RES. 2022/63 | PUNTO DE ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE TIENEN POR PRESENTADAS LAS LICENCIAS DE DIVERSOS MIEMBROS DE LAS JUNTAS AUXILIARES DE LA RESURRECCIÓN Y SAN PEDRO ZACACHIMALPA DEL MUNICIPIO DE PUEBLA; ASÍ COMO LA SEPARACIÓN ABSOLUTA DE UNA ...

EDUARDO RIVERA PÉREZ, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, a sus habitantes, sabed:

 

Que por conducto de su Secretaría el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:

 

PUNTO DE ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE TIENEN POR PRESENTADAS LAS LICENCIAS DE DIVERSOS MIEMBROS DE LAS JUNTAS AUXILIARES DE LA RESURRECCIÓN Y SAN PEDRO ZACACHIMALPA DEL MUNICIPIO DE PUEBLA; ASÍ COMO LA SEPARACIÓN ABSOLUTA DE UNA INTEGRANTE DE SAN PEDRO ZACACHIMALPA, EN LOS TÉRMINOS SOLICITADOS RESPECTIVAMENTE.

 

RES.2022/63

 

 

CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 102 Y 103 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; 3, 52 FRACCIONES I y II; 78 FRACCIONES I, IV Y XXVII, 92 FRACCIONES I, III Y VII, 224, 226 Y 229 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; 20, 21 Y 108 DEL CÓDIGO REGLAMENTARIO PARA EL MUNICIPIO DE PUEBLA; 2 FRACCIÓN XV, 12 FRACCIÓN VII, 63 SEGUNDO PÁRRAFO, 114 FRACCIÓN III, 130 Y 135 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE CABILDO Y COMISIONES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA; SOMETEMOS A SU DISCUSIÓN Y APROBACIÓN DE ESTE HONORABLE CUERPO COLEGIADO EL PUNTO DE ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE TIENEN POR PRESENTADAS LAS LICENCIAS DE DIVERSOS MIEMBROS DE LAS JUNTAS AUXILIARES DE LA RESURRECCIÓN Y SAN PEDRO ZACACHIMALPA DEL MUNICIPIO DE PUEBLA; ASÍ COMO LA SEPARACIÓN ABSOLUTA DE UNA INTEGRANTE DE SAN PEDRO ZACACHIMALPA, EN LOS TÉRMINOS SOLICITADOS RESPECTIVAMENTE, POR LO QUE:


C O N S I D E R A N D O

 

I. Que, el artículo 115 fracciones I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es el orden normativo, que constituye y regula la organización política del Municipio, establece los límites y prohibiciones en el territorio; en tal contexto se dictamina en los artículos 102, 103 y 105 fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla que la base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado es el Municipio Libre, quien gozará de personalidad jurídica, manejarán su patrimonio conforme a la ley y será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal y el número de Regidores y Síndico que la Ley determine; de igual forma imprime en su contenido que las atribuciones que otorga la Constitución al Gobierno Municipal, se ejercerán por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna, entre éste y el Gobierno del Estado.

II. Que, la Ley Orgánica Municipal señala los derechos y obligaciones de los vecinos del Municipio; así como facultades y obligaciones del Ayuntamiento. En tal circunstancia dentro de sus artículos 78 fracción IV, 79 y 89 párrafo primero determina la atribución para expedir y actualizar Bandos de Policía y Gobierno, Reglamentos, Circulares y Disposiciones Administrativas de observancia general, referentes a su organización, funcionamiento, servicios públicos que deban prestar y demás asuntos de su competencia, sujetándose a las bases normativas establecidas por la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, vigilando su observancia y aplicación; con pleno respeto a los derechos humanos que reconoce el orden jurídico nacional; asimismo las reglas y disposiciones que se deben observar para la elaboración de documentos que se habrán de presentar al Cabildo del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla.

III. Que, los artículos 78 fracción IV y 84 párrafo primero de la Ley Orgánica Municipal, establecen la atribución de los Ayuntamientos de expedir el Bando de Policía y Gobierno, los Reglamentos, Circulares y demás disposiciones de observancia general, siguiendo el proceso reglamentario, que comprenderá las etapas de propuesta, análisis, discusión, aprobación y publicación, asimismo la fracción XXVII del artículo 78 de dicho ordenamiento jurídico establece como atribución del Ayuntamiento la de conceder licencias y resolver sobre las renuncias que formulen los integrantes del mismo Ayuntamiento o los de las Juntas Auxiliares, dando aviso al Congreso del Estado.

IV. Que, el artículo 92 fracciones I, IV, V y VII de la Ley Orgánica Municipal, señala que es facultad y obligación de los Regidores, ejercer la debida inspección y vigilancia en los ramos a su cargo, formar parte de las comisiones para las que fueren designados por el Ayuntamiento, dictaminar e informar sobre los asuntos que éste les encomiende y formular las propuestas de ordenamiento en asuntos municipales.

V. Que, en los artículos 12 fracción VII; 122, 123, 124, 128 y 135 del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, se establece que los Regidores forman parte del cuerpo colegiado que delibera, analiza, discute, resuelve, evalúa, controla y vigila la correcta prestación de los servicios públicos, así como el adecuado funcionamiento de los diversos ramos de la administración municipal.

VI. Que, mediante oficios número SEGOBM-UCJAAV-001/2022 y SG-UCJAAV-027/2022, ambos signados por José Carlos Méndez Paz, Titular de la Unidad de Concertación en Juntas Auxiliares y Atención Vecinal de la Secretaría de Gobernación Municipal, remitió a la Comisión de Gobernación del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla el Acta de Sesión Ordinaria de la Junta Auxiliar de La Resurrección, correspondiente al veintiséis de diciembre del año dos mil veintiuno, con los siguientes documentos:

1.  Escrito de fecha treinta y uno de diciembre de dos mil veintiuno del Ciudadano Abrahan Alejandro Pérez Pérez, Presidente de la Junta Auxiliar de La Resurrección, dirigido al Ciudadano José Carlos Méndez Paz, entonces Encargado de Despacho de la Dirección de Atención Vecinal y Comunitaria de la Secretaría de Gobernación Municipal, por virtud del cual informa que “…con fecha veintiséis de diciembre del año dos mil veintiuno, el Cabildo Auxiliar aprobó la solicitud de licencia temporal de mi cargo como Presidente Auxiliar Municipal de la comunidad indígena de la Resurrección, por lo que el ciudadano Oscar Iletl Pérez en su carácter de Suplente Presidente Auxiliar de acuerdo al plebiscito por usos y costumbres celebrado el día diez de febrero del año dos mil diecinueve, por lo que ocupará el cargo de Presidente Auxiliar municipal…”. Por lo que se tiene por aprobada la licencia temporal del cargo de Presidente Auxiliar Municipal de la Comunidad Indígena de la Resurrección, a partir del día uno de enero del año dos mil veintidós, hasta que concluya el proceso plebiscitario.
2.  Escrito de atenta invitación a integrantes de la Junta Auxiliar para la celebración de dicha Sesión de Cabildo Auxiliar.
3.  Convocatoria a la Sesión Ordinaria de Cabildo Auxiliar de fecha veintiuno de diciembre de dos mil veintiuno y Acta de la Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el día veintiséis de diciembre de dos mil veintiuno, mediante la cual se tiene por aprobada la licencia temporal de Abrahan Alejandro Pérez Pérez, al cargo de Presidente Auxiliar de La Resurrección.
4.  Acta de Sesión de Cabildo Extraordinaria de fecha primero de enero del año en curso, de la cual se desprende la aprobación de la solicitud de renuncia de Griselda Cuatlaxahue Portada, integrante de Gobernación de dicha Junta Auxiliar.

VII. Que, con fecha doce de enero del año dos mil veintidós, mediante oficio número SEGOBM-UCJAAV-022/2022, signado por José Carlos Méndez Paz Titular de la Unidad de Concertación en Juntas Auxiliares y Atención Vecinal de la Secretaría de Gobernación Municipal, remitió a la Comisión de Gobernación del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, Acta de Sesión Extraordinaria de Cabildo de la Junta Auxiliar de San Pedro Zacachimalpa, correspondiente al tres de enero del año dos mil veintidós, con los siguientes documentos:

1. Escrito de fecha cuatro de enero de dos mil veintidós, mediante el cual el Ciudadano José Alfredo Jiménez Navarro, Presidente de la Junta Auxiliar de San Pedro Zacachimalpa, remitió el Acta de Sesión Extraordinaria de Cabildo de fecha tres de enero de dos mil veintidós al Ciudadano José Carlos Méndez Paz Titular de la Unidad de Concertación en Juntas Auxiliares y Atención Vecinal de la Secretaría de Gobernación Municipal.

2. Acta de Sesión de Cabildo Auxiliar, en la cual se hace referencia a la solicitud de licencia temporal de los Ciudadanos José Alfredo Jiménez Navarro, Presidente Auxiliar; Beatriz Adriana Hernández González, integrante Propietaria de Hacienda; María Liliana Vargas Morales, integrante Propietaria de Gobernación; Gisela Marilú Pérez Moreno, integrante Propietaria de Obra, y Yazmani Javier Zenteno Jiménez, integrante Propietario de Educación y Deporte.

3. Escritos dirigidos al Ciudadano Jorge Arturo Cruz Lepe Secretario de Gobernación del Municipio de Puebla, todos de fecha cuatro de enero de dos mil veintidós, signados por los integrantes citados en el numeral anterior, a través de los cuales solicitan licencia para ausentarse de sus funciones en el periodo comprendido del tres al veinticinco de enero de dos mil veintidós.

Cabe mencionar que en términos del artículo 52 fracción I incisos a), b) y e) de la Ley Orgánica Municipal, serán los integrantes suplentes quienes deberán cubrir dichos cargos. Es pertinente mencionar que la licencia solicitada por los integrantes descritos en el párrafo inmediato anterior, no excede de treinta días; sin embargo, dicha licencia la solicitan cuatro de cinco integrantes propietarios, por lo que es necesario llamar a los suplentes respectivos para constituir Quórum.

VIII. Que, el artículo 224 de la Ley Orgánica Municipal señala que las Juntas Auxiliares son órganos desconcentrados de la administración pública municipal y estarán supeditados al Ayuntamiento del que formen parte y estarán integradas por un Presidente y cuatro miembros propietarios, y sus respectivos suplentes.

En ese tenor de ideas, el artículo 226 del mismo ordenamiento determina que los integrantes de las Juntas Auxiliares otorgarán la protesta de Ley ante el Presidente Municipal respectivo o su representante.

IX. Que, el artículo 229 del ordenamiento en cuestión establece que los integrantes de la Junta Auxiliar saliente harán entrega formal a los integrantes de la Junta Auxiliar entrante de los expedientes, los bienes muebles e inmuebles, utensilios y materiales, que hayan estado a su cargo en un plazo no mayor a cinco días contados a partir de la fecha de toma de posesión.

X. Que, derivado de lo descrito en los considerandos VI y VII del presente Punto de Acuerdo, en cumplimiento al artículo 52 fracción I, incisos a), b), c) y e) de la Ley Orgánica Municipal, se deberá tomar la protesta de Ley a los Presidentes e integrantes suplentes respectivos.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, se somete a consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado el siguiente:


PUNTO DE ACUERDO

 

PRIMERO. Se tienen por presentadas las licencias solicitadas por el ciudadano Abrahan Alejandro Pérez Pérez integrante de la Junta Auxiliar de La Resurrección y los ciudadanos José Alfredo Jiménez Navarro, Beatriz Adriana Hernández González, María Liliana Vargas Morales, Gisela Marilú Pérez Moreno y Yazmani Javier Zenteno Jiménez, integrantes de la Junta Auxiliar de San Pedro Zacachimalpa del Municipio de Puebla, en los términos solicitados de conformidad con los considerandos VI y VII del presente Punto de Acuerdo.

SEGUNDO. Se tiene por presentada la separación absoluta de Griselda Cuatlaxahue Portada, integrante de la Junta Auxiliar de La Resurrección del Municipio de Puebla, en los términos solicitados de conformidad con el considerando VI del presente Punto de Acuerdo.

TERCERO. Se instruye a la Secretaría de Gobernación del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla para que, a través de la Unidad de Concertación en Juntas Auxiliares y Atención Vecinal, tome protesta a las y los integrantes suplentes de las Juntas Auxiliares de La Resurrección y San Pedro Zacachimalpa del Municipio de Puebla que entrarán en funciones, en términos del considerando X del presente Punto de Acuerdo.

CUARTO. Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento para que, de aviso al Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, de conformidad con la fracción XXVII del artículo 78 de la Ley Orgánica Municipal.

QUINTO. Se instruye a la Secretaría de Administración y Tecnologías de la Información y a la Tesorería Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla para que realicen los trámites administrativos correspondientes para la baja y alta de las personas servidoras públicas mencionados, en virtud de lo establecido en los considerandos VI y VII del presente Punto de Acuerdo.

SEXTO. Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento para que notifique el presente Punto de Acuerdo a las Secretarías de Gobernación, de Administración y Tecnologías de Información y a la Tesorería Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla. Así como a las Dependencias que de acuerdo a sus atribuciones correspondan, para los efectos a que haya lugar.

SÉPTIMO. Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento para que publique el presente Punto de Acuerdo en la Gaceta Municipal.

 

ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 19 DE ENERO DE 2022. “PUEBLA CONTIGO Y CON RUMBO”. REG. MIGUEL ÁNGEL DE JESÚS MANTILLA MARTÍNEZ. RÚBRICA. REG. LEOBARDO RODRÍGUEZ JUÁREZ. RÚBRICA.

 

 

  

LA QUE SUSCRIBE, SILVIA GUILLERMINA TANÚS OSORIO, SECRETARIA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, CERTIFICO QUE LA RESOLUCIÓN QUE ANTECEDE FUE APROBADA EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS POR UNANIMIDAD DE VOTOS EN LA CUARTA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO CELEBRADA EL 21 DE ENERO DE 2022. LO ANTERIOR, PARA LOS EFECTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS A QUE HAYA LUGAR.- CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 21 DE ENERO DE 2022.- “CONTIGO Y CON RUMBO”.- RÚBRICA.

 

 

Por lo tanto, así se tendrá entendido para su ejecución; instruyendo se publique en la Gaceta Municipal, se circule y observe. 

 

ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 21 DE ENERO DE 2022.  EDUARDO RIVERA PÉREZ, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA. RÚBRICA.