RES. 2023/267 | PUNTO DE ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE VALIDAN Y RATIFICAN LOS EXPEDIENTES TÉCNICOS-JURÍDICOS DE LOS INMUEBLES DENOMINADOS: “PARQUE REFORMA AGUA AZUL”, “PARQUE ÁLVARO OBREGÓN O SEÑOR DE LOS TRABAJOS”, “PRESIDENCIA DE LA JUNTA ...

 EDUARDO RIVERA PÉREZ, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, a sus habitantes, sabed:

 

     Que por conducto de su Secretaría el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:

 

PUNTO DE ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE VALIDAN Y RATIFICAN LOS EXPEDIENTES TÉCNICOS-JURÍDICOS DE LOS INMUEBLES DENOMINADOS: “PARQUE REFORMA AGUA AZUL”, “PARQUE ÁLVARO OBREGÓN O SEÑOR DE LOS TRABAJOS”, “PRESIDENCIA DE LA JUNTA AUXILIAR DE SAN FELIPE HUEYOTLIPAN”, “ZÓCALO DE LA JUNTA AUXILIAR DE SAN FELIPE HUEYOTLIPAN”, “MERCADO ACOCOTA” TAMBIÉN CONOCIDO COMO “MERCADO LA ACOCOTA”, “EL BARATILLO ACTUALMENTE CONOCIDO COMO CAFÉ DEL BARRIO DEL ARTISTA” Y “MERCADO MAYORAZGO”, UBICADOS EN ESTE MUNICIPIO DE PUEBLA.

  

RES.2023/267

  

CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIONES I Y II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 2, 102 Y 103 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; 2, 3, 78 FRACCIONES XXXVIII Y XLII, Y 92 FRACCIONES I, III, V, VII Y IX DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; 1, 2 FRACCIÓN II INCISO B), 3 FRACCIÓN IX, 5 FRACCIÓN V, 9 FRACCIONES VII, X Y XI Y 27 DE LA LEY PARA LA REGULARIZACIÓN DE PREDIOS RÚSTICOS URBANOS Y SUBURBANOS EN EL RÉGIMEN DE PROPIEDAD PRIVADA DEL ESTADO DE PUEBLA; 12 FRACCIÓN VII DEL REGLAMENTO INTERIOR DE CABILDO Y COMISIONES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA; Y 2 FRACCIÓN V, 3, 4, 18,19, 20, 29 DEL PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN DE PREDIOS RÚSTICOS, URBANOS Y SUBURBANOS EN RÉGIMEN DE PROPIEDAD PRIVADA DEL ESTADO DE PUEBLA; SOMETEMOS A CONSIDERACIÓN DE ESTE HONORABLE CUERPO COLEGIADO, EL PUNTO DE ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE VALIDAN Y RATIFICAN LOS EXPEDIENTES TÉCNICOS-JURÍDICOS DE LOS INMUEBLES DENOMINADOS: “PARQUE REFORMA AGUA AZUL”, “PARQUE ÁLVARO OBREGÓN O SEÑOR DE LOS TRABAJOS”, “PRESIDENCIA DE LA JUNTA AUXILIAR DE SAN FELIPE HUEYOTLIPAN”, “ZÓCALO DE LA JUNTA AUXILIAR DE SAN FELIPE HUEYOTLIPAN”, “MERCADO ACOCOTA” TAMBIÉN CONOCIDO COMO “MERCADO LA ACOCOTA”, “EL BARATILLO ACTUALMENTE CONOCIDO COMO CAFÉ DEL BARRIO DEL ARTISTA” Y “MERCADO MAYORAZGO”, UBICADOS EN ESTE MUNICIPIO DE PUEBLA; POR LO QUE:

CONSIDERANDO

I. Que, los artículos 115 fracciones I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 102 y 103 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 2 y 3 de la Ley Orgánica Municipal, el municipio libre es una Entidad de derecho público, base de la división territorial y de la organización política y administrativa, integrado por una comunidad establecida en un territorio, con un gobierno de elección popular directa, cuyo propósito es satisfacer las necesidades colectivas de la población, así como inducir y organizar la participación de los ciudadanos en la promoción del desarrollo integral de sus comunidades, y se encuentra investido de personalidad jurídica y de patrimonio propio; el cual administrará libremente su hacienda y no tendrá superior jerárquico, por lo que no habrá autoridad inmediata entre el municipio y el Gobierno del Estado.

II. Que, el Ayuntamiento tiene la facultad de celebrar convenios y actos para la mejor administración del Municipio e intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana; de conformidad con lo dispuesto por el artículo 78 fracciones XXXVIII y XLII de la Ley Orgánica Municipal.

III. Que, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 92 fracciones I, III, V, VII y IX de la Ley Orgánica Municipal y 12 fracción VII del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, son facultades y obligaciones de las Regidoras y los Regidores, ejercer la debida inspección y vigilancia, en los ramos a su cargo; asimismo las facultades de deliberación y decisión de los asuntos que le competen al Ayuntamiento; dictaminar e informar sobre los asuntos que les encomiende el Ayuntamiento; formular al Ayuntamiento las propuestas de ordenamientos en asuntos Municipales y promover todo lo que crean conveniente al buen servicio público; presentar al Cabildo las propuestas de cualquier norma general, puntos de acuerdo y cualquier tema de su interés; cumplir con las obligaciones y comisiones que les hayan sido encomendadas por el Cabildo y las que les otorguen otras disposiciones aplicables.

IV. Que, dentro de los propósitos centrales del Plan Estatal de Desarrollo 2019-2024, se encuentra el contribuir con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, establecidos en el Plan Estatal de Desarrollo 2019-2024, en su Eje 1, titulado “Seguridad Pública, Justicia y Estado de Derecho”, tiene como objetivo: “Mejorar las condiciones de seguridad pública, gobernabilidad, legalidad, justicia y certeza jurídica de la población”, enfocándose en mejorar las condiciones de seguridad y justicia en las que se encuentra el Estado, tomando como base la cultura de legalidad, el respeto y la protección a los derechos humanos, para contar con un ambiente de tranquilidad.

V. Que, en Sesión Extraordinaria de Cabildo de fecha 15 de octubre de 2021, se aprobó el Punto de Acuerdo, por el que se determinó la conformación de las distintas Comisiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla; en tal conformación se encuentra comprendida la Comisión de Regularización de la Tenencia de la Tierra y Bienes Patrimoniales.

La Comisión de Regularización de la Tenencia de la Tierra y Bienes Patrimoniales, coadyuva con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal, en la regularización jurídica de los bienes inmuebles que posee o sean propiedad del Municipio, contribuyendo así por una parte en las acciones de ordenamiento administrativo de los inmuebles, y por otra parte en las acciones de aprovechamiento pleno de tales inmuebles, al intervenir en el procedimiento de obtención de los títulos de propiedad.

La Comisión de Regularización de la Tenencia de la Tierra y Bienes Patrimoniales, interviene en la validación y ratificación de los expedientes técnicos-jurídicos de los inmuebles materia del presente Punto de Acuerdo, ya que dichos inmuebles están destinados a servicios públicos y se encuentran en posesión a título de dueño por parte del Ayuntamiento del Municipio de Puebla; siendo la finalidad del Punto de Acuerdo que nos ocupa, otorgar certeza jurídica a los predios destinados al servicio público.

VI. Que, la Ley para la Regularización de Predios Rústicos Urbanos y Suburbanos en el Régimen de Propiedad Privada del Estado de Puebla, tiene entre otros objetivos, otorgar certeza jurídica a los predios destinados al servicio público en la Entidad; y determina que los Ayuntamientos son autoridades facultadas para su aplicación en el ámbito de sus respectivas competencias, especificando que los predios destinados a servicios públicos cuya posesión a título de dueño se encuentren en poder de un ente público Estatal o Municipal, que carezcan de documentos y que no se encuentren dentro de las restricciones a las que se refiere la Ley, podrán ser regularizadas, reuniendo los requisitos de posesión a título de dueño, en forma pública, pacífica, continúa y de buena fe, por las de diez años, integrándose expedientes técnico-jurídicos respectivos sometiéndose a consideración del Cabildo, debiendo el Secretario del Ayuntamiento, entregarlos a la Dirección General de Tenencia de la Tierra y Población, conforme a lo establecido en sus artículos 1, 5 fracción V y 27.

Que, el Programa de Regularización de Predios Rústicos, Urbanos y Suburbanos en el Régimen de Propiedad Privada del Estado de Puebla, tienen entre sus objetivos específicos regularizar la tenencia de la tierra de predios rústicos, urbanos y suburbanos destinados a servicios públicos, cuya posesión a título de dueño se encuentre en poder de un ente público Estatal y Municipal; lo anterior en términos del artículo número 2 fracción V del referido Programa.

VII. Que, en términos del artículo 9 fracciones VII, X y XI de la Ley citada; los Ayuntamientos que hayan suscrito los Convenios de Coordinación y Colaboración respectivos, tendrán entre otras, las siguientes facultades y obligaciones: integrar los expedientes técnicos-jurídicos, verificando que cumplan con los requisitos establecidos en dicha Ley; emitir, previa aprobación de su Cabildo, el acta de aprobación de solicitudes de los interesados, así como acuerdo de validación y ratificación de la documentación debidamente integrada en los expedientes; y cuando se trate del procedimiento de regularización de bienes ocupados por servicios públicos, el Cabildo del Ayuntamiento emitirá el acuerdo en el que se especifique la ocupación actual del inmueble.

VIII. Que, la Dirección de Bienes Patrimoniales adscrita a la Secretaría del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, en cumplimiento a los artículos 27 de la multicitada Ley, formó los expedientes técnico-jurídicos, detallados en el considerando VI, de los Inmuebles denominados:

a) PARQUE REFORMA AGUA AZUL: Actualmente marcado con el número oficial 1102 de la Calle 47 Poniente de la Colonia Reforma Agua Azul de esta Ciudad, con una superficie de 4,823.06 metros cuadrados.

Ubicado al sur de la ciudad en la colonia Reforma Agua Azul, el cual debe su nombre al Ojo del Agua Azul, que es el nombre del manantial ubicado en esa colonia, llamado así porque el color del agua es enteramente azul ya que es muy sulfúrea.

b) PARQUE ÁLVARO OBREGÓN O SEÑOR DE LOS TRABAJOS: Actualmente marcado con el número oficial 1002 de la calle 11 Norte, de la Colonia Centro Histórico de esta Ciudad, con una superficie de 2,578.94 metros cuadrados.

Por Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 22 de diciembre de 1959, se menciona la construcción del Jardín (parque) Álvaro Obregón, quedando a resguardo del Ayuntamiento como poseedor de dicho inmueble.

c) PRESIDENCIA DE LA JUNTA AUXILIAR DE SAN FELIPE HUEYOTLIPAN: Actualmente marcado con el número 1 de la Calle Josefa Ortiz de Domínguez de la Colonia San Felipe Hueyotlipan de esta ciudad, con una superficie de 1,475.28 metros cuadrados y una superficie de construcción de 1,275.60 metros cuadrados.

En sus inicios, las Juntas Auxiliares de Puebla eran consideradas rancherías, pueblos o ejidos que rodeaban a la capital. Sin embargo, fueron absorbidas por la ciudad y, tras una serie de reformas en 1962, las 17 Juntas Auxiliares quedaron dentro de la mancha urbana, por lo que mediante Decreto de 1962 son incorporadas al Municipio de Puebla quedando el Ayuntamiento como poseedor de dicho inmueble.

d) ZÓCALO DE LA JUNTA AUXILIAR DE SAN FELIPE HUEYOTLIPAN: Actualmente marcado con el número oficial 1 de la Calle 5 de febrero Oriente de la Colonia San Felipe Hueyotlipan de esta Ciudad, con una superficie de 935.73 metros cuadrados.

En sus inicios, las Juntas Auxiliares de Puebla eran consideradas rancherías, pueblos o ejidos que rodeaban a la capital. Sin embargo, fueron absorbidas por la ciudad y, tras una serie de reformas en 1962, las 17 Juntas Auxiliares quedaron dentro de la mancha urbana, por lo que mediante Decreto de 1962 son incorporadas al Municipio de Puebla, dejando como zócalo de la Junta Auxiliar este predio, quedando el Ayuntamiento como poseedor de dicho inmueble.

e) MERCADO ACOCOTA TAMBIÉN CONOCIDO COMO MERCADO LA ACOCOTA: Actualmente marcado con el número 1,602 de la Avenida 4 Oriente, del Barrio de la Luz, ubicado en el Centro Histórico de esta Ciudad, con una superficie de 8,901.81 metros cuadrados con igual superficie de construcción.

Desde el año de 1965 por dichos y costumbres de la gente se desprende que existía la necesidad de establecer de manera fija a los vendedores, lo que llevó a la construcción de dicho mercado, quedando en posesión y resguardo del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla.

f) EL BARATILLO ACTUALMENTE CONOCIDO COMO CAFÉ DEL BARRIO DEL ARTISTA: Actualmente marcado con el número 412 de la Calle 8 Norte Colonia Centro de esta Ciudad, con una superficie de 787.00 metros cuadrados y una superficie de construcción de 649.91 metros cuadrados.

Es sabido por una Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha siete de abril de mil novecientos cuarenta y uno en la que se menciona que se les concede sin pago de renta las accesorias situadas en la calle 8 norte entre la 4 y 6 oriente, conocidas vulgarmente por el Baratillo (ahora Café del Barrio del Artista), por lo que dicho predio se encuentra en posesión y resguardo del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla.

g) MERCADO MAYORAZGO: Actualmente marcado con el número 926 de la Avenida Agustín Melgar en la Colonia Mayorazgo de esta Ciudad, con una superficie de 1,919.78 metros cuadrados con la misma superficie de construcción.

Por dichos y costumbres de la gente, es conocido que dicho predio se encuentra en resguardo y posesión del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, las y los integrantes de la Comisión de Regularización de la Tenencia de la Tierra y Bienes Patrimoniales del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, sometemos a consideración de este Honorable Cabildo el siguiente:

PUNTO DE ACUERDO

PRIMERO. Se validan y ratifican los expedientes técnicos-jurídicos con la documentación descrita en el Considerando VIII del Presente Punto de Acuerdo, de los inmuebles denominados:

a) PARQUE REFORMA AGUA AZUL: Actualmente marcado con el número oficial 1102 de la Calle 47 Poniente de la Colonia Reforma Agua Azul de esta Ciudad, con una superficie de 4,823.06 metros cuadrados.

b) PARQUE ÁLVARO OBREGÓN O SEÑOR DE LOS TRABAJOS: Actualmente marcado con el número oficial 1002 de la calle 11 Norte, de la Colonia Centro Histórico de esta Ciudad, con una superficie de 2,578.94 metros cuadrados.

c) PRESIDENCIA DE LA JUNTA AUXILIAR DE SAN FELIPE HUEYOTLIPAN: Actualmente marcado con el número 1 de la Calle Josefa Ortiz de Domínguez de la Colonia San Felipe Hueyotlipan de esta ciudad, con una superficie de 1,475.28 metros cuadrados y una superficie de construcción de 1,275.60 metros cuadrados.

d) ZÓCALO DE LA JUNTA AUXILIAR DE SAN FELIPE HUEYOTLIPAN: Actualmente marcado con el número oficial1de la Calle 5 de febrero de la Colonia San Felipe Hueyotlipan de esta Ciudad, con una superficie de 935.73 metros cuadrados.

e) MERCADO ACOCOTA TAMBIÉN CONOCIDO COMO MERCADO LA ACOCOTA: Actualmente marcado con el número 1,602 de la Avenida 4 Oriente, del Barrio de la Luz, ubicado en el Centro Histórico de esta Ciudad, con una superficie de 8,901.81 metros cuadrados con igual superficie de construcción.

f) EL BARATILLO ACTUALMENTE CONOCIDO COMO CAFÉ DEL BARRIO DEL ARTISTA: Actualmente marcado con el número 412 de la Calle 8 Norte Colonia Centro de esta Ciudad, con una superficie de 787.00 metros cuadrados y una superficie de construcción de 649.91 metros cuadrados.

g) MERCADO MAYORAZGO: Actualmente marcado con el número 926 de la Avenida Agustín Melgar en la Colonia Mayorazgo de esta Ciudad, con una superficie de 1,919.78 metros cuadrados con la misma superficie de construcción.

SEGUNDO. Se instruye a la Secretaría del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, para que remita los expedientes técnicos-jurídicos de los bienes inmuebles descritos en el Resolutivo Primero del presente, a la Dirección General de Tenencia de la Tierra y Población dependiente de la Secretaría de Gobernación del Estado, para que en el ámbito de sus facultades y atribuciones continúe con el Procedimiento de Regularización de Predios destinados a Servicios Públicos incluido dentro del marco de acción del Programa de Regularización de Predios Rústicos, Urbanos y Suburbanos en el Régimen de Propiedad Privada del Estado de Puebla.

TERCERO. Se instruye a la Dirección de Bienes Patrimoniales dependiente de la Secretaría del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, para que una vez que reciba los títulos de propiedad debidamente inscritos en el Registro Público de la Propiedad de esta Circunscripción Territorial de Puebla, los incorpore dentro del Padrón de Bienes Inmuebles propiedad del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, como bienes del dominio público municipal en términos de la legislación vigente.

CUARTO. Se instruye a la Secretaría del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, para que realice los trámites necesarios a fin de que publique el presente Punto de Acuerdo en la Gaceta Municipal.

ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, 10 DE AGOSTO DE 2023. “CONTIGO Y CON RUMBO”. COMISIÓN DE REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA Y BIENES PATRIMONIALES. REG. MARÍA DOLORES CERVANTES MOCTEZUMA. PRESIDENTA. RÚBRICA. REG. LEOBARDO SOTO ENRÍQUEZ. VOCAL. RÚBRICA. REG. LUIS EDILBERTO FRANCO MARTÍNEZ. VOCAL. RÚBRICA. REG. ELISA MOLINA RIVERA. VOCAL. RÚBRICA. REG. ÁNGEL RIVERA ORTEGA. VOCAL. RÚBRICA.

 


LA QUE SUSCRIBE, MARÍA LUCERO SALDAÑA PÉREZ, SECRETARIA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, CERTIFICO QUE LA RESOLUCIÓN QUE ANTECEDE FUE APROBADA EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS POR UNANIMIDAD DE VOTOS, EN LA VIGÉSIMA TERCERA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO CELEBRADA EL 18 DE AGOSTO DE 2023. LO ANTERIOR, PARA LOS EFECTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS A QUE HAYA LUGAR.- CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 18 DE AGOSTO DE 2023.- RÚBRICA.

 

 

 

 

Por lo tanto, así se tendrá entendido para su ejecución; instruyendo se publique en la Gaceta Municipal, se circule y observe. 

 

ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 18 DE AGOSTO DE 2023.  EDUARDO RIVERA PÉREZ, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA. RÚBRICA.