Res. 2019/273 | Punto de Acuerdo por el cual se autoriza cambiar la denominación del “Jardín de la Pérgola” a “Jardín Emiliano Zapata Salazar”

CLAUDIA RIVERA VIVANCO, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, a sus habitantes, sabed:

Que por conducto de su Secretaría el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:

PUNTO DE ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE AUTORIZA CAMBIAR LA DENOMINACIÓN DEL "JARDÍN DE LA PÉRGOLA" A "JARDIN EMILIANO ZAPATA SALAZAR"

RES. 2019/273

HONORABLE CABILDO:

LOS SUSCRITOS REGIDORES JORGE IVÁN CAMACHO MENDOZA Y MARIA ROSA MÁRQUEZ CABRERA, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCION POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 102 Y 103 DE LA CONSTITUCION POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; 3, 78 FRACCIONES I Y XXXIV, 89, 92, FRACCIONES I Y VII Y 120 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; 20, 21, 1758 Y 1767 DEL CÓDIGO REGLAMENTARLO PARA EL MUNICIPIO DE PUEBLA; 17 FRACCIÓN I, V, XII Y XIII DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA; Y 2 FRACCIÓN XV, 12 FRACCIÓN VII, 63 SEGUNDO PÁRRAFO, 93 Y 130 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE CABILDO Y COMISIONES; SOMETEMOS A DISCUSION Y APROBACIÓN DE ESTE HONORABLE CUERPO COLEGIADO EL PUNTO DE ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE AUTORIZA CAMBIAR LA DENOMINACIÓN DEL "JARDÍN DE LA PÉRGOLA" A "JARDIN EMILIANO ZAPATA SALAZAR", POR LO QUE:

CONSIDERANDO

I.    Qué, como lo establece el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 102 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 2 y 3 de la Ley Orgánica Municipal, el Municipio libre es una entidad de derecho público, base de la división territorial y de la organización política y administrativa, integrado por una comunidad establecida en un territorio, con un gobierno de elección popular directa, cuyo propósito es satisfacer las necesidades de la población.

II.    Que, los acuerdos de los Ayuntamientos se tomarán por mayoría de votos del Presidente Municipal, Regidores y Sindico de conformidad con lo establecido en el artículo 77 de la Ley Orgánica Municipal.

III.    Que, el articulo 92 fracciones III y IX de la Ley Orgánica Municipal, establece que son obligaciones y atribuciones de los Regidores, ejercer las facultades de deliberación y decisión de los asuntos que le competen al Ayuntamiento, así como las que determine el propio Cabildo y las que otorguen otras disposiciones aplicables.

IV.    Que, de acuerdo con el articulo 2 Fracción XV del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones, los Puntos de Acuerdo son asuntos de interés público que no se encuentran vinculados con propuestas normativas, y que puede ser presentado por el Presidente Municipal, dos o más regidores, sometidos a consideración del Cabildo. Así mismo, el articulo 12 en su Fracción VII establece, dentro de las facultades de los Regidores, la de presentar al Cabildo las propuestas de cualquier norma general, puntos de acuerdo y cualquier tema de su interés.

V.    Que, la Fracción XXXIV del artículo 78 de la Ley Orgánica Municipal, establece las atribuciones de los Ayuntamientos, entre la que se encuentra la de determinar la nomenclatura de las calles, plazas, jardines, paseos públicos e inmuebles destinados al servicio público y mandar fijar las placas respectivas. Señalando que en las nomenclaturas no se deberá emplear el nombre de personas vivas a menos que con ello el Ayuntamiento trate de premiar o dejar para la posteridad el recuerdo de sus connacionales.

VI.    Que, el artículo 1758 del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla, establece que el Ayuntamiento asegurará, entre otras, el fomento y aprovechamiento de las áreas verdes, incluyendo los bienes municipales de uso con el fin; comprendiendo dentro de esas denominaciones a los Parques y Jardines.

VII.    Que, el artículo 1767 del Código en cuestión señala que los Parques Urbanos Municipales son aquellas áreas de uso común localizadas en el área urbanizada del centro de población, para mantener un equilibrio entre las construcciones, equipamiento, e instalaciones y los elementos de la naturaleza, de manera que se propicie, entre otros: Los valores histéricos o arqueológicos.

VIII.    Que, el Gobierno Federal decretó el año 2019, como "Año del Caudillo del Sur, Emiliano Zapata Salazar”, con la finalidad de conmemorar el Centenario del fallecimiento del General Revolucionario y enaltecer su legado por la justicia, la tierra y la libertad. incluyéndose también, un programa de acciones alusivas a celebrar al héroe revolucionario.

IX.    Que, mediante petición ciudadana signada por el "Movimiento Campesino Plan de Ayala siglo XXI", quienes, apegándose al Decreto del Gobierno Federal, solicitaron, en honor al héroe nacional, que un parque de Puebla Capital lleve su nombre.

X.    Que, en respuesta a la petición ciudadana hecha por el “Movimiento Campesino Plan de Ayala siglo XXl", y en concordancia a las actividades que se han realizado durante el año en curso desprendidas del Decreto realizado por el Gobierno Federal, se propone modificar la nomenclatura del “Jardín de la Pérgola” ubicado en la Calle 6 Norte, entre las Privadas Segunda y Tercera Central, en Colonia San Francisco, a “Jardín Emiliano Zapata Salazar".

Por lo anteriormente expuesto y fundado, se pone a consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado la aprobación del siguiente:

PUNTO DE ACUERDO

PRIMERO. SE APRUEBA EL CAMBIO DE DENOMINACIÓN DEL "JARDÍN DE LA PÉRGOLA” A “JARDÍN EMILIANO ZAPATA SALAZAR” BAJO LO ESTABLECIDO EN EL CONSIDERANDO X.

SEGUNDO. SE INSTRUYE A LA SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO PARA QUE NOTIFIQUE EL PRESENTE PUNTO DE ACUERDO A LA DIRECCIÓN DE BIENES PATRIMONIALES Y A LA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y SUSTENTABILIDAD, PARA ACTUALIZAR LA NOMENCLATURA DEL JARDÍN DE LA PÉRGOLA, ASÍ COMO A LAS DEPENDENCIAS QUE DE ACUERDO A SUS ATRIBUCIONES CORRESPONDAN, PARA LOS EFECTOS A QUE HAYA LUGAR.

ATENTAMENTE, CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA; ” PUEBLA, CIUDAD INCLUYENTE", A 16 DE DICIEMBRE DE 2019.- REG. JORGE IVAN CAMACHO MENDOZA.- REG. MARÍA ROSA MÁRQUEZ CABRERA.- RÚBRICAS.

Por lo tanto, así se tendrá entendido para su ejecución; mandando se publique, circule y observe.


ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 23 DE DICIEMBRE DE 2019. "PUEBLA CIUDAD INCLUYENTE". CLAUDIA RIVERA VIVANCO, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA.- RÚBRICA; LIZA ELENA ACEVES LÓPEZ, SECRETARIA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA.- RÚBRICA.