ACUERDO DE LA SÍNDICA MUNICIPAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, POR EL QUE SE AMPLÍA EL PERÍODO DEL CIERRE TEMPORAL Y SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES DE LOS JUZGADOS DE JUSTICIA CÍVICA UBICADOS EN LA COMISARÍA SUR, CON DOMICILIO EN CALLE 117 ORIENTE NO. 1230, UNIDAD HABITACIONAL HACIENDA SAN JOSÉ Y LA COMISARÍA NORTE, CON DOMICILIO EN CALLE 102 PONIENTE Y EJE NORTE, COLONIA VILLA FRONTERA, DE ESTA CIUDAD DE PUEBLA.
María de Guadalupe Arrubarrena García, Síndica Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla; con fundamento en lo dispuesto en los artículos 115 fracciones I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 102, 103 y 105 fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 78, fracción XXXVIII y 100 fracciones I, II, V y VIII de la Ley Orgánica Municipal; 222, fracción I del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla; 2 y 12 Fracciones VIII y XX del Reglamento Interior de la Sindicatura Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla; en su de sus facultades:
CONSIDERANDO
I. Que, el artículo 115 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 102 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, establecen que cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal o Presidenta Municipal y el número de regidurías y sindicaturas que la ley determine. Las atribuciones que esta Constitución otorga al Gobierno Municipal se ejercerán por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna, entre éste y el Gobierno del Estado;
II. Que, los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 103 y 105 fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, disponen que el Municipio libre es la base de la división territorial y de la organización política de los Estados. Los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la Ley. Los Ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los Bandos de Policía y Gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal;
III. Que, la Ley Orgánica Municipal en su artículo 78 fracción XXXVIII indica como atribución del Ayuntamiento celebrar actos jurídicos para la mejor administración del Municipio.
IV. Que, el artículo 100 fracciones V y XV inciso a) de la Ley Orgánica Municipal indican que son deberes y atribuciones de la persona titular de la Sindicatura Municipal promover ante las autoridades municipales, cuanto estimaren propio y conducente en beneficio de la colectividad y vigilar que, en los actos del Ayuntamiento, se observen las Leyes y demás ordenamientos legales;
V. Que, el artículo 4 del Reglamento Interior de la Sindicatura Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, prevé que la persona titular de la Sindicatura Municipal como integrante del Ayuntamiento, tiene a su cargo el desempeño de las atribuciones y despacho de los asuntos que expresamente le encomiende el citado Reglamento, observando lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, la Ley Orgánica Municipal, el Código Reglamentario para el Municipio de Puebla, las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y otros ordenamientos que en el ámbito de su competencia, sean expedidos por el Ayuntamiento;
VI. Que, el artículo 6 del Reglamento Interior de la Sindicatura Municipal establece que, la Sindicatura planeará conducirá y ejecutará sus actividades de conformidad con los objetivos, estrategias y líneas de acción del Plan Municipal de Desarrollo, en congruencia con los Planes Nacional y Estatal de Desarrollo, así como a las políticas e instrucciones que emita el Ayuntamiento y la persona Titular de la Presidencia Municipal, para el óptimo despacho de los asuntos y el logro de las metas de los programas a su cargo;
VII. Que, el artículo 8, fracción V del Reglamento Interior de la Sindicatura Municipal prevé que la Sindicatura verificará el cumplimiento y la correcta aplicación del Título II Capítulo 9 del COREMUN, referente a la Justicia y Seguridad Municipal;
VIII. Que, el artículo 11 del Reglamento Interior de la Sindicatura Municipal confiere a la persona Titular de la Sindicatura la facultad de expedir los acuerdo, resoluciones, circulare y disposiciones administrativas que procedan para el debido cumplimiento de las atribuciones de la Sindicatura;
IX. Que, el artículo 8, fracción XXXV confiere a la persona Titular de la Sindicatura la facultad de aprobar el cierre de Juzgados de Justicia Cívica;
X. Que el 01 de diciembre de 2021 fue publicado en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el ACUERDO de la Síndica Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, por el que apertura los Juzgados de Justicia Cívica ubicados en la Comisaria Norte con domicilio en Calle 102 Poniente y Eje 2 Norte, Colonia Villa Frontera, y el ubicado en la Comisaria Sur con domicilio en Calle 117 Oriente número 1230 Unidad Hacienda San José de esta Ciudad de Puebla;
XI. Que, el 03 de abril de 2023 fueron emitidos por la Síndica Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, los ACUERDOS por los cuales se ordena el cierre temporal de los Juzgados de Justicia Cívica ubicados en la Comisaría Sur, con domicilio en Calle 117 Oriente No. 1230, Unidad Habitacional Hacienda San José y la Comisaría Norte, con domicilio en Calle 102 Poniente y Eje Norte, Colonia Villa Frontera, de esta Ciudad de Puebla, por un período de 120 días cada uno, el primero a partir del 03 de abril de 2023 y el segundo a partir del 16 de mayo de 2023.
XII. Que, para el cumplimiento de las atribuciones enlistadas, es necesario continuar con el mejoramiento de los espacios de infraestructura que utilizan los Juzgados de Justicia Cívica que se encuentran operando, con la finalidad de fortalecer la Justicia Cívica en el Municipio de Puebla; he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Se cierra temporalmente el Juzgado de Justicia Cívica ubicado en la Comisaría Norte, con domicilio en Calle 102 Poniente y Eje Norte, Colonia Villa Frontera, de esta Ciudad de Puebla, a partir del día 14 de agosto, por un periodo máximo de 120 días. Esto con el objetivo de permitir trabajos de mejora de las instalaciones de dicho Juzgado;
SEGUNDO. Se cierra temporalmente el Juzgado de Justicia Cívica ubicado en la Comisaría Sur, con domicilio Calle 117 Oriente número 1230 Unidad Hacienda San José de esta Ciudad de Puebla, a partir del día 16 de septiembre de 2023, por un periodo máximo de 120 días. Esto con el objetivo de permitir trabajos de mejora de las instalaciones de dicho Juzgado;
TERCERO. El personal designado en el Juzgado de Justicia Cívica ubicado en la Comisaría Norte, deberá cumplir con sus labores cotidianas en las instalaciones que ocupa el Juzgado de Justicia Cívica ubicado en la Delegación Centro, con domicilio en calle 9 oriente, número 1405, colonia Azcarate, de esta ciudad de Puebla, Puebla;
CUARTO. El personal designado en el Juzgado de Justicia Cívica ubicado en la Comisaría Sur, deberá cumplir con sus labores cotidianas en las instalaciones que ocupa el Juzgado de Justicia Cívica ubicado en la Delegación Centro, con domicilio en calle 9 oriente, número 1405, colonia Azcarate, de esta ciudad de Puebla, Puebla;
QUINTO. Se instruye notificar el presente Acuerdo a la persona Titular de la Dirección de Juzgados de Justicia Cívica de la Sindicatura Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, para su debida observancia y cumplimiento, así como para que en el ámbito de sus facultades coordine el trabajo de los equipos que se encontrarán laborando de manera simultánea en las instalaciones del Juzgado de Justicia Cívica de la Delegación Centro, considerando los periodos vacacionales a los que estos tienen derecho, de tal manera que se realice un trabajo eficiente.
SEXTO. Notifíquese a la Secretaría del Ayuntamiento para que de conformidad con sus atribuciones publique el presente Acuerdo en la Gaceta Municipal.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entra en vigor el día 15 de agosto de 2023.
CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 15 DE AGOSTO DE 2023. LA SÍNDICA MUNICIPAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA. MARÍA DE GUADALUPE ARRUBARRENA GARCÍA. RÚBRICA.