Res. 2020/042 | Dictamen por el que se instruye al titular de la Dirección de Relaciones Públicas e Internacionales, la revisión y actualización de su Manual de Organización.

CLAUDIA RIVERA VIVANCO, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, a sus habitantes, sabed:

Que por conducto de su Secretaría el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:

 

DICTAMEN POR EL QUE SE INSTRUYE AL TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE RELACIONES PÚBLICAS E INTERNACIONALES, LA REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE SU MANUAL DE ORGANIZACIÓN.

RES. 2020/042

CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIONES ll Y III INCISO A) DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 103 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; 3, 78 FRACCIONES l, IV Y LIX DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; 2 FRACCIÓN XV Y 12 FRACCIÓN VII DEL REGLAMENTO INTERIOR DE CABILDO Y COMISIONES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, Y:


ANTECEDENTES


1. Que, en términos de lo dispuesto por el artículo 115 fracción III, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla establece como una de las atribuciones de los Ayuntamientos, expedir los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general, referentes a su organización, funcionamiento y demás asuntos de su competencia, vigilando su observancia y aplicación.


2. Que, la Ley Orgánica Municipal en sus Artículos 82 y 83 señala que los Ayuntamientos tienen el deber de expedir las disposiciones de observancia general que señale la misma, por lo que las disposiciones administrativas que expidan estarán formal y materialmente subordinadas a la Ley y a los reglamentos   respectivos, han de ser claras, precisas y breves.


3. Que, con base en el Artículo 84 de la Ley Orgánica Municipal, los Ayuntamientos, podrán aprobar Bandos de Policía y Gobierno, reglamentos y disposiciones administrativas de observancia general, que organicen la Administración Pública Municipal y dentro de sus respectivas jurisdicciones, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia.


4. Que, la Ley Orgánica Municipal, el artículo 169 Fracción IX establece que la Contraloría Municipal tiene la facultad de asesorar técnicamente a los titulares de las dependencias y entidades municipales sobre reformas administrativas relativas a organización, métodos, procedimientos y controles.


CONSIDERANDOS

Que, los artículos 2 fracción XV, 12 fracción VII del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento de Puebla, define que un punto de acuerdo es el asunto de interés público que no se encuentra vinculado con propuestas normativas y que es presentado por el Presidente Municipal, dos o más Regidores, sometidos a consideración del Cabildo, así como que los regidores tienen entre otras, la facultad de presentar al Cabildo las propuestas de cualquier norma general, puntos de acuerdo y cualquier tema de su interés.

Que, el Manual de Organización es un documento que contiene, en forma ordenada y sistemática, la información y/o las instrucciones sobre su marco jurídico administrativo, organización, objetivo y funciones de la Dependencia o Entidad, constituyéndose además en un instrumento de apoyo administrativo, que describe las relaciones orgánicas que se dan entre las Unidades Administrativas.

Que, los Manuales de organización tienen como objetivo "Proporcionar, en forma ordenada, la información básica de la organización y funcionamiento de la unidad responsable como una referencia obligada para lograr el aprovechamiento de los recursos y el desarrollo de las funciones encomendadas".

Todas las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal del H. Ayuntamiento de Puebla, están obligados a elaborar y mantener actualizado el Manual de Organización, quienes contarán con la orientación y apoyo metodológico de la Subcontraloría de Desarrollo Administrativo, Seguimiento y Control de la Contraloría Municipal.

El Artículo 9 Fracción V, del Reglamento Interior de la Contraloría Municipal faculta al Contralor para aprobar los manuales de Organización, Procedimientos y de Operación, para el mejor desempeño de la función pública centralizada y descentralizada

La Dirección de Relaciones Públicas e Internacionales de la Oficina de la Presidencia, tiene entre otros objetivos el del fortalecer, coordinar y consolidar las relaciones internacionales, así como promover la vinculación con gobiernos y organismos del extranjero, involucrando a la sociedad en los acontecimientos políticos y sociales del gobierno municipal.

Actualmente, dentro del Manual de Organización en cuestión, la Dirección de Relaciones Públicas tiene como una de sus funciones específicas la de "difundir los alcances y beneficios para la ciudadanía, los acuerdos de hermanamientos, pactos de amistad, convenios y Declaraciones Conjuntas suscritos con otros países".

Derivado de lo anterior, se aprecia que para la ejecución correcta de las actividades encomendadas a la Dirección debería llevar un registro de los acuerdos de hermanamientos, pactos de amistad, convenios y Declaraciones Conjuntas suscritos, no sólo por la Presidenta Municipal, sino por cualquier titular de dependencia o entidad municipal, debido a que para la difusión de los beneficios de éstos, es necesario un conocimiento detallado del documento o instrumento internacional.

El cinco de diciembre de dos mil diecinueve, en sesión ordinaria de la Comisión de Asuntos Internacionales y Migratorios las integrantes de la comisión solicitaron al C. Ollin Rivera Moreno, Director de Relaciones Públicas e Internacionales de la Oficina de Presidencia, quien asistió a dicha sesión como invitado, el listado de hermanamientos y/o convenios de colaboración vigentes, suscritos por el Ayuntamiento de Puebla; en consecuencia, el día catorce de enero del presente año, la Presidenta de la Comisión recibió, en medio magnético la información que pretendía dar respuesta a la solicitud en comento, sin embargo no contenía dato alguno de instrumentos de esa índole firmados durante el tiempo de esta Administración.

En relación a lo anterior, en el sitio oficial de "Gobierno Abierto" en el apartado de Cooperación Internacional Titulares y Regidores, se detectan en el listado, dos hermanamientos internacionales firmados durante el dos mil diecinueve.

Como se puede apreciar, la información pudiera requerir una simple actualización, sin embargo, pudiera no ser suficiente esta acción en el quehacer de la unidad responsable, puesto que la información de que se trata resulta de interés público y su oportuna difusión nos obliga a contemplar que, el registro o listado de Hermanamientos, Pactos de amistad, Convenios y Declaraciones Conjuntas firmados por este Honorable Ayuntamiento, debe ser un instrumento sin el cual sería imposible que esta Dirección cumpla su función informativa y de difusión.

Asimismo, en la Comisión de Asuntos Internacionales y Migratorios consideramos necesario, no solo apuntar los hechos y apreciaciones ya vertidas sino proponer una adecuación a este instrumento de apoyo administrativo tan importante; a razón de lo cual esta Comisión señala necesarias las siguientes adecuaciones:

XVI.    DESCRIPCIÓN DE LA DIRECCIÓN DE RELACIONES PÚBLICAS E INTERNACIONALES

Descripción Específica de Funciones

Adición de un numeral que señale:

Llevar un registro de los acuerdos de hermanamientos, pactos de amistad, convenios y Declaraciones Conjuntas suscritos con otros países, firmados por la Presidenta Municipal y todas las dependencias del Ayuntamiento.
Modificación al numeral 15:

Difundir los alcances y beneficios para la ciudadanía, los acuerdos de hermanamientos, pactos de amistad, convenios y Declaraciones Conjuntas suscritos con otros países, para lo cual se deberán enviar, los documentos de cooperación internacional, para su publicación en la Gaceta Municipal.

Que, por lo anteriormente expuesto y fundado, el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla aprueba el siguiente:

PUNTO DE ACUERDO

PRIMERO.- Se instruye al titular de la Dirección de Relaciones Públicas e Internacionales de la Oficina de Presidencia, la revisión de su Manual de Organización con el propósito de que se actualicen sus funciones, contemplando en el Proyecto modificatorio las precisiones señaladas en el presente Punto de Acuerdo. 

SEGUNDO.- Se solicita a la Contraloría Municipal, a través de la Subcontraloría de Desarrollo Administrativo, Seguimiento y Control, brinde el acompañamiento y asesoría técnica al titular de la Dirección de Relaciones Públicas e internacionales.

TERCERO.- Una vez realizada la revisión y actualización se remita el proyecto a la Contraloría Municipal, a efecto de su validación, aprobación, difusión y publicación tal y como lo señala la Guía para la elaboración de Manuales de Organización.

CUARTO.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento, para que notifique el presente Punto de acuerdo a las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal a fin de que surta sus efectos legales correspondientes.

ATENTAMENTE.- CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 13 DE FEBRERO DE 2020 "PUEBLA, CIUDAD INCLUYENTE".- LOS REGIDORES INTEGRANTES DE LA COMISIÓN TRANSITORIA DE ASUNTOS INTERNACIONALES Y MIGRATORIOS AUGUSTA VALENTINA DÍAZ DE RIVERA    MARÍA ISABEL CORTÉS SANTIAGO HERNÁNDEZ, REGIDORA.- MARÍA ROSA MÁRQUEZ CABRERA, REGIDORA.- LIBERTAD AGUIRRE JUNCO, REGIDORA.- MARTA TERESA ORNELAS GUERRERO, REGIDORA.- CAROLINA MORALES GARCÍA

LA QUE SUSCRIBE, LIZA ELENA ACEVES LÓPEZ, SECRETARIA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, CERTIFICO QUE LA RESOLUCIÓN QUE ANTECEDE FUE APROBADA EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS POR UNANIMIDAD DE VOTOS EN LA DÉCIMA OCTAVA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO CELEBRADA EL 13 DE MARZO DE 2020. LO ANTERIOR, PARA LOS EFECTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS A QUE HAYA LUGAR.- CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 17 DE MARZO DE 2020.- “PUEBLA, CIUDAD INCLUYENTE”.- RÚBRICA.

 

Por lo tanto, así se tendrá entendido para su ejecución; instruyendo se publique en la Gaceta Municipal, se circule y observe.


ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 17 DE MARZO DE 2020. "PUEBLA CIUDAD INCLUYENTE". CLAUDIA RIVERA VIVANCO, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA.- RÚBRICA.