CONVOCATORIA PARA LA CONSULTA A LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS Y AFROMEXICANAS, PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y CIUDADANÍA DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, PARA LA ELABORACIÓN Y EMISIÓN DE LA NUEVA REGLAMENTACIÓN MUNICIPAL

CONVOCATORIA PARA LA CONSULTA A LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS Y AFROMEXICANAS, PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y CIUDADANÍA DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, PARA LA ELABORACIÓN Y EMISIÓN DE LA NUEVA REGLAMENTACIÓN MUNICIPAL

El H. Ayuntamiento de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, apartado B y 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6 y 9 de la Carta Democrática Interamericana; 10, 23 y 32 de la Declaración de las Naciones Unidas Sobre Pueblos Indígenas; 14.4, 21.2, 23 y 29 de la Declaración Americana Sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas; 2, 3, 6, 7, y 30 del Convenio número 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes; 2, 102 párrafo primero, 103, 105 primer párrafo fracción III y 107 párrafos primero y segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44, 78 fracción V, 84 de la Ley Orgánica Municipal; 8 fracción II, 9, 10 último párrafo, de la Ley de Derechos, Cultura y Desarrollo de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado de Puebla; 6 Bis fracción XXXIX con relación al diverso 4 fracción III y 12 de la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Estado Libre y Soberano de Puebla:

C O N V O C A

A los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, personas con discapacidad y ciudadanía del municipio de Puebla por conducto de sus autoridades indígenas comunitarias y tradicionales, inspectorías, comisariados ejidales, autoridades comunales, consejos y asambleas o cualquier otra autoridad que dichos individuos reconozcan como tal con base a sus sistemas normativos internos derivados de sus usos y costumbres, a participar en la “CONSULTA A LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS Y AFROMEXICANAS, PERSONAS CON DISCAPACIDAD, Y CIUDADANÍA DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, PARA LA ELABORACIÓN Y EMISIÓN DE LA REGLAMENTACIÓN MUNICIPAL” que sustituirá al Código Reglamentario para el Municipio de Puebla, la cual se llevará a cabo en las Juntas Auxiliares en las sedes y horarios establecidos en la presente convocatoria bajo el siguiente:

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN

INTRODUCCIÓN

 

I. Los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, personas con discapacidad y ciudadanía son parte fundamental de la construcción del ordenamiento municipal, por lo cual, como sujetos de derecho público, son el eje central de atención de la política pública y de los proyectos estratégicos y éstos tendrán componentes cimentados en sus concepciones de desarrollo y sus especificidades culturales. Parte del objetivo es tratar de alcanzar el bienestar de la ciudadanía, pueblos y comunidades indígenas, así como personas con discapacidad, y el desarrollo de la nación sobre el respeto irrestricto de sus derechos fundamentales y una distribución justa de beneficios.


II. Es por ello, que a través del diálogo y consulta adecuada a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, personas con discapacidad y la ciudadanía del Municipio de Puebla, esta administración municipal quiere dar a conocer la Reglamentación Municipal que sustituirá al Código Reglamentario para el Municipio de Puebla, misma que comprende entre otros temas: Gobierno y Gobernanza; Administración Pública, Derechos Humanos; Trabajo; Servicios Públicos; Prevención y Control del Agua; Desarrollo Urbano y Ecología; Justicia, Seguridad y Protección Civil; Actividad Ciudadana; Espectáculos Públicos; Box y Lucha Libre; Mejora Regulatoria y Gobierno Digital, entre otros.


III. Lo anterior, con el objeto de escucharlos y conocer su opinión, propuestas, sugerencias y planteamientos respecto a temas que resultan primordiales para un buen ordenamiento jurídico municipal, considerando que los ejercicios participativos robustecen los principios democráticos de nuestra comunidad, trayendo aparejado con ello un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, personas con discapacidad y ciudadanía del Municipio de Puebla.


IV. En este sentido, la consulta es un derecho fundamental de los pueblos y comunidades indígenas que se encuentra establecido en el artículo 2, apartado B, fracción IX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como una obligación irrenunciable e intransferible del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla.

 


A. DE LA CONSULTA A LA CIUDADANÍA Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL MUNICIPIO DE PUEBLA

 

1. Los artículos 1 y 4 numeral 1 párrafo primero de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad establece que la Convención tiene como propósito promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente. Los Estados Parte se comprometen a asegurar y promover el pleno ejercicio de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas con discapacidad sin discriminación alguna por motivos de discapacidad.


2. Tiene como objeto recabar las opiniones, propuestas, sugerencias y planteamientos de aquellas medidas legislativas que incidan o puedan incidir en los habitantes y personas con discapacidad del Municipio de Puebla, para la integración y elaboración del proyecto de la Reglamentación Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla que sustituirá al Código Reglamentario para el Municipio de Puebla.


3. Los reglamentos objeto de consulta por parte de la ciudadanía y personas con discapacidad se publicarán en la página oficial de internet del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla en la siguiente liga https://pueblacapital.gob.mx/, así como estarán disponibles para su consulta en las oficinas del Instituto Municipal de Planeación, ubicado en Avenida 25 Poniente Núm. 118, Colonia El Carmen, Puebla, Puebla.


4. La consulta se llevará a cabo durante 5 días naturales, a partir del 19 al 23 de febrero de 2024.


5. Para personas con discapacidad visual se utilizará el sistema braille, para traducir en el formato de preguntas, las partes de la normativa municipal que pueden impactarles de forma directa.


6. El Procedimiento en caso de tener observaciones y propuestas a cualquiera de los Reglamentos sería el siguiente:


a) Consultar el Formato de Propuestas que estará disponible en la siguiente liga https://pueblacapital.gob.mx/

b) Llenar el formato en línea con toda la información solicitada, misma que quedará registrada a través de la plataforma Google Forms.

c) El Instituto Municipal de Planeación elaborará un dictamen sobre la procedencia o improcedencia de las opiniones y propuestas, cumpliendo así con el deber de acomodo y razonabilidad en la consulta pública.

 

B. DE LA CONSULTA A LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS Y AFROMEXICANAS DEL MUNICIPIO DE PUEBLA


I. OBJETO


I.1. Recabar las opiniones, propuestas, sugerencias y planteamientos de aquellas medidas legislativas que incidan o puedan incidir en los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, para la integración y elaboración del proyecto de la Reglamentación Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, que sustituirá al Código Reglamentario para el Municipio de Puebla.


I.2. Establecer un diálogo con pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, a fin de recibir sus opiniones sobre el proyecto de la nueva reglamentación municipal.


I.3. Instaurar acuerdos con los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, que se encuentran dentro del municipio de Puebla, respecto a su participación en la implementación de dicha reglamentación municipal, así como la distribución justa y equitativa de los beneficios.


I.4. Será materia de consulta el contenido de los Reglamentos que tienen afectación directa, especial y diferenciada frente al resto de la población, en el desarrollo de las actividades políticas, sociales, culturales y económicas de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas del municipio de Puebla.

 

II. FASES DE LA CONSULTA


II.1. De acuerdo al criterio sostenido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación , los procedimientos de consulta deben preservar las especificidades culturales y atender a las particularidades de cada caso según el objeto de la misma; si bien deben ser flexibles, lo cierto es que deben prever algunas fases que concatenadas, impliquen la observancia del derecho a la consulta y la materialización de los principios mínimos con la finalidad de llegar a un acuerdo, así como culturalmente adecuada.
En consecuencia, los procesos de consulta de medidas legislativas susceptibles de afectar de manera directa a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, deben observar, como mínimo, las características y fases siguientes:


II.1.1. FASE PRECONSULTIVA: que permita la identificación de la medida legislativa que debe ser objeto de consulta, la identificación de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, a ser consultados, así como la determinación de la forma de llevar a cabo el proceso, la forma de intervención y la formalización de acuerdos, lo cual se deberá definir entre autoridades gubernamentales y representantes de las comunidades indígena.


II.1.2. FASE INFORMATIVA: de entrega de información y difusión del proceso de consulta, con la finalidad de contar con información completa, previa y significativa sobre las medidas legislativas. Ello puede incluir, por ejemplo, la entrega de un cuestionario de las medidas legislativas que impacten de manera especial y diferenciada frente al resto de la población, en el desarrollo de sus actividades cotidianas.


II.1.3. FASE DE DELIBERACIÓN INTERNA: en esta etapa –que resulta fundamental– los pueblos y comunidades indígenas, a través del diálogo y acuerdos, evalúan internamente la medida que les afectará directamente.


II.1.4. FASE DE DIÁLOGO: entre los representantes del Estado y representantes de los pueblos indígenas con la finalidad de generar acuerdos.


II.1.5. FASE DE DECISIÓN: comunicación de resultados y entrega de dictamen.


III. PROCESO DE CONSULTA


III.1. FASE PRECONSULTIVA


III.1.1. Para llevar a cabo el proceso de consulta y a fin de ofrecer las mejores condiciones de cercanía y comunicación con los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas se realizarán en tres Juntas Auxiliares del Municipio de Puebla, mismas que cubrirán las zonas norte, centro y sur del Municipio, teniendo como base la información oficial disponible sobre el Municipio de Puebla, así como las posibilidades políticas y sociales para realizarla.


En la presente fase se tendrán reuniones con las diferentes autoridades de los pueblos y comunidades indígenas de las Juntas Auxiliares, para establecer el mecanismo mínimo de actuación de la consulta, la cual se detalla en las subsecuentes fases.


III.2. FASE INFORMATIVA


III.2.1. La consulta se llevará a cabo durante 5 días naturales, a partir del 19 al 23 de febrero de 2024, en la que se podrá consultar el formato de propuestas y la reglamentación municipal que sustituirá al Código Reglamentario para el Municipio de Puebla en la siguiente liga https://pueblacapital.gob.mx/


III.2.2. A partir de que sea publicada la presente Convocatoria en la gaceta municipal, el Instituto Municipal de Planeación, con el apoyo de la Secretaría de Gobernación del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, proporcionarán a los pueblos y comunidades indígenas, por todos los medios de comunicación y difusión del Municipio de Puebla, la información disponible de los proyectos de la Reglamentación Municipal que sustituirá al Código Reglamentario para el Municipio de Puebla; así como las preguntas traducidas al Náhuatl sobre temas que pueden incidir en su desarrollo, para que de esta forma sean considerados en dicha reglamentación.


III.2.3. Los reglamentos municipales que sustituirán al Código Reglamentario para el Municipio de Puebla, serán los siguientes:

No.

REGLAMENTO

1

de la Economía Social y Solidaria del Municipio de Puebla

2

de la Mejora Regulatoria del Municipio de Puebla

3

para el Gobierno Electrónico y la Ventanilla Digital del Municipio de Puebla

4

del Servicio Público de Panteón Municipal, Panteones en Juntas Auxiliares y Particulares para el Municipio de Puebla.

5

de Calles, Parques y Jardines del Municipio de Puebla

6

para la Entrega de Distinciones, Premios, Reconocimientos e Inscripción de Letras de Oro del Municipio de Puebla

7

de Procedimiento Administrativo para el Municipio de Puebla

8

del Servicio Público de Rastro Municipal

9

del Servicio Público de Limpia, Recolección, Traslado, Tratamiento y Disposición Final de Residuos Sólidos Urbanos del Municipio de Puebla

10

del Servicio Público de Agua, Drenaje, Alcantarillado, Saneamiento y Reúso para el Municipio de Puebla

11

de Protección a los Animales, Prevención y Control de Zoonosis del Municipio de Puebla

12

de la Administración Pública del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla

13

para la Protección del Ambiente y Desarrollo Sustentable del Municipio de Puebla

14

del Servicio Público de Mercados del Municipio de Puebla

15

para el Uso de los Espacios Deportivos del Instituto Municipal del Deporte de Puebla

16

para el Otorgamiento de Apoyos por parte del Instituto Municipal del Deporte de Puebla

17

de Protección Civil y Gestión Integral de Riesgos del Municipio de Puebla

18

del Servicio Público de Central de Abasto para el Municipio de Puebla

19

de Espectáculos y Eventos de Box y Lucha Libre Profesionales del Municipio de Puebla

20

de las Prerrogativas del Trabajo Municipal

21

de Giros Comerciales en el Municipio de Puebla

 22

del Servicio Público de Estacionamientos del Municipio de Puebla

23

de Espectáculos Públicos para el Municipio de Puebla

24

del Comercio en la Vía Pública del Municipio de Puebla

25

del Archivo General Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla

26

de Venta de Bebidas Alcohólicas en el Municipio de Puebla

27

de Gobierno y Gobernanza del Municipio de Puebla

28

de Movilidad, Transito y Seguridad Vial del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla

29

del Servicio Público de Alumbrado Público del Municipio de Puebla

30

de Anuncios del Municipio de Puebla

31

Del Sistema de Justicia Cívica para el Municipio de Puebla

32

del Ordenamiento Territorial y Construcciones del Municipio de Puebla

33

para Garantizar el Ejercicio y Goce de los Derechos Humanos Reconocidos en el Orden Jurídico Mexicano para el Municipio de Puebla

34

que Establece el Límite de Responsabilidades de la Administración Pública del Municipio de Puebla, en la Aplicación de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal

III.2.4. La anterior relación y su contenido, podrá ser adicionada o modificada como resultado del ejercicio de consulta, respetando en todo caso, la opiniones, propuestas, sugerencias o planteamientos que para tal efecto se emitan, poniéndolos a disposición en las oficinas la Secretaría de Gobernación del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla.


III.2.5. Para la publicidad de la presente consulta, se utilizarán diferentes medios de difusión como perifoneo, pegado de las convocatorias en las fachadas de las presidencias auxiliares, así como reuniones informativas con integrantes del Ayuntamiento de Puebla, ciudadanía, Presidentes Auxiliares, Inspectores y Representantes de diversas comunidades indígenas y afromexicanas en las Juntas Auxiliares del Municipio de Puebla.


III.3. FASE DE DELIBERACIÓN INTERNA Y DIALOGO


III.3.1. Se realizarán asambleas consultivas, donde los asistentes y/o participantes, podrán expresar de forma verbal, escrita o señas, las opiniones, propuestas, sugerencia y planteamientos de sus respectivos Pueblos y Comunidades sobre las diversas temáticas de cada uno de los reglamentos municipales que tengan un impacto de forma directa, dichas asambleas se realizarán en las Juntas Auxiliares, conforme a las fechas y horarios siguientes:

Nº.

SEDE

LUGAR

FECHA

HORARIO

1

Presidencia Auxiliar Ignacio Romero Vargas

 

Explanada de la Presidencia Auxiliar

21 de febrero de 2024

09:00 horas

2

Presidencia Auxiliar de San Pedro Zacachimalpa

Explanada de la Presidencia Auxiliar

22 de febrero de 2024

09:00 horas

3

Presidencia Auxiliar de San Andrés Azumiatla

Explanada de la Presidencia Auxiliar

23 de febrero de 2024

09:00 horas

 

 

III.3.2. Para el efecto de asegurar la participación integral de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, se garantizará la asistencia de intérpretes y traductores, los cuales traducirán al Náhuatl las partes de la normativa municipal que pueden impactarles de forma directa, mediante un formato de preguntas, el cual será entregado desde la fase informativa, con independencia de que puedan expresarse más comentarios, opiniones, propuestas, sugerencias y planteamientos.


III.3.3. Además, mediante el mecanismo de preguntas se conocerán las opiniones, propuestas, sugerencias y planteamientos respecto a cómo las disposiciones señaladas en los reglamentos afectan de manera directa a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, en el desarrollo de sus actividades cotidianas.


III.3.4. Concluidas las asambleas consultivas, se declarará abierta la fase deliberativa. En esta etapa los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, podrán llevar a cabo las reuniones que estimen convenientes con sus integrantes a fin de reflexionar la información recibida y elaborar propuestas, sugerencias o planteamientos sobre la Reglamentación Municipal que sustituirá al Código Reglamentario para el Municipio de Puebla; para después dar inicio a la fase de diálogo.


III.3.5. En la fase de diálogo, el Instituto Municipal de Planeación con el apoyo de la Secretaría de Gobernación del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, por conducto de la Unidad de Concertación en Juntas Auxiliares y Atención Vecinal, establecerán un diálogo con los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, consultadas, con la finalidad de recibir propuestas, opiniones, sugerencias o planteamientos, estableciendo los acuerdos correspondientes.


III.3.6. Todas las propuestas, sugerencias, planteamientos y acuerdos que se recaben, serán plasmados en un acta, a las que se adjuntarán las firmas de los participantes y las firmas de las autoridades responsables.


Para el seguimiento respectivo de los acuerdos llevados a cabo, se designará por parte de las autoridades responsables una Comisión de Seguimiento del proceso de Consulta.


III.4. FASE DE DECISIÓN


III.4.1. Una vez concluida la fase de deliberación interna y de dialogo de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, para la integración de su nueva Reglamentación Municipal, y valoradas todas y cada una de las propuestas realizadas por los que en ella participaron, se elaborará un dictamen sobre la procedencia o improcedencia de las opiniones y propuestas, cumpliendo así con el deber de acomodo y razonabilidad en la consulta pública.


IV. PREVISIONES GENERALES


IV.1. DOCUMENTACIÓN Y ARCHIVO.


El Instituto Municipal de Planeación, con el apoyo de la Secretaría de Gobernación del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, a través de su Unidad de Concertación en Juntas Auxiliares y Atención Vecinal se encargará de elaborar toda la documentación relacionada con el proceso de consulta, así como de documentar con las actas correspondientes, los acuerdos alcanzados en las diferentes etapas. De igual forma sistematizará la documentación generada por la implementación del proceso de consulta (documentos, fotografías, grabaciones y video filmaciones).

IV.2. INTERPRETES.


El Instituto Municipal de Planeación, con el apoyo de la Secretaría de Gobernación del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, a través de su Unidad de Concertación en Juntas Auxiliares y Atención Vecinal, tomará las medidas pertinentes para proveer interpretes en la lengua náhuatl y en lengua de señas en cada una de las reuniones informativas.

 

V. INFORMACIÓN Y ENLACE

 

V.1. Para mayor información respecto a la consulta a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, personas con discapacidad y ciudadanía del Municipio de Puebla, para la elaboración y emisión de la nueva reglamentación municipal visita el portal de internet del H. Ayuntamiento de Puebla en https://pueblacapital.gob.mx/
Para dudas y comentarios, ponemos a su disposición los siguientes números telefónicos:
Oficina: (222) 229-00-60. Extensión 103 o 122, con la Dirección de Planeación Estratégica del Instituto Municipal de Planeación, en un horario de atención de lunes a viernes 9:00 a 17:00 horas, ubicado en Avenida 25 Poniente Núm. 118, Colonia El Carmen.


Los casos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos por las Autoridades Responsables, mientras que sus modificaciones, se notificarán a través del portal del internet del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla y mediante las autoridades de las Juntas Auxiliares convocadas.

 

 

CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA. A 16 DE FEBRERO DE 2024. “CONTIGO Y CON RUMBO”. C. DANIEL TAPIA QUINTANA. DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE PLANEACIÓN. RUBRICA. C. JORGE ARTURO CRUZ LEPE. SECRETARIO DE GOBERNACIÓN DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA. RUBRICA.

 

 

[1] (acciones de Inconstitucionalidad 81/2018; 131/2020; 105/2022; 141/2022).