Res. 2019/272 | Punto de Acuerdo mediante el cual se instruye a la Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal así como a la Secretaría de Movilidad del H. Ayuntamiento de Puebla, de acuerdo al Código Reglamentario Municipal, se realicen...

CLAUDIA RIVERA VIVANCO, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, a sus habitantes, sabed:

Que por conducto de su Secretaría el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:

PUNTO DE ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE INSTRUYE A SECRETARIA DE SEGURIDAD PÚBLICA Y TRÁNSITO MUNICIPAL ASÍ COMO A LA SECRETARÍA DE MOVILIDAD DEL H. AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, DE ACUERDO AL CÓDIGO REGLAMENTARIO MUNICIPAL, SE REALICEN LAS ACCIONES PERTINENTES PARA LIBERAR EL ESPACIO NO ESTABLECIDO O NO AUTORIZADO QUE OCUPAN AUTOBUSES DE TRANSPORTE TURISTICO EN LA ZONA DEL PARQUE DE ANALCO

RES. 2019/272

HONORABLE CABILDO:

LOS SUSCRITOS REGIDORES REG. MARTA TERESA ORNELAS GUERRERO, REG. JORGE EDUARDO COVIÁN CARRIZALES MIEMBROS DEL H. AYUNTAMIENTO DE PUEBLA; CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 115 FRACCION II DE LA CONSTITUCIÓN POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 102 Y 103 PARRAFO PRIMERO Y 105 FRACCION III DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, 20, 21, 255, 258, 259, 263, 264, 292, 297 FRACCION V, 323, 326, 330 Bis., 337, 338, 339, 345, 346, 347 y 775 DEL CODIGO REGLAMENTARIO PARA EL MUNICIPIO DE PUEBLA, 3, 78 FRACCIONES I Y IV, 84 Y 92 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; Y 12, 92 Y 93 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE CABILDO Y COMISIONES; SOMETEMOS A DISCUSION Y APROBACION DE ESTE HONORABLE CUERPO COLEGIADO EL PRESENTE PUNTO DE ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE INSTRUYE A SECRETARIA DE SEGURIDAD PÚBLICA Y TRÁNSITO MUNICIPAL ASÍ COMO A LA SECRETARÍA DE MOVILIDAD DEL H. AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, DE ACUERDO AL CÓDIGO REGLAMENTARIO MUNICIPAL, SE REALICEN LAS ACCIONES PERTINENTES PARA LIBERAR EL ESPACIO NO ESTABLECIDO O NO AUTORIZADO QUE OCUPAN AUTOBUSES DE TRANSPORTE TURISTICO EN LA ZONA DEL PARQUE DE ANALCO, EN ATENCION A LOS SIGUIENTES:

CONSIDERANDOS

I. Que, como lo establece el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 102 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 2 y 3 de la Ley Orgánica Municipal, el Municipio libre es una entidad de derecho público, base de la división territorial y de la organización política y administrativa, integrado por una comunidad establecida en un territorio, con un gobierno de elección popular directa, cuyo propósito es satisfacer las necesidades de la población.

II. Que, los acuerdos de los Ayuntamientos se tomarán por mayoría de votos del Presidente Municipal Regidores y Síndico de conformidad con lo establecido en el artículo 77 de la Ley Orgánica Municipal.

III. Que, el articulo 92 fracciones III y IX de la Ley Orgánica Municipal, establece que son obligaciones y atribuciones de los Regidores, ejercer las facultades de deliberación y decisión de los asuntos que le competen al Ayuntamiento, así como las que determine el propio Cabildo y las que otorguen otras disposiciones aplicables.

IV. Que, de conformidad con el Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento del Estado Libre y Soberano de Puebla que en su artículo 12 establece dentro de las facultades de los Regidores, la de presentar al Cabildo las propuestas de cualquier norma general, puntos de acuerdo y cualquier tema de su interés.

V. Que, el artículo 96 del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, señala que las Comisiones con relación a los asuntos de su competencia, emitirán sus resoluciones en forma colegiada.

VI. Que, el artículo 97 del Reglamento interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento del Estado Libre y Soberano de Puebla, determina que las Comisiones conocerán de los asuntos que derivan de su propia denominación, en correspondencia a las respectivas áreas de la Administración Pública Municipal.

VII. Que, de acuerdo a estudios realizados respecto a movilidad urbana La ordenación de un territorio en el que se pretende alcanzar la funcionalidad turística, exige desarrollar una estrategia global de planificación, una planificación estratégica en la que se aprovechen las sinergias presentes en dicho espacio. En este contexto, sinergia es la acción de dos o más causas cuyo efecto es superior a la suma de los efectos individuales. (1 Real Academia Española. Diccionario de la Lengua Española. Vigésima segunda edición)

VIII. Que, las soluciones de <<movilidad inteligente>> y de gestión de la demanda de transporte aliviaran la congestión, pero también se necesitaren infraestructuras nuevas o mejoradas. (Dialnet- PlanificacionTransp0rtesTurismoYTerritorio-3986444.pdf)

IX. Que, la adecuación de los transportes a las necesidades del turismo no puede volverse en contra de los territorios, porque si así fuera la “acción de dos o más causas cuyo efecto es superior a la suma de los efectos individuales" esa sinergia, a la que hemos aludido al principio, puede actuar negativamente para ellos y, posteriormente, para las actividades que en ellos se desarrollen.

X. Que, la Secretaria de Seguridad Publica y Transito Municipal a través de las direcciones competentes a su designación corresponde bajo los atributos enmarcados en los artículos 255, 258, 259, 263, 264, 292, 297 fracción V, 337, 338, 339 del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla, el resguardo, vigilancia, acciones y todo lo que conlleva a un funcionamiento optimo de las vialidades de nuestro municipio.

XI. Que, la Secretaria de Movilidad de acuerdo a los artículos 323, 326, 330 Bis., 345, 346, 347 y 775 del Código Reglamentario Municipal menciona bajo que parámetros se encuentran identificados los espacios a ocupar como estaciones, terminales, bases y/0 sitios, en zonas del centro histérico, calles y avenidas de la ciudad.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, se pone a consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado la aprobación del siguiente:

PUNTO DE ACUERDO

PRIMERO. Se instruye a Secretaría de Seguridad pública y Tránsito Municipal así como a la Secretaría de Movilidad del H. Ayuntamiento de Puebla, a que de acuerdo al Código Reglamentario Municipal, se realicen las acciones pertinentes para liberar el espacio no establecido o no autorizado que ocupan autobuses de transporte turístico en la zona del Parque de Analco.

SEGUNDO. Se instruye a la Secretaria de Movilidad del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla aplique diversos esquemas de movilidad en la zona del Parque de Analco, así como del Bulevard 5 de Mayo y analice dentro de la zona antes referida un espacio para el establecimiento de un punto de ascenso y descenso de autobuses de transporte turístico.

TERCERO. Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento, para que notifique el presente dictamen a la Secretaría de Movilidad y la Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal; así como a todo aquel que corresponda, para los efectos a que haya lugar.

CUARTO. Se instruye la instalación de una Comisión Interinstitucional conformada por las Secretarías de Movilidad, Seguridad Ciudadana, Gobernación, Turismo, Tesorería Municipal y Gerencia del Centro Histórico y las Comisiones Unidas de Turismo, Arte y Cultura y de Movilidad Urbana, a llevar a cabo un análisis y diagnóstico para regular el ordenamiento y sanciones correspondientes en relación al transporte turístico en el Municipio de Puebla. Una vez que se tengan los  estudios técnicos jurídicos, se les instruye turnar dicha información a las Comisiones correspondientes para su dictaminación.

ATENTAMENTE.- CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 12 DE DICIEMBRE DE 2019.- “PUEBLA, CIUDAD INCLUYENTE”.- REG. MARTA TERESA ORNELAS GUERRERO.- REG. JORGE EDUARDO COVIÁN CARRIZALES.- RÚBRICAS.

Por lo tanto, así se tendrá entendido para su ejecución; mandando se publique, circule y observe.


ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 23 DE DICIEMBRE DE 2019. "PUEBLA CIUDAD INCLUYENTE". CLAUDIA RIVERA VIVANCO, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA.- RÚBRICA; LIZA ELENA ACEVES LÓPEZ, SECRETARIA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA.- RÚBRICA.