RES. 2021/212 | Punto de Acuerdo por el cual se autoriza que los Regidores Suplentes José Luis Ambrosio Salgado, Miguel Chávez Azcue, José Francisco Baeza Vega y la Regidora Suplente Yuvia Edith Ibarra Saucedo, asuman de pleno derecho las ...

CLAUDIA RIVERA VIVANCO, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, a sus habitantes, sabed:

Que por conducto de su Secretaría el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:

 

PUNTO DE ACUERDO POR EL CUAL SE AUTORIZA QUE LOS REGIDORES SUPLENTES JOSÉ LUIS AMBROSIO SALGADO, MIGUEL CHÁVEZ AZCUE, JOSÉ FRANCISCO BAEZA VEGA Y LA REGIDORA SUPLENTE YUVIA EDITH IBARRA SAUCEDO, ASUMAN DE PLENO DERECHO LAS PRESIDENCIAS, SECRETARÍAS O VOCALÍAS PARA LAS QUE HAYAN SIDO DESIGNADOS LOS REGIDORES EDSON ARMANDO CORTÉS CONTRERAS, JOSÉ LUIS GONZÁLEZ ACOSTA, JOSÉ IVÁN HERRERA VILLAGÓMEZ Y LA REGIDORA MARÍA ROSA MÁRQUEZ CABRERA

RES. 2021/212

 

CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIONES I Y II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 102 Y 103 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; 2, 3, 52, 52 BIS, 70 Y 78 FRACCIONES I, IV, XXVII Y XXIX DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; Y 99 Y 101 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE CABILDO Y COMISIONES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA; SOMETEMOS A CONSIDERACIÓN DE ESTE HONORABLE CABILDO EL PUNTO DE ACUERDO POR EL CUAL SE AUTORIZA QUE LOS REGIDORES SUPLENTES JOSÉ LUIS AMBROSIO SALGADO, MIGUEL CHÁVEZ AZCUE, JOSÉ FRANCISCO BAEZA VEGA Y LA REGIDORA SUPLENTE YUVIA EDITH IBARRA SAUCEDO, ASUMAN DE PLENO DERECHO LAS PRESIDENCIAS, SECRETARÍAS O VOCALÍAS PARA LAS QUE HAYAN SIDO DESIGNADOS LOS REGIDORES EDSON ARMANDO CORTÉS CONTRERAS, JOSÉ LUIS GONZÁLEZ ACOSTA, JOSÉ IVÁN HERRERA VILLAGÓMEZ Y LA REGIDORA MARÍA ROSA MÁRQUEZ CABRERA, RESPECTIVAMENTE, DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

I. Con fecha 18 de febrero de 2021, se recibió el OFICIO: CR/CDMS/023/2021, signado por el Regidor Edson Armando Cortés Contreras, mediante el cual solicitó licencia por tiempo indefinido al cargo de Regidor del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, sin remuneración económica alguna.

II. Mediante el Oficio Núm. CR/CDECyT/031/2021, recibido en fecha veinticinco de febrero del año en curso, signado por el Regidor José Luis González Acosta, mediante el cual solicitó licencia por tiempo indefinido y sin remuneración económica alguna al cargo de Regidor propietario del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla.

III. En fecha 02 de marzo de 2021 se recibió el Oficio Núm. CR/CDRPI/095/2021 signado por la Regidora María Rosa Márquez Cabrera, a través del cual solicita licencia por un tiempo indefinido al cargo de Regidora del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, sin remuneración económica alguna.

IV. Asimismo, el 04 de marzo de 2021 se recibió el Oficio No. CB/028/2021, suscrito por el Regidor José Iván Herrera Villagómez, mediante el cual solicita licencia al cargo de Regidor del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, por un periodo de tiempo indefinido sin goce de remuneración económica.

V. En la Cuadragésima Quinta Sesión Extraordinaria de Cabildo, celebrada el día 05 de marzo de 2021, mediante las Resoluciones 2021/205, 2021/206, 2021/207 y2021/208 se aprobaron por Unanimidad de votos las solicitudes de licencias a los cargos de Regidores del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla de los CC. Edson Armando Cortés Contreras, José Luis González Acosta, José Iván Herrera Villagómez y la C. María Rosa Márquez Cabrera.

IV. En la Sesión señalada en el punto que antecede, el Honorable Cabildo llevó a cabo la toma de Protesta de Ley a los Regidores Suplentes José Luis Ambrosio Salgado, Miguel Chávez Azcue, José Francisco Baeza Vega y la Regidora Suplente Yuvia Edith Ibarra Saucedo.

CONSIDERANDO

I. Que, como lo establece el artículo 115, párrafo primero, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 102 y 103 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 2 y 3 de la Ley Orgánica Municipal, el Municipio Libre es una Entidad de derecho público, base de la división territorial y de la organización política y administrativa, integrado por una comunidad establecida en un territorio, con un gobierno de elección popular directa, cuyo propósito es satisfacer las necesidades colectivas de la población; así como inducir y organizar la participación de los ciudadanos en la promoción del desarrollo integral de sus comunidades, y que se encuentra investido de personalidad jurídica y de patrimonio propios, su Ayuntamiento administrará libremente su hacienda y no tendrá superior jerárquico. No habrá autoridad intermedia entre el Municipio y el Gobierno del Estado.

II. Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 115, fracción II segundo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como el artículo 78 fracciones I, III y IV de la Ley Orgánica Municipal, entre las atribuciones de los Ayuntamientos se encuentra la de cumplir y hacer cumplir, en los asuntos de su competencia las leyes, decretos y disposiciones de observancia general de la Federación y del Estado, así como de los ordenamientos municipales; aprobar su organización y división administrativas, de acuerdo con las necesidades del Municipio; asimismo la de expedir y actualizar Bandos de Policía y Gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general, referentes a su organización, funcionamiento, servicios públicos que deban prestar y demás asuntos de su competencia, sujetándose a las bases normativas establecidas por la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, vigilando su observancia y aplicación; con pleno respeto a los derechos humanos que reconoce el orden jurídico nacional;

III. El artículo 92 fracciones l, III y IX de la Ley Orgánica Municipal, establece que entre las facultades y obligaciones de los regidores están las de ejercer la debida inspección y vigilancia, en los ramos a su cargo; ejercer las facultades de deliberación y decisión de los asuntos que le competen al Ayuntamiento, así como las que determine el propio Cabildo y las que otorguen otras disposiciones.

IV. Los artículos 92 y 93 del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, establecen que el Ayuntamiento se organizará en su interior en comisiones, las que podrán ser permanentes o transitorias, siendo las comisiones permanentes en los términos previstos en la Ley Orgánica Municipal; las cuales tienen por objeto el estudio análisis y elaboración de dictámenes y/o propuestas al Ayuntamiento en pleno, de los problemas de los distintos ramos de la administración Pública Municipal, asimismo, vigilarán que se ejecuten las disposiciones, resoluciones o acuerdos del Ayuntamiento.

V. Que el artículo 99 del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones establece que las Comisiones se integrarán de manera colegiada, por un Presidente y hasta cinco Regidores, teniendo en cuenta el número de sus integrantes y la importancia de los ramos encomendados a las mismas, procurando que reflejen pluralidad. Sus integrantes tendrán derecho a voz y voto.

VI. Que el artículo 101 del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones señala que las Comisiones establecidas podrán ser modificadas en su número y composición, en cualquier momento, por mayoría de los integrantes del Ayuntamiento.

Por lo expuesto y fundado, someto a la consideración del Honorable Cabildo el siguiente:

PUNTO DE ACUERDO

PRIMERO. Los Regidores José Luis Ambrosio Salgado, Miguel Chávez Azcue, José Francisco Baeza Vega y la Regidora Yuvia Edith Ibarra Saucedo asumirán de pleno derecho las Presidencias o Vocalías de las Comisiones del Ayuntamiento para las que hayan sido designados los Regidores Edson Armando Cortés Contreras, José Luis González Acosta, José Iván Herrera Villagómez y la Regidora María Rosa Márquez Cabrera, así como las Presidencias, Secretarías o Vocalías según corresponda, en los Órganos Colegiados y de Gobierno de la Administración Pública Municipal Centralizada y Descentralizada.

SEGUNDO. Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento a notificar el presente Punto de Acuerdo, para su conocimiento, a las y los integrantes del Ayuntamiento, y a las Dependencias y Entidades, y para los efectos administrativos a que haya lugar a la Secretaría de Administración.

A T E N T A M E N T E.- CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 05 DE MARZO DE 2021. -“PUEBLA, CIUDAD INCLUYENTE”.- REG. CARMEN MARÍA PALMA BENÍTEZ.- REG. JOSÉ BLAS MANUEL RAMOS HERNÁNDEZ.- RÚBRICAS.

EL QUE SUSCRIBE, EDGAR DAMIÁN ROMERO SUÁREZ, SECRETARIO DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, CERTIFICO QUE LA RESOLUCIÓN QUE ANTECEDE FUE APROBADA EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS POR MAYORÍA DE VOTOS EN LA CUADRAGÉSIMA SEXTA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CABILDO CELEBRADA EL 08 DE MARZO DE 2021. LO ANTERIOR, PARA LOS EFECTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS A QUE HAYA LUGAR.- CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 08 DE MARZO DE 2021.- “PUEBLA, CIUDAD INCLUYENTE”.- RÚBRICA.

 

Por lo tanto, así se tendrá entendido para su ejecución; instruyendo se publique en la Gaceta Municipal.

ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 08 DE MARZO DE 2021. "PUEBLA CIUDAD INCLUYENTE". CLAUDIA RIVERA VIVANCO, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA.- RÚBRICA.