RES. 2022/165 | PUNTO DE ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE VALIDAN Y RATIFICAN SIETE EXPEDIENTES TÉCNICO-JURÍDICOS DE PERSONAS BENEFICIARIAS EN DIVERSAS COLONIAS DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, ASÍ COMO LA NO PROCEDENCIA DE DOCE EXPEDIENTES INGRESADOS; CON ...

EDUARDO RIVERA PÉREZ, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, a sus habitantes, sabed:

 

Que por conducto de su Secretaría el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:

 

PUNTO DE ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE VALIDAN Y RATIFICAN SIETE EXPEDIENTES TÉCNICO-JURÍDICOS DE PERSONAS BENEFICIARIAS EN DIVERSAS COLONIAS DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, ASÍ COMO LA NO PROCEDENCIA DE DOCE EXPEDIENTES INGRESADOS; CON BASE EN LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN DE PREDIOS RÚSTICOS, URBANOS Y SUBURBANOS EN EL RÉGIMEN DE PROPIEDAD PRIVADA DEL ESTADO DE PUEBLA.

 

RES.2022/165

 

 

CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 27, 115 FRACCIONES I, II Y V INCISOS A), D) Y E) DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 102 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; 9 FRACCIONES VII, VIII Y X; Y 19 DE LA LEY PARA LA REGULARIZACIÓN DE PREDIOS RÚSTICOS URBANOS Y SUBURBANOS EN EL RÉGIMEN DE PROPIEDAD PRIVADA DEL ESTADO DE PUEBLA; 94 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; 93 Y 97 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE CABILDO Y COMISIONES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA; Y 18, 19 Y 20 DEL PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN DE PREDIOS RÚSTICOS, URBANOS Y SUBURBANOS EN RÉGIMEN DE PROPIEDAD PRIVADA DEL ESTADO DE PUEBLA; SOMETEMOS A LA CONSIDERACIÓN DE ESTE HONORABLE CUERPO COLEGIADO, EL PUNTO DE ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE VALIDAN Y RATIFICAN SIETE EXPEDIENTES TÉCNICO-JURÍDICOS DE PERSONAS BENEFICIARIAS EN DIVERSAS COLONIAS DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, ASÍ COMO LA NO PROCEDENCIA DE DOCE EXPEDIENTES INGRESADOS; CON BASE EN LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN DE PREDIOS RÚSTICOS, URBANOS Y SUBURBANOS EN EL RÉGIMEN DE PROPIEDAD PRIVADA DEL ESTADO DE PUEBLA; POR LO QUE:

CONSIDERANDO

I. Que, los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre, cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente o Presidenta Municipal y el número de regidurías y sindicaturas que la ley determine, en términos de lo establecido por el artículo 115 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

II. Que, los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley, teniendo facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal, de conformidad con lo establecido en la fracción II del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

III. Que, el artículo 102 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, señala que el Municipio libre constituye la base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado; cada Municipio será administrado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente o Presidenta Municipal y el número de regidurías y sindicaturas que la ley determine, y no habrá ninguna autoridad intermedia, entre éste y el Gobierno del Estado.

IV. Que, el párrafo tercero del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que la nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana. En consecuencia, se dictarán las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población.

V. Que, la referida Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 115 fracción V incisos a), d) y e), establece que los Municipios, en los términos de las leyes federales y Estatales relativas, estarán facultados para formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal; para autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales; así como para intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana.

VI. Que, la Ley para la Regularización de Predios Rústicos Urbanos y Suburbanos en el Régimen de Propiedad Privada del Estado de Puebla, publicada el 12 de enero de 2021 en el Periódico Oficial del Estado, tiene por objetivo, otorgar seguridad jurídica a los posesionarios de predios rústicos, urbanos y suburbanos de lotes y viviendas en colonias populares de interés social y de escasos recursos en la Entidad, conforme a lo establecido en su artículo 1.

VII. Que, el veintidós de octubre de dos mil veintiuno en Sesión Ordinaria de Cabildo, se aprobó por unanimidad de votos el Punto de Acuerdo por virtud del cual se autorizó al Ciudadano Presidente Municipal Constitucional de Puebla, a la Ciudadana Síndica Municipal y a la Ciudadana Secretaría del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, suscribir el Convenio Marco de Coordinación y Colaboración para la Ejecución del Programa de Regularización de Predios Rústicos, Urbanos y Suburbanos en Régimen de Propiedad Privada del Estado de Puebla; así mismo se instruyó a la Secretaria del Honorable Ayuntamiento, para que, a través de la Dirección de Bienes Patrimoniales, promueva y coordine la ejecución y cumplimiento del referido Programa.

VIII. Que, con fecha veintiocho de octubre de dos mil veintiuno, el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Puebla, representado por el Ciudadano Gobernador Constitucional del Estado de Puebla, la Ciudadana Secretaria de Gobernación y el Ciudadano Director General de Tenencia de la Tierra y Población; y el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, representado por el Presidente Municipal Constitucional, la Síndica Municipal y la Secretaria del Ayuntamiento, procedieron a la suscripción del Convenio Marco de Coordinación y Colaboración para la Ejecución del Programa de Regularización de Predios Rústicos, Urbanos y Suburbanos en Régimen de Propiedad Privada del Estado de Puebla.

IX. Que, en términos del artículo 9 fracciones VII, VIII y X de la Ley para la Regularización de Predios Rústicos Urbanos y Suburbanos en el Régimen de Propiedad Privada del Estado de Puebla; los Ayuntamientos que hayan suscrito los Convenios de Coordinación y Colaboración respectivos, tendrán entre otras, las siguientes facultades y obligaciones: integrar los expedientes técnicos-jurídicos, verificando que cumplan con los requisitos establecidos en dicha Ley; remitirlos debidamente integrados para la obtención del acuerdo de procedencia y emitir, previa aprobación de su Cabildo, el acta de aprobación de solicitudes de los interesados, así como acuerdo de validación y ratificación de la documentación debidamente integrada en los expedientes técnico-jurídicos.

X. Que, el Ayuntamiento, para facilitar el despacho de los asuntos que le competen, nombrará comisiones permanentes, o transitorias, las cuales los examinarán e instruirán hasta ponerlos en estado de resolución, acorde a lo establecido en los artículos 94 de la Ley Orgánica Municipal y 93 del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla.
Asimismo, conforme al artículo 97 del Reglamento Interior recién referido, las Comisiones conocerán de los asuntos que se derivan de su propia denominación, en correspondencia a las respectivas áreas de la Administración Pública Municipal.
En ese tenor, en Sesión Extraordinaria de Cabildo de fecha 15 de octubre de 2021, se aprobó el Punto de Acuerdo por el que se determinó la conformación de las distintas Comisiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, entre las que se encuentran la Comisión de Regularización de la Tenencia de la Tierra y Bienes Patrimoniales, la cual tiene entre sus objetivos brindar certeza jurídica a los ciudadanos en su patrimonio inmobiliario.

XI. Que, la Dirección de Bienes Patrimoniales adscrita a la Secretaría del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, en cumplimiento a los artículos 19 de la Ley para la Regularización de Predios Rústicos Urbanos y Suburbanos en el Régimen de Propiedad Privada del Estado de Puebla y 18, 19 y 20 del Programa de Regularización de Predios Rústicos, Urbanos y Suburbanos en Régimen de Propiedad Privada del Estado de Puebla, procedió a integrar los expedientes técnicos-jurídicos de los siguientes siete beneficiarios:

No.

Nombre

Domicilio

Colonia

Superficie Terreno

Superficie Construcción

1

**********

**********

San Pablo Xochimehuacán

144.72  m2

79.34 m2

2

**********

**********

Rosas del Tepeyac

423.82  m2

284.24 m2

3

**********

**********

 Rosas del Tepeyac

214.35  m2

263.18 m2

4

**********

**********

Santa Bárbara

259.02  m2

31.46 m2

5

**********

**********

San Pablo Xochimehuacán

196.45  m2

242.10 m2

6

**********

**********

San Pablo Xochimehuacán

102.33  m2

71.21 m2

7

**********

**********

San Pablo Xochimehuacán

426.54  m2

356.08 m2

 

Expedientes de los que se advierte lo siguiente:

1. “**********”:

 

No.

REQUISITOS

1

Formato de Ingreso.

2

Croquis a mano alzada.

3

Protesta de decir verdad de ser poseedor de un solo predio.

4

Extracto de Acta de Nacimiento original de la Ciudadana **********.

5

Credencial para Votar expedida por el Instituto Nacional Electoral de la Ciudadana **********.

6

Clave Única de Registro de Población (CURP) de la Ciudadana **********.

7

Recibo de pago del servicio de energía eléctrica, de la Comisión Federal de Electricidad.

8

Formato de colindantes.

9

Dictamen de zona de riesgos.

10

Acta circunstanciada y Causa generadora.

11

Constancia de Alineamiento y Número Oficial.

12

Levantamiento topográfico.

13

Evidencia fotográfica del Levantamiento Topográfico.

14

Dictamen de Levantamiento Topográfico.

15

Manifiesto Catastral

16

Registro Catastral.

17

Avalúo Catastral.

18

Certificado de no inscripción.

19

Comprobante de pago con número de referencia 611220000000001237179220, de fecha 11 de marzo de 2022, expedido por el Grupo Financiero Banorte, por $ 805.00 y comprobante de pago con número de referencia 1322506468773436289, de fecha 11 de marzo de 2022, expedido por el Grupo Financiero Banorte, por $ 2,421.00.

 

2. “**********”:

 

No.

REQUISITOS

1

Formato de Ingreso.

2

Croquis a mano alzada.

3

Protesta de decir verdad de ser poseedor de un solo predio.

4

Acta de Nacimiento original del Ciudadano **********.

5

Credencial para Votar expedida por el Instituto Federal Electoral del Ciudadano **********.

6

Clave Única de Registro de Población (CURP) del Ciudadano **********.

7

Recibo de pago del servicio de energía eléctrica, de la Comisión Federal de Electricidad.

8

Formato de colindantes.

9

Dictamen de zona de riesgos.

10

Acta circunstanciada y Causa generadora.

11

Constancia de Alineamiento y Número Oficial.

12

Levantamiento topográfico.

13

Evidencia fotográfica del Levantamiento Topográfico.

14

Dictamen de Levantamiento Topográfico.

15

Manifiesto Catastral

16

Registro Catastral.

17

Avalúo Catastral.

18

Certificado de no inscripción.

19

Comprobante de pago con número de referencia 611220000000001137179207, de fecha 11 de marzo de 2022, expedido por Grupo Financiero HSBC, comprobante de pago con número de referencia 13225064622334236262, de fecha 11 de marzo de 2022, expedido por Grupo Financiero HSBC por $ 2,415.00.

 

3. “**********”:

 

No.

REQUISITOS

1

Formato de Ingreso.

2

Croquis a mano alzada.

3

Protesta de decir verdad de ser poseedor de un solo predio.

4

Acta de Nacimiento original del Ciudadano **********.

5

Credencial para Votar expedida por el Instituto Nacional Electoral del Ciudadano **********.

6

Clave Única de Registro de Población (CURP) del Ciudadano **********.

7

Recibo de pago del servicio de energía eléctrica, de la Comisión Federal de Electricidad.

8

Formato de colindantes.

9

Dictamen de zona de riesgos.

10

Acta circunstanciada y Causa generadora.

11

Constancia de Alineamiento y Número Oficial.

12

Levantamiento topográfico.

13

Evidencia fotográfica del Levantamiento Topográfico.

14

Dictamen de Levantamiento Topográfico.

15

Manifiesto Catastral

16

Registro Catastral.

17

Avalúo Catastral.

18

Certificado de no inscripción.

19

Comprobante de pago con número de referencia 611220000000001437179246, de fecha 15 de marzo de 2022, por $ 805.00 expedido por el Banco Santander, comprobante de pago con número de referencia 13225065800434246247, de fecha 15 de marzo de 2022, por $ 2,415.00 expedido por el Banco Santander.

 

4. “**********”:

 

No.

REQUISITOS

1

Formato de Ingreso.

2

Croquis a mano alzada.

3

Protesta de decir verdad de ser poseedor de un solo predio.

4

Acta de Nacimiento original del Ciudadano**********.

5

Pasaporte número G38053899 del Ciudadano **********.

6

Clave Única de Registro de Población (CURP) del Ciudadano **********.

7

Recibo de pago del servicio de energía eléctrica, de la Comisión Federal de Electricidad.

8

Formato de colindantes.

9

Dictamen de zona de riesgos.

10

Acta circunstanciada y Causa generadora.

11

Constancia de Alineamiento y Número Oficial.

12

Levantamiento topográfico.

13

Evidencia fotográfica del Levantamiento Topográfico.

14

Dictamen de Levantamiento Topográfico.

15

Manifiesto Catastral

16

Registro Catastral.

17

Avalúo Catastral.

18

Certificado de no inscripción.

19

Comprobante de pago con número de referencia 611220000000001637179272, de fecha 4 de abril de 2022, por $ 805.00, expedido por el Banco Santander, comprobante de pago con número de referencia 13225081257223456237, de fecha 4 de abril de 2022, por $ 2,415.00 expedido por el Banco Santander.

 

5. “**********”:

 

No.

REQUISITOS

1

Formato de Ingreso.

2

Croquis a mano alzada.

3

Protesta de decir verdad de ser poseedor de un solo predio.

4

Acta de Nacimiento original de la Ciudadana **********.

5

Credencial para Votar expedida por el Instituto Nacional Electoral de la Ciudadana **********.

6

Clave Única de Registro de Población (CURP) de la Ciudadana **********.

7

Recibo de pago del servicio de energía eléctrica, de la Comisión Federal de Electricidad.

8

Formato de colindantes.

9

Dictamen de zona de riesgos.

10

Acta circunstanciada y Causa generadora.

11

Constancia de Alineamiento y Número Oficial.

12

Levantamiento topográfico.

13

Evidencia fotográfica del Levantamiento Topográfico.

14

Dictamen de Levantamiento Topográfico.

15

Manifiesto Catastral

16

Registro Catastral.

17

Avalúo Catastral.

18

Certificado de no inscripción.

19

Comprobante de pago con número de referencia 611220000000000237179203, de fecha 9 de marzo de 2022, por $ 805.00 expedido por el Banco BBVA, comprobante de pago con número de referencia 13225061514534186283, de fecha 9 de marzo de 2022, por $ 2,415.00 expedido por el Banco BBVA.

 

6. “**********”:

 

No.

REQUISITOS

1

Formato de Ingreso.

2

Croquis a mano alzada.

3

Protesta de decir verdad de ser poseedor de un solo predio.

4

Acta de Nacimiento original del Ciudadano **********.

5

Credencial para Votar expedida por el Instituto Nacional Electoral del Ciudadano **********.

6

Clave Única de Registro de Población (CURP) del Ciudadano **********.

7

Recibo de pago del servicio de energía eléctrica, de la Comisión Federal de Electricidad.

8

Formato de colindantes.

9

Dictamen de zona de riesgos.

10

Acta circunstanciada y Causa generadora.

11

Constancia de Alineamiento y Número Oficial.

12

Levantamiento topográfico.

13

Evidencia fotográfica del Levantamiento Topográfico.

14

Dictamen de Levantamiento Topográfico.

15

Manifiesto Catastral

16

Registro Catastral.

17

Avalúo Catastral.

18

Certificado de no inscripción.

19

Comprobante de pago con número de referencia 611220000000000437179229, de fecha 10 de marzo de 2022, por $ 805.00, expedido por el Banco HSBC, Comprobante de pago con número de referencia 13225062083434196202, de fecha 10 de marzo de 2022, por $ 2,415.00 expedido por el Banco HSBC.

 

 

7. “**********”:

 

No.

REQUISITOS

1

Formato de Ingreso.

2

Croquis a mano alzada.

3

Protesta de decir verdad de ser poseedor de un solo predio.

4

Acta de Nacimiento original de la Ciudadana **********.

5

Credencial para Votar expedida por el Instituto Nacional Electoral de la Ciudadana **********.

6

Clave Única de Registro de Población (CURP) de la Ciudadana **********.

7

Recibo de pago del servicio de energía eléctrica, de la Comisión Federal de Electricidad.

8

Formato de colindantes.

9

Dictamen de zona de riesgos.

10

Acta circunstanciada y Causa generadora.

11

Constancia de Alineamiento y Número Oficial.

12

Levantamiento topográfico.

13

Evidencia fotográfica del Levantamiento Topográfico.

14

Dictamen de Levantamiento Topográfico.

15

Manifiesto Catastral

16

Registro Catastral.

17

Avalúo Catastral.

18

Certificado de no inscripción.

19

Comprobante de pago con número de referencia 611220000000002937179231, de fecha 15 de marzo de 2022, por $ 805.00, expedido por el Banco Santander, comprobante de pago con número de referencia , 13225159344135486220 de fecha 15 de marzo de 2022, por  $ 2,415.00, expedido por el Banco Santander.

 

XII. Por otra parte, al no dar cumplimiento a los artículos 19 de la Ley para la Regularización de Predios Rústicos Urbanos y Suburbanos en el Régimen de Propiedad Privada del Estado de Puebla y 18, 19 y 20 del Programa de Regularización de Predios Rústicos, Urbanos y Suburbanos en Régimen de Propiedad Privada del Estado de Puebla, se detectó la no procedencia de doce expedientes técnico-jurídicos por diversas causas, que a continuación se enlistan:

 

No.

Nombre

Número Único de Control

Colonia

 Causa

1

**********

**********

San Pablo Xochimehuacán

Existe cuenta predial que se empalma con este predio en la Dirección de Catastro.

2

**********

**********

San Pablo Xochimehuacán

Zona de riesgo, (ductos de Pemex) Protección Civil

3

**********

**********

San Pablo Xochimehuacán

Zona de riesgo, (ductos de Pemex) Protección Civil

4

**********

**********

Rosas del Tepeyac

Existe controversia por el predio

5

**********

**********

San Pablo Xochimehuacán

Zona de riesgo se encuentra dentro de barranca Protección Civil

6

**********

**********

Conjunto Habitacional Loma Linda

Zona de riesgo se encuentra dentro de barranca Protección Civil

7

**********

**********

San Pablo Xochimehuacán

Zona de riesgo se encuentra dentro de barranca Protección Civil

8

**********

**********

San Sebastián de Aparicio

Se empalma con tres registros catastrales con escrituras, se ubica sobre barranca, Dirección de Catastro

9

**********

**********

San José

Se empalma con dos registros catastrales con escrituras, se ubica sobre barranca, Dirección de Catastro

10

**********

**********

San José

Se empalma con registros catastrales con escrituras, se ubica sobre barranca, Dirección de Catastro

11

**********

**********

San Pablo Xochimehuacán

Zona de riesgo se encuentra dentro de barranca Protección Civil

12

**********

**********

Buenos Aires

Existe controversia con la vecina

 

Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a consideración de este Honorable Cabildo el siguiente:

PUNTO DE ACUERDO

PRIMERO. Se validan y ratifican los expedientes técnico-jurídicos de los siete beneficiarios, mismos que se integran con la documentación descrita en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 del Considerando XI del presente Punto de Acuerdo.

SEGUNDO. Se determina la no procedencia de los expedientes técnico-jurídicos de los doce ciudadanos señalados en el Considerando XII del presente Punto de Acuerdo.

TERCERO. Se instruye a la Secretaría del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, para que a través de la Dirección de Bienes Patrimoniales, remita los diecinueve expedientes técnico-jurídicos descritos en los Resolutivos Primero y Segundo, a la Dirección General de Tenencia de la Tierra y Población dependiente de la Secretaría de Gobernación del Estado, para que en el ámbito de sus facultades y atribuciones continúe con el Procedimiento de Regularización de Predios incluido dentro del marco de acción del Programa de Regularización de Predios Rústicos, Urbanos y Suburbanos en el Régimen de Propiedad Privada del Estado de Puebla.

 

ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 01 DE NOVIEMBRE DE 2022. “CONTIGO Y CON RUMBO”. COMISIÓN DE REGULARIZACIÓN DE TENENCIA DE LA TIERRA Y BIENES PATRIMONIALES. REG. MARÍA DOLORES CERVANTES MOCTEZUMA. PRESIDENTA. RÚBRICA. REG. LUIS EDILBERTO FRANCO MARTÍNEZ. VOCAL. RÚBRICA. REG. ELISA MOLINA RIVERA. VOCAL. RÚBRICA. REG. ÁNGEL RIVERA ORTEGA. VOCAL. RÚBRICA. REG. LEOBARDO SOTO ENRÍQUEZ. VOCAL. RÚBRICA.

 

LA QUE SUSCRIBE, SILVIA GUILLERMINA TANÚS OSORIO, SECRETARIA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, CERTIFICO QUE LA RESOLUCIÓN QUE ANTECEDE FUE APROBADA EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS POR UNANIMIDAD DE VOTOS EN LA VIGÉSIMO TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CABILDO CELEBRADA EL 10 DE NOVIEMBRE DE 2022. LO ANTERIOR, PARA LOS EFECTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS A QUE HAYA LUGAR.- CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 10 DE NOVIEMBRE DE 2022.- RÚBRICA.

 

 

Por lo tanto, así se tendrá entendido para su ejecución; instruyendo se publique en la Gaceta Municipal, se circule y observe. 

 

ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 10 DE NOVIEMBRE DE 2022.  EDUARDO RIVERA PÉREZ, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA. RÚBRICA.