RES. 2025/91 | PUNTO DE ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE DA CONTINUIDAD A LA CONMEMORACIÓN DEL DÍA INTERNACIONAL DEL CÁNCER INFANTIL.

 

JOSÉ CHEDRAUI BUDIB, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, a sus habitantes, sabed:

 

 

Que por conducto de su Secretaría el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:

 

PUNTO DE ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE DA CONTINUIDAD A LA CONMEMORACIÓN DEL DÍA INTERNACIONAL DEL CÁNCER INFANTIL.

 

   

RES.2025/91

 

 

 

CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 103 PÁRRAFO PRIMERO Y 115 FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; ARTÍCULO 19 DE LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS “PACTO DE SAN JOSÉ; ARTÍCULO 92 FRACCIÓN VII DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; ARTÍCULO 2 FRACCIÓN XXII, ARTÍCULO 12 FRACCIÓN VII DEL REGLAMENTO INTERIOR DE CABILDO Y COMISIONES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA; SOMETEMOS A CONSIDERACIÓN DE ESTE HONORABLE CUERPO COLEGIADO, EL PUNTO DE ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE DA CONTINUIDAD A LA CONMEMORACIÓN DEL DÍA INTERNACIONAL DEL CÁNCER INFANTIL, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:


ANTECEDENTES


El cáncer infantil engloba numerosas tumoraciones o enfermedades que se caracterizan por el desarrollo de células anormales que se dividen, crecen y se esparcen sin control en cualquier parte del cuerpo y puede aparecer en cualquier momento de la niñez y la adolescencia.


El cáncer es una de las principales causas de mortalidad en la infancia y la adolescencia. La probabilidad de que un niño sobreviva a un diagnóstico de cáncer depende del país en el que viva: en los países de ingreso alto, más del 80 % de los niños afectados de cáncer se curan, pero en muchos países de ingreso bajo o mediano se curan menos del 30 %.


El Día Mundial de la Lucha contra el Cáncer Infantil fue establecido en 2002 por la Organización Internacional del Cáncer Infantil. Esta red se compone de 177 entidades locales y nacionales que agrupan a padres de niños con cáncer en 90 países distribuidos en los cinco continentes.


Se celebra el 15 de febrero de cada año con el propósito de aumentar la conciencia y sensibilizar sobre esta enfermedad que afecta a muchos niños y adolescentes en el mundo. También tiene la intención de fomentar la detección temprana para mejorar las probabilidades de recuperación y la calidad de vida de los menores.


El cáncer es una de las principales causas de muerte en la infancia y adolescencia a nivel global, según datos de la Organización Mundial de la Salud:


• Se calcula que cada año padecen cáncer unos 400 000 niños y adolescentes de entre 0 y 19 años.


• Los tipos de cáncer infantil más comunes son las leucemias, los tumores cerebrales, los linfomas y tumores sólidos como el neuroblastoma y los tumores de Wilms.


• En los países de ingreso bajo o mediano, las muertes evitables por cáncer infantil obedecen a la falta de diagnóstico, diagnósticos incorrectos o tardíos, las dificultades para acceder a la atención de salud, el abandono del tratamiento, a la muerte por toxicidad o a recidivas.


• Solo un 29 % de los países de ingreso bajo declara que su población tiene generalmente a su disposición medicamentos contra el cáncer, frente a un 96 % de los países de ingreso alto.


CONSIDERANDOS


I. Que, los artículos 115 fracciones I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 102, 103 párrafo primero y 105 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 2, 3 y 78 fracción III y IV de la Ley Orgánica Municipal; determinan que el Municipio Libre es una Entidad de derecho público, base de la división territorial y de la organización política y administrativa, integrado por una comunidad establecida en un territorio, con un gobierno de elección popular directa, investido de personalidad jurídica y de patrimonio propios, en ese sentido, el Ayuntamiento administrará libremente su hacienda y no tendrá superior jerárquico. Asimismo, podrán aprobar su organización y división administrativa de acuerdo a sus necesidades.


II. Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 92 fracciones I, V y VII de la Ley Orgánica Municipal, son facultades y obligaciones de los Regidores ejercer la debida inspección y vigilancia de los ramos a su cargo, formular propuestas de ordenamientos en asuntos municipales y promover todo lo que crean conveniente al buen servicio público.


III. Que, el artículo 19 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, también conocida como el “Pacto de San José”, ratificada por nuestro país desde 1981, menciona en el artículo 6 que los Estados Partes reconocen que todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida.


IV. Que, el artículo 2 fracción XXII del del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, señala por “Punto de Acuerdo.- Asunto de interés público que no se encuentra vinculado con propuestas normativas y que es presentado por la persona Titular de la Presidencia Municipal, dos o más personas Titulares de las Regidurías y por las Comisiones, sometidos a consideración del Cabildo”.


V. Que, el artículo 12 fracción VII del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, establece que los Regidores además de las facultades y obligaciones que les señala la Ley Orgánica Municipal, podrán presentar al Cabildo las propuestas de cualquier norma general, punto de acuerdo y cualquier tema de su interés.


VI. Que, de acuerdo a las estadísticas de defunciones registradas reportadas el 22 de enero de 2025 por el INEGI, dentro del periodo enero - junio 2024 el cáncer infantil en la población de 1 a 14 años ocupa el segundo lugar como causa de muerte en el Estado de Puebla.


VII. Que, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), el cáncer es una de las principales causas de mortalidad entre niñas, niños y adolescentes en todo el mundo; cada año se diagnostica aproximadamente 300 mil casos de cáncer en la población de entre 0 y 19 años.


VIII. Que, el 15 de febrero se conmemora el Día Internacional del Cáncer Infantil el cual fue establecido por la Organización Mundial de la Salud con el objetivo de crear conciencia sobre esta enfermedad y expresar el apoyo a los niños y adolescentes con cáncer, lo supervivientes y sus familiares. Además, es parte de una estrategia para informar a la población en general sobre la existencia de esta enfermedad y buscar el desarrollo de medidas de prevención y visibilidad que permita generar conciencia sobre la enfermedad.


IX. Que, la Organización Mundial de Salud, en 2018 lanzó la Iniciativa Mundial Contra el Cáncer Infantil, que ofrece a los gobiernos pautas y asistencia técnica para ayudarlos a establecer y mantener programas de calidad contra el cáncer infantil y tiene por objetivo lograr para 2030 una tasa de supervivencia de, como mínimo, el 60% de los niños con cáncer, lo que supone prácticamente duplicar el porcentaje actual y salvar un millón más de vidas en los próximos años.


X. Que, el color dorado fue determinado para expresar apoyo y solidaridad a los pacientes de cáncer infantil y juvenil. Además, representa la resistencia, la fuerza, el coraje, la resiliencia y la transformación que viven los infantes y adolescentes a lo largo de su lucha contra esta enfermedad enfrentando todos los desafíos difíciles y dolorosos del cáncer infantil.


XI. Se propone la iluminación del inmueble que ocupa el Palacio Municipal, y los monumentos que forman parte del patrimonio municipal de color dorado el día 15 de febrero de cada año, atendiendo a la conmemoración del Día Internacional del Cáncer Infantil con el propósito de visibilizar y generar conciencia en la responsabilidad de la atención a dicho grupo.


Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, las Regidoras y Regidores integrantes de la Comisión de Salubridad y Asistencia Pública someten a consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado, para su aprobación el siguiente:



PUNTO DE ACUERDO


PRIMERO. Se aprueba la iluminación del inmueble que ocupa el Palacio Municipal y los monumentos que forman parte del patrimonio municipal, de color dorado, los días 15 de febrero de cada año, atendiendo a la conmemoración del Día Internacional del Cáncer Infantil con el propósito de visibilizar y generar conciencia en la responsabilidad de la atención a dicho grupo.

 

SEGUNDO. Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento para que notifique a la Secretaría de Servicios Públicos que en el ámbito de sus atribuciones y competencias realice las acciones necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en el considerando XI del presente punto de acuerdo, en conmemoración del Día internacional del Cáncer Infantil, con el propósito de visibilizar y generar conciencia de esta enfermedad en el Municipio de Puebla.


A T E N T A M E N T E. “CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 07 DE FEBRERO DE 2025”. INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DE SALUBRIDAD Y ASISTENCIA PÚBLICA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA; REGIDORAS MARICELA REYES ROSETE,  RÚBRICA, AMPARO ACUÑA FIGUEROA, RÚBRICA, Y LOS REGIDORES SAMUEL HERNÁNDEZ CARRANZA, RÚBRICA, JOSÉ ANDRÉS AGUSTÍN CERÓN SALAS, Y FRANCISCO JAVIER AYALA GUTIÉRREZ, RÚBRICA. 

  

EL QUE SUSCRIBE, JUSTINO JOAQUÍN ESPIDIO CAMARILLO, SECRETARIO DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, CERTIFICO QUE LA RESOLUCIÓN QUE ANTECEDE FUE APROBADA POR UNANIMIDAD DE VOTOS, EN LA SÉPTIMA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO CELEBRADA EL 16 DE ABRIL DE 2025. LO ANTERIOR, PARA LOS EFECTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS A QUE HAYA LUGAR.- CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 16 DE ABRIL DE 2025.- RÚBRICA.

 

 

ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 16 DE ABRIL DE 2025.  JOSÉ CHEDRAUI BUDIB, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA. RÚBRICA.