RES. 2024/329 | PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE INSTRUYE A LAS COMISIONES DE INFRAESTRUCTURA, MOVILIDAD Y SERVICIOS PÚBLICOS, Y DE DESARROLLO URBANO, GESTIÓN Y MEDIO AMBIENTE, PARA QUE SESIONEN UNIDAS PARA EL ANÁLISIS, DISCUSIÓN Y EN SU CASO, ...

ADÁN DOMÍNGUEZ SÁNCHEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, a sus habitantes, sabed:

 

 

     Que por conducto de su Secretaría el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:

 

PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE INSTRUYE A LAS COMISIONES DE INFRAESTRUCTURA, MOVILIDAD Y SERVICIOS PÚBLICOS, Y DE DESARROLLO URBANO, GESTIÓN Y MEDIO AMBIENTE, PARA QUE SESIONEN UNIDAS PARA EL ANÁLISIS, DISCUSIÓN Y EN SU CASO, APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DE LA NORMA TÉCNICA DE DISEÑO E IMAGEN URBANA PARA EL MUNICIPIO DE PUEBLA, EN  LA MATERIA ESPECÍFICA  DEL CENTRO HISTÓRICO.

   

RES.2024/329

 

 

CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 105 FRACCIÓN III DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; 78 FRACCIONES I, III Y IV, 79 PRIMER PÁRRAFO, 84 Y 92 FRACCIONES III Y IX DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; Y 117 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE CABILDO Y COMISIONES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA; PRESENTAMOS ANTE ESTE HONORABLE CABILDO, EL PRESENTE PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE INSTRUYE A LAS COMISIONES DE INFRAESTRUCTURA, MOVILIDAD Y SERVICIOS PÚBLICOS, Y DE DESARROLLO URBANO, GESTIÓN Y MEDIO AMBIENTE, PARA QUE SESIONEN UNIDAS PARA EL ANÁLISIS, DISCUSIÓN Y EN SU CASO, APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DE LA NORMA TÉCNICA DE DISEÑO E IMAGEN URBANA PARA EL MUNICIPIO DE PUEBLA, EN LA MATERIA ESPECÍFICA DEL CENTRO HISTÓRICO, DE CONFORMIDAD A LOS SIGUIENTES:

C O N S I D E R A N D O S

I. Que, el artículo 115 en su Fracción ll de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley. Los Ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.

II. Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 105 fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; así como los artículos 78 fracciones I, III, IV, 79 primer párrafo y 84 de la Ley Orgánica Municipal, entre las atribuciones de los Ayuntamientos se encuentra la expedir y actualizar Bandos de Policía y Gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general, que organicen la Administración Pública Municipal, llevando a cabo el respectivo proceso reglamentario que comprenderá las etapas de propuesta, análisis, discusión, aprobación y publicación.

III. Que, el artículo 92 fracciones III y IX de la Ley Orgánica Municipal, establece que son facultades y obligaciones de los Regidores, las de ejercer las facultades de deliberación y decisión de los asuntos que le competen al Ayuntamiento, así como las que determine el propio Cabildo y las que otorguen otras disposiciones aplicables.

IV. Que, por otra parte, de acuerdo a lo estipulado en la Convención para la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural, el 11 de diciembre de 1987, la UNESCO inscribió el Centro Histórico de Puebla en la Lista de Patrimonio Cultural de la Humanidad. Que en ese antecedente se ha buscado en todo momento su protección y conservación, cuidando todos los elementos que integran el inventario existente de monumentos, además de la actualización en lo relativo a las viviendas con valor patrimonial, toda vez que la Convención en comento establece la obligación de los Estados Partes de identificar, proteger, conservar, rehabilitar y transmitir a las generaciones futuras el patrimonio cultural y natural situado en su territorio, procurando destinar el máximo de recursos de que disponga para tal efecto, para lo cual hizo necesario la creación de un Plan de Manejo del Centro Histórico de Puebla, el cual fue aprobado en Sesión de Cabildo del 4 de octubre de 2021 para posteriormente realizar una modificación sustancial derivado de observaciones al citado plan por parte de la UNESCO México, para aprobarse finalmente en Sesión del 24 de mayo de 2023, publicándose en el Periódico Oficial del Estado el 30 de junio del mismo año, lo que ahora hace necesario actualizar la Norma Técnica de Diseño e Imagen Urbana para el Municipio de Puebla, incluyendo un capítulo específico del Centro Histórico, para lograr así la correspondiente armonización.

V. Que, en fecha 10 de abril de 2017 fue publicado en el Periódico Oficial del Estado, el Acuerdo de Cabildo del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, de fecha 23 de marzo de 2017, que aprueba el Dictamen presentado por los Regidores integrantes de la Comisión de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, por el que modifica su similar que contiene la Norma Técnica de Diseño e Imagen Urbana para el Municipio de Puebla aprobada en Sesión de Cabildo en fecha 18 de septiembre de 2015.

VI. Que, posteriormente, el 2 de octubre de 2018, se publicó en el Periódico Oficial del Estado el Acuerdo de Cabildo del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, de fecha 14 de septiembre de 2018, que aprueba el Dictamen presentado por los integrantes de la Comisión de Movilidad Urbana, por el que se modifican diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Movilidad del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, así como de la Norma Técnica de Diseño e Imagen Urbana para el Municipio de Puebla.

VII. Que, la Norma Técnica de Diseño e Imagen Urbana para el Municipio de Puebla, ha sido actualizada en dos momentos, la cual tiene por objeto establecer principios, definiciones, criterios, medidas, áreas específicas y diseños estandarizados para las construcciones de los espacios públicos considerando la seguridad, imagen urbana, accesibilidad, calidad y sostenibilidad, de conformidad con lo previsto por el Capítulo 17 del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla. Deberán observar esta Norma las autoridades municipales, estatales y federales, así como los particulares que realicen construcciones dentro del Espacio Público en términos de la Ley de Obra Pública y Servicios relacionados con la misma para el Estado de Puebla o por autorización de la autoridad competente. Cabe destacar que en el Capítulo 1 de Disposiciones Generales, de este instrumento, hace mención únicamente en el numeral 1.3 de Ámbito de Aplicación que “Dentro del Municipio de Puebla para el caso del Centro Histórico y la Zona de Monumentos, aplicará siempre y cuando no haya oposición entre la presente Norma y las disposiciones existentes en la materia”, por lo que se requiere homologar criterios de intervención entre los diferentes actores para conservar el paisaje urbano histórico.

VIII. Que, en razón de que la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de mayo de 2022, así como la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla, publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla en fecha 5 de diciembre de 2023; aunado a las disposiciones contenidas en la Norma Oficial Mexicana NOM-034-SCT2/SEDATU-2022, Señalización y dispositivos viales para calles y carreteras; la Norma Oficial Mexicana Nom-001-Sedatu-2021, Espacios Públicos en los Asentamientos Humanos, el Plan de Manejo del Centro Histórico, entre otros, que hace necesario alinear en la Norma Técnica de Diseño e Imagen Urbana para el Municipio de Puebla, resulta imperante realizar dichas modificaciones por parte de este Ayuntamiento.

IX. Que, dentro de las disposiciones que se deben reformar se encuentran: la modificación al nombre de las Dependencias competentes en la materia; incorporación de nuevos conceptos al Glosario; modificación a los lineamientos para lograr una mayor precisión y claridad de las disposiciones, además de adicionar párrafos o apartados complementarios, enfocándose al objetivo de elaborar principios, definiciones, criterios y especificaciones técnicas del espacio público en el Centro Histórico, a través de la incorporación de un capítulo específico en la Norma Técnica, en aras de la sostenibilidad, la seguridad y accesibilidad en el entorno patrimonial.

X. Que, el Municipio de Puebla, es Gobernado por un Cuerpo Colegiado, al que se le denomina “Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla”, que delibera, analiza, evalúa, controla y vigila los actos de la Administración y del Gobierno Municipal, además los Regidores son los encargados de vigilar la correcta prestación de los servicios públicos, así como el adecuado funcionamiento de los diversos ramos de la administración municipal.

XI. Que, de acuerdo al artículo 117 del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, las Comisiones podrán sesionar unidas dos o más de ellas para estudiar, dictaminar y someter a discusión y aprobación los asuntos que se determinen.

XII. Que, por las razones vertidas y la naturaleza del tema, resulta necesario que el análisis, discusión y en su caso, aprobación de la modificación de la Norma Técnica de Diseño e Imagen Urbana para el Municipio de Puebla y en la materia específica del Centro Histórico puede efectuarse en sesión de Comisiones Unidas de Infraestructura, Movilidad y Servicios Públicos, y la de Desarrollo Urbano, Gestión y Medio Ambiente, para que de manera conjunta se puedan realizar las mesas de diálogo necesarias con la sociedad civil.

Que, por lo anterior expuesto y fundado, se somete a consideración de este Honorable Cabildo el siguiente:

PUNTO DE ACUERDO

PRIMERO.- Se aprueba que las Comisiones de Infraestructura, Movilidad y Servicios Públicos; y la de Desarrollo Urbano, Gestión y Medio Ambiente, sesionen unidas para el análisis, discusión y en su caso, aprobación de la modificación de la Norma Técnica de Diseño e Imagen Urbana para el Municipio de Puebla, en la materia específica del Centro Histórico.

SEGUNDO.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento, para que notifique el presente Punto de Acuerdo a la Comisión de Infraestructura, Movilidad y Servicios Públicos y a la Comisión de Desarrollo Urbano, Gestión y Medio Ambiente, para que surta sus efectos legales correspondientes.

ATENTAMENTE. “CONTIGO Y CON RUMBO”. HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, 12 DE FEBRERO DE 2024. REGIDORA MARÍA FERNANDA HUERTA LÓPEZ. RÚBRICA. REGIDORA SUSANA DEL CARMEN RIESTRA PIÑA. RÚBRICA.

LA QUE SUSCRIBE, MARÍA LUCERO SALDAÑA PÉREZ, SECRETARIA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, CERTIFICO QUE LA RESOLUCIÓN QUE ANTECEDE FUE APROBADA EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS POR UNANIMIDAD DE VOTOS, EN LA VIGÉSIMA NOVENA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO CELEBRADA EL 16 DE FEBRERO DE 2024. LO ANTERIOR, PARA LOS EFECTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS A QUE HAYA LUGAR.- CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 16 DE FEBRERO DE 2024.- RÚBRICA.

 


 

 

Por lo tanto, así se tendrá entendido para su ejecución; instruyendo se publique en la Gaceta Municipal, se circule y observe. 

 

ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 16 DE FEBRERO DE 2024.  ADÁN DOMÍNGUEZ SÁNCHEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA. RÚBRICA.