ACUERDO DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, ADMINISTRACIÓN 2021-2024, MEDIANTE EL CUAL SE ESTABLECEN LOS CASOS EN LOS QUE SE PRORROGAN LOS PLAZOS Y TÉRMINOS LEGALES DEL ACTO DE ENTREGA-RECEPCIÓN, COMO ...

EDUARDO RIVERA PÉREZ, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, a sus habitantes, sabed:

 

Que por conducto de su Secretaría el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:

 

ACUERDO DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, ADMINISTRACIÓN 2021-2024, MEDIANTE EL CUAL SE ESTABLECEN LOS CASOS EN LOS QUE SE PRORROGAN LOS PLAZOS Y TÉRMINOS LEGALES DEL ACTO DE ENTREGA-RECEPCIÓN, COMO MEDIDA PARA PREVENIR LA PROPAGACIÓN DEL VIRUS SARS-COV-2 (COVID-19).

 

 

Con fundamento en los artículos 115 primer párrafo, fracciones I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 102 y 103 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 2, 3, 78 primer párrafo, fracción IV, 122, 123 y 169, fracciones V, VII, XX y XXIII de la Ley Orgánica Municipal; 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 11 y 12 de la Ley que Establece los Procedimientos de Entrega-Recepción en los Poderes Públicos, Ayuntamientos, Órganos Constitucionalmente Autónomos y Públicos Paraestatales de la Administración Pública del Estado de Puebla; 2 primer párrafo, fracción IV, 4, 5, 7 primer párrafo, fracción I, 8 primer párrafo, fracciones XVIII y XXIII, 9 y 11 primer párrafo, fracciones II y XXIII del Reglamento Interior de la Contraloría Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla y, de conformidad con las siguientes:

 

CONSIDERACIONES

 

I. Que con fecha once de marzo de dos mil veinte, la Organización Mundial de la Salud declaró que el virus SARS-CoV-2 (COVID-19) era una pandemia, derivado del incremento en el número de casos existentes en los países que, en su momento, confirmaron los mismos, por lo que consideró tal circunstancia como una emergencia de salud pública de relevancia internacional.

II. Que desde el inicio del brote del virus SARS-CoV2 (COVID-19) en el territorio nacional, el Gobierno del Estado ha implementado una serie de acciones dirigidas a controlar y combatir la existencia y transmisión del virus, en estrecha coordinación con las autoridades competentes.

III. Que el Consejo de Salubridad General del Gobierno de la República, en su Primera Sesión Extraordinaria, celebrada el día diecinueve de marzo de dos mil veinte, reconoció la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) en México, como una enfermedad grave de atención prioritaria, misma que, desafortunadamente, hasta la fecha, sigue estando presente a nivel internacional, nacional y estatal.

IV. Que en términos de los artículos 169, fracciones V, VII, XX y XXIII de la Ley Orgánica Municipal; 5 y 7 de la Ley que Establece los Procedimientos de Entrega-Recepción en los Poderes Públicos, Ayuntamientos, Órganos Constitucionalmente Autónomos y Públicos Paraestatales de la Administración Pública del Estado de Puebla; 46 de los Lineamientos que Regulan el Proceso de Entrega-Recepción en el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla; 2 primer párrafo, fracción IV, 4, 5, 7 primer párrafo, fracción I, 8 primer párrafo, fracciones XVIII y XXIII, 9 y 11 primer párrafo, fracciones II y XXIII del Reglamento Interior de la Contraloría Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, es facultad de la Contraloría Municipal del Honorable Ayuntamiento de Puebla, vigilar los Actos de Entrega-Recepción, con la finalidad de dar certeza que el cumplimiento de esta obligación se realice de manera ordenada, eficiente, transparente, confiable y oportuna, así como el emitir los lineamientos y disposiciones administrativas necesarias para garantizar el debido desahogo e interpretación de las reglas que rigen el procedimiento de Entrega-Recepción en las dependencias y/o Entidades de la administración municipal, además que también le corresponde la resolución de los casos no previstos.

Que derivado de lo antes expuesto y con la finalidad de prevenir la propagación del virus SARS-CoV2 (COVID-19), y garantizar la salud de las personas que participan en el acto entrega-recepción, se emite el siguiente:

ACUERDO DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, ADMINISTRACIÓN 2021-2024, MEDIANTE EL CUAL SE ESTABLECEN LOS CASOS EN LOS QUE SE PRORROGAN LOS PLAZOS Y TÉRMINOS LEGALES DEL ACTO DE ENTREGA-RECEPCIÓN, COMO MEDIDA PARA PREVENIR LA PROPAGACIÓN DEL VIRUS SARS-COV-2 (COVID-19).


PRIMERO.- En caso que la persona servidora pública saliente o entrante, fuese diagnosticada positivo del virus SARS-CoV-2 (COVID-19), y se encuentre dentro del término establecido en el artículo 4 de la Ley que Establece los Procedimientos de Entrega-Recepción en los Poderes Públicos, Ayuntamientos, Órganos Constitucionalmente Autónomos y Públicos Paraestatales de la Administración Pública del Estado de Puebla, para llevar a cabo el Acto Entrega-Recepción, deberá informar y comprobar, a través del documento de diagnóstico médico correspondiente, ante la Dependencia o Entidad en la que se encontraba o, en su caso, está adscrita, por la vía electrónica que se establezca.

SEGUNDO.- La Dependencia o Entidad de que se trate, deberá hacer del conocimiento de la Subcontraloría de Responsabilidades y Evolución Patrimonial, de la Contraloría Municipal del Honorable Ayuntamiento de Puebla, a más tardar al día hábil siguiente que tenga conocimiento, que la persona servidora pública saliente o entrante fue diagnosticada positivo del virus SARS-CoV-2 (COVID-19).

TERCERO.- Con el fin de mitigar la propagación del virus SARS-CoV-2 (COVID-19), y salvaguardar la salud de las personas que participan en el Acto Entrega-Recepción, se otorgará un término de diez días hábiles adicionales, a lo establecido en el artículo 4 de la Ley que Establece los Procedimientos de Entrega-Recepción en los Poderes Públicos, Ayuntamientos, Órganos Constitucionalmente Autónomos y Públicos Paraestatales de la Administración Pública del Estado de Puebla, a las personas que se encuentren en el supuesto mencionado en el punto primero del presente Acuerdo.

Al término del plazo señalado y, en el caso de que la persona servidora pública saliente o entrante no fuese dada de alta o mantuviere síntomas del virus en mención, se deberá informar a la Subcontraloría de Responsabilidades y Evolución Patrimonial, de la Contraloría Municipal del Honorable Ayuntamiento de Puebla, a más tardar al día hábil siguiente en que haya fenecido dicho plazo al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., para otorgar una prórroga de término por un segundo plazo de diez días hábiles.

Al término de los plazos de referencia o, en el caso de que la persona servidora pública saliente o entrante fuese dada de alta antes, deberá de informarse a la Subcontraloría de Responsabilidades y Evolución Patrimonial, de la Contraloría Municipal del Honorable Ayuntamiento de Puebla, a través de la Dependencia o Entidad en la que se encontraba o, en su caso, está adscrita, y el acto de Entrega-Recepción se llevará a más tardar dentro del día hábil siguiente del referido aviso, para los efectos de acompañamiento y vigilancia previstos en la Ley que Establece los Procedimientos de Entrega-Recepción en los Poderes Públicos, Ayuntamientos, Órganos Constitucionalmente Autónomos y Públicos Paraestatales de la Administración Pública del Estado de Puebla.

CUARTO.- Se instruye al personal de la Contraloría Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio Puebla, para dar a conocer el presente Acuerdo.

QUINTO.- El presente Acuerdo entrará en vigor, a partir de su publicación en la Gaceta Municipal y tendrá una vigencia de un año.


ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, 06 DE ENERO DE 2022. “CONTIGO Y CON RUMBO”. C. ALEJANDRA ESCANDÓN TORRES. CONTRALORA MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA. RÚBRICA.

 

 

 

ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 07 DE ENERO DE 2022.  EDUARDO RIVERA PÉREZ, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA. RÚBRICA.