La Secretaría Ejecutiva de los Consejos de Participación Ciudadana del Municipio de Puebla, en cumplimiento del Resolutivo SEGUNDO del Punto de Acuerdo aprobado en la Decimocuarta Sesión Extraordinaria de Cabildo del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla de fecha, treinta de julio de dos mil veinticinco:
CONVOCA
A toda la ciudadanía interesada en formar parte de los Consejos de Participación Ciudadana, que por su naturaleza jurídica, son órganos auxiliares del Gobierno municipal, diseñados para impulsar mecanismos de diálogo, colaboración y toma de decisiones ciudadanas sobre los asuntos públicos que más importan a nuestra comunidad, enlistados a continuación:
• Asuntos Indígenas
• Bienestar
• Bienestar Animal
• Centro Histórico y Patrimonio Edificado
• Cultura
• Derechos Humanos e Igualdad entre Géneros
• Desarrollo Urbano
• Desempeño Gubernamental
• Deporte
• Para la Discapacidad
• Ecología y Medio Ambiente
• Educación
• Juventud
• Movilidad
• Para la Niñez y la Adolescencia
• Obras y Servicios Públicos
• Personas en Situación de Vulnerabilidad
• Protección Civil
• Salud
• Seguridad Pública
• Turismo
• Vialidad y Transporte
Bases de la convoctoria:
I. Requisitos:
I.1 Con fundamento en el artículo 170 del Código Reglamentario para el municipio de Puebla, para ser miembro de un Consejo de Participación Ciudadana, se requiere cumplir con los requisitos siguientes:
I. Tener la ciudadanía en pleno ejercicio de sus derechos;
II. Ser vecino o vecina preferentemente o trabajar dentro del municipio de Puebla, al menos los últimos seis meses anteriores a su integración;
III. No desempeñar cargo alguno en la administración pública federal, estatal o municipal;
IV. No haber desempeñado cargos de Dirección en algún partido o agrupación política, dos años anteriores a su integración;
V. No ser persona proveedora, arrendataria, asesora, consultora, prestadora de servicios o contratista del Ayuntamiento. Una vez siendo persona Consejera en funciones deberá presentar renuncia ante la Comisión Ejecutiva si se diera cualquiera de los supuestos anteriores; y
VI. Ser propuesto en fórmula como persona propietaria o suplente, por algún organismo o institución del sector privado o social, cubriendo el perfil del Consejo de Participación Ciudadana para el cual es propuesta; o de manera independiente contar con reconocido prestigio, experiencia y calificados conocimientos sobre la temática correspondiente, estar interesados en colaborar y recomendar soluciones a los problemas de carácter Municipal.
I.2 Las personas postulantes —tanto propietarias como suplentes— deberán presentar la siguiente documentación correspondiente a la fórmula propuesta:
a) Fórmulas propuestas por algún organismo o institución del sector privado o social:
1. Copia de identificación oficial con fotografía (INE, pasaporte o cartilla).
2. Copia de comprobante domiciliario.
3. Currículum Vitae.
4. Escrito con firma autógrafa, bajo protesta de decir verdad en el que manifieste cumplir con lo establecido en las fracciones III, IV y V del artículo 170 del Código Reglamentario para el municipio de Puebla, antes referidos.
5. Escrito con firma autógrafa, del organismo o institución del sector privado o social que propone la fórmula, en el cual se especifique a la persona propietaria y a la suplente que conforman la propuesta.
6. Carta compromiso de cumplimiento a la normatividad municipal que regula los Consejos de Participación Ciudadana, con firma autógrafa.
b) Fórmulas independientes:
1. Copia de identificación oficial con fotografía (INE, pasaporte o cartilla).
2. Copia de comprobante domiciliario.
3. Currículum Vitae.
4. Escrito con firma autógrafa, bajo protesta de decir verdad en el que manifieste cumplir con lo establecido en las fracciones III, IV y V del artículo 170 del Código Reglamentario para el municipio de Puebla, antes referidos.
5. Escrito con firma autógrafa, en el cual se manifieste la integración de la fórmula, especificando a la persona propietaria y a la persona suplente de la propuesta.
6. Carta motivos con una extensión máxima de una (1) cuartilla, en la que la persona postulante exponga brevemente sus conocimientos, experiencia e interés en la temática del Consejo de Participación Ciudadana al que aspira integrarse.
7. Carta compromiso de cumplimiento a la normatividad municipal que regula los Consejos de Participación Ciudadana, con firma autógrafa.
I.3 La documentación mencionada en el punto anterior deberá ser entregada exclusivamente en las oficinas de la Secretaría Ejecutiva de los Consejos de Participación Ciudadana, ubicadas en el Instituto Municipal de Planeación, ubicadas en: Avenida 25 Poniente número 118, Segundo piso, Colonia El Carmen, C.P. 72530, Puebla, Pue.
I.4 La recepción de la documentación se realizará de lunes a viernes, en un horario de 9:00 a 14:00 horas.
II. Duración y naturaleza del cargo:
II.1 El cargo de persona consejera es honorífico (sin percepción de sueldo), será por tres (3) años a partir de la emisión de su nombramiento, pudiendose reelegir por un solo periodo igual de tiempo de manera consecutiva.
II.2 Una vez agotado el periodo antes señalado, las personas podrán participar como invitadas con voz, pero sin voto.
III. Integración de los Consejos de Participación Ciudadana:
III.1 Los Consejos de Participación Ciudadana se integrarán por un mínimo de diez (10) y máximo de quince (15) personas Consejeras propietarias, quienes contarán con su respectiva o respectivo suplente.
III.2 Provisionalmente la Secretaría Ejecutiva de los Consejos de Participación Ciudadana del IMPLAN revisará y aprobará cada solicitud, de acuerdo al Resolutivo TERCERO del Punto de Acuerdo aprobado en la Decimocuarta Sesión Extraordinaria de Cabildo del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla de fecha, treinta de julio de dos mil veinticinco.
IV. Vigencia de la convocatoria y notificación de resultados:
IV.1 La presente convocatoria estará abierta durante un año, es decir, del treinta y uno de julio de dos mil veinticinco (fecha de publicación de la misma) al treinta y uno de julio de dos mil veintiseis.
IV.2 Las solicitudes serán recibidas de forma continua y los resutados del proceso de revisión y en su caso aprobación, se darán a concer mediante cortes mensuales. Cada corte se realizará el último día hábil de cada mes, considerando únicamente los expedientes completos recibidos durante ese periodo. La Secretaría Ejecutiva realizará las notificaciones correspondientes a más tardar dentro de los 15 días hábiles posteriores a cada cierre mensual. Lo anterior, en tanto se mantenga la situación de excepcionalidad señalada en el Punto de Acuerdo aprobado en la Decimocuarta Sesión Extraordinaria de Cabildo del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla de fecha, treinta de julio de dos mil veinticinco.
IV.3 Las personas postulantes que no hayan sido aceptadas como consejeras, tendrán 5 días hábiles para solicitar una aclaración y la Secretaría Ejecutiva de los Consejos de Participación Ciudadana tendrá el mismo plazo de 5 días hábiles a partir de la recepción de aclaración para brindar respuesta a la misma.
IV.4 La documentación de las personas postulantes que no hayan sido aceptadas como consejeras, únicamente podrá ser devuelta previa solicitud escrita de la persona interesada.
IV.5 Toda notificación será realizada mediante el correo electrónico que hubiese señalado el postulante en su expediente de registro, debiendo acusar de recibido en un plazo máximo de tres días hábiles. De no recibir dicho acuse en el mencioado plazo, se dará por notificado.
V. Protección de datos
V.1 En términos de lo previsto en los artículos 113 y 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 7 fracción X, 123, 124 y 134 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 27 y 28 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados del Estado de Puebla, la información que proporcionen las personas interesadas y que sea considerada como datos personales o información confidencial, será protegida en términos de los ordenamientos de referencia.
ATENTAMENTE CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 31 DE JULIO DE DOS MIL VEINTICINCO, SECRETARÍA EJECUTIVA DE LOS CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE PLANEACIÓN DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA.