Res. 2020/066 | Punto de Acuerdo por el que se instruye a la Dirección de Adjudicaciones adscrita a la Secretaría de Administración a desarrollar un Programa que inclueya a las PYMES como proveedores del Plan Anual de Adjudicaciones de la Administra

CLAUDIA RIVERA VIVANCO, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, a sus habitantes, sabed:

Que por conducto de su Secretaría el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:

 

PUNTO ACUERDO POR EL QUE SE INSTRUYE A LA DIRECCIÓN DE ADJUDICACIONES ADSCRITA A LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN A DESARROLLAR UN PROGRAMA QUE INCLUYA A LAS PYMES COMO PROVEEDORES DEL PLAN ANUAL DE ADJUDICACIONES DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA, QUE PERMITA LA REACTIVACIÓN ECONÓMICA DERIVADA DE LA CONTINGENCIA DEL COVID-19 EN EL MUNICIPIO DE PUEBLA

RES. 2020/066

 

CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 115 FRACCIÓN ll DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 102, 103 PRIMER PÁRRAFO , 104 INCISO D) Y 105 FRACCIÓN III DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; 3, 78 FRACCIONES l, III, IV Y VIl, 82, 84, 92 FRACCIÓN V, 133, 140, 141 Y 199 FRACCIÓN V DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; 12 FRACCIONES VII, XIII Y XIV, 92, 93 Y 114 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE CABILDO Y COMISIONES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA; Y:

CONSIDERANDO

l. Que, los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica, y manejaran su patrimonio conforme a la Ley y administrarán libremente su hacienda, la cual se conformará por los rendimientos de los bienes que le pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que la Legislatura del Estado establezcan a favor de aquellos, y serán gobernados por un Ayuntamiento de elección popular directa, que tendrá la facultad para aprobar los Bandos de Policía y Gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones  administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la Administración Pública Municipal, regulen en las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 115 fracción ll de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 103 párrafo primero y 105 fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 3 y 84 de la Ley Orgánica Municipal.

ll. Que, el patrimonio municipal se constituye por la universalidad de los derechos y acciones de que es titular el Municipio, los cuales pueden valorarse económicamente y se encuentran destinados a la realización de sus fines, formando parte de dicho patrimonio la Hacienda Pública Municipal, así como aquellos bienes y derechos que por cualquier título le transfieran al Municipio, la Federación, el Estado, los particulares o cualquier otro organismo público o privado, siendo integrada la Hacienda Pública Municipal por las contribuciones y demás ingresos determinados en las leyes hacendarias de los Municipios en términos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla y leyes aplicables, según lo disponen los artículos 140 y 141, fracción l, de la Ley Orgánica Municipal.

III. Que, en relación a lo anterior, el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, estipula que es obligación de todos los mexicanos contribuir con el gasto público, de la Federación, del Distrito Federal o del Estado Municipio en que residan, de una manera proporcional y equitativa según dispongan las leyes correspondientes.

IV. Que, el artículo 92 y 93 del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones menciona que el Ayuntamiento se organizará en Comisiones, las cuales podrán ser permanentes o transitorias, las cuales analizarán, estudiarán, examinarán, propondrán y resolverán los asuntos de las distintas ramas de la Administración Pública Municipal, asimismo, vigilarán que se ejecuten las disposiciones, resoluciones o acuerdos del Ayuntamiento.

V. Que, de igual forma el artículo 12, fracciones VII y XIII, del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones, menciona que dentro de las facultades y obligaciones de los regidores es presentar al Cabildo las propuestas de cualquier norma general, puntos de acuerdo y cualquier tema de su interés, así como orientar y gestionar aquellas solicitudes presentadas por la ciudadanía ante cualquier nivel o instancia de gobierno.

VI. Que, el artículo 133 del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, refiere que las resoluciones que emiten las Comisiones tendrán el carácter de Dictamen, por lo tanto las propuestas de normas generales y en su caso las propuestas de Puntos de Acuerdo, deberán ser dictaminadas para continuar con el trámite respectivo.

VII. Que, la actual contingencia de salud ha generado cambios drásticos en las actividades económicas del país, afectando más a las empresas medianas y pequeñas, y en consecuencia a sus trabajadores.

VIII. Que, durante estos meses los gastos fijos como la renta, el pago del servicio de luz eléctrica, el servicio de agua, telefonía, internet y los sueldos del personal se deberán seguir pagando, aun cuando las ventas estén a la baja, e incluso en los casos donde tuvieron que cerrar los establecimientos, esto genera pérdidas y en muchos casos la quiebra de las empresas.

IX. Que, esta Administración Pública con el firme compromiso de apoyar la economía local y contribuir a una recuperación de los negocios que sea óptima para todos los vecinos del Municipio de Puebla, se están implementando las acciones correspondientes y en beneficio de la población.

X. Que, incluir a las Pymes en los procesos de adjudicación del Municipio de Puebla, además de ser una acción incluyente, apoya a la reactivación económica, la recuperación de empleos y asegura un ingreso a las familias poblanas.

XI. Que, la Dirección de Adjudicaciones adscrita a la Secretaría de Administración deberá desarrollar un programa que contemple a las Pymes del Municipio de Puebla como proveedores del Plan Anual de Adjudicaciones de las diferentes dependencias, facilitando el acceso a las personas físicas de los diferentes regímenes fiscales, para que desde la misma operatividad de la Administración Pública se apoye a la economía de las Pymes.

XII. Que, para generar las mejores condiciones de recuperación económica, el programa que incluye a las Pymes como proveedores de la Administración Pública, se considera necesario implementarlo durante el periodo de esta gestión.

Que, por lo anteriormente expuesto y fundado, el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla aprueba el siguiente:

PUNTO DE ACUERDO

PRIMERO. Se instruye a la Dirección de Adjudicaciones adscrita a la Secretaría de Administración a desarrollar un programa que incluya a las Pymes como proveedores del Plan Anual de Adjudicaciones de la Administración Pública Municipal, que permita la reactivación económica derivada de la contingencia del covid-19 en el Municipio de Puebla.

SEGUNDO. El programa de Pymes como proveedores del Municipio de Puebla se deberá presentar ante la Comisión de Patrimonio y Hacienda Pública durante el mes de junio para implementarlo inmediatamente una vez que se reactiven las actividades económicas en el Municipio.

TERCERO. Se instruye a la Secretaría de Administración para que, en todas las adjudicaciones directas que realice la dependencia, privilegie a empresas poblanas, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal.

ATENTAMENTE.- CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE Z. A 16 DE ABRIL DE 2020.- "PUEBLA, CIUDAD INCLUYENTE"; REGIDORAS INTEGRANTES DEL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA.- REG. PATRICIA MONTAÑO FLORES.- REG. CINTHYA JUÁREZ ROMÁN. RUBRICAS.

LA QUE SUSCRIBE, LIZA ELENA ACEVES LÓPEZ, SECRETARIA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, CERTIFICO QUE LA RESOLUCIÓN QUE ANTECEDE FUE APROBADA EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS POR UNANIMIDAD DE VOTOS EN LA DÉCIMA NOVENA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO CELEBRADA EL 17 DE ABRIL DE 2020. LO ANTERIOR, PARA LOS EFECTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS A QUE HAYA LUGAR.- CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 20 DE ABRIL DE 2020.- “PUEBLA, CIUDAD INCLUYENTE”.- RÚBRICA.

Por lo tanto, así se tendrá entendido para su ejecución; instruyendo se publique en la Gaceta Municipal, se circule y observe.


ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 20 DE ABRIL DE 2020. "PUEBLA CIUDAD INCLUYENTE". CLAUDIA RIVERA VIVANCO, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA.- RÚBRICA.