ACUERDO QUE EMITE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, POR CONDUCTO DE LA C. ALEJANDRA ESCANDÓN TORRES, CONTRALORA MUNICIPAL, ASISTIDA POR EL C. RUBÉN EZEQUIEL ISLAS CONTRERAS, SUBCONTRALOR DE RESPONSABILIDADES Y EVOLUCIÓN PATRIMONIAL, POR VIRTUD DEL CUAL SE EMITE EL PROGRAMA “ACTUALIZA TU DECLARACIÓN”, CON BASE EN LOS SIGUIENTES:
C O N S I D E R A N D O S
I. Que la Contraloría Municipal es la encargada de recibir y resguardar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses de las personas servidoras públicas que laboran y han prestado sus servicios en la administración pública centralizada y descentralizada del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, así como de administrar el sistema electrónico de “DECLARACIONES PATRIMONIALES S1”, en términos de lo dispuesto por los artículos 168 y 169 fracciones I, XVI y XVI Ter de la Ley Orgánica Municipal, que establecen las facultades de la misma, de recibir y registrar, sin perjuicio de lo que dispongan otros ordenamientos, las declaraciones patrimoniales y de conflicto de intereses; así como investigar la veracidad e incremento ilícito correspondiente, a través de la Jefatura de Departamento de Amparos y Evolución Patrimonial de la Subcontraloría de Responsabilidades y Evolución Patrimonial;
II. Que con base en lo preceptuado por el artículo 11 fracciones IX, XXII y XXV del Reglamento Interior de la Contraloría Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, este Órgano Interno de Control está facultado, entre otras cuestiones, para proponer la formulación de los proyectos de reglamentos, acuerdos, decretos, convenios y demás instrumentos de disposiciones administrativas, en materia de control interno, en las investigaciones y verificaciones pertinentes de situación y evolución patrimonial; y
III. Que el presente Acuerdo tiene como objeto establecer los lineamientos y acuerdos generales para que las personas servidoras públicas puedan realizar las aclaraciones que consideren necesarias a cada declaración de situación patrimonial y de intereses presentadas en la presente administración municipal, en sus modalidades de inicio o modificación; lo anterior, con el fin de que la Contraloría Municipal cuente con toda la información necesaria, para llevar a cabo un correcto análisis de la evolución patrimonial de las personas servidoras públicas que forman parte del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla.
En mérito de lo anteriormente expuesto, se emite el siguiente:
A C U E R D O
PRIMERO. El presente Acuerdo es aplicable para las personas servidoras públicas que laboran en la administración pública centralizada y descentralizada del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla que, de manera voluntaria, detecten una o más inconsistencias sobre la información plasmada en su o sus declaraciones de situación patrimonial y de intereses presentadas en la presente administración municipal, en sus modalidades de inicio o de modificación.
SEGUNDO. Las personas servidoras públicas, en la presente administración municipal:
a. En términos del artículo 32 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, debieron presentar su declaración inicial de situación patrimonial, de conformidad con lo precisado en el artículo 33 fracción I del mismo ordenamiento legal;
b. Además, las personas servidoras públicas, durante su encargo, debieron llevar a cabo, por ser necesario, una declaración de modificación al patrimonio, durante el pasado mes de mayo de 2022; y
c. Incluso, aquellas personas servidoras públicas que sufrieron cambio de dependencia o entidad dentro del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla debieron dar aviso de dicha situación, sin que fuera necesario presentar la declaración de conclusión, tal y como lo precisa el artículo 33 fracción III de la Ley General de referencia.
En este sentido, se emite el presente Acuerdo, con la finalidad de que:
o Aquellas personas servidoras públicas que llevaron a cabo su declaración inicial en la presente administración, pero consideren que, requieren realizar algún tipo de aclaración, por advertir alguna inconsistencia, lo lleven a cabo; debiendo justificar el motivo de la aclaración; y
o Aquellas personas servidoras públicas que llevaron a cabo su declaración de modificación al patrimonio en la presente administración, pero consideren que, requieren realizar algún tipo de aclaración, por advertir alguna inconsistencia, lo realicen; debiendo justificar el motivo de la aclaración.
TERCERO. Con el presente Acuerdo, se exhorta a todas las personas servidoras públicas del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla a verificar, durante la vigencia de éste, las declaraciones patrimoniales y de intereses que tienen presentadas en la presente administración, a fin de que, de manera voluntaria, detecten y aclaren las inconsistencias en que hayan incurrido, con el apercibimiento que de no hacerlo, esta autoridad verificadora de la evolución patrimonial, presumirá, a partir de la terminación del presente Acuerdo, la veracidad de las declaraciones patrimoniales y de intereses y, en caso de detectar inconsistencias, se presumirá la persistencia de las mimas.
CUARTO. Conforme al artículo 30 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, de realizarse una verificación aleatoria a las declaraciones presentadas y, en caso de identificar anomalías en las mismas, se iniciará la investigación correspondiente, por la comisión de presuntas faltas administrativas, al omitir información o faltar a la verdad en su presentación, dado que éstas se presentan “bajo protesta de decir verdad”, por las personas servidoras públicas.
QUINTO. Todas las personas servidoras públicas que se beneficien con el presente Acuerdo tendrán que notificar en la Oficialía de Partes de la Contraloría Municipal del Honorable Ayuntamiento de Puebla, un escrito de solicitud, donde deberán señalar:
SEXTO. La Contraloría Municipal, por conducto de la Subcontraloría de Responsabilidades y Evolución Patrimonial, llevará a cabo una revisión respecto de la solicitud realizada y determinará si dicha aclaración es procedente o no, de conformidad con el presente Acuerdo, debiéndose emitir respuesta, por parte de este Órgano Interno de Control, al correo señalado, por parte de la persona servidora pública, en un término no mayor a treinta días hábiles.
SÉPTIMO. La persona servidora pública a la que se le responda favorablemente su solicitud, para realizar una aclaración, contará con un término improrrogable de diez días naturales, para acceder a la plataforma digital del “SISTEMA DE DECLARACIONES PATRIMONIALES S1”, a fin de que dé cumplimiento a la actualización de su declaración patrimonial y de intereses.
Una vez actualizada su declaración patrimonial y de intereses, la persona servidora pública deberá enviar al correo electrónico evolucióEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., de la Jefatura de Departamento de Amparos y Evolución Patrimonial de la Subcontraloría de Responsabilidades y Evolución Patrimonial, el acuse correspondiente, con lo cual se tendrá por terminada y atendida la solicitud.
Realizado lo anterior, este Órgano Interno de Control tendrá por cierta la protesta de decir verdad de lo declarado por la persona servidora pública y, con la actualización de la o las declaraciones patrimoniales y de intereses, que la información contenida en éstas corresponde a aquélla que es completa y cierta.
OCTAVO. El presente Acuerdo tendrá vigencia, a partir del día siguiente de su publicación en la Gaceta Municipal, así como en los medios electrónicos oficiales del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, y hasta el quince de abril de dos mil veintitrés.
ATENTAMENTE. CUATRO VECES HERÓICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 17 DE ENERO DE 2023. “CONTIGO Y CON RUMBO”. ALEJANDRA ESCANDÓN TORRES. CONTRALORA MUNICIPAL. RÚBRICA. RUBÉN EZEQUIEL ISLAS CONTRERAS. SUBCONTRALOR DE RESPONSABILIDADES Y EVOLUCIÓN PATRIMONIAL. RÚBRICA.