RES. 2021/254 | Punto de Acuerdo por el que se aprueba que las Comisiones de Deporte y Juventud y la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología, sesionen unidas con la finalidad de realizar los trabajos para la realización del Cabildo Juvenil 2021.

ARGELIA ARRIAGA GARCÍA, PRESIDENTA MUNICIPAL SUPLENTE DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, a sus habitantes, sabed:

Que por conducto de su Secretaría el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:

 

PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA QUE LAS COMISIONES DE DEPORTE Y JUVENTUD Y LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, SESIONEN UNIDAS CON LA FINALIDAD DE REALIZAR LOS TRABAJOS PARA LA REALIZACIÓN DEL CABILDO JUVENIL 2021

 RES. 2021/254

CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 103 PÁRRAFO PRIMERO Y 105 FRACCIÓN III DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; 3,  77, 78 FRACCIONES III Y LVIII, 92 FRACCIONES III Y IX, 94 Y 96 FRACCIÓN VIII DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; 12, 92, 93, 99 Y 117 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE CABILDO Y COMISIONES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES, SOMETEMOS A LA CONSIDERACIÓN Y APROBACIÓN DE ESTE ÓRGANO COLEGIADO EL PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA QUE LAS COMISIONES DE DEPORTE Y JUVENTUD Y LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, SESIONEN UNIDAS CON LA FINALIDAD DE REALIZAR LOS TRABAJOS PARA LA REALIZACIÓN DEL CABILDO JUVENIL 2021, EN ATENCIÓN A LOS SIGUIENTES:

C O N S I D E R A N D O S

I.- Los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la Ley y serán gobernados por un Ayuntamiento de elección popular directa, que tendrá la facultad para aprobar los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la Administración Pública Municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal, en términos de lo dispuesto por los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 103 párrafo primero, 105 fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 3, 78 fracción IV y 84 párrafo primero de la Ley Orgánica Municipal.

II.- Así mismo el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en concordancia con los artículos 102 y 105, fracción III, de la Constitución Política para el Estado Libre y Soberano de Puebla, otorga la calidad de Gobierno Municipal a los Ayuntamientos, asignándoles las responsabilidades inherentes a su competencia territorial.    

III.- El artículo 78, fracción III, de la Ley Orgánica Municipal, entre otras cosas, establece las atribuciones para que los Ayuntamientos puedan aprobar su organización y división administrativa de acuerdo a las necesidades del Municipio, mientras que la fracción LVIII determina la facultad de proveer lo conducente para la organización administrativa del Gobierno Municipal, creando o suprimiendo comisiones permanentes o transitorias, así como dependencias municipales y órganos de participación ciudadana, de acuerdo con las necesidades y el presupuesto del Municipio.

IV.- El artículo 92 fracciones III y IX de la Ley Orgánica Municipal, establece que son facultades y obligaciones de los Regidores, las de ejercer las facultades de deliberación y decisión de los asuntos que le competen al Ayuntamiento, así como las que determine el propio Cabildo y las que otorguen otras disposiciones aplicables.

V.- Que de conformidad con el artículo 117, las Comisiones podrán sesionar unidas para estudiar, dictaminar y someter a discusión y aprobación los asuntos que se determinen, previa aprobación del Cabildo.

VI.- Que en fecha 14 de octubre de 2008, el Cabildo del Ayuntamiento de Puebla, aprobó el dictamen mediante el cual se aprobó la creación del Cabildo Juvenil, con el ánimo de incentivar la participación de los jóvenes en las actividades de información y democracia que les permitan formar valores ciudadanos, estableciendo en aquella ocasión el día doce de agosto como el día para la celebración del Cabildo Juvenil.

VII.- Que en marzo de 2015 el Cabildo del Ayuntamiento de Puebla, aprobó el dictamen por el que se modificaron los puntos resolutivos SEGUNDO, TERCERO, CUARTO, del dictamen identificado en el punto anterior del presente punto de acuerdo, señalando lo siguiente:

SEGUNDO.- Se instruye a las Comisiones de Educación, Ciencia y Tecnología y la de Deporte y Juventud o Comisiones equivalentes, para que trabajen Unidas en el Tema “Cabildo Juvenil” hasta su ejecución, debiendo llevar a cabo éste evento de manera Anual en el mes de Agosto como lo marca el punto inmediato anterior y en términos de la convocatoria que se apruebe y emita.”

TERCERO.- Se instruyendo al Instituto de la Juventud del Municipio de Puebla para que realice todas las acciones necesarias para la ejecución del “Cabildo Juvenil” y elabore la convocatoria que sentará las bases respectivas para participar en el mismo y la presente a las Comisiones Unidas de Educación y de Deporte y Juventud o Comisiones Equivalentes para su aprobación”

“CUARTO.- El proceso de selección, será llevado a cabo por las Comisiones unidas previamente citadas, mismas que realizarán el análisis, valoración y determinación de los jóvenes que participarán en el “Cabildo Juvenil”…”

VIII.- Que para efectos de materializar el Cabildo Juvenil de este año, se requiere que las Comisiones de Educación y de Deporte y Juventud sesionen en Comisiones Unidas tal como lo marca el punto SEGUNDO, es por ello que sometemos a consideración de este Cuerpo Edilicio de manera fundada y motivada el siguiente:

PUNTO DE ACUERDO

PRIMERO.- Se instruye a las Comisiones de Educación, Ciencia y Tecnología y Deporte y Juventud para que Sesionen en Comisiones Unidas a efecto de materializar los trabajos del Cabildo Juvenil en su edición de este año.

SEGUNDO.- Se instruye a las Comisiones Unidas a que una vez que hayan concluido los trabajos del Cabildo Juvenil remitan a la Secretaria General un informe de los resultados de dicha actividad.

TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento para que dentro de sus facultades y atribuciones notifique el presente dictamen a la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología y Deporte y Juventud, así como al Instituto Municipal de la Juventud del H. Ayuntamiento de Puebla para su cumplimiento y ejecución.

ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 19 DE MAYO DE 2021. "CIUDAD INCLUYENTE". REG. CAROLINA MORALES GARCÍA. PRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE DEPORTE Y JUVENTUD. REG. LIBERTAD AGUIRRE JUNCO. PRESISENTE DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA. RÚBRICAS.

EL QUE SUSCRIBE, EDGAR DAMIÁN ROMERO SUÁREZ, SECRETARIO DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, CERTIFICO QUE LA RESOLUCIÓN QUE ANTECEDE FUE APROBADA EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS POR UNANIMIDAD DE VOTOS EN LA TRIGÉSIMA SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO CELEBRADA EL 20 DE MAYO DE 2021. LO ANTERIOR, PARA LOS EFECTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS A QUE HAYA LUGAR. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 20 DE MAYO DE 2021. “PUEBLA, CIUDAD INCLUYENTE”. RÚBRICA.

Por lo tanto, así se tendrá entendido para su ejecución; instruyendo se publique en la Gaceta Municipal, se circule y observe.

ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 20 DE MAYO DE 2021. "PUEBLA CIUDAD INCLUYENTE". ARGELIA ARRIAGA GARCÍA, PRESIDENTA MUNICIPAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA.- RÚBRICA.