CLAUDIA RIVERA VIVANCO, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, a sus habitantes, sabed:
Que por conducto de su Secretaría el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:
PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE INSTRUYE AL SISTEMA MUNICIPAL DIF QUE SE SUSPENDAN TODAS LAS ACTIVIDADES PRESENCIALES E ITINERANTES DE LA TEMPORADA DECEMBRINA DEL AÑO 2020
RES.2020/161
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN ll DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 103 PÁRRAFO PRIMERO Y 105 FRACCIÓN III DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; 3, 77, 78 FRACCIONES III Y LVIII, 92 FRACCIONES III Y IX, 94 Y 96 FRACCIÓN IX DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; 12, 92, 93, 99, 131 FRACCIÓN ll DEL REGLAMENTO INTERIOR DE CABILDO Y COMISIONES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES, SOMETEMOS A LA CONSIDERACIÓN Y APROBACIÓN DE ESTE ÓRGANO COLEGIADO EL PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE INSTRUYE AL SISTEMA MUNICIPAL DIF QUE SE SUSPENDAN TODAS LAS ACTIVIDADES PRESENCIALES E ITINERANTES DE LA TEMPORADA DECEMBRINA DEL AÑO 2020, EN ATENCIÓN A LOS SIGUIENTES:
CONSIDERANDOS
I. Los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la Ley y serán gobernados por un Ayuntamiento de elección popular directa, que tendrá la facultad para aprobar los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la Administración Pública Municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal, en términos de lo dispuesto por los artículos 115 fracción ll de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 103 párrafo primero, 105 fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 3, 78 fracción IV y 84 párrafo primero de la Ley Orgánica Municipal.
II. Así mismo el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en concordancia con los artículos 102 y 105, fracción III, de la Constitución Política para el Estado Libre y Soberano de Puebla, otorga la calidad de Gobierno Municipal a los Ayuntamientos, asignándoles las responsabilidades inherentes a su competencia territorial.
III. El artículo 78, fracción III, de la Ley Orgánica Municipal, entre otras cosas, establece las atribuciones para que los Ayuntamientos puedan aprobar su organización y división administrativa de acuerdo a las necesidades del Municipio, mientras que la fracción LVIII determina la facultad de proveer lo conducente para la organización administrativa del Gobierno Municipal, creando o suprimiendo comisiones permanentes o transitorias, así como dependencias municipales y órganos de participación ciudadana, de acuerdo con las necesidades y el presupuesto del Municipio.
IV. El artículo 92 fracciones III y IX de la Ley Orgánica Municipal, establece que son facultades y obligaciones de los Regidores, las de ejercer las facultades de deliberación y decisión de los asuntos que le competen al Ayuntamiento, así como las que determine el propio Cabildo y las que otorguen otras disposiciones aplicables.
V. El treinta de enero del año dos mil veinte, la enfermedad denominada Coronavirus causada por el virus COVID-19, fue declarada por la Organización Mundial de la Salud como una Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII). Bajo el mismo tenor, y ante la creciente ola de casos a nivel internacional, la OMS declaró dicha enfermedad como Pandemia el once de marzo del año en curso.
VI. El treinta de marzo del año dos mil veinte, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo del Consejo de Salubridad General, por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), en el que se resolvió que la Secretaría de Salud del Gobierno de México determinaría todas las acciones que resultaran necesarias para atender la emergencia declarada.
VII. El treinta y uno de marzo de dos mil veinte, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo del Secretario de Salud del Gobierno de México, por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19). Mediante dicho acuerdo, se ordenó la suspensión inmediata, del treinta de marzo al treinta de abril del año en curso, de las actividades no esenciales, con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus de marras en la comunidad, para disminuir la carga de enfermedad, sus complicaciones y la muerte por COVID-19 en la población residente en el territorio nacional.
VIII. El veintiuno de abril de dos mil veinte, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el ACUERDO por el que se modifica el similar por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), publicado el 31 de marzo de 2020, mediante el cual se determina mantener y extender la Jornada Nacional de Sana Distancia hasta el treinta de mayo de dos mil veinte, estableciendo los lineamientos para reducir la movilidad entre los municipios con distinto grado de propagación, a fin de evitar la dispersión de la enfermedad.
VII. (SIC) Que, el pasado mes de agosto del 2020, el Estado de Puebla, paso del color rojo al color naranja en el semáforo epidemiológico, lo cual permitió que se diera el inicio de la etapa de recuperación económica, con la apertura limitada de diversos negocios y giros comerciales en el territorio del municipio.
IX. Que, el pasado mes de septiembre, se vio una mejoría en la tasa de contagios del Coid-19 lo que permitió, que la entidad, pasara del color naranja en el semáforo epidemiológico al color amarillo, lo que permitió que un mayor número de negocios pudieran abrir sus puertas así como incrementar el aforo permitido en sus instalaciones, sin embargo esto también ocasionó que la ciudadanía comenzara a relajar las medidas de sanidad y sobre todo a que saliera con más frecuencia de sus domicilios.
X. Que, el relajamiento social respecto de la aplicación de medidas de salud e higiene, así como el aumento de la movilidad y la concurrencia a lugares públicos, ocasionó que la entidad regresara al color anaranjado en el semáforo epidemiológico, lo que seguramente se verá reflejado en un endurecimiento de las medidas de prevención dictadas por las autoridades sanitarias tanto a nivel federal como estatal.
XI. Que, el pasado treinta de noviembre del presente año, el Dr. Tedros Adhanom Ghebreyesus, Director General de la Organización Mundial de la Salud, realizó un llamado, para que en nuestro país se tome con seriedad la pandemia ocasionada por el COVID-19.
XII. Que, el Presidente Andrés Manuel López Obrador, los días cuatro y catorce de diciembre de la presente anualidad, ha realizado el llamado y la petición para que los ciudadanos nos quedemos en la medida de las posibilidades en nuestros hogares y se continúen aplicando las medidas de prevención para disminuir los contagios del Cov2.
XIII. Que, el pasado veintinueve de noviembre, el Gobierno de la Ciudad anunció las actividades para la temporada decembrina por parte de las Secretarías de Gobernación, infraestructura y Protección Civil y el Sistema Municipal DIF, algunas de las cuales serán virtuales y otras se realizarán de forma itinerante.
En este sentido, se informó que a partir del diecisiete de diciembre y hasta el cuatro de enero se realizará un desfile itinerante que recorrerá las 17 Juntas Auxiliares, en el que seco entregarán juguetes, cobertores y aguinaldos. Asimismo se realizará el día cinco de enero, el tradicional desfiles de reyes, el cual será transmitido a través de las diferentes redes y plataformas del H. Ayuntamiento.
PUNTO DE ACUERDO
PRIMERO.- Se instruye al Sistema Municipal DIF que se suspendan todas las actividades presenciales e itinerantes de la temporada decembrina del año 2020, exceptuando todas aquellas que sean consideradas como esenciales, cuyo propósito sea el cumplir con la asistencia social, o bien, la entrega de productos que sean perecederos, con la finalidad de evitar aglomeraciones de ciudadanos y de esta forma contribuir a la disminución de los contagios de COVID-19 en nuestro municipio.
SEGUNDO.- Se Instruye a la Secretaria del Ayuntamiento para que en el ámbito de sus facultades y atribuciones realice los trámites administrativos y legales a que haya lugar; para dar cumplimiento al presente punto de acuerdo.
ATENTAMENTE- "SUFRAGIO EFECTIVO, NO REELECCIÓN"- HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A - DE DICIEMBRE DE 2019- REG. LUZ DEL CARMEN ROSILLO MARTÍNEZ-RÚBRICA.- REG. ENRIQUE GUEVARA MONTIEL-RÚBRICA.- REG. CAROLINA MORALES GARCÍA-RÚBRICA.- REG. JACOBO ORDAZ MORENO- REG. AUGUSTA VALENTINA DÍAZ DE RIVERA HERNÁNDEZ.-RÚBRICA.
LA QUE SUSCRIBE, LIZA ELENA ACEVES LÓPEZ, SECRETARIA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, CERTIFICO QUE LA RESOLUCIÓN QUE ANTECEDE FUE APROBADA EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS POR UNANIMIDAD DE VOTOS EN LA VIGÉSIMA SÉPTIMA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO CELEBRADA EL 17 DE DICIEMBRE DE 2020. LO ANTERIOR, PARA LOS EFECTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS A QUE HAYA LUGAR.- CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 17 DE DICIEMBRE DE 2020.- “PUEBLA, CIUDAD INCLUYENTE”.- RÚBRICA.
Por lo tanto, así se tendrá entendido para su ejecución; instruyendo se publique en la Gaceta Municipal, se circule y observe.
ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 17 DE DICIEMBRE DE 2020. "PUEBLA CIUDAD INCLUYENTE". CLAUDIA RIVERA VIVANCO, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA.- RÚBRICA.