Exhorto mediante el cual se le conmina al Tesorero a realizar de inmediato la transferencia de recursos ecónomicos a la Secretaría de Protección Civil y Gestión de Riesgos a efecto de que cuente con los recursos suficientes para responder optimamente

CLAUDIA RIVERA VIVANCO, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, a sus habitantes, sabed:

Que por conducto de su Secretaría el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:

 

EXHORTO MEDIANTE EL CUAL SE LE CONMINA AL TESORERO A REALIZAR DE INMEDIATO LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS ECONOMICOS A LA SECRETARIA DE PROTECCION CIVIL Y GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS A EFECTO DE QUE CUENTE CON LOS RECURSOS SUFICIENTES PARA RESPONDER OPTIMAMENTE A LA EMERGENCIA SANITARIA DERIVADA DEL VIRUS SARS-COV2 MEJOR CONOCIDO COMO CORONAVIRUS O COVIT-19 PARA PREVENIR O RESARCIR LOS DAÑOS A LA POBLACIÓN.

 

CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN ll DE LA  CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 103 Y 105 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE  PUEBLA; 92 FRACCIONES I Y VIII DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; 12  FRACCIONES ll Y VII, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE CABILDO Y  COMISIONES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE  PUEBLA, 79, 80 Y 81 DE LA NORMATIVIDAD PARA EL EJERCICIO DEL GASTO  Y CONTROL PRESUPUESTAL 2018-2021 Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES; Y:

C O N S I D E R A N D O

l.- Que los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la Ley y serán gobernados por un Ayuntamiento de elección popular directa, que tendrá la facultad para aprobar los bandos de policía y gobierno los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia gene dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la Administración Pública Municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal, en términos de lo dispuesto por los artículos 115 fracción ll de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 103 párrafo primero, 105 fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 3, 78 fracción IV y 84 párrafo primero de la Ley Orgánica Municipal.

II.- Que, así mismo el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en concordancia con los artículos 102 y 105, fracción III, de la Constitución Política para el Estado Libre y Soberano de Puebla, otorga la calidad de Gobierno Municipal a los Ayuntamientos, asignándoles las responsabilidades inherentes a su competencia territorial.

III.- Que, el artículo 78 fracción III de la Ley Orgánica Municipal, entre otras cosas, establece las atribuciones para que los Ayuntamientos puedan aprobar su organización y división administrativa de acuerdo a las necesidades del Municipio.

IV.- Que, el artículo 92 fracciones III y IX de la Ley Orgánica Municipal, establece que son facultades y obligaciones de los Regidores, las de ejercer las facultades de deliberación y decisión de los asuntos que le competen al Ayuntamiento, así como las que determine el propio Cabildo y las que otorguen otras disposiciones aplicables.

V.- Que, según lo dispuesto por el artículo 12, fracciones ll y VII del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del H. Ayuntamiento del Municipio de Puebla, los Regidores podrán solicitar la palabra al Presidente Municipal para intervenir en la Sesión de Cabildo, así como están facultados para presentar al Cabildo las propuestas de cualquier norma general, puntos de acuerdo y cualquier tema de su interés.

VI.- Que el Cabildo de Puebla en sesión extraordinaria de fecha 18 de marzo de 2019, determino la suspensión temporal de las sesiones de cabildo y comisiones del Ayuntamiento de Puebla y a su vez la implementación de medidas administrativas a efecto de mantener funcionando las actividades con el mínimo de personal.

VII.- Que, el pasado 30 de marzo del año en curso el Gobierno Federal a través d Consejo de Salubridad General, emitió acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).

VIII.- Que además, el Gobierno Federal a través de la Secretaría de Salud, el pasado 31 de marzo del año en curso, emitió acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria, derivada del virus SARS-CoV2 mejor conocido como Coronavirus o Covit-19, estableciendo la suspensión de actividades no esenciales de los sectores público, social y privado.

IX.- Que, derivado de la emergencia sanitaria resulta indispensable y urgente que este Ayuntamiento actué de manera pronta e instrumente acciones eficaces, que permitan prevenir o resarcir daños a la población a través de la Secretaria de Protección Civil y Gestión Integral de Riesgos, dotándola de recursos suficientes para poder realizar sus operaciones de manera óptima en beneficio de los ciudadanos, tomando en cuenta siempre la protección a los propios trabajadores del Ayuntamiento.

X.- Que, de conformidad con la Ley de Egresos del Municipio de Puebla para el ejercicio fiscal 2020, se tienen previstos en materia de contingencias $266,840,515.00 (Doscientos sesenta y seis millones ochocientos cuarenta mil quinientos quince pesos 00/100 M.N.) sin que hasta el momento el Tesorero haya informado de la integración por rubro de dicho fondo. Además en caso de que no resulten suficientes los fondos del mencionado rubro para realizar las transferencias  a la Secretaria de Protección Civil, este Ayuntamiento cuenta con los recursos existentes y suficientes, provenientes del ejercicio fiscal 2019 por el ahorro o subejercicio, de los cuales perfectamente pueden transferirse los recursos mencionados, en términos de los artículos 79, 80 y 81 de la Normatividad para el  Ejercicio del Gasto y Control Presupuestal 2018-2021 del Ayuntamiento de Puebla.

XI.- Que, en cumplimiento a lo establecido por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, las transferencias que se realicen así como el plan de acción y aplicación, deberá de ser publicado en el portal del H.  Ayuntamiento del Municipio de Puebla, para su posterior publicación en la Plataforma Nacional de Transparencia.
En las relatadas condiciones se presenta el siguiente:}

EXHORTO

PRIMERO.- Se exhorta al Tesorero Municipal a realizar de inmediato la transferencia de recursos económicos a la Secretaria de Protección Civil y Gestión Integral de Riesgos, a efecto de que cuente con recursos suficientes para responder óptimamente a la emergencia sanitaria derivada del Virus SARS-COV2 (COVIT-19) para prevenir o resarcir los daños a la población y reforzar los mecanismos de protección a sus trabajadores.

SEGUNDO.- Se exhorta a la Secretaria de Protección Civil y Gestión Integral de Riesgos a que una vez recibidos los recursos, de inmediato realice los tramites de compra que corresponda de todos los insumos que sean necesarios para implementar las acciones de sanitización en los lugares públicos del Municipio.

ATENTAMENTE.- "SUFRAGIO EFECTIVO, NO REELECCIÓN".- HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 06 DE ABRIL DE 2020.- REG. ENRIQUE GUEVARA MONTIEL.- REG. AUGUSTA VALENTINA DIAZ DE RIVERA HERNÁNDEZ.- REG. LUZ DEL CARMEN ROSILLO MARTÍNEZ.- REG. JACOBO ORDAZ MORENO.- REG. CAROLINA MORALES GARCÍA. RUBRICAS.
 

El posicionamiento anterior fue leído en la Décimo Novena Sesión Ordinaria de Cabildo del diecisiete de abril de dos mil veinte.