CLAUDIA RIVERA VIVANCO, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, a sus habitantes, sabed:
Que por conducto de su Secretaría el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:
PUNTO DE ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA LA PROPUESTA DE LA PERSONA QUE OCUPARÁ EL CARGO DE TESORERO MUNICIPAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA
RES. 2021/283
CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 102 DE LA CONSTITUCIÓN DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; Y 2, 3, 78 FRACCIÓN XXV Y 163 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; SOMETO A LA CONSIDERACIÓN DE ESTE HONORABLE CUERPO COLEGIADO, EL PUNTO DE ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA LA PROPUESTA DE LA PERSONA QUE OCUPARÁ EL CARGO DE TESORERO MUNICIPAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, POR LO QUE:
CONSIDERANDOS
I. Que, como lo establece el artículo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Municipio estará investido de personalidad jurídica y manejará su patrimonio conforme a la ley; además tendrá facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.
II. Que, el artículo 102 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, señala que el Municipio libre constituye la base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado; cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal y el número de Regidores y Síndicos que la ley determine. Las atribuciones que la Constitución local otorga al Gobierno Municipal, se ejercerán por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna, entre éste y el Gobierno del Estado.
III. Que, los artículos 2 y 3 de la Ley Orgánica Municipal indican que el Municipio Libre es una Entidad de derecho público, base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado de Puebla, integrado por una comunidad establecida en un territorio, con un gobierno de elección popular directa; y que este se encuentra investido de personalidad jurídica y de patrimonio propios, su Ayuntamiento administrará libremente su hacienda y no tendrá superior jerárquico.
IV. Que, el artículo 78 fracción XXV de la Ley Orgánica Municipal, indica que el Ayuntamiento tendrá la atribución de nombrar, a propuesta del Presidente Municipal, al Secretario del Ayuntamiento, Tesorero Municipal, Contralor Municipal y al titular o titulares de las ramas del cuerpo de seguridad.
V. Que, el artículo 163 de la Ley Orgánica Municipal, señala que cada Municipio contará con una Tesorería Municipal, que será la dependencia encargada de administrar el Patrimonio Municipal; estará a cargo de un Tesorero, que será nombrado y removido por el Ayuntamiento, a propuesta del Presidente Municipal, y será remunerado de acuerdo con el presupuesto respectivo.
VI. En consecuencia, me permito someter a consideración el nombramiento del C. Leobardo Rodríguez Juárez como Tesorero Municipal del Honorable Ayuntamiento de Puebla, en virtud de cumplir con el perfil requerido dada su amplia trayectoria profesional (ANEXO I).
Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de este Cuerpo Edilicio, la aprobación del siguiente:
PUNTO DE ACUERDO
PRIMERO. Se nombra al C. Leobardo Rodríguez Juárez, en términos del Considerando VI de este Punto de Acuerdo, como Tesorero Municipal del Honorable Ayuntamiento de Puebla.
SEGUNDO. Aprobado el presente Punto de Acuerdo, se proceda a tomar la protesta de Ley al C. Leobardo Rodríguez Juárez, que ocupará el cargo de Tesorero Municipal del Honorable Ayuntamiento de Puebla.
TERCERO. Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento a notificar el presente Punto de Acuerdo a las Dependencias y Entidades, y a la Secretaría de Administración a fin de realizar los trámites administrativos correspondientes.
ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 05 DE AGOSTO DE 2021.“PUEBLA, CIUDAD INCLUYENTE”. CLAUDIA RIVERA VIVANCO. PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA. RÚBRICA.
EL QUE SUSCRIBE, EDGAR DAMIÁN ROMERO SUÁREZ, SECRETARIO DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, CERTIFICO QUE LA RESOLUCIÓN QUE ANTECEDE FUE APROBADA EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS POR MAYORÍA DE VOTOS EN LA QUINCUAGÉSIMA SEXTA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CABILDO CELEBRADA EL 05 DE AGOSTO DE 2021. LO ANTERIOR, PARA LOS EFECTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS A QUE HAYA LUGAR. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 05 DE AGOSTO DE 2021. “PUEBLA, CIUDAD INCLUYENTE”. RÚBRICA.
Por lo tanto, así se tendrá entendido para su ejecución; instruyendo se publique en la Gaceta Municipal, se circule y observe.
ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 05 DE AGOSTO DE 2021. "PUEBLA CIUDAD INCLUYENTE". CLAUDIA RIVERA VIVANCO, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA.- RÚBRICA.