CLAUDIA RIVERA VIVANCO, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, a sus habitantes, sabed:
Que por conducto de su Secretaría el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:
PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE INSTRUYE A LA SECRETARÍA DE IGUALDAD SUSTANTIVA DE GÉNERO ANALICE LA CELEBRACIÓN DE UN CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA RED DE MUJERES UNIDAS POR LA EDUCACIÓN, PARA ADHERIRSE AL PROGRAMA “YO TAMBIÉN ME QUEDO EN LA ESCUELA” CON LA POSIBILIDAD DE INCORPORAR A DEPENDENCIAS MUNICIPALES RELACIONADAS AL TEMA
RES. 2021/262
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 103 PÁRRAFO PRIMERO Y 105 FRACCIÓN III DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; 3, 77, 78 FRACCIONES III Y LVIII, 92 FRACCIONES III Y IX, 94 Y 96 FRACCIÓN IX DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; 12, 92, 93, 99, 131 FRACCIÓN II del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES, SOMETEMOS A LA CONSIDERACIÓN Y APROBACIÓN DE ESTE ÓRGANO COLEGIADO EL PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE INSTRUYE A LA SECRETARÍA DE IGUALDAD SUSTANTIVA DE GÉNERO ANALICE LA CELEBRACIÓN DE UN CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA RED DE MUJERES UNIDAS POR LA EDUCACIÓN, PARA ADHERIRSE AL PROGRAMA “YO TAMBIÉN ME QUEDO EN LA ESCUELA” CON LA POSIBILIDAD DE INCORPORAR A DEPENDENCIAS MUNICIPALES RELACIONADAS AL TEMA, EN ATENCIÓN A LOS SIGUIENTES:
C O N S I D E R A N D O S
I. Los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la Ley y serán gobernados por un Ayuntamiento de elección popular directa, que tendrá la facultad para aprobar los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la Administración Pública Municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal, en términos de lo dispuesto por los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 103 párrafo primero, 105 fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 3, 78 fracción IV y 84 párrafo primero de la Ley Orgánica Municipal.
II. Así mismo el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en concordancia con los artículos 102 y 105, fracción III, de la Constitución Política para el Estado Libre y Soberano de Puebla, otorga la calidad de Gobierno Municipal a los Ayuntamientos, asignándoles las responsabilidades inherentes a su competencia territorial.
III. El artículo 78, fracción III, de la Ley Orgánica Municipal, entre otras cosas, establece las atribuciones para que los Ayuntamientos puedan aprobar su organización y división administrativa de acuerdo a las necesidades del Municipio, mientras que la fracción LVIII determina la facultad de proveer lo conducente para la organización administrativa del Gobierno Municipal, creando o suprimiendo comisiones permanentes o transitorias, así como dependencias municipales y órganos de participación ciudadana, de acuerdo con las necesidades y el presupuesto del Municipio.
IV. El artículo 92 fracciones III y IX de la Ley Orgánica Municipal, establece que son facultades y obligaciones de los Regidores, las de ejercer las facultades de deliberación y decisión de los asuntos que le competen al Ayuntamiento, así como las que determine el propio Cabildo y las que otorguen otras disposiciones aplicables.
V. Que, el artículo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece el derecho humano que tiene toda persona a la educación, así como también establece como directriz la priorización del interés superior de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el acceso, permanencia y participación en los servicios educativos.
VI. Que, el Plan Municipal de Desarrollo en su Programa 3 Fortalecimiento de la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, a cargo de la Secretaría para la igualdad Sustantiva de género establece como Objetivo: Promover la igualdad sustantiva y la no discriminación, así como el pleno respeto y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, a fin de lograr una sociedad equitativa e incluyente; mediante sus líneas de acción:
VII. Que, de acuerdo con datos de la UNESCO la educación de las niñas debe ser una prioridad de desarrollo. Las mujeres mejor educadas tienden a ser más saludables, participar más en el mercado laboral formal, obtener mayores ingresos, tener menos hijos, casarse a una edad posterior y permitir una mejor atención médica y educación para sus hijos, si eligen convertirse en madres. Todos estos factores combinados pueden ayudar a sacar a los hogares, las comunidades y las naciones de la pobreza.
VIII. Que, durante el periodo de confinamiento por la pandemia por COVID-19 la apuesta educativa ha sido por los servicios remotos, y en numerosos países, las mujeres tienen una posibilidad 25% menor a la de los hombres de aprovechar las TIC para fines básicos.
IX. Las evidencias de crisis anteriores apuntan a aumentos de la deserción escolar, la violencia de género, los embarazos adolescentes, el tiempo dedicado al cuidado del hogar, la inseguridad alimentaria y la pobreza, los cuales conducen a una "pérdida de aprendizajes" provocada por la interrupción de la escolarización y la capacitación, la reducción de los futuros ingresos a lo largo de la vida y los cambios en los perfiles laborales que dejarán a las niñas y mujeres menos preparadas para ser proveedoras del hogar en igualdad de condiciones.
X. Que, las Organizaciones de la Sociedad Civil debidamente constituidas son ejemplo de una sociedad participativa y comprometida en la atención a diversas problemáticas que en muchas ocasiones no son atendidas por los gobiernos en ninguno de sus tres niveles.
Un claro ejemplo, es la Red de Mujeres Unidas por la Educación (MUxED), que es un grupo integrado por alrededor de 130 mujeres comprometidas con la educación en México, que han laborado o laboran en instituciones educativas tanto públicas como privadas, así como también han participado en el sector público, universidades, medios de comunicación entre otros ámbitos. Asimismo, la Red de Mujeres Unidas por la Educación, realiza un trabajo conjunto con otras doce organizaciones que laboran en favor de la educación, siendo algunas de estas: UNESCO México, ITESM, INIDE de la IBERO Ciudad de México, el CIDE, entre otras.
En este esfuerzo conjunto por encontrar soluciones a las carencias educativas de nuestro país, y en especial de las niñas y jóvenes, han desarrollado tres iniciativas, las cuales se encuentran a disposición de las autoridades, las cuales son:
XI. Que la Red de Mujeres con el Proyecto #YoTambiénMeQuedo en la Escuela, busca visibilizar la importancia de que niñas y adolescentes no abandonen la escuela a causa de factores económicos, sociales o emocionales.
XII. Que, la finalidad del proyecto #YoTambienMeQuedo en la Escuela es empoderar a las jóvenes de entre 15 a 19 años para evitar y revertir la deserción escolar a través de mensajes y acciones dirigidas a las adolescentes y sus familias (madres, padres y tutores) sobre el valor de permanecer en la escuela y aprender (en cualquier modalidad).
XIII. Que, un gobierno incluyente debe de propiciar el trabajo en conjunto con los sectores organizados de la sociedad civil, siendo uno de los medios para lograr este objetivo la firma de convenios de colaboración con estas instituciones.
Que en este caso nos parece propicio que el H. Ayuntamiento de Puebla a través de la Secretaría de Igualdad Sustantiva de Género, realice los estudios y trabajos necesarios para signar un convenio de colaboración con la Red de Mujeres Unidas por la Educación, con la finalidad de impulsar las acciones que generen conciencia en la sociedad de la importancia de que niñas y adolescentes continúen con su formación educativa, en el ámbito de sus facultades y posibilidades presupuestarias.
Por lo anteriormente expuesto y fundado sometemos a consideración de este Cuerpo Edilicio el siguiente:
PUNTO DE ACUERDO
PRIMERO.- Se instruye a la Secretaría de Igualdad Sustantiva de Género analizar la celebración de un Convenio de Colaboración con la “Red de Mujeres Unidas por la Educación (MUxDE)”, para adherirse al Programa “Yo También Me Quedo en la Escuela”, con la posibilidad de incorporar a dependencias municipales relacionadas al tema.
SEGUNDO.- Se Instruye a la Secretaria del Ayuntamiento para que en el ámbito de sus facultades y atribuciones realice los trámites administrativos y legales a que haya lugar, para dar cumplimiento al presente punto de acuerdo.
ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 14 DE JUNIO DE 2021. “PUEBLA, CIUDAD INCLUYENTE”. REG. LUZ DE CARMEN ROSILLO MARTÍNEZ. REG. CARMEN MARÍA PALMA BENÍTEZ. REG. LIBERTAD AGUIRRE JUNCO. RÚBRICAS.
EL QUE SUSCRIBE, EDGAR DAMIÁN ROMERO SUÁREZ, SECRETARIO DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, CERTIFICO QUE LA RESOLUCIÓN QUE ANTECEDE FUE APROBADA EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS POR UNANIMIDAD DE VOTOS EN LA TRIGÉSIMA TERCERA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO CELEBRADA EL 17 DE JUNIO DE 2021. LO ANTERIOR, PARA LOS EFECTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS A QUE HAYA LUGAR. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 17 DE JUNIO DE 2021. “PUEBLA, CIUDAD INCLUYENTE”. RÚBRICA.
Por lo tanto, así se tendrá entendido para su ejecución; instruyendo se publique en la Gaceta Municipal, se circule y observe.
ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 17 DE JUNIO DE 2021. "PUEBLA CIUDAD INCLUYENTE". CLAUDIA RIVERA VIVANCO, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA.- RÚBRICA.