Res. 2020/060 | Punto de Acuerdo por virtud del cual se mantienen las medidas preventivas para evitar el contagio del virus denominado COVID-19 (Coronavirus), en las actividades que desempeñan los Regidores y personal adscrito a sala de Regidores

CLAUDIA RIVERA VIVANCO, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, a sus habitantes, sabed:

Que por conducto de su Secretaría el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:

 

PUNTO DE ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE MANTIENEN LAS MEDIDAS PREVENTIVAS PARA EVITAR EL CONTAGIO DEL VIRUS DENOMINADO COVID-19 (CORONAVIRUS), EN LAS ACTIVIDADES QUE DESEMPEÑAN LOS REGIDORES Y PERSONAL ADSCRITO A SALA DE REGIDORES

RES. 2020/060

 

 

CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIONES I Y II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 102, 103 Y 105 FRACCIÓN III DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; 2, 78 FRACCIÓN IV, 92 FRACCIONES I Y VII DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; 12 FRACCIÓN VII; 92, 122, 123, 128, 130 Y 135 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE CABILDO Y COMISIONES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA; Y:

CONSIDERANDO

I.    Que, conforme al número 115 fracciones I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal y el número de regidores y síndicos que la ley determine. La competencia que esta Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del Estado, y el Municipio estará investido de personalidad jurídica y manejaran su patrimonio conforme a la Ley.

II.    Que el artículo 102 de la Constitución del Estado Libre y Soberano de Puebla, señala, el Municipio libre constituye la base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado; cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal y el número de Regidores y Síndicos que la ley determine. Además, las atribuciones que la Constitución local otorga al Gobierno Municipal se ejercerán por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna, entre éste y el Gobierno del Estado. 

III.    Que, en términos del numeral 105 fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, la administración pública municipal será centralizada y descentralizada, teniendo como disposición el que los ayuntamientos tendrán facultades para expedir de acuerdo con las leyes en materia municipal que emita el Congreso del Estado, las disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.

IV.    Que, según lo dispuesto por el artículo 2 de la Ley Orgánica Municipal, el Municipio Libre es una Entidad de derecho público, base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado de Puebla, integrado por una comunidad establecida en un territorio, con un gobierno de elección popular directa, el cual tiene como propósito satisfacer, en el ámbito de su competencia, las necesidades colectivas de la población que se encuentra asentada en su circunscripción territorial; así como inducir y organizar la participación de los ciudadanos en la promoción del desarrollo integral de sus comunidades.

V.    Que, los Regidores del H. Ayuntamiento tienen como facultades y obligaciones, ejercer la debida inspección y vigilancia, en los ramos a su cargo; dictaminar e informar sobre los asuntos que le encomiende el Ayuntamiento, así como formular al mismo las propuestas de ordenamiento en asuntos Municipales, y promover todo lo que crean conveniente al buen servicio público, de acuerdo a lo que precisa el artículo 92 fracciones en sus fracciones I, V, y VII de la Ley Orgánica Municipal.

VI.    Que, entre otras, el Ayuntamiento tiene la responsabilidad de expedir y actualizar Bandos de Policía y Gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general, referentes a su organización, funcionamiento, servicios públicos que deban prestar y demás asuntos de su competencia; según lo establece la fracción IV del artículo 78 de la Ley Orgánica Municipal.

VII.    Que, los cuerpos normativos son dictados por el Ayuntamiento para proveer, dentro de la esfera de su competencia, la correcta ejecución o la debida aplicación de las leyes o disposiciones en materia municipal para la preservación del  orden público como requerimiento prioritario de la sociedad, en los aspectos de seguridad personal y patrimonial de los habitantes del Municipio, salud pública, vialidad, esparcimiento, cultura, desarrollo urbano y demás aspectos fundamentales de la vida comunitaria, conforme lo señala el artículo 80 fracción III de la Ley Orgánica Municipal.

VIII.    Que, la enfermedad Coronavirus causada por el virus COVID-19, declarada por la Organización Mundial de la Salud como una Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) el 30 de enero de 2020, fue declarada el 11 de marzo del mismo año por la OMS como Pandemia.

IX.    Que, ante ese escenario la Organización Mundial de la Salud, emitió recomendaciones básicas para que la población se proteja frente al coronavirus; del mismo modo la Secretaría de Salud Federal, a través de la Unidad de Inteligencia Epidemiológica y Sanitaria (UUIES) de la Dirección General de Epidemiología, emitió también recomendaciones para el cuidado personal.

X.    Por su parte este gobierno municipal ha implementado medidas y acciones concretas para mitigar los contagios en el Municipio de Puebla, entre otras, la puesta en marcha la “Jornada Nacional de Sana Distancia” que contempla la suspensión temporal de actividades no esenciales y reprogramación de concentración masiva a partir del 23 de marzo y hasta el 30 de abril del 2020.

XI.    En ese orden de ideas, este Honorable Cabildo mediante punto de acuerdo aprobado en la trigésimo cuarta Sesión Extraordinaria, de fecha dieciocho de marzo de dos mil veinte, acordó lo siguiente:

1.    Suspender las sesiones ordinarias, extraordinarias y mesas de trabajo de Comisiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla a partir de la aprobación del presente Punto de Acuerdo y hasta el día 20 de abril del 2020, en atención a la Jornada Nacional de Sana Distancia sugerida por la Secretaría de Salud del Gobierno Federal.

2.    Suspender las actividades no esenciales en las oficinas de Sala de Regidores, durante el citado periodo de tiempo, debiendo designarse a una persona de guardia en la oficina de cada una de las Comisiones y Dirección de Coordinación de Regidores, rotando al personal asignado para guardia a consideración de cada uno de los Regidores, quedando exceptuado los trabajadores mayores de 60 años y aquellas personas consideradas por la Organización Mundial de la Salud como población en riesgo.

La Organización Mundial de la Salud considera personas de mayor riesgo:

  • Mujeres embarazadas
  • Personas de 70 años o mas
  • Menores de 70 años con una afección de salud subyacente
  • Personas que presenten enfermedades respiratorias crónicas
  • Personas con enfermedades cardiacas, renales crónica, hepática crónica y afecciones neurológicas crónicas
  • Personas con diabetes
  • Personas con sistema inmunitario debilitado,
  • Personas que han recibido quimioterapias
  • Personas con sobre peso grave.

3.    Exhortar a los miembros del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, así como al personal que los asiste, eviten asistir a eventos públicos masivos.

Asimismo, los Regidores del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, debieron comunicar a sus trabajadores adscritos, que, en caso de presentar tos, fiebre y dificultad para respirar, evitar cualquier actividad pública y acudir a atención médica.

XII.    Que, ante el escenario que actualmente vive la ciudad de Puebla, desde el pasado 13 de marzo de 2020, el gobierno municipal instaló el Comité de Prevención y Continuidad de Operaciones del Ayuntamiento de Puebla, con el objetivo de resguardar tanto a la ciudadanía como a las y los trabajadores de la administración municipal, garantizando a los ciudadanos la continuidad de operaciones y servicios del gobierno de la ciudad.

XIII.    Que, el gobierno de México, a través de la Secretaría de Salud ha hecho del conocimiento público, la necesidad de mantener y extender acciones de control para mitigar los contagios de COVID-19, consistentes en:

1.    La Jornada Nacional de Sana Distancia permanecerá vigente hasta el 30 de mayo de 2020.

2.    En los municipios de baja o nula transmisión de las medidas de seguridad sanitaria permanecerán hasta el 17 de mayo de 2020.

3.    En todos los casos se mantendrán, hasta nuevo aviso, las medidas de protección de los adultos mayores y personas con mayor riesgo de complicaciones graves de COVID-19.

XIV.    Que, es responsabilidad de los Regidores Integrantes del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla cumplir y hacer cumplir las disposiciones de observancia general de la Federación y del Estado, así como implementar medidas de seguridad sanitaria ante la actual contingencia derivada de la propagación del COVID-19; mitigando la propagación del virus y la posibilidad de que el virus dure más tiempo; en ese sentido, resulta necesario mantener y ampliar hasta el 30 de mayo de 2020, las medidas acordadas por este Cabildo en Sesión Extraordinaria de Cabildo, de fecha 13 de marzo del año en curso, señaladas en el considerando XI del presente Punto de Acuerdo.

Que, por lo anteriormente expuesto y fundado, el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla aprueba el siguiente:

PUNTO DE ACUERDO

PRIMERO.- Se mantiene la suspensión temporal de las sesiones ordinarias, extraordinarias y mesas de trabajo de Comisiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla a partir de la aprobación del presente Punto de Acuerdo y hasta el día 30 de mayo del 2020.

SEGUNDO.- En términos del artículo 20 del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento de Puebla, solo el Cabildo podrá reunirse para sesionar de manera extraordinaria cuando la importancia o urgencia del asunto lo requiera. 

TERCERO.- Se mantiene la suspensión de las actividades no esenciales en las oficinas de Sala de Regidores, durante el periodo de tiempo señalado en el resolutivo Primero, no obstante, deberá designarse a un trabajador o trabajadora adscrito a cada una de las Comisiones y Dirección de Coordinación de Regidores, para cubrir una guardia dentro del horario de 9:00 a 17:00 horas, de lunes a viernes.

Los trabajadores deberán ser rotados para cubrir las guardias a consideración de cada uno de los Regidores, quedando exceptuado de realizar guardias, los trabajadores mayores de 60 años y aquellas personas consideradas por la Organización Mundial de la Salud como población en riesgo, que se señalan de manera enunciativa y no limitativa en el Considerando XI del presente Punto de Acuerdo.

CUARTO.- Se exhorta a los miembros del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, así como al personal que los asiste, eviten asistir a eventos públicos masivos. Asimismo, los Regidores del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, deberán comunicar a sus trabajadores adscritos, que, en caso de presentar tos, fiebre y dificultad para respirar, evitar cualquier actividad pública y acudir a atención médica.

QUINTO.- Los integrantes de las Comisiones, una vez se encuentre la vía jurídica para establecer los mecanismos correspondientes para su realización, podrán reunirse a distancia a través de plataformas virtuales, solo para la realización de mesas de trabajo, previo acuerdo de la mayoría de los integrantes de la Comisión respectiva.

SEXTO.- Se instruye a la Coordinación General de Comunicación Social, dar a conocer a la ciudadanía el contenido del presente Punto de Acuerdo.

SÉPTIMO.- Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento para que notifique el presente Punto de Acuerdo a las Entidades y Dependencias de la Administración Pública Municipal para los efectos a que haya lugar.

ATENTAMENTE.- “PUEBLA, CIUDAD INCLUYENTE”.- CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 17 DE ABRIL DE 2020. SILVIA GUILLERMINA TANÚS OSORIO, REGIDORA.- ENRIQUE GUEVARA MONTIEL, REGIDOR.- ANGEL RIVERA ORTEGA, REGIDOR.- RUBRICAS.

LA QUE SUSCRIBE, LIZA ELENA ACEVES LÓPEZ, SECRETARIA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, CERTIFICO QUE LA RESOLUCIÓN QUE ANTECEDE FUE APROBADA EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS POR UNANIMIDAD DE VOTOS EN LA DÉCIMA NOVENA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO CELEBRADA EL 17 DE ABRIL DE 2020. LO ANTERIOR, PARA LOS EFECTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS A QUE HAYA LUGAR.- CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 20 DE ABRIL DE 2020.- “PUEBLA, CIUDAD INCLUYENTE”.- RÚBRICA.

Por lo tanto, así se tendrá entendido para su ejecución; instruyendo se publique en la Gaceta Municipal, se circule y observe.


ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 20 DE ABRIL DE 2020. "PUEBLA CIUDAD INCLUYENTE". CLAUDIA RIVERA VIVANCO, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA.- RÚBRICA.