CLAUDIA RIVERA VIVANCO, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, a sus habitantes, sabed:
Que por conducto de su Secretaría el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:
PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA QUE LAS COMISIONES DE GOBIERNO ABIERTO Y COMUNICACIÓN Y PATRIMONIO Y HACIENDA PÚBLICA MUNICIPAL, SESIONEN UNIDAS CON LA FINALIDAD DE ANALIZAR, ESTUDIAR Y DISEÑAR LOS MECANISMOS DE SEGUIMIENTO, CONTROL Y TRANSPARENCIA DE LOS RECURSOS PÚBLICOS DE LOS PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS Y LA REASIGNACIONES DE RECURSOS DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL GOBIERNO MUNICIPAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020, DERIVADO DE LA EMERGENCIA SANITARIA POR EL VIRUS SARS COV2.
RES. 2020/112
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 103 PÁRRAFO PRIMERO Y 105 FRACCIÓN III DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; 3, 77, 78 FRACCIONES III Y LVIII, 92 FRACCIONES III Y IX, 94 Y 96 FRACCIÓN DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; 12, 92, 93, 99 Y 117 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE CABILDO Y COMISIONES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES, SOMETEMOS A LA CONSIDERACIÓN Y APROBACIÓN DE ESTE ÓRGANO COLEGIADO EL PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA QUE LAS COMISIONES DE GOBIERNO ABIERTO Y COMUNICACIÓN Y PATRIMONIO Y HACIENDA PÚBLICA MUNICIPAL, SESIONEN UNIDAS CON LA FINALIDAD DE ANALIZAR, ESTUDIAR Y DISEÑAR LOS MECANISMOS DE SEGUIMIENTO, CONTROL Y TRANSPARENCIA DE LOS RECURSOS PÚBLICOS DE LOS PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS Y LA REASIGNACIONES DE RECURSOS DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL GOBIERNO MUNICIPAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020, DERIVADO DE LA EMERGENCIA SANITARIA POR EL VIRUS SARS COV2, EN ATENCIÓN A LOS SIGUIENTES:
CONSIDERANDOS
I. Los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la Ley y serán gobernados por un Ayuntamiento de elección popular directa, que tendrá la facultad para aprobar los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la Administración Pública Municipal, regulen las materias funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal, en términos de lo dispuesto por los artículos 115 fracción ll de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 103 párrafo primero, 105 fracción de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 3, 78 fracción IV y 84 párrafo primero de la Ley Orgánica Municipal.
II. Los acuerdos de los Ayuntamientos se tomarán por mayoría de votos del Presidente Municipal, Regidores y Síndico, de conformidad con lo establecido en el artículo 77 de la Ley Orgánica Municipal.
III. El artículo 78 fracción III de la Ley Orgánica Municipal, entre otras cosas, establece las atribuciones para que los Ayuntamientos puedan aprobar su organización y división administrativa de acuerdo a las necesidades del Municipio, mientras que la fracción LVIII determina la facultad de proveer lo conducente para la organización administrativa del Gobierno Municipal, creando o suprimiendo comisiones permanentes o transitorias, así como dependencias municipales y órganos de participación ciudadana, de acuerdo con las necesidades y el presupuesto del Municipio.
IV. El artículo 92 fracciones III y IX de la Ley Orgánica Municipal, establece que son facultades y obligaciones de los Regidores, las de ejercer las facultades de deliberación y decisión de los asuntos que le competen al Ayuntamiento, así como las que determine el propio Cabildo y las que otorguen otras disposiciones aplicables.
V. El Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, disponen que el Municipio de Puebla, será gobernado por un Cuerpo Colegiado, al que se le denominará "Honorable Ayuntamiento de Puebla", que delibera, analiza, evalúa, controla y vigila los actos de la administración y del Gobierno Municipal, además los Regidores serán los encargados de vigilar la correcta prestación de los servicios públicos, así como el adecuado funcionamiento de los diversos ramos de la administración municipal.
VI. Los artículos 92, 93 y 99 del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, establecen que el Ayuntamiento se organizará en su interior en Comisiones, que podrán ser permanentes o transitorias de acuerdo con lo establecido con la Ley Orgánica Municipal, dichas comisiones tienen por objeto el estudio, análisis y la elaboración de dictámenes y propuestas al Ayuntamiento, de los problemas de los distintos ramos de la Administración Pública Municipal.
VII. Que, en sesión extraordinaria de cabildo de fecha diez de agosto del año en curso, se aprobó por mayoría de votos de los integrantes del cabildo, el "Punto del acuerdo mediante el cual se aprueba la modificación a los programas presupuestarios y la reasignaciones de recursos del presupuesto de egresos del gobierno municipal para el ejercicio fiscal 2020, derivado de la emergencia sanitaria por el virus sars cov2".
VIII. Que, todos los gobiernos están obligados por ley a transparentar el uso de los recursos públicos que reciben, en el caso del municipio, deben de dar cuenta tanto de los recursos provenientes de la federación y el estado, así como los que se generan por el cobro de impuestos municipales y que son usados en la ejecución de obra, entrega de apoyos sociales entre otras actividades.
IX. Que, esta administración ha aprobado diversos mecanismos no contemplados en las leyes de transparencia, como lo son el tablero de control de obra pública, la transmisión en vivo de las licitaciones públicas, el informe sobre viajes realizados, entre otros para hacer más accesible y entendible la información a la ciudadanía en general.
X. En este sentido, con fundamento en el artículo 114 del Reglamento Interior de Cabildo y sus Comisiones, se instruye a la Comisión de Patrimonio y Hacienda Pública Municipal para que incluya dentro del Orden del Día de cada Sesión Ordinaria un punto mediante el cual se informe el uso, aprovechamiento y avance de los recursos que han sido asignados como parte de la reactivación económica del Municipio aprobados en Sesión de Cabildo de fecha once de agosto del presente año.
Por lo anteriormente expuesto y fundado sometemos a consideración de este Cuerpo Edilicio el siguiente:
P U N T O D E A C U E R D O
PRIMERO.- Con fundamento en el artículo 114 del Reglamento Interior de Cabildo y sus Comisiones, se instruye a la Comisión de Patrimonio y Hacienda Pública Municipal para que incluya dentro del Orden del Día de cada Sesión Ordinaria un punto mediante el cual se informe el uso, aprovechamiento y avance de los recursos que han sido asignados como parte de la reactivación económica del Municipio aprobados en Sesión de Cabildo de fecha once de agosto del presente año.
SEGUNDO.- Se instruye a la Secretaria del Ayuntamiento para que con fundamento en lo establecido en el artículo 13 fracción XIII del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, notifique el presente acuerdo a fin de que surta sus efectos legales correspondientes.
A T E N T A M E N T E.- CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA.- 14 DE AGOSTO DE 2020.- “CIUDAD INCLUYENTE”.- REG. LUZ DEL CARMEN ROSILLO MARTÍNEZ.- RÚBRICA.- REG. JACOBO ORDAZ MOERENO.- RÚBRICA.- REG. CAROLINA MORALES GARCÍA.- RÚBRICA.- REG. ENRIQUE GUEVARA MONTIEL.- RÚBRICA.- REG. AUGUSTA VALENTINA DÍAZ DE RIVERA HERNÁNDEZ.- RÚBRICA.
LA QUE SUSCRIBE, LIZA ELENA ACEVES LÓPEZ, SECRETARIA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, CERTIFICO QUE LA RESOLUCIÓN QUE ANTECEDE FUE APROBADA EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS POR UNANIMIDAD DE VOTOS EN LA VIGÉSIMA TERCERA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO CELEBRADA EL CATORCE DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTE. LO ANTERIOR, PARA LOS EFECTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS A QUE HAYA LUGAR.- CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A CATORCE DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTE.- “PUEBLA, CIUDAD INCLUYENTE”.- RÚBRICA.
Por lo tanto, así se tendrá entendido para su ejecución; instruyendo se publique en la Gaceta Municipal, se circule y observe.
ATENTAMENTE.- CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A CATORCE DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTE.- "PUEBLA CIUDAD INCLUYENTE".- CLAUDIA RIVERA VIVANCO.- PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA.- RÚBRICA.