CLAUDIA RIVERA VIVANCO, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, a sus habitantes, sabed:
Que por conducto de su Secretaría el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:
PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE SOLICITA AL INSTITUTO MUNICIPAL DE ARTE Y CULTURA DEL H. AYUNTAMIENTO DE PUEBLA INSTRUYAN A TODOS LOS ARTISTAS URBANOS INSCRITOS EN SU CATÁLOGO, ASÍ COMO AQUELLOS ARTISTAS QUE SE PROMUEVAN EN EL PROPIO MUNICIPIO CON APOYO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN MUNICIPAL A TRAVÉS DEL DEPARTAMENTO DE VÍA PÚBLICA Y/O DEPARTAMENTO DE CONCERTACIÓN DE ESPACIOS PÚBLICOS A CUMPLIR CON UN PROTOCOLO DE CONTINGENCIA PARA EVITAR LA PROPAGACIÓN EN CONTAGIOS POR EL CORONAVIRUS COVID-19.
RES. 2020/083
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIONES I Y ll DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 102, 103 Y 105 FRACCIÓN III DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; 2, 78 FRACCIÓN IV, 92 FRACCIONES I Y VII DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; 12 FRACCIÓN VII; 92, 122, 123, 128, 130 Y 135 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE CABILDO Y COMISIONES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA; SOMETEMOS A CONSIDERACIÓN Y EN SU CASO APROBACIÓN DE ESTE HONORABLE CUERPO COLEGIADO, PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE SOLICITA AL INSTITUTO MUNICIPAL DE ARTE Y CULTURA DEL H. AYUNTAMIENTO DE PUEBLA INSTRUYAN A TODOS LOS ARTISTAS URBANOS INSCRITOS EN SU CATÁLOGO, ASÍ COMO AQUELLOS ARTISTAS QUE SE PROMUEVAN EN EL PROPIO MUNICIPIO CON APOYO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN MUNICIPAL A TRAVÉS DEL DEPARTAMENTO DE VÍA PÚBLICA Y/O DEPARTAMENTO DE CONCERTACIÓN DE ESPACIOS PÚBLICOS A CUMPLIR CON UN PROTOCOLO DE CONTINGENCIA PARA EVITAR LA PROPAGACIÓN EN CONTAGIOS POR EL CORONAVIRUS COVID-19, EN ATENCIÓN A LOS SIGUIENTES:
Considerandos
I. Que, conforme al artículo 115 fracciones I y ll de la Constitución Política de los Unidos Mexicanos, cada municipio será gobernado por un ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un presidente municipal y el número de regidores y síndicos que la ley determine.
II. Que el artículo 102 de la Constitución del Estado Libre y Soberano de Puebla, el municipio libre constituye la base de la división territorial y de la organización política y administrativa del estado.
III. Que, en términos del artículo 105 fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, la administración pública municipal será centralizada y descentralizada, teniendo como disposición el que los ayuntamientos tendrán facultades para expedir de acuerdo con las leyes en materia municipal que emita el congreso del estado, las disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.
IV. Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 92 fracciones l, V, VII de la Ley Orgánica Municipal, son facultades y obligaciones de los regidores, ejercer la debida inspección y vigilancia, en los ramos a su cargo; dictaminar e informar sobre los asuntos que le encomiende el ayuntamiento, así como formular al mismo, las propuestas de ordenamientos en asuntos municipales, y promover todo lo que crean conveniente al buen servicio público.
V. Que, en términos del artículo 12 fracciones VII, XIII y XIV del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento del municipio de Puebla, dentro de las obligaciones de los regidores, está la de presentar al cabildo las propuestas de cualquier norma general, puntos de acuerdo y cualquier tema de su interés; orientar y gestionar aquellas solicitudes presentadas por la ciudadanía ante cualquier nivel o instancia de gobierno, así como el de vigilar el estricto cumplimiento de las disposiciones normativas aplicables.
VI. Que, de acuerdo al artículo 78 fracción IV del de la Ley Orgánica Municipal, establece que el ayuntamiento tiene la responsabilidad de expedir y actualizar bandos de policía y gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general, referentes a su organización, funcionamiento, servicios públicos que deban prestar y demás asuntos de su competencia.
VII. Que, el artículo 80 fracción III de la Ley Orgánica Municipal señala que los cuerpos normativos son dictados por el ayuntamiento para proveer, dentro de la esfera de su competencia, la correcta ejecución o la debida aplicación de las leyes o disposiciones en materia municipal para la preservación del orden público como requerimiento prioritario de la sociedad, en los aspectos de seguridad personal y patrimonial de los habitantes del municipio, salud pública, vialidad, esparcimiento, cultura, desarrollo urbano y demás aspectos fundamentales de la vida comunitaria.
VIII. Que, la enfermedad coronavirus causada por el virus covid-19, declarada por la Organización Mundial de la Salud como una emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII) el 30 de enero de 2020, fue declarada el 11 de marzo del mismo año por la OMS como pandemia.
IX. Que, ante ese escenario la Organización Mundial de la Salud, emitió recomendaciones básicas para que la población se proteja frente al coronavirus, así como la Secretaría de Salud Federal, a través de la Unidad de Inteligencia Epidemiológica y Sanitaria (UIES) de la Dirección General de Epidemiología.
X. Que, la Secretaría de Cultura pone a disposición de las personas interesadas la Guía básica para la Reapertura de Espacios Culturales con el fin de brindar orientación básica a los organismos a cargo de espacios culturales, para la implementación de los procesos y acciones necesarias para que dichos lugares, generadores de comunidad a la vez que motores de la economía y el bienestar, puedan abrir nuevamente sus puertas con las medidas de salud e higiene para un retorno seguro, saludable y solidario.
XI. Que, estas recomendaciones están basadas en los diversos lineamientos de la Secretaría de Salud, así como en un trabajo coordinado con autoridades estatales, espacios independientes y del sector privado.
XII. Que, las recomendaciones que aquí se presentan buscan ser útiles para la generalidad de los espacios culturales existentes en nuestro país. En su elaboración se tomaron en cuenta tanto los espacios abiertos (zonas arqueológicas y paleontológicas, festivales al aire libre, conciertos, eventos, entre otros), los espacios cerrados (museos, cines, teatros, salas de concierto, auditorios, librerías, bibliotecas, espacios de formación, etc.) y los espacios mixtos, que contemplan tanto salas cerradas como lugares al aire libre. Asimismo, se incluyen recomendaciones para centros de trabajo y centros de educación e investigación. Mismos que comenzarán a operar conforme al semáforo de inicio de actividades que la federación y el gobierno estatal emitan.
XIII. Que, el Gobierno de México, a través de la Secretaría de Salud, la Secretaría de Economía y la Secretaría del Trabajo, presenta el Plan de Reapertura Económica, Social y Cultural para el regreso a la nueva normalidad, con criterios de seguridad y certidumbre, privilegiando siempre la salud de las personas. El plan implica tres etapas:
1) De apertura de los Municipios de la Esperanza;
2) De preparación para la reapertura (del 18 al 31 de mayo);
3) La activación de un semáforo regional para la reapertura de actividades sociales, educativas y económicas.
El semáforo consta de cuatro colores: rojo, anaranjado, amarillo y verde. En el rojo sólo se permiten actividades esenciales, minería, construcción y fabricación de transporte. En el anaranjado se suman algunas actividades no esenciales con restricciones. El semáforo en amarillo amplía las actividades, aunque con restricciones en grandes espacios abiertos y cerrados. El verde permite todas las actividades, así como la reanudación de las clases. Todos los colores implican seguir cautelosamente, y en todo momento, las medidas emitidas por la Secretaría de Salud, máxima autoridad en la materia. Es importante señalar que las actividades en los espacios culturales corresponden a los colores amarillo y verde del semáforo. Los espacios reducidos, abiertos o cerrados en color amarillo, y todos los demás espacios, incluidos de educación e investigación, en el color verde,
XIV. Que, esta guía prioriza de origen a las personas que conforman la vida cultural de México, como: artistas, trabajadores, técnicos, público, visitantes, personas con discapacidad, estudiantes, maestros, investigadores, artesanos, etc, y lo hace con una perspectiva de pleno apego a los derechos y una visión transversal de género. Asimismo, tiene en cuenta el papel que juega la Secretaría de Cultura como cabeza de un sector cuyo trabajo alcanza a muchas personas, lo cual nos permitirá difundir las medidas de higiene y salud, así como ayudar a generar conciencia en torno a la responsabilidad que su cumplimiento conlleva. Esta acción corresponsable permitirá, sin duda, generar certezas de convivencia bajo los más altos estándares de salud.
XV. Que, las recomendaciones generales incluidas en esta Guía están sujetas a las difundidas por la Secretaría de Salud, órgano del Gobierno de México que encabeza la lucha por el control y erradicación del COVID-19. Dichos lineamientos son emitidos bajo los principios de: protección a la salud y a la vida, beneficios basados en la evidencia científica, transparencia en la información, protección y continuidad de las actividades económicas y sociales, mismos que comenzarán a operar conforme al semáforo de inicio de actividades que la federación y el gobierno estatal emitan.
XVI. Que, en los espacios de alta afluencia o concentración de personas se recomiendan medidas preventivas específicas para evitar la propagación del virus, y con ello reducir el número de casos de COVID-19 en el país. Las personas responsables de la administración y organización de cada espacio, tanto público como privado, serán las encargadas de la implementación de las acciones recomendadas siguiendo el nivel de alerta, con el objetivo de contribuir a la prevención y detección oportuna de casos.
XVII. Que, atendiendo a estas consideraciones, la Secretaría de Cultura, junto al INBAL, INAH e lmcine, recomiendan:
PRIORIZAR LA SALUD DE LAS PERSONAS
o Brindar la mayor protección a grupos vulnerables, tales como personas mayores de 60 años, personas con enfermedades crónicas, mujeres embarazadas y todos aquellos que presenten síntomas respiratorios, fiebre o dolor de cabeza.
o Realizar protocolos internos propios para el regreso a las actividades, según las particularidades de su disciplina y operación.
o Contar con un protocolo de atención a casos que presenten síntomas.
o Capacitar a trabajadores, artistas, técnicos y visitantes sobre acciones de prevención de contagio.
o Ofrecer a trabajadores, artistas y técnicos facilidades para la contención emocional y sensibilización.
o Sanitizar todos los espacios.
o Instalar filtros de ingreso en los que se disponga de gel antibacterial y se verifique el estado de salud de las personas que ingresan, a partir de un protocolo apegado al respeto de los derechos humanos, la inclusión y la no discriminación.
o Reducir el aforo de los espacios, de acuerdo con las características de cada inmueble, con el fin de evitar aglomeraciones y respetar la sana distancia.
o Contar con personal capacitado para orientar sobre el uso de las instalaciones.
o Informar por todos los medios posibles, de manera clara y precisa, las medidas de seguridad e higiene.
o Promover la información en lenguas indígenas y en lengua de señas mexicanas.
o Implementar o promover la venta de boletos de acceso en línea, así como el uso digital de documentos para la realización de trámites y gestiones.
o Usar cubrebocas y guantes en los casos necesarios.
o Suspender inauguraciones y cocteles.
o Instalar tapetes húmedos y secos para la limpieza de zapatos en las puertas de foros y oficinas.
o Organizar los espacios de trabajo para garantizar el mantenimiento de la sana distancia.
o Reducir al mínimo las reuniones presenciales.
o Intercalar el trabajo presencial con el trabajo remoto en la medida de lo posible.
ESPACIOS ABIERTOS:
• Sanitizar el espacio antes y después de cada evento.
• Marcar con vinil o similar los espacios para asegurar la sana distancia entre los ocupantes.
• Programar, por el momento, espectáculos con el mínimo elenco posible para evitar contacto en el escenario (preferentemente, grupos no mayores de 3 intérpretes).
• Reducir, por el momento, el personal operativo y técnico, en el caso que sea posible (preferentemente 1 técnico por área).
ESPACIOS CERRADOS TEATROS, FOROS, AUDITORIOS, CINES Y SALAS DE PROYECCIÓN
• Mantener el equipamiento y los espacios, tanto los escenarios, camerinos y sanitarios en óptimas condiciones de mantenimiento, limpieza y sanitización, al igual que patios de butacas, vestíbulos y sanitarios que den servicio al público. Fumigar periódicamente.
• Previo a la apertura de los espacios, realizar trabajos de higienización y mantenimiento, tanto de los equipos, maquinaria teatral, drapería y pintura negra de los escenarios.
• Fumigar y sanitizar espacios como bodegas, fosos orquestales y escenarios previos a la reanudación de actividades.
• Desinfectar y limpiar antes y después de cada actividad los salones y espacios de ensayo.
• Los teatros y salas de espectáculos, en función del color del semáforo, recibirán entre el 30 y el 45% del aforo total del recinto.
• Junto al cuerpo artístico y técnico, diseñar esquemas en las salas de espectáculos para espaciar a músicos e integrantes de grupos artísticos en escenarios, camerinos y áreas de acceso.
• Para llevar a cabo los repertorios musicales, teatrales y dancísticos se contemplan las medidas de sana distancia y de higiene establecidas.
• No permitir que el público se forme para entrar a las salas, para lo que se deben habilitar los accesos al recinto con mayor tiempo de antelación.
• En la medida de lo posible, escalonar los horarios de estancia de artistas y técnicos.
• Evitar el uso de materiales físicos, como programas de mano, carteleras y boletos.
• Difundir con base en los estándares de accesibilidad a los espectáculos las recomendaciones de la Secretaría de Salud antes de la tercera llamada, en el intermedio y al final de cada evento.
• Brindar un servicio seguro en tiendas y ventas de alimentos, que garantice la salud, la seguridad y la sana distancia. Se deberán seguir los protocolos específicos en la materia que para ello dispongan las autoridades sanitarias.
• En la medida de lo posible, controlar y minimizar el número de personas en los baños.
• Para conferencias, presentaciones de libros y charlas, reducir el aforo del salón de usos múltiples al 50% para mantener sana distancia entre personas y evitar aglomeración. Promover la transmisión en vivo y/o compartir el registro en video posterior a la actividad. Evitar inauguraciones o hacerlas con grupos reducidos, manteniendo la sana distancia.
MUSEOS Y GALERÍAS
• Definir el aforo óptimo de las salas, de acuerdo a la dimensión de sus espacios, para asegurar una distancia de 1.5 m entre personas.
• Definir el tiempo máximo de permanencia de acuerdo a la afluencia, con el fin de asegurar un flujo constante y evitar aglomeraciones en áreas de espera.
Indicar en los pisos, desde la entrada del museo, el flujo de los recorridos para respetar la sana distancia.
En caso de auditorios, se deberá cancelar un número determinado de butacas para asegurar la sana distancia entre asistentes.
• Las actividades, en áreas de mediación y servicios educativos que impliquen el uso de material, deberán suspenderse hasta que el semáforo de precaución esté en verde.
• Evitar inauguraciones o hacerlas con grupos reducidos, manteniendo la sana distancia.
• Invitar al público a no asistir en grupos mayores a 4 personas.
• Garantizar todas las medidas de seguridad, higiene y sana distancia en los servicios relacionados al patrimonio artístico: consultas, trámites, asesorías, entre otras actividades sustantivas.
ESPACIOS MIXTOS
• Indicar con vinil en los pisos los espacios de tránsito y distancias en filas de espera.
• Limitar el ingreso a cafeterías y restaurantes de acuerdo a su capacidad para asegurar la sana distancia. Todo el personal de estas áreas deberá contar con cubrebocas y guantes. A su vez, se deberán desinfectar continuamente las áreas de uso frecuente.
• Implementar un sistema de venta anticipada o de citas para controlar la cantidad de personas que acudan al centro.
ESPACIOS DE CULTURA COMUNITARIA
• Reabrir de manera gradual las actividades de Semilleros Creativos para garantizar el cuidado de las personas y la sana distancia.
• Fortalecer mecanismos de comunicación y coordinación con autoridades estatales, municipales y locales para el suministro de materiales, equipamiento de protección, formación de equipos locales y canalización de casos.
• Promover herramientas y estrategias de autocuidado y bienestar de la salud emocional, tanto para el personal en territorio como para las poblaciones y familias.
• Contar con un suministro de servicios en cada espacio (agua potable, estaciones para el lavado de manos, suministros de limpieza y desinfección) que permita el desarrollo de actividades sin comprometer la salud de todo el equipo de trabajo, así como de las niñas, niños y jóvenes.
XVIII. Que, es responsabilidad de los regidores integrantes del Honorable Ayuntamiento del municipio de Puebla cumplir y hacer cumplir las disposiciones de observancia general de la federación y del estado, así como implementar medidas de seguridad sanitaria ante la actual contingencia derivada de la propagación del covid-19; mitigando la propagación del virus y la posibilidad de que el virus dure más tiempo; en ese sentido, resulta necesario mantener y ampliar de manera indefinida las disposiciones que permitan controlar la propagación de contagios, dichas recomendaciones comenzarán a operar conforme al semáforo de inicio de actividades que la federación y el gobierno estatal emitan.
XIX. Que, por lo anteriormente expuesto y fundado, el Honorable Ayuntamiento del municipio de Puebla aprueba el siguiente:
PUNTO DE ACUERDO
PRIMERO. Se solicita al Instituto Municipal de Arte y Cultura del H. Ayuntamiento de Puebla instruyan a todos los artistas urbanos inscritos en su catálogo, a cumplir con un protocolo de contingencia para evitar la propagación en contagios por el coronavirus COVID-19, mismo que comenzará a operar conforme al semáforo de inicio de actividades que la federación y el gobierno estatal emitan.
SEGUNDO. Se solicita a la Secretaría de Gobernación Municipal a través del Departamento de Vía Pública y/o Departamento de Concertación de Espacios Públicos en conjunto con el Instituto Municipal de Arte y Cultura del H. Ayuntamiento de Puebla a que los artistas urbanos que se promuevan en el propio municipio cumplan con un protocolo de contingencia para evitar la propagación en contagios por el coronavirus COVID-19, mismo que comenzará a operar conforme al semáforo de inicio de actividades que la federación y el gobierno estatal emitan.
TERCERO. Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento para que notifique el presente punto de acuerdo a las entidades y dependencias de la administración pública municipal para los efectos a que haya lugar.
TRANSITORIO
ÚNICO. LA INSTRUCCIÓN DADA A LAS DEPENDENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL, ES DESCRIPTIVA, MÁS NO LAS LIMITA ACOORDINARSE Y CONSULTAR A CUALQUIER AUTORIDAD FEDERAL, ESTATAL Y/O MUNICIPAL, Así COMO COMITÉS CIUDADANOS, ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES Y ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL, PARA DAR CABAL CUMPLIMIENTO AL PRESENTE ACUERDO.
ATENTAMENTE.- HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 09 DE JUNIO DE 2020.- REG. MARTA TERESA ORNELAS GUERRERO.- RÚBRICA.- REG. MARÍA ROSA MÁRQUEZ CABRERA.- RÚBRICA. REG. JOSÉ LUIS GONZÁLEZ ACOSTA.- SIN RÚBRICA.- REG. EDSON ARMANDO CORTÉS CONTRERAS.- RÚBRICA.
LA QUE SUSCRIBE, LIZA ELENA ACEVES LÓPEZ, SECRETARIA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, CERTIFICO QUE LA RESOLUCIÓN QUE ANTECEDE FUE APROBADA EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS POR UNANIMIDAD DE VOTOS EN LA VIGÉSIMA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO CELEBRADA EL DÍA 12 DE JUNIO DE 2020. LO ANTERIOR, PARA LOS EFECTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS A QUE HAYA LUGAR.- CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 12 DE JUNIO DE 2020.- “PUEBLA, CIUDAD INCLUYENTE”.- RÚBRICA.
Por lo tanto, así se tendrá entendido para su ejecución; instruyendo se publique en la Gaceta Municipal, se circule y observe.
ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 12 DE JUNIO DE 2020. "PUEBLA CIUDAD INCLUYENTE". CLAUDIA RIVERA VIVANCO, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA.- RÚBRICA.