pleno respeto a los derechos humanos que reconoce el orden jurídico nacional, asimismo, tiene la obligación de prestar los servicios públicos que constitucionalmente les corresponda.
III. Que, según lo dispuesto por el artículo 12, fracciones ll y VII del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del H. Ayuntamiento del Municipio de Puebla, los Regidores podrán solicitar la palabra al Presidente Municipal para intervenir en la Sesión de Cabildo, así como están facultados para presentar al Cabildo las propuestas de cualquier norma general, puntos de acuerdo y cualquier tema de su interés.
IV. Que, el artículo 92 fracciones III y IX de la Ley Orgánica Municipal, establece que son facultades y obligaciones de los Regidores, las de ejercer las facultades de deliberación y decisión de los asuntos que le competen al Ayuntamiento, así como las que determine el propio Cabildo y las que otorguen otras disposiciones aplicables.
V. Que, el pasado 30 de marzo del año en curso el Gobierno Federal a través del Consejo de Salubridad General, emitió acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).
VI. Que, con fecha 13 de abril del dos mil veinte, la C. Claudia Rivera Vivanco, Presidenta Municipal dio a conocer el Plan de Contingencia Sanitaria y Recuperación de la Economía Municipal. Entre las acciones mencionadas señala la entrega de 27 mil despensas a igual número de familias, sin especificar la forma y temporalidad de esa entrega.
VII. Que, habiéndose entablado conversaciones con los representantes de cámaras empresariales, éstos están en la disposición de colaborar en esta acción, mediante un mecanismo de aportaciones iguales, denominado peso a peso, es decir, que por cada despensa que el municipio entregue, la IP aportara otra. De esta manera, se podría duplicar el impacto social y llegar a más personas que sufren ya los estragos por la crisis sanitaria.
Por lo que, en virtud de los Considerandos antes vertidos, las y los Regidores integrantes de este Honorable Cabildo presentamos el siguiente EXHORTO en dos sentidos:
EXHORTO
PRIMERO.- Se conmina a la C. Claudia Rivera Vivanco a que analice y estudie la posibilidad de suscribir un convenio de colaboración con el sector privado de alimentos en el municipio, a efecto de que se apoye a la población más vulnerable con la entrega de comidas, dichos alimentos deberán ser preparados por fondas y restaurantes del municipio de Puebla a efecto de reactivar e impulsar la economía y el comercio local, sobre todo en el sector gastronómico.
SEGUNDO.- Se recomienda que para la operación de estos apoyos se estudie la posibilidad de entregar vales de comida, intercambiables en los lugares que ofrezcan alimentos preparados y que se adhieran al convenio, debiéndose identificar previamente a los ciudadanos acreedores a este beneficio para recibirlo por un periodo temporal hasta el próximo 30 de mayo de este año.
ATENTAMENTE.- CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 17 DE ABRIL DE 2020 "PUEBLA, CIUDAD INCLUYENTE".- LAS Y LOS REGIDORES INTEGRANTES DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNCIPIO DE PUEBLA; CAROLINA MORALES GARCÍA.- REG. ENRIQUE GUEVARA MONTIEL.- REG. AUGUSTA VALENTINA DÍAZ DE RIVERA HERNÁNDEZ.- REG. LUZ DEL CARMEN ROSILLO MARTÍNEZ.- REG. JACOBO ORDAZ MORENO.- RUBRICAS.
El posicionamiento anterior fue leído en la Décimo Novena Sesión Ordinaria de Cabildo del diecisiete de abril de dos mil veinte.