EDUARDO RIVERA PÉREZ, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, a sus habitantes, sabed:
Que por conducto de su Secretaría el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:
PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE INSTRUYE A LA COORDINACIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL PARA QUE, EN CONJUNTO CON EL ORGANISMO OPERADOR DEL SERVICIO DE LIMPIA DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, Y DE CONFORMIDAD CON SUS ATRIBUCIONES, INICIE LOS TRABAJOS DE CONTENIDO, DISEÑO Y DIFUSIÓN, DE LOS DÍAS, LUGARES Y ACTIVIDADES DE RECOLECCIÓN DE ÁRBOLES DE NAVIDAD, CON FINES DE RECICLAJE.
RES.2022/173
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 103 Y 105 FRACCIÓN III DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; 3, 78 FRACCIONES I, VII, XXX, Y XLV INCISO C) Y G, 92, I,VII Y IX DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; 18 LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS; 1787 Y 1390 DEL CÓDIGO REGLAMENTARIO PARA EL MUNICIPIO DE PUEBLA; 6 FRACCIÓN II DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, 12 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE CABILDO Y COMISIONES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA; PRESENTAMOS ANTE ESTE HONORABLE CABILDO, EL PRESENTE PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE INSTRUYE A LA COORDINACIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL PARA QUE, EN CONJUNTO CON EL ORGANISMO OPERADOR DEL SERVICIO DE LIMPIA DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, Y DE CONFORMIDAD CON SUS ATRIBUCIONES, INICIE LOS TRABAJOS DE CONTENIDO, DISEÑO Y DIFUSIÓN, DE LOS DÍAS, LUGARES Y ACTIVIDADES DE RECOLECCIÓN DE ÁRBOLES DE NAVIDAD, CON FINES DE RECICLAJE, CONFORME A LOS SIGUIENTES:
C O N S I D E R A N D O S
I. Que, el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala que los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el Municipio Libre.
II. Que, los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 103 primer párrafo y 105 fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 3 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado Libre y Soberano de Puebla, establecen que los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley, además tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia.
III. Que, en términos de lo señalado por las fracciones I, VII , XXX y XLV inciso g) del Artículo 78 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado Libre y Soberano de Puebla, son atribuciones de los Ayuntamientos, entre otras, el cumplir y hacer cumplir, en los asuntos de su competencia, las leyes, decretos y disposiciones de observancia general de la Federación y del Estado, así como los ordenamientos municipales, e instituir los órganos de planeación y determinar los mecanismos para su funcionamiento, estableciendo sistemas continuos de control y evaluación del Plan Municipal de Desarrollo; asimismo, dictar los acuerdos que correspondan para cumplir con los objetivos, estrategias y líneas de acción derivados de los Planes Regional, Estatal y Nacional de Desarrollo, en lo correspondiente al Municipio; de la misma manera exhortar al Presidente Municipal y a los demás integrantes del Ayuntamiento, para que cumplan puntualmente con sus deberes; así como Formular, conducir y evaluar la política ambiental municipal, en las que deberán incluirse: La promoción de una cultura de la separación de la basura, e instrumentación de acciones y programas que garanticen la recolección de desechos sólidos de manera diferenciada entre orgánicos e inorgánicos.
IV. Que, de conformidad con lo que señala el Artículo 92 fracciones I, VII y IX de la Ley Orgánica Municipal para el Estado Libre y Soberano de Puebla; entre las facultades y obligaciones de los Regidores se encuentran las de ejercer la debida inspección y vigilancia en los ramos a su cargo; formular al Ayuntamiento las propuestas de ordenamientos en asuntos municipales, promoviendo todo lo que crean conveniente al buen servicio público y aquellas que le determine el Cabildo y las que le otorguen otras disposiciones aplicables.
V. Que, los Regidores forman parte del cuerpo colegiado que delibera, analiza, resuelve, evalúa, controla y vigila la correcta prestación de los servicios públicos, así como el adecuado funcionamiento de los diversos ramos de la administración municipal, tal y como lo establece la Ley Orgánica Municipal, así como del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio Puebla.
VI. Que, las personas Titulares de las Regidurías, además de las facultades y obligaciones que les señala la Ley Orgánica Municipal tendrán las siguientes: presentar al Cabildo las propuestas de cualquier norma general, puntos de acuerdo y cualquier tema de su interés, de acuerdo a lo establecido por el artículo 12 del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento de Puebla.
VII. Que, de acuerdo al Plan Municipal de Desarrollo de Puebla 2021-2024 en su programa 15, por un Municipio Limpio, estrategia uno, línea de acción uno, establece “implementar mecanismos adecuados de manejo integral de residuos sólidos urbanos que disminuyan el impacto negativo al medio ambiente en el municipio; así como la de ampliar la cobertura de recolección diferenciada de residuos sólidos urbanos en el municipio”. (ODS 11.6).
VIII. Que, el artículo 18 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos (LGPGIR) establece que los residuos sólidos urbanos podrán subclasificarse en orgánicos e inorgánicos con objeto de facilitar su separación primaria y secundaria, de conformidad con los Programas Estatales y Municipales para la Prevención y la Gestión Integral de los Residuos, así como con los ordenamientos legales aplicables.
IX. Que, en los artículos 1390 y 1787 del Código Reglamentario Municipal para el Municipio de Puebla, establece que el Organismo tendrá la atribución de estructurar e implementar los programas de concientización, capacitación y difusión en materia de educación en la gestión de los residuos, de acuerdo con las características y necesidades que se presenten en el Municipio, tomando en consideración los avances que se tengan en el tema por los diversos sectores públicos, privados o académicos que se hayan desarrollado; los programas de difusión, en materia de gestión de los residuos, incluirán campañas, talleres y seminarios para fomentar la minimización de la generación, el rechazo, la separación, la recuperación y la reutilización de los residuos, inclusive dentro de las dependencias municipales y sus unidades administrativas.
X. Que, en el artículo 6 fracción II del Reglamento Interior de la Coordinación General de Comunicación Social del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, establece garantizar la difusión de la información de la Administración Pública Municipal a los habitantes del Municipio, a través de los medios de comunicación escritos y electrónicos, así como en redes sociales a fin de difundir las acciones del Gobierno Municipal y los servicios a los que tiene derecho y puede tener acceso, buscando siempre una imagen de excelencia;
XI. Que, diciembre es un mes caracterizado por fiestas, tradiciones navideñas y de fin de año. Una de las tradiciones más representativas de estas fechas es la puesta del árbol de navidad que es la más esperada por las familias, ya que es un momento de reencuentro para muchas de ellas. Las festividades decembrinas se mantienen prácticamente hasta el 6 de enero, que marca la llegada de los Reyes Magos, para después recoger adornos navideños y reservarlos para el próximo año. Sin embargo, muchas personas que adquirieron un árbol natural, posteriormente lo desechan y la mayoría de éstos, terminan abandonados en las esquinas, banquetas y en ocasiones pasan días o semanas en espera del día que puedan ser recolectados por el camión de la basura.
XII. Que, estos árboles pueden ser reciclados, entendiéndose esto como “la transformación de los residuos a través de distintos procesos que permiten restituir su valor económico, evitando así su disposición final, siempre y cuando esta restitución favorezca un ahorro de energía y materias primas sin perjuicio para la salud, los ecosistemas o sus elementos.” Lo anterior según la clasificación, reciclaje y valoración de los RSU, de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, publicada el 10 de enero de 2017, a través de su portal web. En este caso concreto, el árbol de navidad natural se puede convertir en composta, casa para las aves, material para manualidades, entre otras.
XIII. Que, el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, en alianza con Africam Safari, realizó del 6 de enero al 15 de febrero de 2022, una campaña de reciclaje de árboles de navidad con el objetivo de captar hasta cinco mil de estos ejemplares para darles un segundo uso; reutilizando y aprovechamiento de desechos, en beneficio de la vida animal del Parque.
XIV. Que, es preciso continuar con estas buenas prácticas como Gobierno, difundiendo a través de los diversos espacios de comunicación con los que cuenta, tales como radio, televisión, vallas publicitarias, carteles y sitio web oficial, el programa de recolección de árboles de navidad para que, la ciudadanía acuda a los lugares de acopio a dejar los árboles que ya no son utilizados.
Por lo antes expuesto y debidamente fundado, sometemos a la consideración de este Cuerpo Edilicio, para su discusión y en su caso aprobación el siguiente:
P U N T O D E A C U E R D O
PRIMERO.- Se instruye a la Coordinación General de Comunicación Social para que de manera coordinada con el Organismo Operador de Servicio de Limpia del Municipio de Puebla, y de conformidad con sus atribuciones, inicie con los trabajos de contenido y diseño de la campaña de difusión mediática del programa de “Recolección de Árboles de Navidad”, tomando en consideración los siguientes puntos:
a) Establecer centros de acopio para recolección de árboles de navidad en ubicaciones estratégicas dentro del Municipio de Puebla, para que la ciudadanía pueda acudir a dejar su árbol;
b) Establecer un día específico en las colonias para la recolección exclusiva de árboles de navidad a través de los camiones de limpia;
c) Realizar eventos y convenios en conjunto con la iniciativa privada para incentivar a la ciudadanía el ir a dejar sus árboles a los centros de acopio.
SEGUNDO.- Se exhorta a las personas titulares de las Presidencias de Juntas Auxiliares del Municipio de Puebla, para que a través de la Secretaría de Gobernación se coordine con el Organismo Operador de Servicio de Limpia, para establecer los centros de acopio para los árboles navideños.
TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del Honorable Ayuntamiento del municipio de Puebla, para que en el ámbito sus atribuciones, realice las acciones necesarias para el cumplimiento del presente Punto de Acuerdo.
ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 15 DE NOVIEMBRE DE 2022. “CONTIGO Y CON RUMBO”. REG. MARIELA ALARCÓN GÁLVEZ. RÚBRICA. REG. MARÍA FERNANDA HUERTA LÓPEZ. RÚBRICA. REG. SUSANA DEL CARMEN RIESTRA PIÑA. RÚBRICA.
LA QUE SUSCRIBE, SILVIA GUILLERMINA TANÚS OSORIO, SECRETARIA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, CERTIFICO QUE LA RESOLUCIÓN QUE ANTECEDE FUE APROBADA EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS POR UNANIMIDAD DE VOTOS EN LA DÉCIMO CUARTA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO CELEBRADA EL 17 DE NOVIEMBRE DE 2022. LO ANTERIOR, PARA LOS EFECTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS A QUE HAYA LUGAR.- CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 17 DE NOVIEMBRE DE 2022.- RÚBRICA.
Por lo tanto, así se tendrá entendido para su ejecución; instruyendo se publique en la Gaceta Municipal, se circule y observe.
ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 17 DE NOVIEMBRE DE 2022. EDUARDO RIVERA PÉREZ, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA. RÚBRICA.