JOSÉ CHEDRAUI BUDIB, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, a sus habitantes, sabed:
Que por conducto de su Secretaría el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:
DICTAMEN POR VIRTUD DEL CUAL SE APRUEBAN LOS ESPACIOS PÚBLICOS PARA LA CELEBRACIÓN DE FIESTAS TRADICIONALES Y FESTIVIDADES PATRONALES 2026 EN EL CENTRO HISTÓRICO Y ZONA DE MONUMENTOS.
RES.2025/197
CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 102, 103 Y 105 FRACCIONES II Y III DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; 3, 78 FRACCIONES I, IV Y LXVII, 79, 92 FRACCIONES I, III Y V, 96 FRACCIÓN I Y 120 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; 20, 21, 637, 638, 640, 640 BIS FRACCIÓN I, 641 INCISO A FRACCIÓN II, 641 BIS Y 645 DEL CÓDIGO REGLAMENTARIO PARA EL MUNICIPIO DE PUEBLA; 2 FRACCIÓN IX, 12 FRACCIÓN VII, 63 PRIMER PÁRRAFO, 93, 96 PÁRRAFO PRIMERO, 97, 114 FRACCIÓN III, 133 Y 135 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE CABILDO Y COMISIONES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA; SOMETEMOS A DISCUSIÓN Y APROBACIÓN DE ESTE HONORABLE CUERPO COLEGIADO EL DICTAMEN POR VIRTUD DEL CUAL SE APRUEBAN LOS ESPACIOS PÚBLICOS PARA LA CELEBRACIÓN DE FIESTAS TRADICIONALES Y FESTIVIDADES PATRONALES 2026 EN EL CENTRO HISTÓRICO Y ZONA DE MONUMENTOS, POR LO QUE:
CONSIDERANDO
I. Que, los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la Ley y serán gobernados por un Ayuntamiento de elección popular directa, que tendrá la facultad de establecer las Entidades que se juzguen convenientes para realizar sus objetivos; así como aprobar los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la Administración Pública Municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal, en términos de lo dispuesto por los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 102, 103 párrafo primero, 105 fracciones II y III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla.
II. Que, de conformidad con los artículos 78 fracción IV y 79 de la Ley Orgánica Municipal, los Bandos de Policía y Gobierno, los reglamentos, circulares y demás disposiciones de observancia general constituyen los diversos normativos tendientes a regular, ejecutar y hacer cumplir el ejercicio de las facultades y obligaciones que esta Ley confiere a los Ayuntamientos en el ámbito de su competencia; y deberán respetar los derechos humanos consagrados en el orden jurídico mexicano.
III. Que, son facultades y obligaciones de los Regidores la de ejercer la debida inspección y vigilancia, en los ramos a su cargo, ejercer las facultades de deliberación y decisión de los asuntos que le competen al Ayuntamiento, así como dictaminar e informar sobre los asuntos que este le encomiende, de acuerdo a lo establecido en el artículo 92 fracciones I, III y V de la Ley Orgánica Municipal.
IV. Que, el Ayuntamiento para facilitar el despacho de los asuntos que le competen, nombrará comisiones permanentes o transitorias, que los examinen e instruyan hasta ponerlos en estado de resolución, contemplando la Comisión de Gobernación como permanente, de acuerdo a lo señalado por los artículos 94 y 96 fracción I de la Ley Orgánica Municipal; y en relación con los artículos 92, 96 párrafo primero, 97 y 114 fracción III del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, mismos que establecen que el Ayuntamiento se organizará en Comisiones, las cuales emitirán sus resoluciones en forma colegiada teniendo sus integrantes derecho a voz y voto, estando facultadas para examinar, instruir y poner en estado de resolución los asuntos que les sean turnados para su estudio, aunado a que estos órganos colegiados conocerán de los asuntos que derivan de su propia denominación, en correspondencia a las respectivas áreas de la Administración Pública Municipal y tienen la facultad, en su caso, de emitir los dictámenes, puntos de acuerdo, recomendaciones e informes que resulten de sus actuaciones.
V. Que, los artículos 637 del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla, establecen la prohibición de instalar puestos temporales, semifijos y de cualquier otra naturaleza en la vía pública, con la excepción de los casos en que se celebren fiestas tradicionales, entre otras y podrán otorgarse permisos en las áreas expresamente autorizadas por el Ayuntamiento. En ese contexto, los artículos 638 y 639 del citado ordenamiento legal refieren que, en las fiestas tradicionales, únicamente se podrán vender alimentos preparados de los conocidos como antojitos, así como los artículos propios de estas festividades e instalarse juegos y atracciones de feria, con la autorización de la autoridad respectiva y previo el pago de los derechos que correspondan, considerando como fiesta tradicional la actividad que se realiza en lugares públicos para la celebración de determinados eventos populares.
VI. Se modifican las fechas en las que se realizan las festividades por temporada de “Semana Santa” toda vez que, el calendario gregoriano se modifica cada año, debido a un sistema de cálculo que combina elementos históricos, astronómicos y eclesiásticos. La decisión adoptada en el Concilio de Nicea, basada en la relación entre el equinoccio de primavera y el ciclo lunar, establece que la Pascua no puede fijarse en una fecha permanente dentro del calendario solar. La naturaleza de este método genera que las fechas de Semana Santa fluctúen.
VII. Así mismo, se detallan los nombres completos y correctos de los templos, las ubicaciones de los espacios a ocupar durante las festividades.
Se elimina la columna del detalle de los productos a comercializar.
Se eliminan festividades que no se encuentran en el Centro Histórico, tales como:
1) Parroquia de Nuestra señora del Rayo establecida los días 17 y 18 de agosto ubicación 42 poniente 725 colonia Santa María.
2) Cristo Rey 23 de noviembre, ubicación calle 5 de mayo b y 40 oriente, colonia Hidalgo.
Se eliminan festividades que por usos y costumbres ahora la realizan en el atrio del templo, lo cual deja de ser un espacio público, en los siguientes casos:
1) Sagrados corazones de Jesús y María establecida el día 27 de julio 7 poniente 907 colonia centro histórico.
2) Parroquia del Santo Ángel Custodio, Virgen la Asunción de María, establecida el día 15 de agosto 7 oriente 1202, barrio de Analco.
Fiestas patrias se elimina el día 16 de septiembre por el desfile.
Rosca de Reyes se incluye en el dictamen toda vez que el evento se ha realizado durante 5 años de manera consecutiva en el mismo lugar y misma fecha sin problema alguno.
Feria de la Cemita poblana 1 al 5 de mayo Plaza Centenario / Jardín del Carmen, La festividad cambia de fecha en relación con el año 2025 porque los comerciantes solicitan que el permiso otorgado abarque el fin de semana.
Se adiciona la festividad correspondiente a la Natividad de Jesucristo, debido a que en los templos considerados los días 24 y 25 de diciembre, en virtud de que ésta se ha estado realizando por más de 3 años, de manera consecutiva.
VIII. Que, de conformidad con lo anterior, las fiestas tradicionales y festividades patronales a realizarse en el Centro Histórico y Zona de Monumentos para el año 2026, se celebrarán en las fechas y ubicaciones siguientes:
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FECHA |
FIESTA RELIGIOSA Y/O TRADICIONAL |
LUGAR |
UBICACIÓN DEL TEMPLO |
ESPACIO AUTORIZADO |
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3, 4 y 5 de enero |
Rosca de Reyes |
Plaza Centenario "Jardín del Carmen" |
Plaza Centenario "Jardín del Carmen", calle 16 de septiembre entre 15 y 17 oriente, colonia El Carmen |
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2 de febrero |
Virgen de la Candelaria |
Templo de nuestra Señora de la Candelaria |
Calle 22 norte 2401, col. Xonaca |
Calle 22 norte entre 22 y 24 oriente, col. Xonaca |
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Convento de Clarisas Capuchinas Franciscanas de San Francisco de Asís |
Calle 16 de septiembre 902, col. Centro Histórico |
Calle 16 de septiembre entre 9 y 11 oriente - poniente, col. Centro Histórico |
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Parroquia de Santa Clara de Asís |
Calle 6 oriente 201 col. Centro Histórico |
Calle 6 oriente entre 2 y 4 norte, col. Centro Histórico |
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Santuario de nuestra Señora de la Merced |
Calle 5 norte 1001, col. Centro Histórico |
Calle 5 norte entre 10 y 12 poniente, col. Centro Histórico |
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Templo Conventual de nuestra Señora del Carmen |
Calle 16 de septiembre esquina 17 oriente, colonia El Carmen |
Plaza Centenario "Jardín del Carmen", calle 16 de septiembre entre 15 y 17 oriente, colonia El Carmen |
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Templo Conventual de Santa Mónica y Señor de las Maravillas |
Calle 5 de mayo 1607, col. Centro Histórico |
Calle 5 de mayo entre 16 y 18 oriente poniente, col. Centro Histórico |
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Templo Conventual de Santa Teresa de Ávila |
Calle 2 norte 801, col. Centro Histórico |
Calle 2 norte entre 8 y 10 oriente, col. Centro Histórico |
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Templo de San Juan de Dios |
Calle 5 de mayo 1602, col. Centro Histórico |
Calle 5 de mayo entre 16 y 18 oriente - poniente, col. Centro Histórico |
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Templo Expiatorio de la Inmaculada Concepción |
Avenida 7 poniente 101, col. Centro Histórico |
Calle 16 de septiembre entre 7 y 9 oriente - poniente, col. Centro Histórico |
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18 de febrero |
Miércoles de Ceniza |
Convento de Clarisas Capuchinas Franciscanas de San Francisco de Asís |
Calle 16 de septiembre 902, col. Centro Histórico |
Calle 16 de septiembre entre 9 y 11 oriente - poniente, col. Centro Histórico |
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Parroquia de nuestro Señor San José |
Calle 2 norte 1803, Barrio de San Antonio |
Calle 2 norte entre 18 y 20 oriente; explanada del parque de San José, Barrio de San Antonio |
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Parroquia de Santa Clara de Asís |
Calle 6 oriente 201 col. Centro Histórico |
Calle 6 oriente entre 2 y 4 norte, col. Centro Histórico |
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Santuario de nuestra Señora de la Merced |
Calle 5 norte 1001, col. Centro Histórico |
Calle 5 norte entre 10 y 12 poniente, col. Centro Histórico |
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Templo Conventual de nuestra Señora del Carmen |
Calle 16 de septiembre esquina 17 oriente, colonia El Carmen |
Plaza Centenario "Jardín del Carmen", calle 16 de septiembre entre 15 y 17 oriente, colonia El Carmen |
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Templo Conventual de Santa Mónica y Señor de las Maravillas |
Calle 5 de mayo 1607, col. Centro Histórico |
Calle 5 de mayo entre 16 y 18 oriente poniente, col. Centro Histórico |
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Templo Conventual de Santa Teresa de Ávila |
Calle 2 norte 801, col. Centro Histórico |
Calle 2 norte entre 8 y 10 oriente, col. Centro Histórico |
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Templo de nuestra Señora de la Candelaria |
Calle 22 norte 2401, col. Xonaca |
Calle 22 norte entre 22 y 24 oriente, col. Xonaca |
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Templo de San Juan de Dios |
Calle 5 de mayo 1602, col. Centro Histórico |
Calle 5 de mayo entre 16 y 18 oriente - poniente, col. Centro Histórico |
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Templo Expiatorio de la Inmaculada Concepción |
Avenida 7 poniente 101, col. Centro Histórico |
Calle 16 de septiembre entre 7 y 9 oriente - poniente, col. Centro Histórico |
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20 de febrero |
Primer viernes de Cuaresma |
Parroquia de nuestro Señor San José |
Calle 2 norte 1803, Barrio de San Antonio |
Calle 2 norte entre 18 y 20 oriente; explanada del parque de San José, Barrio de San Antonio |
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25 al 28 de febrero |
San Sebastián de Aparicio |
Templo y Convento Franciscano de la impresión de las cinco llagas de San Francisco |
Avenida 14 oriente 1009, Bario El Alto |
Avenida 14 oriente y prolongación del callejón de la 10 norte, Barrio El Alto |
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6 de marzo |
Tercer viernes de Cuaresma |
Templo Conventual de Santa Mónica y Señor de las Maravillas |
Calle 5 de mayo 1607, col. Centro Histórico |
Calle 5 de mayo entre 16 y 18 oriente poniente, col. Centro Histórico |
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8 de marzo |
San Juan de Dios |
Templo de San Juan de Dios |
Calle 5 de mayo 1602, col. Centro Histórico |
Calle 5 de mayo entre 16 y 18 oriente - poniente, col. Centro Histórico |
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13 de marzo |
Cuarto viernes de Cuaresma |
Templo del Señor de los Trabajos |
Calle 11 norte 1002, col. Centro Histórico |
calle 11 norte entre avenida 10 y 12 poniente, col. Centro Histórico |
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19 al 21 de marzo |
San José |
Parroquia de nuestro Señor San José |
Calle 2 norte 1803, Barrio de San Antonio |
Calle 2 norte entre 16 y 20 oriente; explanada del parque de San José, Barrio de San Antonio |
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27 de marzo |
Sexto viernes de Cuaresma/viernes de Dolores |
Capilla de la Virgen de Dolores |
Blvd. Héroes del 5 de Mayo S/N, col. Centro Histórico |
Blvd. Héroes del 5 de Mayo entre 8 y 10 oriente, parque de Dolores, col. Centro Histórico |
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29 de marzo |
Domingo de Ramos |
Convento de Clarisas Capuchinas Franciscanas de San Francisco de Asís |
Calle 16 de septiembre 902, col. Centro Histórico |
Calle 16 de septiembre entre 9 y 11 oriente - poniente, col. Centro Histórico |
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Parroquia de Santa Clara de Asís |
Calle 6 oriente 201 col. Centro Histórico |
Calle 6 oriente entre 2 y 4 norte, col. Centro Histórico |
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Santuario de nuestra Señora de la Merced |
Calle 5 norte 1001, col. Centro Histórico |
Calle 5 norte entre 10 y 12 poniente, col. Centro Histórico |
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Templo Conventual de nuestra Señora del Carmen |
Calle 16 de septiembre esquina 17 oriente, colonia El Carmen |
Plaza Centenario "Jardín del Carmen", calle 16 de septiembre entre 15 y 17 oriente, colonia El Carmen |
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Templo Conventual de Santa Mónica y Señor de las Maravillas |
Calle 5 de mayo 1607, col. Centro Histórico |
Calle 5 de mayo entre 16 y 18 oriente - poniente, col. Centro Histórico |
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Templo Conventual de Santa Teresa de Ávila |
Calle 2 norte 801, col. Centro Histórico |
Calle 2 norte entre 8 y 10 oriente, col. Centro Histórico |
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Templo de San Cristóbal |
Calle 4 norte esquina 6 oriente, col. Centro Histórico |
Calle 4 norte entre 6 y 8 oriente, col. Centro Histórico |
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Templo de San Juan de Dios |
Calle 5 de mayo 1602, col. Centro Histórico |
Calle 5 de mayo entre 16 y 18 oriente - poniente, col. Centro Histórico |
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Templo de San Juan de Letrán / El Hospitalito |
Calle 2 sur 702, col. Centro Histórico |
Calle 7 oriente entre 2 y 4 sur, col. Centro Histórico |
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Templo Expiatorio de la Inmaculada Concepción |
Avenida 7 poniente 101, col. Centro Histórico |
Calle 16 de septiembre entre 7 y 9 oriente - poniente, col. Centro Histórico |
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2 de abril |
Jueves Santo |
Convento de Clarisas Capuchinas Franciscanas de San Francisco de Asís |
Calle 16 de septiembre 902, col. Centro Histórico |
Calle 16 de septiembre entre 9 y 11 oriente - poniente, col. Centro Histórico |
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Parroquia de Santa Clara de Asís |
Calle 6 oriente 201 col. Centro Histórico |
Calle 6 oriente entre 2 y 4 norte, col. Centro Histórico |
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Santuario de nuestra Señora de la Merced |
Calle 5 norte 1001, col. Centro Histórico |
Calle 5 norte entre 10 y 12 poniente, col. Centro Histórico |
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Templo Conventual de nuestra Señora del Carmen |
Calle 16 de septiembre esquina 17 oriente, colonia El Carmen |
Plaza Centenario "Jardín del Carmen", calle 16 de septiembre entre 15 y 17 oriente, colonia El Carmen |
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Templo Conventual de Santa Mónica y Señor de las Maravillas |
Calle 5 de mayo 1607, col. Centro Histórico |
Calle 5 de mayo entre 16 y 18 oriente - poniente, col. Centro Histórico |
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Templo Conventual de Santa Teresa de Ávila |
Calle 2 norte 801, col. Centro Histórico |
Calle 2 norte entre 8 y 10 oriente, col. Centro Histórico |
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Templo de San Cristóbal |
Calle 4 norte esquina 6 oriente, col. Centro Histórico |
Calle 4 norte entre 6 y 8 oriente, col. Centro Histórico |
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Templo de San Juan de Dios |
Calle 5 de mayo 1602, col. Centro Histórico |
Calle 5 de mayo entre 16 y 18 oriente - poniente, col. Centro Histórico |
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Templo de San Juan de Letrán / El Hospitalito |
Calle 2 sur 702, col. Centro Histórico |
Calle 7 oriente entre 2 y 4 sur, col. Centro Histórico |
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Templo Expiatorio de la Inmaculada Concepción |
Avenida 7 poniente 101, col. Centro Histórico |
Calle 16 de septiembre entre 7 y 9 oriente - poniente, col. Centro Histórico |
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3 de abril |
Viernes Santo |
Capilla del Vía Crucis |
Calle 22 oriente y Calzada de los Fuertes, col. Rincón del Bosque |
Avenida 22 oriente entre 14 y 8 norte; Calzada de los Fuertes; Parque Esteban de Antuñano y Paseo de San Francisco |
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Convento de Clarisas Capuchinas Franciscanas de San Francisco de Asís |
Calle 16 de septiembre 902, col. Centro Histórico |
Calle 16 de septiembre entre 9 y 11 oriente - poniente, col. Centro Histórico |
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Parroquia de Santa Clara de Asís |
Calle 6 oriente 201 col. Centro Histórico |
Calle 6 oriente entre 2 y 4 norte, col. Centro Histórico |
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Santuario de nuestra Señora de la Merced |
Calle 5 norte 1001, col. Centro Histórico |
Calle 5 norte entre 10 y 12 poniente, col. Centro Histórico |
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Templo Conventual de nuestra Señora del Carmen |
Calle 16 de septiembre esquina 17 oriente, colonia El Carmen |
Plaza Centenario "Jardín del Carmen", calle 16 de septiembre entre 15 y 17 oriente, colonia El Carmen |
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Templo Conventual de Santa Mónica y Señor de las Maravillas |
Calle 5 de mayo 1607, col. Centro Histórico |
Calle 5 de mayo entre 16 y 18 oriente poniente, col. Centro Histórico |
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Templo Conventual de Santa Teresa de Ávila |
Calle 2 norte 801, col. Centro Histórico |
Calle 2 norte entre 8 y 10 oriente, col. Centro Histórico |
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Templo de San Cristóbal |
Calle 4 norte esquina 6 oriente, col. Centro Histórico |
Calle 4 norte entre 6 y 8 oriente, col. Centro Histórico |
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Templo de San Juan de Dios |
Calle 5 de mayo 1602, col. Centro Histórico |
Calle 5 de mayo entre 16 y 18 oriente - poniente, col. Centro Histórico |
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Templo de San Juan de Letrán / El Hospitalito |
Calle 2 sur 702, col. Centro Histórico |
Calle 7 oriente entre 2 y 4 sur, col. Centro Histórico |
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Templo Expiatorio de la Inmaculada Concepción |
Avenida 7 poniente 101, col. Centro Histórico |
Calle 16 de septiembre entre 7 y 9 oriente - poniente, col. Centro Histórico |
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5 de abril |
Domingo de Resurrección |
Convento de Clarisas Capuchinas Franciscanas de San Francisco de Asís |
Calle 16 de septiembre 902, col. Centro Histórico |
Calle 16 de septiembre entre 9 y 11 oriente - poniente, col. Centro Histórico |
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Parroquia de Santa Clara de Asís |
Calle 6 oriente 201 col. Centro Histórico |
Calle 6 oriente entre 2 y 4 norte, col. Centro Histórico |
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Santuario de nuestra Señora de la Merced |
Calle 5 norte 1001, col. Centro Histórico |
Calle 5 norte entre 10 y 12 poniente, col. Centro Histórico |
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Templo Conventual de nuestra Señora del Carmen |
Calle 16 de septiembre esquina 17 oriente, colonia El Carmen |
Plaza Centenario "Jardín del Carmen", calle 16 de septiembre entre 15 y 17 oriente, colonia El Carmen |
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Templo Conventual de Santa Mónica y Señor de las Maravillas |
Calle 5 de mayo 1607, col. Centro Histórico |
Calle 5 de mayo entre 16 y 18 oriente poniente, col. Centro Histórico |
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Templo Conventual de Santa Teresa de Ávila |
Calle 2 norte 801, col. Centro Histórico |
Calle 2 norte entre 8 y 10 oriente, col. Centro Histórico |
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Templo de San Cristóbal |
Calle 4 norte esquina 6 oriente, col. Centro Histórico |
Calle 4 norte entre 6 y 8 oriente, col. Centro Histórico |
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Templo de San Juan de Dios |
Calle 5 de mayo 1602, col. Centro Histórico |
Calle 5 de mayo entre 16 y 18 oriente - poniente, col. Centro Histórico |
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Templo de San Juan de Letrán / El Hospitalito |
Calle 2 sur 702, col. Centro Histórico |
Calle 7 oriente entre 2 y 4 sur, col. Centro Histórico |
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Templo Expiatorio de la Inmaculada Concepción |
Avenida 7 poniente 101, col. Centro Histórico |
Calle 16 de septiembre entre 7 y 9 oriente - poniente, col. Centro Histórico |
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30 de abril |
Día del Niño |
Convento de Clarisas Capuchinas Franciscanas de San Francisco de Asís |
Calle 16 de septiembre 902, col. Centro Histórico |
Calle 16 de septiembre entre 9 y 11 oriente - poniente, col. Centro Histórico |
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2 al 5 de mayo |
Feria de la Cemita Poblana |
Plaza Centenario "Jardín del Carmen" |
Plaza Centenario "Jardín del Carmen", calle 16 de septiembre entre 15 y 17 oriente, colonia El Carmen |
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3 de mayo |
La Santa Cruz |
Parroquia de la Santa Cruz |
Avenida 16 oriente 1204, Barrio El Alto |
Avenida 16 oriente entre 12 y 14 norte, Barrio El Alto |
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20 de mayo |
Virgen de la Luz |
Templo de nuestra Señora de La Luz |
Avenida 2 oriente 1401, Barrio de La Luz |
Avenida 2 oriente entre 14 y 16 norte, Barrio de La Luz |
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4 de junio |
Corpus Christi |
El Parían / Parque de Dolores |
Calle 6 norte de avenida Juan de Palafox y Mendoza a 6 oriente; 8 norte entre 2 y 8 oriente; 4 y 6 oriente de 6 norte a Blvd. Héroes del 5 de mayo; Parque de Dolores, col. Centro Histórico |
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12 de junio |
Sagrado Corazón de Jesús |
Parroquia del Sagrado Corazón de Jesús |
Calle 9 norte 1002, col. Centro Histórico |
Calle 9 norte entre 10 y 12 poniente, col. Centro Histórico |
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13 de junio |
San Antonio de Padua |
Templo de San Antonio |
Avenida 24 poniente 102, Barrio de San Antonio |
Avenida 24 poniente entre calle 5 de mayo y calle 3 norte, Barrio de San Antonio |
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29 y 30 de junio |
San Pedro y San Pablo |
Templo del ex-hospital de San Pedro |
Calle 4 norte esquina 2 oriente, col. Centro Histórico |
Calle 4 norte entre 2 y 4 oriente, col. Centro Histórico |
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30 de junio y 01 de julio |
Señor de las Maravillas |
Templo Conventual de Santa Mónica y Señor de las Maravillas |
Calle 5 de mayo 1607, col. Centro Histórico |
Calle 5 de mayo entre 16 y 18 oriente - poniente, col. Centro Histórico |
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4 de julio |
Virgen del Refugio |
Parroquia de nuestra Señora del Refugio |
Avenida 30 poniente 505, col. Santa María |
Calle 5 norte entre 28 y 30 poniente, col. Santa María |
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16 y 17 de julio |
Virgen del Carmen |
Templo Conventual de nuestra Señora del Carmen |
Calle 16 de septiembre esquina 17 oriente, colonia El Carmen |
Plaza Centenario "Jardín del Carmen", calle 16 de septiembre entre 9 y 19 oriente - poniente, colonia El Carmen |
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25 y 26 de julio |
Santiago Apóstol |
Parroquia de Santiago Apóstol |
Calle 15 sur 1704, Barrio de Santiago |
Calle 15 sur entre 17 y 19 poniente, parque de Santiago, Barrio de Santiago |
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26 y 27 de julio |
Santa Anita |
Parroquia del Señor de la Salud de Santa Anita |
Calle 28 poniente 1115, col. Lázaro Cárdenas |
Privada 13 norte A, entre 26 y 28 poniente, col. Lázaro Cárdenas |
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26 de julio |
Coronación de la Virgen del Carmen |
Templo Conventual de nuestra Señora del Carmen |
Calle 16 de septiembre esquina 17 oriente, colonia El Carmen |
Plaza Centenario "Jardín del Carmen", calle 16 de septiembre entre 15 y 17 oriente - poniente, colonia El Carmen |
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26 de julio |
San Roque |
Templo del Ex hospital de San Roque |
Avenida Juan de Palafox y Mendoza 605, col. Centro Histórico |
Avenida Juan de Palafox y Mendoza entre calle 6 norte y Blvd. Héroes del 5 de mayo, col. Centro Histórico |
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9 y 10 de agosto |
Niño Cieguito |
Convento de Clarisas Capuchinas Franciscanas de San Francisco de Asís |
Calle 16 de septiembre 902, col. Centro Histórico |
Calle 16 de septiembre entre 9 y 11 oriente - poniente, col. Centro Histórico |
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11 y 12 de agosto |
Santa Clara |
Parroquia de Santa Clara de Asís |
Calle 6 oriente 201 col. Centro Histórico |
Calle 6 oriente entre 2 y 4 norte, col. Centro Histórico |
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15 de agosto |
Virgen de la Soledad |
Parroquia del Sagrario Metropolitano (Templo de Nuestra Señora de la Soledad) |
Avenida 2 sur 1106, col. Centro Histórico |
Avenida 2 sur, entre 11 y 13 oriente, col. Centro Histórico |
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17 y 18 de agosto |
San Cristóbal |
Templo de San Cristóbal |
Calle 4 norte esquina 6 oriente, col. Centro Histórico |
Calle 4 norte entre 6 y 8 oriente, col. Centro Histórico |
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28 de agosto |
San Agustín |
Parroquia de San Agustín de Hipona |
Calle 3 poniente, 505, col. Centro Histórico |
Calle 5 sur entre 3 y 5 poniente, col, Centro Histórico |
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30 de agosto |
Santa Rosa de Lima |
Templo de Santa Rosa de Lima |
Calle 12 poniente, 302, col. Centro Histórico |
Calle 3 norte, entre 8 y 14 poniente, col. Centro Histórico |
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31 de agosto |
San Ramón |
Capilla de San Ramón Nonato |
Calle 9 norte 806, col. Centro Histórico |
9 norte entre 8 y 10 poniente, col. Centro Histórico |
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15 de septiembre |
Fiestas Patrias |
Centro Histórico |
Avenida Reforma entre 3 y 11 norte - sur, col. Centro Histórico |
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24 de septiembre |
Virgen de la Merced |
Santuario de nuestra Señora de la Merced |
Calle 5 norte 1001, col. Centro Histórico |
Calle 5 norte entre 10 y 12 poniente, col. Centro Histórico |
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29 de septiembre |
San Miguel Arcángel |
Iglesia de San Miguel Arcángel |
Calle 17 norte, 808, Barrio de San Miguelito |
Calle 17 norte entre 8 y 12 poniente, Barrio de San Miguelito |
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2, 3 y 4 de octubre |
San Francisco de Asís |
Templo y Convento Franciscano de la impresión de las 5 llagas de San Francisco |
Avenida 14 oriente 1009, Barrio El Alto |
Avenida 14 oriente y prolongación del callejón de la 10 norte, Barrio El Alto |
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14 y 15 de octubre |
Santa Teresita de Ávila |
Templo Conventual de Santa Teresa de Ávila |
Calle 2 norte 801, col. Centro Histórico |
Calle 2 norte entre 8 y 10 oriente, col. Centro Histórico |
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30 y 31 de octubre, 1 de noviembre |
Feria de la Hojaldra |
Plaza Centenario "Jardín del Carmen" |
Plaza Centenario "Jardín del Carmen", calle 16 de septiembre entre 15 y 17 oriente, colonia El Carmen |
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22 de noviembre |
Santa Cecilia |
Ex convento de Santa Inés |
Calle 3 sur. 903, col. Centro Histórico |
Calle 3 sur, entre 3 y 9 poniente, Jardín de Santa Inés, col. Centro Histórico |
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22 de noviembre |
Señor de los Trabajos |
Templo del Señor de los Trabajos |
Calle 11 norte 1002, col. Centro Histórico |
Calle 11 norte entre avenida 10 y 12 poniente, col. Centro Histórico |
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8 de diciembre |
La Concepción |
Templo Expiatorio de la Inmaculada Concepción |
Avenida 7 poniente 101, col. Centro Histórico |
Calle 16 de septiembre entre 7 y 9 oriente - poniente, col. Centro Histórico |
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24 de diciembre |
Virgen de Belén |
Templo del Antiguo Hospital de Nuestra Señora de Belén |
Calle 4 poniente, esquina 7 norte, col. Centro Histórico |
Calle 4 poniente Entre 5 y 7 norte, col. Centro Histórico |
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24 y 25 de diciembre |
Natividad de Jesucristo |
Santuario de nuestra Señora de la Merced |
Calle 5 norte 1001, col. Centro Histórico |
Calle 5 norte entre 10 y 12 poniente, col. Centro Histórico |
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Parroquia de Santa Clara de Asís |
Calle 6 oriente 201 col. Centro Histórico |
Calle 6 oriente entre 2 y 4 norte, col. Centro Histórico |
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Convento de Clarisas Capuchinas Franciscanas de San Francisco de Asís |
Calle 16 de septiembre 902, col. Centro Histórico |
Calle 16 de septiembre entre 9 y 11 oriente - poniente, col. Centro Histórico |
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Templo Conventual de Santa Teresa de Ávila |
Calle 2 norte 801, col. Centro Histórico |
Calle 2 norte entre 8 y 10 oriente, col. Centro Histórico |
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Templo Expiatorio de la Inmaculada Concepción |
Avenida 7 poniente 101, col. Centro Histórico |
Calle 16 de septiembre entre 7 y 9 oriente - poniente, col. Centro Histórico |
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Templo Conventual de nuestra Señora del Carmen |
Calle 16 de septiembre esquina 17 oriente, colonia El Carmen |
Plaza Centenario "Jardín del Carmen", calle 16 de septiembre entre 15 y 17 oriente - poniente, colonia El Carmen |
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Templo Conventual de Santa Mónica y Señor de las Maravillas |
Calle 5 de mayo 1607, col. Centro Histórico |
Calle 5 de mayo entre 16 y 18 oriente - poniente, col. Centro Histórico |
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Templo de San Juan de Dios |
Calle 5 de mayo 1602, col. Centro Histórico |
Calle 5 de mayo entre 16 y 18 oriente - poniente, col. Centro Histórico |
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Templo de San Cristóbal |
Calle 4 norte esquina 6 oriente, col. Centro Histórico |
Calle 4 norte entre 6 y 8 oriente, col. Centro Histórico |
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31 de diciembre |
Acción de Gracias |
Santuario de nuestra Señora de la Merced |
Calle 5 norte 1001, col. Centro Histórico |
Calle 5 norte entre 10 y 12 poniente, col. Centro Histórico |
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Parroquia de Santa Clara de Asís |
Calle 6 oriente 201 col. Centro Histórico |
Calle 6 oriente entre 2 y 4 norte, col. Centro Histórico |
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Convento de Clarisas Capuchinas Franciscanas de San Francisco de Asís |
Calle 16 de septiembre 902, col. Centro Histórico |
Calle 16 de septiembre entre 9 y 11 oriente - poniente, col. Centro Histórico |
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Templo Conventual de Santa Teresa de Ávila |
Calle 2 norte 801, col. Centro Histórico |
Calle 2 norte entre 8 y 10 oriente, col. Centro Histórico |
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Templo Expiatorio de la Inmaculada Concepción |
Avenida 7 poniente 101, col. Centro Histórico |
Calle 16 de septiembre entre 7 y 9 oriente - poniente, col. Centro Histórico |
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Templo Conventual de nuestra Señora del Carmen |
Calle 16 de septiembre esquina 17 oriente, colonia El Carmen |
Plaza Centenario "Jardín del Carmen", calle 16 de septiembre entre 15 y 17 oriente - poniente, colonia El Carmen |
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Templo Conventual de Santa Mónica y Señor de las Maravillas |
Calle 5 de mayo 1607, col. Centro Histórico |
Calle 5 de mayo entre 16 y 18 oriente - poniente, col. Centro Histórico |
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Templo de San Juan de Dios |
Calle 5 de mayo 1602, col. Centro Histórico |
Calle 5 de mayo entre 16 y 18 oriente - poniente, col. Centro Histórico |
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Templo de San Cristóbal |
Calle 4 norte esquina 6 oriente, col. Centro Histórico |
Calle 4 norte entre 6 y 8 oriente, col. Centro Histórico |
IX. Que, la Unidad de Normatividad y Regulación Comercial y la Dirección de Gestión de Riesgos en Materia de Protección Civil de la Secretaría de Gestión y Desarrollo Urbano; así como la Dirección de Emergencia y Respuesta Inmediata de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, ambas del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, en el ámbito de sus competencias, deberán de coordinarse a efecto de planear con anticipación la expedición de permisos, la logística para poder señalar a las y los vendedores ambulantes, semifijos y prestadores ambulantes de servicios, las acciones que permitan garantizar la seguridad de las personas asistentes, de acuerdo a lo establecido por los artículos 447 Bis penúltimo párrafo, 486 y 488 del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla.
X. Que, la expedición de los permisos correspondientes para la instalación de juegos mecánicos, se causarán y pagarán de acuerdo a las cuotas, tasas o tarifas que establezca la Ley de Ingresos del Municipio de Puebla para el Ejercicio Fiscal vigente, de conformidad con lo establecido por el artículo 638 del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla.
XI. Que, el artículo 640 del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla señala que la Secretaría de Gobernación Municipal ahora Secretaría General de Gobierno es la responsable de instrumentar acciones de ordenamiento de las actividades comerciales en la vía pública, así como el otorgamiento de permisos para el ejercicio del mismo, bajo criterios de temporalidad. Estableciendo expresamente la prohibición de otorgar permisos en Zona de Monumentos a comerciantes ambulantes, semifijos y prestadores de servicios ambulantes, salvo en las áreas expresamente autorizadas por el Ayuntamiento; y que será a través del Departamento de Autorización adscrita a la Dirección de Vía Pública de la Subsecretaría de Abastecimientos de la Secretaría General de Gobierno del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, quien podrá autorizar, expedir los permisos correspondientes, establecer los espacios, determinar el número de comerciantes, fijar los días y horarios en los que se permita ejercer del comercio ambulante, semifijo y prestación ambulante de servicios, de acuerdo a lo establecido por el artículo 641 Bis del código que rige la materia; y del Reglamento Interior de la mencionada Secretaría.
XII. Que, la Gerencia del Centro Histórico y Patrimonio Cultural es el Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Gestión y Desarrollo Urbano del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, competente en materia del funcionamiento, conservación, protección y promoción del Centro Histórico, Áreas Patrimoniales y Monumentos en el Municipio de Puebla, cuyo objeto será conocer, preservar, proteger, vigilar, rescatar y mejorar el Centro Histórico y Zonas Patrimoniales del Municipio, así como divulgar sus valores y promover la ocupación inmobiliaria, la inversión, la investigación, gestión y ejecución de proyectos estratégicos urbanos, la generación de espacios de encuentro y convivencia, la procuración de recursos económicos, la supervisión de los proyectos de obra pública y servicios relacionados de su competencia, la coordinación interinstitucional, la inclusión y participación de las y los ciudadanos, para efectos de que perduren y se enaltezcan como testimonio histórico universal a favor de la calidad de vida de quienes los habitan de forma permanente o transitoria; de acuerdo a lo establecido por el artículo 657 fracción LVI del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla y 38 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gestión y Desarrollo Urbano del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla.
XIII. Que, para efectos de delimitación de la Zona de Monumentos, el artículo 761 del Código Reglamentario para el Municipio, señala que corresponde a la Poligonal contenida en el Decreto del Ejecutivo del Estado, que declara “Zona Típica Monumental” parte de la Ciudad de Puebla y que se conforma por 7,461 predios y 30 jardines o áreas públicas, comprendiendo el área urbanizada más antigua de la ciudad, incluyendo los Barrios de San Antonio, San José, Santa Anita, La Luz, El Alto, Analco, El Carmen, Santiago, San Miguelito, Xanenetla, El Refugio, Xonaca y los Remedios.
XIV. Que con la finalidad de atender las recomendaciones que se emitan en función de la protección, preservación y conservación de Zona del Centro Histórico y Monumentos, que para efectos determine el Departamento de Autorización adscrito a la Dirección de Vía Pública y las propias de la Gerencia del Centro Histórico y Patrimonio Cultural, ésta deberá nombrar a una persona responsable para vigilar el cumplimiento de lo antes estipulado.
XV. Que, la Secretaría de Economía y Turismo del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, es una Dependencia de la Administración Pública Municipal Centralizada, que tiene como objeto construir un esquema de corresponsabilidad a través de la competitividad, emprendimiento e innovación para propiciar, fortalecer el desarrollo económico y posicionar al Municipio como destino turístico, mediante la difusión del patrimonio y actividades culturales, con estrategias que generen productos turísticos enfocados a la actividad cultural, además de la atención a los turistas, visitantes y residentes del Municipio e industria turística, y dentro de sus atribuciones se encuentra el diseñar, ejecutar y promover programas que hagan del Municipio un destino turístico a nivel nacional e internacional, lo anterior de acuerdo a lo establecido por los artículos 4, 5 y 8 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía y Turismo del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla.
XVI. Que, el pago de los derechos por la ocupación de espacios, se realizará de conformidad con las cuotas, tasas o tarifas que establezca la Ley de Ingresos del Municipio de Puebla para el Ejercicio Fiscal 2026, de acuerdo a lo establecido por el artículo 274 fracción VI del Código Fiscal y Presupuestario para el Municipio de Puebla.
XVII. Que, corresponde a la Dirección de Gestión de Riesgos en Materia de Protección Civil de la Secretaría de Gestión y Desarrollo Urbano, así como a la Dirección de Emergencia y Respuesta Inmediata de la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, en el ámbito de sus competencias, ejercer las funciones de inspección y vigilancia conforme a lo establecido en el Capítulo 11 denominado “Protección Civil Municipal” del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla y demás ordenamientos legales vigentes aplicables.
XVIII. Que, en materia de tránsito y seguridad vial confluyen diversos ordenamientos, siendo de supremacía constitucional el derecho de circular libremente, en el marco de libertades y que toda persona tiene derecho a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad, en este sentido, corresponde a la autoridad municipal aplicar en lo conducente las disposiciones señaladas en el Capítulo 10 denominado “Tránsito Municipal, Movilidad y Seguridad Vial” del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla, garantizando la fluidez vehicular con los parámetros de velocidad que correspondan y el uso responsable de los espacios públicos, así como un desplazamiento libre y seguro de personas, vehículos en un entorno de cultura cívica y de una genuina conexión entre gobierno y sociedad.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, se pone a consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado la aprobación del siguiente:
DICTAMEN
PRIMERO. Se instruye a la Secretaría General de Gobierno del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, para que a través del Departamento de Autorización adscrita a la Dirección de Vía Pública de la Subsecretaría de Abastecimientos en términos de su Reglamento Interior y del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla, otorgue permisos directamente a los prestadores ambulantes de servicios, vendedores ambulantes y semifijos para las fiestas tradicionales y festividades patronales a realizarse en el Centro Histórico y Zona de Monumentos durante el año 2026, dentro de los espacios autorizados conforme a los considerandos V, VI, VII y VIII del presente Dictamen.
SEGUNDO. Se instruye a la Unidad de Normatividad y Regulación Comercial de la Tesorería Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, para que, en el ámbito de sus atribuciones de supervisar y autorizar, se coordine con la Secretaría General de Gobierno del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, a efecto de que, conjuntamente regulen los juegos mecánicos y atracciones de feria que en su caso, sean solicitados para las festividades patronales y tradicionales en el Centro Histórico y Zona de Monumentos, de conformidad con los considerados V, VI, VII, VIII y IX de este Dictamen.
TERCERO. Se instruye a la Secretaría de Economía y Turismo del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, a efecto de realizar la promoción y difusión de las fiestas tradicionales y festividades patronales a realizarse en el Centro Histórico y Zona de Monumentos, señaladas en el considerando VIII del presente Dictamen.
CUARTO. Se instruye a la Gerencia del Centro Histórico y Patrimonio Cultural, así como a la Dirección de Gestión de Riesgos en Materia de Protección Civil, de la Secretaría de Gestión y Desarrollo Urbano del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, a efecto de que en el ámbito de sus respectivas competencias y de acuerdo a la normativa aplicable, realicen las acciones que estimen pertinentes y emitan sus recomendaciones en relación con las fiestas tradicionales y festividades patronales a realizarse en el Centro Histórico y Zona de Monumentos, descritas en el considerando VIII del presente Dictamen.
QUINTO. Se instruye a la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, para que en el ámbito de su respectiva competencia regule la seguridad vial, el tránsito municipal y la movilidad de personas y vehículos motorizados y no motorizados, en las zonas aprobadas para las fiestas tradicionales y festividades patronales a realizarse, de acuerdo al considerando VIII y XVIII del presente Dictamen.
SEXTO. Se instruye a la Secretaría General de Gobierno, a la Unidad de Normatividad y Regulación Comercial de la Tesorería Municipal, a la Secretaría de Economía y Turismo, a la Gerencia del Centro Histórico y Patrimonio Cultural, y a la Dirección de Gestión de Riesgos en Materia de Protección Civil de la Secretaría de Gestión y Desarrollo Urbano, así como a la Dirección de Emergencia y Respuesta Inmediata de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, todas de este Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, a efecto de que, en el ámbito de sus respectivas competencias, informen a la Comisión de Gobernación del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, así como a la Contraloría Municipal, lo siguiente: a) La cantidad de permisos y metros cuadrados autorizados; b) Los ingresos recaudados; c) Las acciones y recomendaciones ejercidas por las Direcciones de Gestión de Riesgos en Materia de Protección Civil de la Secretaría de Gestión y Desarrollo Urbano, y de Emergencia y Respuesta Inmediata de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, y la Gerencia del Centro Histórico y Patrimonio Cultural; d) Los procedimientos administrativos de ejecución, respecto de créditos fiscales a favor del Ayuntamiento, previo análisis de su pertinencia legal y e) Las acciones de promoción y difusión emprendidas. Dicho informe lo deberán rendir de manera bimestral.
SÉPTIMO. Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento, a efecto de que notifique el presente Dictamen a la Secretaría General de Gobierno, a la Unidad de Normatividad y Regulación Comercial de la Tesorería Municipal, a la Secretaría de Economía y Turismo, a la Gerencia del Centro Histórico y Patrimonio Cultural, a la Dirección de Gestión de Riesgos en Materia de Protección Civil de la Secretaría de Gestión y Desarrollo Urbano, y a la Dirección de Emergencia y Respuesta Inmediata de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, todas de este Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, así como a las Dependencias que de acuerdo a sus atribuciones corresponda, para los efectos a que haya lugar.
OCTAVO. Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento, a efecto de que realice las gestiones necesarias, para que el presente dictamen se publique por una sola ocasión en la Gaceta Municipal, y en el Periódico Oficial del Estado de Puebla.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Dictamen entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Puebla, durante el ejercicio 2026.
SEGUNDO. Las atribuciones otorgadas en el presente ordenamiento a las Dependencias, Entidades y Unidades Administrativas, que cambian de denominación de acuerdo a la estructura Orgánica de la Administración Pública Municipal 2024 – 2027, aprobada en Sesión de Cabildo de fecha 15 de octubre de 2024, que se encuentra vigentes desde el primero de enero de 2025; se entenderá atribuidas a aquellas que cuenten con la facultad específica que en cada caso se relacione.
ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA. A 11 DE DICIEMBRE DE 2025. “LA CAPITAL IMPARABLE”. REG. GABRIEL JUAN MANUEL BIESTRO MEDINILLA . PRESIDENTE. RÚBRICA. REG. GEORGINA RUÍZ TOLEDO. VOCAL. RÚBRICA. REG. ANA MARIELA SOLÍS RONDERO. VOCAL. RÚBRICA. REG. LEOBARDO RODRÍGUEZ JUÁREZ. VOCAL. RÚBRICA. REG. MARÍA DE GUADALUPE ARRUBARRENA GARCÍA. VOCAL. RÚBRICA.
EL QUE SUSCRIBE, JUSTINO JOAQUÍN ESPIDIO CAMARILLO, SECRETARIO DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, CERTIFICO QUE LA RESOLUCIÓN QUE ANTECEDE FUE APROBADA POR UNANIMIDAD DE VOTOS, EN LA DÉCIMA QUINTA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO CELEBRADA EL 17 DE DICIEMBRE DE 2025. LO ANTERIOR, PARA LOS EFECTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS A QUE HAYA LUGAR.- CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA. A 17 DE DICIEMBRE DE 2025.- RÚBRICA.
ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA. A 17 DE DICIEMBRE DE 2025. JOSÉ CHEDRAUI BUDIB. PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA. RÚBRICA.