CLAUDIA RIVERA VIVANCO, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, a sus habitantes, sabed:
Que por conducto de su Secretaría el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:
PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL Y GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS
RES. 2020/002
HONORABLE CABILDO:
LOS SUSCRITOS REGIDORES ENRIQUE GUEVARA MONTIEL, CAROLINA MORALES GARCÍA, JACOBO ORDAZ MORENO, LUZ DEL CARMEN ROSILLO MARTÍNEZ Y AUGUSTA VALENTINA DÍAZ DE RIVERA HERNÁNDEZ; INTEGRANTES DEL CABILDO MUNICIPAL, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 103 Y 105 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; 3, 78 FRACCIONES IV, XV Y LVIII, 92 FRACCIONES I, III, IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; 12 FRACCIÓN VII Y 92, 93, 95 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE CABILDO Y COMISIONES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA; SOMETEMOS A LA CONSIDERACIÓN DE ESTE HONORABLE CUERPO COLEGIADO, EL PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL Y GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS; POR LO QUE:
ANTECEDENTES
1.- En el mes de agosto del año 2019, los regidores Enrique Guevara Montiel, Carolina Morales García, Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández, Jacobo Ordaz Moreno y Luz del Carmen Rosillo Martínez, presentaron ante el Cabildo el punto de acuerdo por medio del cual se propuso que la Comisión de Gobernación y Justicia estudiara la posibilidad de que la Unidad Operativa Municipal de Protección Civil pasara a ser un Organismo Publico Descentralizado.
2.- En fecha 30 de septiembre del 2019, en sesión de la Comisión de Gobernación y Justicia del H. Ayuntamiento del Municipio se aprobó el dictamen por medio cual se crea la Secretaria de Protección Civil y Gestión Integral de Riesgos del Municipio de Puebla.
3.- En sesión ordinaria de Cabildo de fecha 7 de octubre de 2019, por unanimidad de votos, se aprobó el Dictamen por que se crea la Secretaria de Protección Civil y Gestión integral de Riesgos del Municipio de Puebla.
Por lo que el presente punto de acuerdo lo basamos en los siguientes:
CONSIDERANDOS
I. Que, los municipios estarán investidos de personalidad jurídica, y manejarán su patrimonio conforme a la Ley y serán gobernados por un Ayuntamiento de elección popular directa, que tendrá la facultad para aprobar los Bandos de Policía y Gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la Administración Publica Municipal, regulen en las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia, de conformidad con Io dispuesto en los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 103 párrafo primero y 105 fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla y 3 de la Ley Orgánica Municipal.
II. Que, el articulo 105 fracción XVIII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, dispone que los Ayuntamientos podrán expedir dentro de la esfera de su competencia, reglamentos por los cuales provean la exacta observancia de las leyes del Estado, Bandos de Policía y Gobierno, Circulares, y disposiciones de observancia general.
III. Que, de conformidad con la Ley General de Protección Civil, todas las entidades federativas y los municipios del país, deberán de existir unidades de protección civil las cuales deberán de contar con autonomía administrativa, financiera de operación y de gestión.
IV. Que, como lo establecen los artículos 78 fracción IV, y 84 de la Ley Orgánica Municipal, es atribución de los Ayuntamientos, expedir Bandos de Policía y Buen Gobierno, disposiciones administrativas de observancia general, referentes a su organización, funcionamiento, servicios públicos que deban prestar y demás asuntos de su competencia, sujetándose a las bases normativas establecidas por la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, vigilando su observancia y aplicación; con pleno respeto a los derechos humanos que reconoce el orden jurídico nacional.
V. Que, el articulo 78 fracción XV y LVIII de la Ley Orogénica Municipal, establece que dentro de las facultades del Ayuntamiento, está la de designar entre los Regidores a quienes deban de integrar las comisiones que se determinan en la Ley, así como la de proveer lo conducente para la organización administrativa del Gobierno Municipal, creando o suprimiendo comisiones permanentes o transitorias, así como dependencias municipales y órganos de participación ciudadana, de acuerdo con las necesidades y el presupuesto.
VI. Que, son facultades y obligaciones de los Regidores, entre otras, ejercer debida inspección y vigilancia, en los ramos a su cargo; asistir con puntualidad las sesiones ordinarias y extraordinarias del Ayuntamiento; dictaminar e informar sobre los asuntos que le encomiende el mismo; ejercer las facultades de deliberación y decisión de los asuntos que le competen al Ayuntamiento; solicitar los informes necesarios para el buen desarrollo de sus funciones, a los diversos titulares de la Administración Pública Municipal; así como formular al Ayuntamiento las propuestas de ordenamiento en asuntos Municipales, y promover todo Io que crean conveniente al buen servicio público; de acuerdo a Io establecido en el artículo 92 de la Ley Orgánica Municipal.
VII. Que, los Regidores forman parte del cuerpo colegiado que delibera, analiza, resuelve, evalúa, controla y vigila la correcta prestación de los servicios públicos, así como el adecuado funcionamiento de los diversos ramos de la administración municipal, tal y como Io indica el artículo 27 del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla.
VIII. Que, el Ayuntamiento para facilitar el despacho de los asuntos que le competen, nombrará comisiones permanentes, que los examinen e instruyan hasta ponerlos en estado de resolución, de conformidad con lo establecido por los artículos 94 y 96 fracción I de la Ley Orgánica Municipal; 92 y 93 del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla.
IX. Que los artículos 95 y 97 del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones establecen que el Ayuntamiento deberá de establecer cuando menos las Comisiones permanentes previstas en la Ley Orgánica Municipal, y podrán nombrar las que consideren necesarias para la debida atención de los asuntos de su competencia, así como que estas comisiones conocerán de los asuntos que se derivan de su propia denominación en correspondencia con las respectivas áreas de la Administración Publica Municipal.
X. Que, el artículo 99 del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones, indica que las Comisiones se integrarán de manera colegiada por un presidente y hasta cinco regidores, teniendo en cuenta el número de sus integrantes y la importancia de los ramos encomendados a las mismas, procurando se refleje la pluralidad.
XI. Que, conforme a lo anterior, se requiere que el Ayuntamiento acuerde la integración de la Comisión Permanente de Protección Civil y Gestión Integral de Riesgos, la cual se conformará por los siguientes regidores:
Presidente.
Regidor Enrique Guevara Montiel
Vocales.
Regidora.- Libertad Aguirre Junco
Regidora.- Ana Laura Martínez Escobar
Regidor.- Edson Armando Cortes Contreras
Regidor.- José Iván Herrera Villagómez
Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a la consideración de este cuerpo colegiado el siguiente:
PUNTO DE ACUERDO
PRIMERO. Se aprueba la creación e integración de la Comisión Permanente de Protección Civil y Gestión de Riesgos, conformada por los regidores señalados en el Considerando XI del presente punto de acuerdo.
SEGUNDO. Se ordena la instalación de la Comisión Permanente de Protección Civil y Gestión de Riesgos, dentro de los treinta diez siguientes a la aprobación del presente Punto de Acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 100 del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento de Puebla.
TERCERO. Se instruye a la Secretaria del Ayuntamiento a realizar las notificaciones que correspondan respecto a la creación y conformación de la Comisión Permanente de Protección Civil y Gestión de Riesgos.
ATENTAMENTE.-“PUEBLA, CIUDAD INCLUYENTE” H. PUEBLA DE Z. A 09 DE ENERO DE 2020.- REG. ENRIQUE GUEVARA MONTIEL.- REG. CAROLINA MORALES GARCÍA.- REG. JACOBO ORDAZ MORENO.- REG. LUZ DEL CARMEN ROSILLO MARTÍNEZ.- REG. AUGUSTA VALENTINA DÍAZ DE RIVERA HERNÁNDEZ.- RÚBRICAS.
Por lo tanto, así se tendrá entendido para su ejecución; instruyendo se publique en la Gaceta Municipal, se circule y observe.
ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 13 DE ENERO DE 2020. "PUEBLA CIUDAD INCLUYENTE". CLAUDIA RIVERA VIVANCO, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA.- RÚBRICA; LIZA ELENA ACEVES LÓPEZ, SECRETARIA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA.- RÚBRICA.