JOSÉ CHEDRAUI BUDIB, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, a sus habitantes, sabed:
Que por conducto de su Secretaría el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:
PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE PROPONE EL NOMBRAMIENTO DE LA PERSONA QUE OCUPARÁ LA TITULARIDAD DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA.
RES.2025/81
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 21 Y 115 FRACCIONES I, II Y III INCISO H) DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 102 Y 104 INCISO H) DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; 78 FRACCIÓN XXV 209 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; Y 2 FRACCIÓN XXII DEL REGLAMENTO INTERIOR DE CABILDO Y COMISIONES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, SOMETO A CONSIDERACIÓN DE ESTE CUERPO EDILICIO EL PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE PROPONE EL NOMBRAMIENTO DE LA PERSONA QUE OCUPARÁ LA TITULARIDAD DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA, POR LO QUE:
C O N S I D E R A N D O
I. Que, como lo establece el artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Municipio es un ente autónomo que cuenta con personalidad jurídica propia y patrimonio propio; posee facultades reglamentarias, ejecutivas y judiciales, y su gobierno es electo de manera directa, democrática y popular.
II. Que, el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, los Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos, su investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en términos de Ley en las respectivas competencias que la propia Constitución señala. La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en ella.
III. Que, el artículo 115 de nuestra Carta Magna establece en su fracción III las funciones y servicios públicos que los Municipios tendrán a su cargo, entre ellos la Seguridad Pública, en los términos del artículo 21 del mismo ordenamiento legal, policía preventiva municipal y tránsito, como lo precisa en el apartado h) de este mismo ordenamiento, así como lo establecido en el artículo 104 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla.
IV. Que, el artículo 102 de la Constitución del Estado Libre y Soberano de Puebla, establece que el Municipio libre constituye la base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado; cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente o Presidenta Municipal y el número de regidurías y sindicaturas que la ley determine, de conformidad con el principio de paridad de género.
V. Que, la fracción XXV del artículo 78 de la Ley Orgánica Municipal establece que son atribuciones de los Ayuntamientos nombrar, a propuesta del Presidente Municipal, al Secretario del Ayuntamiento, Tesorero Municipal, Contralor Municipal y al titular o titulares de las ramas del cuerpo de seguridad, quienes serán servidores públicos de confianza y podrán ser removidos libremente, sin perjuicio de lo que establezcan las leyes en la materia.
VI. Que, el artículo 2 fracción XXII del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones establece que Punto de acuerdo es el asunto de interés público que no se encuentra vinculado con propuestas normativas y que es presentado por la persona Titular de la Presidencia Municipal, dos o más personas Titulares de las Regidurías y por las Comisiones, sometidos a consideración del Cabildo.
VII. Que, el artículo 209 de la Ley Orgánica Municipal, instituye que el titular o titulares de las ramas del cuerpo de seguridad pública municipal serán nombrados y removidos por el Ayuntamiento, a propuesta del Presidente Municipal, previa aprobación, certificación y registro en el Centro de Control de Confianza correspondiente.
VIII. Que, de acuerdo a lo dispuesto por los dispositivos legales citados, me permito proponer a su respetable consideración el nombramiento del Ciudadano Félix Pallares Miranda, como titular de la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento.
IX. Que, si el Honorable Cabildo tiene a bien aceptar la propuesta que se le formula, se le tome protesta al ciudadano que ocupará el cargo de titular de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, durante el desahogo de la presente Sesión Ordinaria de Cabildo.
En mérito de lo expuesto y fundado, presento al Honorable Cabildo, el siguiente:
PUNTO DE ACUERDO
PRIMERO. Se aprueba designar al Ciudadano Félix Pallares Miranda, como Secretario de Seguridad Ciudadana del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla para la Administración 2024 – 2027, lo anterior surtirá efectos a partir de su aprobación, quien cuenta con la aprobación, certificación y registro en el Centro de Control de Confianza correspondiente.
SEGUNDO. Una vez aprobado el nombramiento propuesto, se tome la protesta de Ley al ciudadano que ocupará el cargo de Secretario de Seguridad Ciudadana del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla.
TERCERO. Se instruye a la Secretaría de Administración y Tecnologías de la Información y Contraloría Municipal a realizar los trámites administrativos correspondientes.
ATENTAMENTE. “CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA”, 19 DE MARZO DE 2025. “LA CAPITAL IMPARABLE”. PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA JOSÉ CHEDRAUI BUDIB, RÚBRICA.
EL QUE SUSCRIBE, JUSTINO JOAQUÍN ESPIDIO CAMARILLO, SECRETARIO DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, CERTIFICO QUE LA RESOLUCIÓN QUE ANTECEDE FUE APROBADA POR UNANIMIDAD DE VOTOS, EN LA NOVENA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CABILDO CELEBRADA EL 19 DE MARZO DE 2025. LO ANTERIOR, PARA LOS EFECTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS A QUE HAYA LUGAR.- CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 19 DE MARZO DE 2025.- RÚBRICA.
ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 19 DE MARZO DE 2025. JOSÉ CHEDRAUI BUDIB, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA. RÚBRICA.