EDUARDO RIVERA PÉREZ, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, a sus habitantes, sabed:
Que por conducto de su Secretaría el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:
PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINA LA CONFORMACIÓN DE LAS DISTINTAS COMISIONES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA
RES.2021/2
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 102 Y 103 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; 54 Y 78 FRACCIÓN XV, 92 FRACCIÓN IV, 94 Y 96 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL Y 8, 92, 93 Y 99 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE CABILDO Y COMISIONES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, SOMETO A CONSIDERACIÓN Y APROBACIÓN DE ESTE CUERPO EDILICIO EL PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINA LA CONFORMACIÓN DE LAS DISTINTAS COMISIONES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, EN ATENCIÓN A LO SIGUIENTE:
C O N S I D E R A N D O
I. Que, el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre, conforme a las bases que nuestra Carta Magna instituye.
II. Que, el artículo 102 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, establece que el Municipio Libre constituye la base de la división territorial y de la Organización política y administrativa del Estado; precisándose que cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente o Presidenta Municipal y el número de regidurías y sindicaturas que la ley determine, de conformidad con el principio de paridad de género. Además, las atribuciones que esta Constitución otorga al Gobierno Municipal se ejercerán por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna, entre éste y el Gobierno del Estado.
III. Que, el artículo 103 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla señala que los Municipios tienen personalidad jurídica, patrimonio propio que los Ayuntamientos manejarán conforme a la Ley.
IV. Que, el artículo 78 fracción XV de la Ley Orgánica Municipal establece que son atribuciones de los Ayuntamientos, designar de entre los regidores a quienes deban integrar las Comisiones que se determinan en el mismo ordenamiento.
V. Que, el artículo 92 fracción IV de la misma Ley especifica las facultades y obligaciones de los Regidores, siendo una de ellas, formar parte de las Comisiones para las que fueren designados por el Ayuntamiento.
VI. Que, el artículo 94 de la Ley Orgánica Municipal establece que el Ayuntamiento, para facilitar el despacho de los asuntos que le competen, nombrará comisiones permanentes o transitorias, que los examinen e instruyan hasta ponerlos en estado de resolución.
VII. Que, en el artículo 96 de la Ley Orgánica Municipal, se señalan las comisiones permanentes que se deben de tener como mínimo para el buen ejercicio de la Administración Pública Municipal, cabe destacar que en la fracción IX del citado artículo se señala “Las demás que sean necesarias de acuerdo a los recursos y necesidades de cada Municipio”.
VIII. Que, asimismo el artículo 8 del Reglamento Interior de Cabildo y Camisones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, en la primera sesión extraordinaria después de la instalación del Ayuntamiento, se podrá aprobar la integración de las Comisiones permanentes y transitorias.
IX. Que, el artículo 92 del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, indica que el Ayuntamiento se organizará en Comisiones, las cuales podrán ser permanentes o transitorias.
X. Que, el artículo 93 del citado Reglamento con antelación, indica que el Ayuntamiento para el despacho de los asuntos que le corresponde, nombrará a las Comisiones Permanentes en los términos previstos en la Ley Orgánica Municipal; las cuales analizarán, estudiarán, examinarán, propondrán y resolverán los asuntos de las distintas ramas de la Administración Pública Municipal, asimismo, vigilarán que se ejecuten las disposiciones, resoluciones o acuerdos del Ayuntamiento.
XI. Que, con base en lo establecido en el artículo 99 del Reglamento mencionado en puntos anteriores, se instruye que las Camisones se integrarán de manera colegiada, por un Presidente y hasta cinco Regidores, teniendo en cuenta el número de sus integrantes y la importancia de los ramos encomendados a las mismas, procurando que reflejen pluralidad. Sus integrantes tendrán derecho a voz y voto.
XII. Que, conforme a lo anterior, se requiere que nuestro Ayuntamiento integre las siguientes Comisiones Permanentes, mismas que a continuación se señalan:
PRESIDENTE: Miguel Ángel de Jesús Mantilla Martínez
VOCAL: María Dolores Cervantes Moctezuma
VOCAL: José Carlos Montiel Solana
VOCAL: Gabriela Ruiz Benítez
VOCAL: Leobardo Rodríguez Juárez
PRESIDENTE: Marvin Fernando Sarur Hernández
VOCAL: Miguel Ángel de Jesús Mantilla Martínez
VOCAL: Rocío Sánchez de la Vega Escalante
VOCAL: Gabriela Ruiz Benítez
VOCAL: Ana Laura Martínez Escobar
PRESIDENTE: Ana María Jiménez Ortiz
VOCAL: Susana del Carmen Riestra Piña
VOCAL: José Carlos Montiel Solana
VOCAL: Christian Lucero Guzmán Jiménez
VOCAL: Ángel Rivera Ortega
PRESIDENTE: Susana del Carmen Riestra Piña
VOCAL: María Fernanda Huerta López
VOCAL: Manuel Herrera Rojas
VOCAL: Ernesto Antonio Aguilar Cabrera
VOCAL: Alicia Chida Gallardo
PRESIDENTE: Manuel Herrera Rojas
VOCAL: Ricardo Horacio Grau de la Rosa
VOCAL: Marvin Fernando Sarur Hernández
VOCAL: Leobardo Rodríguez Juárez
VOCAL: Ernesto Antonio Aguilar Cabrera
PRESIDENTE: Gabriela Ruiz Benítez
VOCAL: Vanessa Janette Rendón Martínez
VOCAL: Rocío Sánchez de la Vega Escalante
VOCAL: Luis Edilberto Franco Martínez
VOCAL: Elisa Molina Rivera
PRESIDENTE: Rocío Sánchez de la Vega Escalante
VOCAL: Vanessa Janette Rendón Martínez
VOCAL: Ana María Jiménez Ortiz
VOCAL: Elisa Molina Rivera
VOCAL: Alicia Chida Gallardo
PRESIDENTE: Christian Lucero Guzmán Jiménez
VOCAL: María Fernanda Huerta López
VOCAL: Ana María Jiménez Ortiz
VOCAL: Rocío Sánchez de la Vega Escalante
VOCAL: Carmen María Palma Benítez
PRESIDENTE: María Fernanda Huerta López
VOCAL: Susana del Carmen Riestra Piña
VOCAL: Alfredo Ramírez Barra
VOCAL: José Carlos Montiel Solana
VOCAL: Ángel Rivera Ortega
PRESIDENTE: Alfredo Ramírez Barra
VOCAL: María Dolores Cervantes Moctezuma
VOCAL: Manuel Herrera Rojas
VOCAL: Ernesto Antonio Aguilar Cabrera
VOCAL: Alicia Chida Gallardo
PRESIDENTE: María Dolores Cervantes Moctezuma
VOCAL: Leobardo Soto Enríquez
VOCAL: Luis Edilberto Franco Martínez
VOCAL: Elisa Molina Rivera
VOCAL: Ángel Rivera Ortega
PRESIDENTE: Leobardo Rodríguez Juárez
VOCAL: María Fernanda Huerta López
VOCAL: Susana del Carmen Riestra Piña
VOCAL: Ricardo Horacio Grau de la Rosa
VOCAL: Carmen María Palma Benítez
PRESIDENTE: Ricardo Horacio Grau de la Rosa
VOCAL: Leobardo Soto Enríquez
VOCAL: Vanessa Janette Rendón Martínez
VOCAL: Leobardo Rodríguez Juárez
VOCAL: Ana Laura Martínez Escobar
PRESIDENTE: Luis Edilberto Franco Martínez
VOCAL: Alfredo Ramírez Barra
VOCAL: Ana María Jiménez Ortiz
VOCAL: Christian Lucero Guzmán Jiménez
VOCAL: Ernesto Antonio Aguilar Cabrera
PRESIDENTE: Vanessa Janette Rendón Martínez
VOCAL: Ricardo Horacio Grau de la Rosa
VOCAL: Alfredo Ramírez Barra
VOCAL: Leobardo Rodríguez Juárez
VOCAL: Ángel Rivera Ortega
PRESIDENTE: Elisa Molina Rivera
VOCAL: Marvin Fernando Sarur Hernández
VOCAL: Christian Lucero Guzmán Jiménez
VOCAL: Luis Edilberto Franco Martínez
VOCAL: Alicia Chida Gallardo
PRESIDENTE: Leobardo Soto Enríquez
VOCAL: María Dolores Cervantes Moctezuma
VOCAL: Miguel Ángel de Jesús Mantilla Martínez
VOCAL: Elisa Molina Rivera
VOCAL: Carmen María Palma Benítez
XIII. Asimismo, con fundamento en el artículo 54 de la Ley Orgánica Municipal se establece la creación de una Comisión de Vigilancia, misma que aplicará las sanciones establecidas en las fracciones I, II y III del artículo 53 del mismo ordenamiento.
PRESIDENTE: Ana Laura Martínez Escobar
VOCAL: Miguel Ángel de Jesús Mantilla Martínez
VOCAL: Leobardo Soto Enríquez
VOCAL: Marvin Fernando Sarur Hernández
VOCAL: Manuel Herrera Rojas
Por lo antes expuesto y debidamente fundado someto a consideración de este Honorable Cabildo, el siguiente:
PUNTO DE ACUERDO
ÚNICO. Se aprueba la integración de las Comisiones Permanentes del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla referidas en los considerandos XII y XIII del presente Punto de Acuerdo para la Administración del Municipio de Puebla 2021 - 2024.
ATENTAMENTE.- HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 15 DE OCTUBRE DE 2021.- EDUARDO RIVERA PÉREZ, PRESIDENTE MUNICIPAL DE PUEBLA. RÚBRICA.
LA QUE SUSCRIBE, SILVIA GUILLERMINA TANÚS OSORIO, SECRETARIA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, CERTIFICO QUE LA RESOLUCIÓN QUE ANTECEDE FUE APROBADA EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS POR UNANIMIDAD DE VOTOS EN LA PRIMERA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CABILDO CELEBRADA EL 15 DE OCTUBRE DE 2021. LO ANTERIOR, PARA LOS EFECTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS A QUE HAYA LUGAR.- CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 15 DE OCTUBRE DE 2021.- “CONTIGO Y CON RUMBO”.- RÚBRICA.
Por lo tanto, así se tendrá entendido para su ejecución; instruyendo se publique en la Gaceta Municipal, se circule y observe.
ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 15 DE OCTUBRE DE 2021. EDUARDO RIVERA PÉREZ, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA. RÚBRICA.