Res. 2020/006 | Punto de Acuerdo por virtud del cual se instruye a la Comisión de Patrimonio y Hacienda Pública Municipal para que se sirva invitar al Auditor Externo, a efecto de que informe en Comisión, lo relativo a las observaciones realizadas...

CLAUDIA RIVERA VIVANCO, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, a sus habitantes, sabed:

Que por conducto de su Secretaría el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:

PUNTO DE ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE INSTRUYE A LA COMISIÓN DE PATRIMONIO Y HACIENDA PÚBLICA MUNICIPAL PARA QUE SE SIRVA INVITAR AL AUDITOR EXTERNO, A EFECTO DE QUE INFORME EN COMISIÓN, LO RELATIVO A LAS OBSERVACIONES REALIZADAS A LA CUENTA PÚBLICA DEL EJERCICIO FISCAL 2019 DE ESTE HONORABLE AYUNTAMIENTO

RES. 2020/006

HONORABLE CABILDO:

LOS SUSCRITOS REGIDORES JORGE EDUARDO COVIÁN CARRIZALES, EDSON ARMANDO CORTÉS CONTRERAS, MARTA TERESA ORNELAS GUERRERO, MARÍA ROSA MÁRQUEZ CABRERA Y ROBERTO ELÍ ESPONDA ISLAS, INTEGRANTES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA; CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIONES I Y II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 102 Y 103 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; 2, 3, 78 Y 92 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; 63 y 130 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE CABILDO Y COMISIONES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA; Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES, SOMETEMOS A CONSIDERACION DE ESTE HONORABLE CABILDO EL PUNTO DE ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE INSTRUYE A LA COMISIÓN DE PATRIMONIO Y HACIENDA PÚBLICA MUNICIPAL PARA QUE SE SIRVA INVITAR AL AUDITOR EXTERNO, A EFECTO DE QUE INFORME EN COMISIÓN, LO RELATIVO A LAS OBSERVACIONES REALIZADAS A LA CUENTA PÚBLICA DEL EJERCICIO FISCAL 2019 DE ESTE HONORABLE AYUNTAMIENTO; DE CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE:

CONSIDERANDO

I. Que, el articulo 115 fracciones I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es el orden normativo, que constituye y regula la organización política del Municipio, establece los Imites y prohibiciones en el territorio; en tal contexto se dictamina en los artículos 102, 103 y 105 fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla que la base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado es el Municipio Libre, quien gozará de personalidad jurídica, manejarán su patrimonio conforme a la ley y será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal y el número de Regidores y Síndicos que la Ley determine; de igual forma establece en su contenido que las atribuciones que otorga la Constitución al Gobierno Municipal, se ejercerán por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna, entre éste y el Gobierno del Estado.

II. Que, de acuerdo a lo establecido por el artículo 78 fracción III de la Ley Orgánica Municipal, las atribuciones para que los Ayuntamientos puedan aprobar su organización y división administrativa de acuerdo a las necesidades del Municipio.

III. Que, la Ley Orgánica Municipal en su artículo 92, establece las obligaciones y facultades de los Regidores: ejercer la debida inspección y vigilancia en los ramos a su cargo, formular al Ayuntamiento las propuestas de ordenamientos en asuntos municipales, y promover todo lo que crean conveniente al buen servicio público; así como las que le determine el cabildo y las que le otorguen otras disposiciones aplicables.

IV. Que, los artículos 20 del Código Reglamentario del Municipio de Puebla; 12 fracción VII, 92, 93,97 y 120 del Reglamento interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento de Puebla, disponen que el Municipio de Puebla será gobernado por un cuerpo colegiado al que se le denominara “Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla", del cual los Regidores forman parte, que delibera, analiza, resuelve, evalúa, controla y vigila los actos de administración y del Gobierno Municipal, además de ser los encargados de vigilar la correcta prestación de los servicios públicos, así como el adecuado funcionamiento de los diversos ramos de la administración municipal. Estas deberán someter a la consideración del Cabildo los asuntos relativos a su competencia, mediante la aprobación de sus resoluciones que se denominarán dictámenes o puntos de acuerdo, según corresponda.

V. Que, de acuerdo a lo establecido por el artículo 63 del Reglamento interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, los puntos de acuerdo no requieren de la aprobación de la Comisión o Comisiones para ser presentados en Cabildo.

VI. Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 130 del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, los puntos de acuerdo seguirán el mismo procedimiento, para su discusión y aprobación que las bases normativas; sin perjuicio de que puedan ser aprobados directamente en Sesión de Cabildo.

VII. Que, el artículo 4 de la Ley de Rendición de cuentas y Fiscalización Superior del Estado de Puebla, establece que los Auditores Externos serán profesionales autorizados por la Auditoria Superior para auxiliar a la misma en las funciones que le competen en términos de esta Ley y conforme a los Lineamientos respectivos.

VIII. Que, en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha diecinueve de marzo de dos mil diecinueve se aprobó el Dictamen por virtud del cual se aprueba la contratación del Auditor Externo del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, por el ejercicio y periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2019.

IX. Que, con referencia al Dictamen ya citado, en sus considerandos señala que la contratación de la Auditoría Externa es prioritaria para esta administración, en virtud de que permitirá comprobar el adecuado ejercicio de los recursos públicos municipales, además de dar cumplimiento a las disposiciones legales aplicables en la materia.

X. Que, en ese tenor de ideas, y derivado del contrato de prestación de servicios celebrado por este Honorable Ayuntamiento con el Auditor Externo, se considera pertinente solicitar información relativa a las observaciones realizadas a la cuenta pública de este Ayuntamiento. Por lo anteriormente expuesto y fundado, se somete a consideración de este Honorable Cabildo el siguiente:

PUNTO DE ACUERDO

ÚNICO. Se instruye a la Comisión de Patrimonio y Hacienda Pública Municipal para que se sirva invitar al Auditor Externo, a efecto de que informe en Comisión, lo relativo a las observaciones realizadas a la cuenta pública del Ejercicio Fiscal 2019 de este Honorable Ayuntamiento.

ATENTAMENTE.- CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 10 DE ENERO DE 2020 “PUEBLA, CIUDAD INCLUYENTE”.- REG. JORGE EDUA4RDO COVIÁN CARRIZALES.- REG. EDSON ARMANDO CORTÉS CONTRERAS.- REG. MARTA TERESA ORNELAS GUERRERO.- REG. MARÍA ROSA MÁRQUEZ CABRERA.- REG. ROBERTO ELÍ ESPONDA ISLAS.

Por lo tanto, así se tendrá entendido para su ejecución; instruyendo se publique en la Gaceta Municipal, se circule y observe.


ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 13 DE ENERO DE 2020. "PUEBLA CIUDAD INCLUYENTE". CLAUDIA RIVERA VIVANCO, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA.- RÚBRICA; LIZA ELENA ACEVES LÓPEZ, SECRETARIA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA.- RÚBRICA.