JOSÉ CHEDRAUI BUDIB, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, a sus habitantes, sabed:
Que por conducto de su Secretaría el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:
DICTAMEN POR VIRTUD DEL CUAL SE APRUEBAN LAS SOLICITUDES DE PAGO POR EXTINCIÓN DE JUBILACIÓN A FAVOR DE ****, ****, ****, ****, **** Y ****, PERSONAS BENEFICIARIAS DE EXTRABAJADORAS Y EXTRABAJADORES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, ASÍ COMO LA CORRECCIÓN EN EL DATO DE LA CIUDADANA **** Y EL CIUDADANO ****, BENEFICIARIOS DEL CIUDADANO GONZALO MACEDA PÉREZ, EX TRABAJADOR DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, EN EL DICTAMEN APROBADO POR ESTA COMISIÓN EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 12 DE FEBRERO DE 2026.
RES.2026/274
CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115 PÁRRAFO PRIMERO, FRACCIONES I, II Y IV DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 102 ACÁPITE, 103 PÁRRAFO PRIMERO Y 105 FRACCIÓN XV DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; 2, 3, 78 FRACCIÓN XXXI, 92 FRACCIONES I, IV Y VII, 94 Y 96 FRACCIÓN II DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; 1982, 1983, 1995 Y 1996 DEL CÓDIGO REGLAMENTARIO PARA EL MUNICIPIO DE PUEBLA; 12 FRACCIÓN VII, 114 FRACCIÓN III Y 120 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE CABILDO Y COMISIONES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA; NOS PERMITIMOS SOMETER A CONSIDERACIÓN DE ESTE CUERPO COLEGIADO EL DICTAMEN POR VIRTUD DEL CUAL SE APRUEBAN LAS SOLICITUDES DE PAGO POR EXTINCIÓN DE JUBILACIÓN A FAVOR DE ****, ****, ****, ****, **** Y ****, PERSONAS BENEFICIARIAS DE EXTRABAJADORAS Y EXTRABAJADORES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, ASÍ COMO LA CORRECCIÓN EN EL DATO DE LA CIUDADANA **** Y EL CIUDADANO ****, BENEFICIARIOS DEL CIUDADANO GONZALO MACEDA PÉREZ, EX TRABAJADOR DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, EN EL DICTAMEN APROBADO POR ESTA COMISIÓN EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 12 DE FEBRERO DE 2026, POR LO QUE:
CONSIDERANDO
I. Que los artículos 115, párrafo primero, fracciones I, II y IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 102 acápite y 103 párrafo primero de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; así como 2 y 3 de la Ley Orgánica Municipal, prevén que el Estado adoptará para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa el municipio libre. Cada municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente o Presidenta Municipal y el número de Regidurías y Sindicaturas que la ley determine, de conformidad con la paridad de género, además está investido con personalidad jurídica y patrimonio propio que los Ayuntamientos manejarán conforme a la ley; aunado a la facultad de administrar libremente su hacienda y no habrá autoridad intermedia alguna, entre éste y el Gobierno del Estado.
II. Que, aunado a lo anterior, el municipio cuenta con facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que expiden las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.
III. Que, en función de lo previsto en el artículo 105 fracción XV de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, las relaciones de trabajo entre los Municipios y sus servidores públicos se regirán por las disposiciones que dicte la Legislatura del Estado. En ese tenor, en el artículo 78 fracción XXXI de la Ley Orgánica Municipal, se establece dentro de las atribuciones de los Ayuntamientos, el conceder pensiones a funcionarios y empleados municipales en los términos que dispongan las leyes aplicables.
IV. Que, el artículo 92 fracciones I, IV y VII de la Ley Orgánica Municipal señala que entre las facultades y obligaciones de los Regidores que integran el Ayuntamiento, se encuentran las de ejercer la debida inspección y vigilancia en los ramos a su cargo; formar parte de las comisiones para las que fueren designados por el Ayuntamiento; además de formular a éste las propuestas de ordenamientos en asuntos municipales, promoviendo todo lo que crean conveniente al buen servicio público; así como dictaminar e informar sobre los asuntos que les encomiende el Ayuntamiento.
V. Que, con fundamento en los artículos 94 y 96 fracción II de la citada Ley, el Ayuntamiento para facilitar el despacho de los asuntos que le competen, cuenta con Comisiones permanentes o transitorias, que los examinan e instruyen hasta ponerlos en estado de resolución. Estos órganos colegiados sesionan de forma mensual, siendo convocadas por la o el Regidor que presida cada una de éstas, conforme al reglamento respectivo, siendo la Comisión de Patrimonio y Hacienda Pública Municipal una de las Comisiones permanentes.
VI. Que, por otra parte, el artículo 1982 del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla, establece que se entiende por jubilado o pensionado al trabajador a quien el Honorable Cabildo, mediante dictamen, otorgue una jubilación o pensión y que el trabajador jubilado es aquel que obtiene su jubilación al cumplir los años de servicio; así mismo señala que trabajador pensionado es quien debido a una inhabilitación médica está impedido para cumplir con el tiempo necesario para su jubilación.
VII. Que, así mismo, el artículo 1983 del mismo ordenamiento, establece los requisitos que deberán presentar ante la persona titular de la Secretaría del Ayuntamiento, los trabajadores del Municipio que tengan derecho a su jubilación.
VIII. Que, el artículo 1995 del mismo Código, señala que la jubilación o pensión se extingue por muerte del jubilado o pensionado, correspondiéndole a su beneficiario el pago de extinción de jubilación o pensión consistente en 13 meses de la cantidad que percibía el trabajador jubilado. Asimismo, señala que los beneficiarios del jubilado fallecido, para cobrar el importe por la extinción de jubilación deberán presentar a la Secretaría del Ayuntamiento, en original y copia fotostática de la documentación siguiente:
I. Solicitud de Pago de Extinción de Jubilación o pensión;
II. Acta de defunción;
III. Acta de Nacimiento del Beneficiario;
IV. Identificación Oficial del Beneficiario;
V. Credencial expedida por el Ayuntamiento que lo acredite como Jubilado;
VI. Constancia de la designación de Beneficiarios; y
VII. Último ticket de pago.
IX. Que, además el artículo 1996 del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla, regula lo relativo a la designación de los beneficiarios de los jubilados o pensionados, señalando que, la persona o personas designadas como beneficiarios por el jubilado o pensionado, ante la Secretaría del Ayuntamiento, podrán ser renovados o modificados por el jubilado o pensionado cuantas veces quiera y en cualquier momento; la última designación depositada en la Secretaría deja sin efecto a las anteriores; y cuando el trabajador jubilado o pensionado no hubiere designado beneficiarios, se entregará el pago de extinción de jubilación a los beneficiarios que determine el Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Municipio de Puebla.
X. Que, el artículo 12 del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla establece en la fracción VII que, dentro de sus facultades y obligaciones, las personas Titulares de las Regidurías deberán presentar al Cabildo las propuestas de cualquier norma general, puntos de acuerdo y cualquier tema de su interés.
XI. Que, además, el artículo 114 fracción III del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones, señala que, dentro de las facultades de las Comisiones está examinar, instruir y poner en estado de resolución los asuntos que les sean turnados para su estudio y emitir en su caso los dictámenes, puntos de acuerdo, recomendaciones e informes que resulten de sus actuaciones.
XII. Que, el artículo 120 del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones antes citado, refiere que las Comisiones deberán someter a la consideración del Cabildo los asuntos relativos a su competencia, mediante la aprobación de sus resoluciones que se denominarán dictámenes o puntos de acuerdo, según corresponda.
XIII. Que, esta Comisión cuenta con la documentación relativa a 6 solicitudes de pago de extinción de jubilación y/o extinción de pensión, remitidas mediante oficio número SM-518/2026 signado por la Ciudadana Mónica Silva Ruiz, Titular de la Sindicatura Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, dirigido al Presidente de la Comisión de Patrimonio y Hacienda Pública del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, con fecha 03 de julio del 2026, del cual se desprende lo siguiente:
1. Que, la ciudadana ****, en su calidad de beneficiaria del ciudadano Felipe Domínguez Arrioja, ex jubilado del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, acreditó ante la Secretaría del Ayuntamiento, el fallecimiento del ex jubilado FELIPE DOMÍNGUEZ ARRIOJA, anexando la siguiente documentación:
I. Solicitud de pago de extinción de jubilación: La beneficiaria ciudadana presenta solicitud en original con fecha veintisiete de abril del año dos mil veintiséis para el pago de extinción de jubilación.
II. Acta de defunción: La solicitante presenta copia certificada ante el Licenciado Gerardo Vázquez Alonso, Titular de la Notaría Pública Número Cuarenta y Siete de esta Capital, del formato del acta de defunción del ciudadano FELIPE DOMÍNGUEZ ARRIOJA, con identificador electrónico 21114000120260057802 donde consta que con fecha once de febrero del año veintiséis, falleció,
III. Acta de nacimiento del beneficiario (s): Exhibe la solicitante copia certificada por el Licenciado Gerardo Vázquez Alonso, Titular de la Notaría Pública Número Cuarenta y Siete de las esta Capital, respecto del acta de nacimiento de la ciudadana ****, con Identificador Electrónico ****, donde consta la fecha de nacimiento siendo esta catorce de junio de mil novecientos cuarenta y seis.
IV. Identificación oficial del beneficiario (s): Presenta la solicitante copia simple de la credencial de elector de la ciudadana ****, expedida por el Instituto Nacional Electoral, con clave de elector ****.
V. Credencial expedida por el Ayuntamiento que lo acredite como jubilado: Presenta credencial original de jubilado del ciudadano FELIPE DOMÍNGUEZ ARRIOJA, con número de control 3848, expedida por la Secretaría de Administración y Tecnologías de la Información del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla.
VI. Constancia de designación de beneficiario: Acredita la solicitante con copia certificada por la Secretaría del Ayuntamiento de fecha veintiséis de marzo del año dos mil veintiséis, de las constancias que forman parte del expediente de designación de beneficiario del Ciudadano FELIPE DOMÍNGUEZ ARRIOJA, consistente en dos fojas útiles, mismo que incluye acta de designación de beneficiario, signado por el Secretario del Ayuntamiento del Municipio de Puebla, mediante la cual el Ciudadano FELIPE DOMÍNGUEZ ARRIOJA ratifica el contenido y firma ante la Secretaría de Ayuntamiento, en la cual tiene por designado a la beneficiaria Ciudadana ****, a fin de que goce de los derechos que establece el artículo 1995 del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla.
VII. Último ticket de pago: La solicitante presenta Impresión de Comprobante Fiscal Digital (CFDI) respecto al recibo de nómina del Ciudadano FELIPE DOMÍNGUEZ ARRIOJA correspondiente a la primera quincena de enero del año dos mil veintiséis.
Ahora bien, de acuerdo con el anexo del oficio Núm. SECATI-DGDFP-3225/2026 en original, signado por el Ciudadano Luis Delfino González Rodríguez, Director General de Desarrollo y Formación Profesional de la Secretaría de Administración y Tecnologías de la Información del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, en el cual se señala la cuantificación del monto, se desprende que el finado FELIPE DOMÍNGUEZ ARRIOJA percibía mensualmente las cantidades siguientes:
| Pensión mensual | $ 13,108.87 |
| Canasta básica | $ 415.67 |
| Total | $ 13,524.54 |
Asimismo, en relación con el artículo 1995 párrafo primero del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla, y con base en la información proporcionada en el anexo del oficio Núm. SECATI-DGDFP-3225/2026, corresponde a la ciudadana ****, en su calidad de beneficiaria del finado FELIPE DOMÍNGUEZ ARRIOJA, recibir por el pago de extinción de jubilación la cantidad de $175,819.02 (CIENTO SETENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE PESOS 02/100 M.N.).
2. Que, la ciudadana ****, en su calidad de beneficiaria del ciudadano Eduardo Callejas Rodríguez, ex jubilado del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, acreditó ante la Secretaría del Ayuntamiento, el fallecimiento del ex jubilado EDUARDO CALLEJAS RODRÍGUEZ, anexando la siguiente documentación:
I. Solicitud de pago de extinción de jubilación: La beneficiaria ciudadana presentó solicitud en original con fecha quince de mayo del año dos mil veintiséis para el pago de extinción de jubilación.
II. Acta de defunción: Presenta copia certificada del acta de defunción, por el Licenciado José Fernando Irabien Chedraui, Notario Auxiliar de la Notaría Pública Número Ocho de las de esta Capital, de la que es Titular el Licenciado José Neyif Irabien Medina, de fecha seis de mayo del año dos mil veintiséis del ciudadano EDUARDO CALLEJAS RODRÍGUEZ, con Identificador Electrónico 11020001920260016819 donde consta que con fecha quince de abril del año dos mil veintiséis, falleció.
III. Acta de nacimiento del beneficiario: Exhibe copia certificada del acta de nacimiento, por Licenciado José Fernando Irabien Chedraui Notario Auxiliar de la Notaría Pública Número Ocho de las de esta Capital, de la que es Titular el Licenciado José Neyif Irabien Medina, de fecha seis de mayo del año dos mil veintiséis de la ciudadana ****, con Identificador Electrónico **** donde consta la fecha de nacimiento, siendo esta el quince de septiembre de mil novecientos cincuenta y seis.
IV. Identificación oficial del beneficiario: Presenta copia simple de la credencial de elector de la Ciudadana ****, expedida por el Instituto Nacional Electoral, con clave de elector ****.
V. Credencial expedida por el Ayuntamiento que lo acredite como jubilado. Presenta credencial original de pensionado del Ciudadano EDUARDO CALLEJAS RODRÍGUEZ, con número de control 961, expedida por la Secretaría de Administración y Tecnologías de la Información del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla.
VI. Constancia de designación de beneficiaria: Acredita copia certificada por la Secretaría del Ayuntamiento de fecha ocho de mayo del año dos mil veintiséis, de las constancias que forman parte del expediente de designación de beneficiaria del Ciudadano EDUARDO CALLEJAS RODRÍGUEZ, consistente en tres fojas útiles, mismo que incluye acta de designación de beneficiaria, signado por el Secretario del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, mediante la cual el Ciudadano EDUARDO CALLEJAS RODRÍGUEZ ratifica el contenido y firma ante la Secretaría de Ayuntamiento, en la cual tiene por designado como beneficiaria a la Ciudadana ****, a fin de que goce de los derechos que establece el artículo 1995 del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla.
VII. Último ticket de pago: Presenta impresión de un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) respecto al recibo de nómina del ciudadano EDUARDO CALLEJAS RODRÍGUEZ, correspondiente a la primera quincena de abril del año dos mil veintiséis.
Ahora bien, de acuerdo con el anexo del OFICIO Núm. SECATI-DGDFP-3633/2026 en original, signado por el Ciudadano Luis Delfino González Rodríguez, Director General de Desarrollo y Formación Profesional de la Secretaría de Administración y Tecnologías de la Información del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, en el cual se procede a cuantificar el monto, se desprende que el finado EDUARDO CALLEJAS RODRÍGUEZ percibía mensualmente las cantidades siguientes:
| Pensión mensual | $ 17,668.06 |
| Canasta básica | $ 415.67 |
| Total | $ 18,083.73 |
Asimismo, en relación con el artículo 1995 párrafo primero del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla, y con base en la información proporcionada en el anexo del OFICIO Núm. SECATI-DGDFP-3633/2026, corresponde a la ciudadana ****, en su calidad de beneficiaria del finado EDUARDO CALLEJAS RODRÍGUEZ, recibir por el pago de extinción de jubilación la cantidad de $235,088.49 (DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL OCHENTA Y OCHO PESOS 49/100 M.N.).
3. Que, la ciudadana ****, en su calidad de beneficiaria del ciudadano José Sánchez Valencia, ex jubilado del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, acreditó ante la Secretaría del Ayuntamiento, el fallecimiento del ex jubilado JOSÉ SÁNCHEZ VALENCIA, anexando la siguiente documentación:
I. Solicitud de pago de extinción de jubilación: La beneficiaria ciudadana **** presentó solicitud en original con fecha ocho de mayo del año dos mil veintiséis para el pago de extinción de jubilación.
II. Acta de defunción: Presenta copia certificada del acta de defunción, por el Licenciado José Luis Vázquez Nava, Notario Auxiliar de la Notaría Pública Número Veintiséis de las de Capital de la que es Titular el Licenciado Francisco Javier Vázquez Ovando, de fecha veintinueve de abril del año dos mil veintiséis del Ciudadano JOSÉ SÁNCHEZ VALENCIA, con Identificador Electrónico 21114000120260072333 donde consta que con fecha trece de abril del año dos mil veintiséis, falleció.
III. Acta de nacimiento del beneficiario: Exhibe copia certificada del acta de nacimiento, por Licenciado José Luis Vázquez Nava, Notario Auxiliar de la Notaría Pública Número Veintiséis de las de Capital de la que es Titular el Licenciado Francisco Javier Vázquez Ovando, de fecha veintinueve de abril del año dos mil veintiséis, de la Ciudadana **** con Identificador Electrónico **** donde consta la fecha de nacimiento, siendo esta el doce de julio de mil novecientos sesenta y ocho.
IV. Identificación oficial del beneficiario: Presenta copia simple de la credencial de elector de la ciudadana ****, expedida por el Instituto Nacional Electoral, con clave de elector ****.
V. Credencial expedida por el Ayuntamiento que lo acredite como jubilado. Presenta credencial original de pensionado del ciudadano JOSÉ SÁNCHEZ VALENCIA, con número de control 1574, expedida por la Secretaría de Administración y Tecnologías de la Información del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla.
VI. Constancia de designación de beneficiaria: Acredita copia certificada por la Secretaría del Ayuntamiento de fecha treinta de abril del año dos mil veintiséis, de las constancias que forman parte del expediente de designación de beneficiaria del Ciudadano JOSÉ SÁNCHEZ VALENCIA, consistente en dos fojas útiles, mismo que incluye acta de designación de beneficiaria, signado por el Secretario del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, mediante la cual el Ciudadano JOSÉ SÁNCHEZ VALENCIA ratifica el contenido y firma ante la Secretaría de Ayuntamiento, en la cual tiene por designado como beneficiaria a la Ciudadana ****, a fin de que goce de los derechos que establece el artículo 1995 del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla.
VII. Último ticket de pago: Presenta impresión de un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) respecto del recibo de nómina del ciudadano JOSÉ SÁNCHEZ VALENCIA, correspondiente a la primera quincena de abril del año dos mil veintiséis.
Ahora bien, de acuerdo con el anexo del oficio Núm. SECATI-DGDFP-3631/2026 en original, signado por el Ciudadano Luis Delfino González Rodríguez, Director General de Desarrollo y Formación Profesional de la Secretaría de Administración y Tecnologías de la Información del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, en el cual se procede a cuantificar el monto, se desprende que el finado JOSÉ SÁNCHEZ VALENCIA percibía mensualmente las cantidades siguientes:
| Pensión mensual | $ 6,947.05 |
| Canasta básica | $ 415.67 |
| Total | $ 7,362.72 |
Asimismo, en relación con el artículo 1995 párrafo primero del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla, y con base en la información proporcionada en el anexo del OFICIO Núm. SECATI-DGDFP-3631/2026, corresponde a la ciudadana ****, en su calidad de beneficiaria del finado JOSÉ SÁNCHEZ VALENCIA, recibir por el pago de extinción de pensión la cantidad de $95,715.36 (NOVENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS QUINCE PESOS 36/100 M.N.).
4. Que, la Ciudadana ****, en su calidad de beneficiaria del ciudadano Eduardo Gómez Abad, ex jubilado del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, acreditó ante la Secretaría del Ayuntamiento, el fallecimiento del ex jubilado EDUARDO GÓMEZ ABAD, anexando la siguiente documentación:
I. Solicitud de pago de extinción de jubilación: La beneficiaria ciudadana **** presentó solicitud en original con fecha veintisiete de mayo del año dos mil veintiséis para el pago de extinción de jubilación.
II. Acta de defunción: Presenta extracto original del acta de defunción del Ciudadano EDUARDO GÓMEZ ABAD, con Identificador Electrónico 21114002220260023376 donde consta que con fecha veintisiete de abril del año dos mil veintiséis, falleció.
III. Acta de nacimiento del beneficiario: Exhibe acta de nacimiento original de la ciudadana ****, con Identificador Electrónico ****, donde consta la fecha de nacimiento siendo esta el veintisiete de mayo de mil novecientos sesenta y dos.
IV. Identificación oficial del beneficiario: Presenta copia simple de la credencial de elector de la ciudadana ****, expedida por el Instituto Nacional Electoral, con clave de elector ****.
V. Credencial expedida por el Ayuntamiento que lo acredite como jubilado: Presenta credencial original de pensionado del ciudadano EDUARDO GÓMEZ ABAD, con número de control 6736, expedida por la Secretaría de Administración y Tecnologías de la Información del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla.
VI. Constancia de designación de beneficiaria: Acredita con copia certificada por la Secretaría del Ayuntamiento de fecha veintiuno de mayo del año dos mil veintiséis, de las constancias que forman parte del expediente de designación de beneficiaria del Ciudadano EDUARDO GÓMEZ ABAD, consistente en tres fojas útiles, mismo que incluye acta de designación de beneficiaria, signado por el Secretario del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, mediante la cual el Ciudadano EDUARDO GÓMEZ ABAD ratifica el contenido y firma ante la Secretaría de Ayuntamiento, en la cual tiene por designado como beneficiaria a la Ciudadana ****, a fin de que goce de los derechos que establece el artículo 1995 del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla.
VII. Último ticket de pago: Presenta impresión de un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) respecto del recibo de nómina del Ciudadano EDUARDO GÓMEZ ABAD, correspondiente a la segunda quincena de abril del año dos mil veintiséis.
Ahora bien, de acuerdo con el anexo del OFICIO Núm. SECATI-DGDFP-3633/2026 en original, signado por el Ciudadano Luis Delfino González Rodríguez, Director General de Desarrollo y Formación Profesional de la Secretaría de Administración y Tecnologías de la Información del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, en el cual se procede a cuantificar el monto, se desprende que el finado EDUARDO GÓMEZ ABAD percibía mensualmente las cantidades siguientes:
| Pensión mensual | $ 23,864.44 |
| Canasta básica | $ 415.67 |
| Total | $ 24,280.11 |
Asimismo, en relación con el artículo 1995 párrafo primero del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla, y con base en la información proporcionada en el anexo del oficio Núm. SECATI-DGDFP-3633/2026, corresponde a la ciudadana ****, en su calidad de beneficiaria del finado EDUARDO GÓMEZ ABAD, recibir por el pago de extinción de pensión la cantidad de $315,641.43 (TRESCIENTOS QUINCE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y UN PESOS 43/100 M.N.).
5. Que, el ciudadano ****, en su calidad de beneficiario del ciudadano Casimiro Hernández Pérez, ex jubilado del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, acreditó ante la Secretaría del Ayuntamiento, el fallecimiento del ex jubilado CASIMIRO HERNÁNDEZ PÉREZ, anexando la siguiente documentación:
I. Solicitud de pago de extinción de jubilación: El beneficiario ciudadano ****, presentó solicitud en original con fecha ocho de junio del año dos mil veintiséis para el pago de extinción de jubilación.
II. Acta de defunción: Presenta copia certificada del acta de defunción, por el Licenciado Javier Vázquez Ovando, Notario Titular de la Notaría Pública Número Veintiséis de esta Capital, de fecha veintiocho de mayo del año dos mil veintiséis del ciudadano CASIMIRO HERNÁNDEZ PÉREZ, con Número 830477, donde consta que con fecha trece de mayo del año dos mil veintiséis, falleció.
III. Acta de nacimiento del beneficiario: Exhibe copia certificada del acta de nacimiento, por Licenciado Javier Vázquez Ovando, Notario Titular de la Notaría Pública Número Veintiséis de esta Capital, de fecha veintiocho de mayo del año dos mil veintiséis, del ciudadano ****, con Identificador Electrónico ****, donde consta la fecha de nacimiento siendo esta el primero de junio de mil novecientos setenta y dos.
IV. Identificación oficial del beneficiario: Presenta copia simple de la credencial de elector del ciudadano ****, expedida por el Instituto Nacional Electoral, con clave de elector ******.
V. Credencial expedida por el Ayuntamiento que lo acredite como jubilado: Presenta credencial original de pensionado del ciudadano CASIMIRO HERNÁNDEZ PÉREZ, con número de control 1994 expedida por la Secretaría de Administración y Tecnologías de la Información del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla.
VI. Constancia de designación de beneficiario: Acredita copia certificada por la Secretaría del Ayuntamiento de fecha dos de junio del año dos mil veintiséis de las constancias que forman parte del expediente de designación de beneficiario del ciudadano CASIMIRO HERNÁNDEZ PÉREZ, consistente en una foja útil, mismo que incluye acta de designación de beneficiario, signado por el Secretario del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, mediante la cual el ciudadano CASIMIRO HERNÁNDEZ PÉREZ ratifica el contenido y firma ante la Secretaría de Ayuntamiento, en la cual tiene por designado como beneficiario al ciudadano ****, a fin de que goce de los derechos que establece el artículo 1995 del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla.
VII. Último ticket de pago: Presenta impresión de un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) respecto del recibo de nómina del ciudadano CASIMIRO HERNÁNDEZ PÉREZ, correspondiente a la primera quincena de mayo del año dos mil veintiséis.
Ahora bien, de acuerdo con el anexo del OFICIO Núm. SECATI-DGDFP-3633/2026 en original, signado por el Ciudadano Luis Delfino González Rodríguez, Director General de Desarrollo y Formación Profesional de la Secretaría de Administración y Tecnologías de la Información del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, en el cual se procede a cuantificar el monto, se desprende que el finado CASIMIRO HERNÁNDEZ PÉREZ percibía mensualmente las cantidades siguientes:
| Pensión mensual | $ 6,574.53 |
| Canasta básica | $ 415.67 |
| Total | $ 6,990.20 |
Asimismo, en relación con el artículo 1995 párrafo primero del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla, y con base en la información proporcionada en el anexo del OFICIO Núm. SECATI-DGDFP-3633/2026, corresponde al Ciudadano ****, en su calidad de beneficiario del finado CASIMIRO HERNÁNDEZ PÉREZ, recibir por el pago de extinción de pensión la cantidad de $90,872.60 (NOVENTA MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS PESOS 60/100 M.N.).
6. Que, la Ciudadana ****, en su calidad de beneficiaria del ciudadano José Guadalupe Contreras Contreras, ex jubilado del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, acreditó ante la Secretaría del Ayuntamiento, el fallecimiento del ex jubilado JOSÉ GUADALUPE CONTRERAS CONTRERAS, anexando la siguiente documentación:
I. Solicitud de pago de extinción de jubilación: La beneficiaria ciudadana **** presentó solicitud en original con fecha veintisiete de mayo del año dos mil veintiséis para el pago de extinción de jubilación.
II. Acta de defunción: Presenta Copia certificada del acta de defunción, por el Licenciado Gerardo Vázquez Alonso, Notario Titular de la Notaría Pública Número Cuarenta y Siete de esta Capital, de fecha veinte de mayo del año dos mil veintiséis, del ciudadano JOSÉ GUADALUPE CONTRERAS CONTRERAS, con Número 31594423, donde consta que con fecha dos de mayo del año dos mil veintiséis, falleció.
III. Acta de nacimiento del beneficiario: Exhibe copia certificada del acta de nacimiento, por el Licenciado Gerardo Vázquez Alonso, Notario Titular de la Notaría Pública Número Cuarenta y Siete de esta Capital, de fecha veinte de mayo del año dos mil veintiséis de la ciudadana ****, con Identificador Electrónico ****, donde consta la fecha de nacimiento siendo esta el diecinueve de abril de mil novecientos setenta y cuatro.
IV. Identificación oficial del beneficiario: Presenta copia simple de la credencial de elector de la ciudadana ****, expedida por el Instituto Nacional Electoral, con clave de elector ****.
V. Credencial expedida por el Ayuntamiento que lo acredite como jubilado: Presenta credencial original de pensionado del ciudadano JOSÉ GUADALUPE CONTRERAS CONTRERAS, con número de control 5949, expedida por la Secretaría de Administración y Tecnologías de la Información del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla.
VI. Constancia de designación de beneficiaria: Acredita copia certificada por la Secretaría del Ayuntamiento de fecha veinticinco de mayo del año dos mil veintiséis, de las constancias que forman parte del expediente de designación de beneficiaria del ciudadano JOSÉ GUADALUPE CONTRERAS CONTRERAS, consistente en tres fojas útiles, mismo que incluye acta de designación de beneficiaria, signado por el Secretario del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, mediante la cual el ciudadano JOSÉ GUADALUPE CONTRERAS CONTRERAS ratifica el contenido y firma ante la Secretaría de Ayuntamiento, en la cual tiene por designada como beneficiaria a la ciudadana ****, a fin de que goce de los derechos que establece el artículo 1995 del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla.
VII. Último ticket de pago: Presenta impresión de un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) respecto al recibo de nómina del ciudadano JOSÉ GUADALUPE CONTRERAS CONTRERAS, correspondiente a la primera quincena de mayo del año dos mil veintiséis.
Ahora bien, de acuerdo con el anexo del OFICIO Núm. SECATI-DGDFP-3633/2026 en original, signado por el Ciudadano Luis Delfino González Rodríguez, Director General de Desarrollo y Formación Profesional de la Secretaría de Administración y Tecnologías de la Información del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, en el cual se procede a cuantificar el monto, se desprende que el finado JOSÉ GUADALUPE CONTRERAS CONTRERAS percibía mensualmente las cantidades siguientes:
| Pensión mensual | $ 16,963.48 |
| Canasta básica | $ 415.67 |
| Total | $ 17,379.15 |
Asimismo, en relación con el artículo 1995 párrafo primero del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla, y con base en la información proporcionada en el anexo del OFICIO Núm. SECATI-DGDFP-3633/2026, corresponde a la Ciudadana ****, en su calidad de beneficiaria del finado JOSÉ GUADALUPE CONTRERAS CONTRERAS, deberá recibir por el pago de extinción de pensión la cantidad de $225,928.95 (DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO PESOS 95/100 M.N.).
XIV. Con base en lo anteriormente señalado, así como al análisis exhaustivo de la documentación que se tuvo a la vista, esta Comisión concluye lo siguiente:
1. La ciudadana ****, en su calidad de beneficiaria del finado FELIPE DOMÍNGUEZ ARRIOJA, deberá recibir por el pago de extinción de jubilación la cantidad de $175,819.02 (CIENTO SETENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE PESOS 02/100 M.N.).
2. La ciudadana ****, en su calidad de beneficiaria del finado EDUARDO CALLEJAS RODRÍGUEZ, deberá recibir por el pago de extinción de jubilación la cantidad de $235,088.49 (DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL OCHENTA Y OCHO PESOS 49/100 M.N.).
3. La ciudadana ****, en su calidad de beneficiaria del finado JOSÉ SÁNCHEZ VALENCIA, deberá recibir por el pago de extinción de jubilación la cantidad de $95,715.36 (NOVENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS QUINCE PESOS 36/100 M.N.).
4. La ciudadana ****, en su calidad de beneficiaria del finado EDUARDO GÓMEZ ABAD, deberá recibir por el pago de extinción de jubilación la cantidad de $315,641.43 (TRESCIENTOS QUINCE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y UN PESOS 43/100 M.N.).
5. El ciudadano ****, en su calidad de beneficiario del finado CASIMIRO HERNÁNDEZ PÉREZ, deberá recibir por el pago de extinción de jubilación la cantidad de $90,872.60 (NOVENTA MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS PESOS 60/100 M.N.).
6. La Ciudadana ****, en su calidad de beneficiaria del finado JOSÉ GUADALUPE CONTRERAS CONTRERAS, deberá recibir por el pago de extinción de jubilación la cantidad de $225,928.95 (DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO PESOS 95/100 M.N.).
XV. Que, mediante oficio No. SA-252/2026 de fecha 2 de junio de 2026, signado por el Secretario del Honorable Ayuntamiento de Puebla, se solicita la corrección en el dictamen de fecha doce de febrero de 2026 por virtud del cual se aprobaron por esta Comisión, en Sesión Ordinaria solicitudes de pago de extinción de jubilación y pago de extinción de pensión a favor de diversas personas beneficiarias de extrabajadoras y extrabajadores del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, por lo que tal y como se demuestra con los documentos que conforman las solicitudes de pago de extinción de pensión tramitada por las personas beneficiarias, se desprende lo siguiente:
A) La cantidad correcta que deberán recibir la ciudadana **** y el ciudadano ****, beneficiarios del ex trabajador del Ayuntamiento de Puebla Ciudadano GONZALO MACEDA PÉREZ es por un monto de $171,688.66 (CIENTO SETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS 66/100 M.N.).
Por lo anteriormente expuesto y fundado, la y los integrantes de la Comisión de Patrimonio y Hacienda Pública Municipal, sometemos a consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado la aprobación del siguiente:
DICTAMEN
PRIMERO. Se autoriza el pago por extinción de jubilación o pensión a favor de las siguientes personas: ****, en su calidad de beneficiaria del finado Felipe Domínguez Arrioja; ****, en su calidad de beneficiaria del finado Eduardo Callejas Rodríguez; ****, en su calidad de beneficiaria del finado José Sánchez Valencia; ****, en su calidad de beneficiaria del finado Eduardo Gómez Abad; ****, en su calidad de beneficiario del finado Casimiro Hernández Pérez, y ****, en su calidad de beneficiaria del finado José Guadalupe Contreras Contreras; en términos de los considerandos XIII y XIV del presente Dictamen.
SEGUNDO. Se realizan las correcciones señaladas en el considerando XV del presente dictamen, a efecto de continuar con el trámite de pago de extinción de pensión o jubilación, en favor de la ciudadana **** y el ciudadano ****, personas beneficiarias del finado Gonzalo Maceda Pérez, dejando sin efecto las disposiciones que se opongan al presente dictamen.
TERCERO. Se solicita al Presidente Municipal instruya a las personas titulares de la Secretaría de Administración y Tecnologías de la Información y de la Tesorería Municipal de este Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, para que, en el ámbito de sus facultades, realicen las acciones correspondientes al cumplimiento del presente Dictamen.
CUARTO. Se solicita al Presidente Municipal instruya a la persona Titular de la Tesorería Municipal, para que, con cargo al Presupuesto de Egresos del Municipio de Puebla vigente, aplique el pago a que se refiere el Resolutivo Primero del presente Dictamen a la partida presupuestal correspondiente.
ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 09 DE JULIO DE 2026. "LA CAPITAL IMPARABLE". LOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DE PATRIMONIO Y HACIENDA PÚBLICA MUNICIPAL. FRANCISCO JAVIER AYALA GUTIÉRREZ. PRESIDENTE. RÚBRICA. LEOBARDO RODRÍGUEZ JUÁREZ. VOCAL. RÚBRICA. MARÍA ESTHER ORTIZ PÉREZ. VOCAL. RÚBRICA. GABRIEL JUAN MANUEL BIESTRO MEDINILLA. VOCAL. RÚBRICA. JOSÉ CARLOS MONTIEL SOLANA. VOCAL. RÚBRICA.
EL QUE SUSCRIBE, JOSÉ ALFONSO AGUILAR GARCÍA, SECRETARIO DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, CERTIFICO QUE LA RESOLUCIÓN QUE ANTECEDE FUE APROBADA POR UNANIMIDAD DE VOTOS, EN LA VIGÉSIMA SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO CELEBRADA EL 15 DE JULIO DEL 2026. LO ANTERIOR, PARA LOS EFECTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS A QUE HAYA LUGAR. - CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA. A 15 DE JULIO 2026. RÚBRICA.

ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA. A 15 DE JULIO DE 2026. JOSÉ CHEDRAUI BUDIB. PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA. RÚBRICA.