Tomo XL Número 3 - 21 Enero 2022

 

Gaceta Municipal del Honorable Ayuntamiento de Puebla

Tomo XL Número 3

Viernes, 21 de enero de 2022

La Gaceta Municipal es el órgano oficial de difusión del Ayuntamiento de Puebla

Convocatoria


Minuta


Convocatorias

  •  CONVOCATORIA A LA cuarta SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO (21-01-22)

 

Al margen un logotipo que dice: "Contigo y con rumbo".

 

A LOS CC. REGIDORAS Y REGIDORES
A LA C. SÍNDICO MUNICIPAL
INTEGRANTES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA
P R E S E NT E S

 

Me permito hacer de su conocimiento, que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 70, 74 primer párrafo y 75 primer párrafo y 76 de la Ley Orgánica Municipal, 36, 37, 38, 42, 104 del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla y el Punto de Acuerdo con número de resolución 2021/10, se les convoca a la celebración de la Cuarta Sesión Ordinaria de Cabildo, que tendrá verificativo el día 21 de enero del año en curso a las 9:00 horas, misma que será desahogada por medios electrónicos, en su modalidad mixta, en el cual se tratarán puntos conforme al siguiente: 

 

ORDEN DEL DÍA

 

1. Lista de Asistencia.

2. Declaración de Quórum Legal y apertura de la Cuarta Sesión Ordinaria de Cabildo.

3. Lectura y en su caso aprobación del Orden el Día.

4. Lectura, discusión y en su caso aprobación de las Actas de Cabildo correspondientes a la Sesión Extraordinaria de fecha diez de diciembre, Sesión Ordinaria de fecha diecisiete de diciembre y Sesión Extraordinaria de fecha veintiocho de diciembre, todas del dos mil veintiuno.

5. Lectura del Informe de la Noticia Administrativa y Estadística de la Administración Pública Municipal, del uno al treinta y uno de diciembre de dos mil veintiuno, que rinde el Presidente Municipal Constitucional por conducto de la Secretaría del Ayuntamiento.

6. Lectura del Informe Trimestral de actividades realizadas durante el periodo comprendido del uno de octubre al treinta y uno de diciembre de dos mil veintiuno, que rinden los Organismos Públicos Descentralizados de la Administración Pública Municipal.

7. Lectura del Informe Consolidado que presenta la Secretaría del Ayuntamiento, mediante el cual se da cuenta de diversos cumplimientos a resoluciones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla.

8. Lectura, discusión y en su caso aprobación del Dictamen que presentan las y los Regidores Integrantes de la Comisión de Gobernación por virtud del cual se aprueban los espacios públicos para la celebración de fiestas tradicionales y festividades patronales 2022 en el Centro Histórico y Zona de Monumentos.

9. Asuntos Generales.

 AG1. PUNTO DE ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE TIENEN POR PRESENTADAS LAS LICENCIAS DE DIVERSOS MIEMBROS DE LAS JUNTAS AUXILIARES DE LA RESURRECCIÓN Y SAN PEDRO ZACACHIMALPA DEL MUNICIPIO DE PUEBLA; ASÍ COMO LA SEPARACIÓN ABSOLUTA DE UNA INTEGRANTE DE SAN PEDRO ZACACHIMALPA, EN LOS TÉRMINOS SOLICITADOS RESPECTIVAMENTE.

Cierre de la Sesión.

 

 RESOLUCIÓN 2022/62

 

EDUARDO RIVERA PÉREZ, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, a sus habitantes, sabed:

 

Que por conducto de su Secretaría el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:

 

DICTAMEN POR VIRTUD DEL CUAL SE APRUEBAN LOS ESPACIOS PÚBLICOS PARA LA CELEBRACIÓN DE FIESTAS TRADICIONALES Y FESTIVIDADES PATRONALES 2022 EN EL CENTRO HISTÓRICO Y ZONA DE MONUMENTOS.

 

RES.2022/62

 

 

CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 102 Y 103 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; 3, 78 FRACCIONES I, IV, XVIII Y LXVII, 92 FRACCIONES I Y VII Y 120 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; 20, 21, 636, 637, 640, 641 INCISO A FRACCIÓN II, 641 BIS Y 645 DEL CÓDIGO REGLAMENTARIO PARA EL MUNICIPIO DE PUEBLA; 58 DE LA LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2022; Y 2 FRACCIÓN IX, 12 FRACCIÓN VII, 63 PRIMER PÁRRAFO, 93, 96, 97, 114 FRACCIÓN III, 133 Y 135 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE CABILDO Y COMISIONES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA; SOMETEMOS A DISCUSIÓN Y APROBACIÓN DE ESTE HONORABLE CUERPO COLEGIADO EL DICTAMEN POR VIRTUD DEL CUAL SE APRUEBAN LOS ESPACIOS PÚBLICOS PARA LA CELEBRACIÓN DE FIESTAS TRADICIONALES Y FESTIVIDADES PATRONALES 2022 EN EL CENTRO HISTÓRICO Y ZONA DE MONUMENTOS, POR LO QUE:


C O N S I D E R A N D O

 

I. Que, los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la Ley y serán gobernados por un Ayuntamiento de elección popular directa, que tendrá la facultad de establecer las Entidades que se juzguen convenientes para realizar sus objetivos; así como aprobar los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la Administración Pública Municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal, en términos de lo dispuesto por los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 102, 103 párrafo primero, 105 fracciones II y III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla.

II. Que, de conformidad con los artículos 78 fracción IV y 79 de la Ley Orgánica Municipal, los Bandos de Policía y Gobierno, los reglamentos, circulares y demás disposiciones de observancia general constituyen los diversos normativos tendientes a regular, ejecutar y hacer cumplir el ejercicio de las facultades y obligaciones que esta Ley confiere a los Ayuntamientos en el ámbito de su competencia; y deberán respetar los derechos humanos consagrados en el orden jurídico mexicano.

III. Que, son facultades y obligaciones de los Regidores la de ejercer la debida inspección y vigilancia, en los ramos a su cargo, realizar las facultades de deliberación y decisión de los asuntos que le competen al Ayuntamiento, así como dictaminar e informar sobre los asuntos que este le encomiende, de acuerdo a lo establecido en el artículo 92 fracciones I, III y V de la Ley Orgánica Municipal.

IV. Que, el Ayuntamiento para facilitar el despacho de los asuntos que le competen, nombrará comisiones permanentes o transitorias, que los examinen e instruyan hasta ponerlos en estado de resolución, contemplando la Comisión de Gobernación como permanente, de acuerdo a lo señalado por los artículos 94 y 96 de la Ley Orgánica Municipal; y en relación a los artículos 92, 96 párrafo primero y 114 fracción III del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla establecen que el Ayuntamiento se organizará en comisiones, las cuales emitirán sus resoluciones en forma colegiada teniendo sus integrantes derecho a voz y voto, estando facultadas para examinar, instruir y poner en estado de resolución los asuntos que les sean turnados para su estudio y emitir en su caso los dictámenes, puntos de acuerdo, recomendaciones e informes que resulten de sus actuaciones.

V. Que, los artículos 635 y 640 del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla, establecen la prohibición de instalar puestos temporales, semifijos y de cualquier otra naturaleza, en la vía pública, con la excepción de los casos en que se celebren fiestas tradicionales, entre otras, y podrán otorgarse permisos en las áreas expresamente autorizadas por el Ayuntamiento. En ese contexto, los artículos 636 y 637 del citado ordenamiento legal refieren que, en las fiestas tradicionales, únicamente se podrán vender alimentos preparados de los conocidos como antojitos, así como los artículos propios de estas festividades e instalarse juegos y atracciones de feria, con la autorización de la autoridad respectiva y previo el pago de los derechos que correspondan, considerando como fiesta tradicional la actividad que se realiza en lugares públicos para la celebración de determinados eventos populares.

VI. Que, de conformidad con lo anterior, las fiestas tradicionales y festividades patronales a realizarse en el Centro Histórico y Zona de Monumentos para el año 2022, se celebrarán en las fechas y ubicaciones siguientes:

 

FIESTAS TRADICIONALES / FESTIVIDADES PATRONALES

FECHA

LUGAR

UBICACIÓN DEL TEMPLO

ESPACIO

AUTORIZADO

DETALLES

 

Niño de Praga

25 de Enero

Templo Conventual de Nuestra Señora del Carmen

16 de Septiembre y 17 Oriente, Col. El Carmen.

Plaza Centenario Jardín del Carmen, 16 de Septiembre entre 15 y 17 Oriente, Col. El Carmen.

Venta de antojitos y artículos de temporada

 

Iglesia de Belén

28 de Enero

Templo del Antiguo Hospital de Nuestra Señora de Belén

Avenida  4 Poniente esquina 7 Norte S/N  Col. Centro Histórico.

Calle 4 Poniente entre 5 y 7 Norte, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

 

La Candelaria

01 y 02 de Febrero

Santuario de Nuestra Señora de la Merced

Calle 5 Norte 1001, Col. Centro Histórico.

Calle 5 Norte entre 10 y 12 Poniente,  Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

 

Parroquia de Santa Clara de Asís

Calle 6 Oriente 201, Col. Centro Histórico.

Calle 6 Oriente entre 2 y 4 Norte, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

 

Convento de Clarisas Capuchinas Franciscanas de San Francisco de Asís

16 de Septiembre 902, Col. Centro Histórico.

16 de Septiembre entre 9 y 11 Oriente-Poniente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

 

Iglesia de la Candelaria

Calle 22 Norte 2402, Col. Xonaca.

Calle 22 Norte entre 22 y 24 Oriente,  Col. Xonaca.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

 

Templo Conventual de Santa Teresa de Ávila

Calle 2 Norte 801, Col. Centro Histórico.

Calle 2 Norte entre 8 y 10 Oriente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

 

Templo Expiatorio de la Inmaculada Concepción

16 de Septiembre 701, Col. Centro Histórico.

16 de Septiembre  entre 7 y 9 Oriente-Poniente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

 

Templo Conventual de Nuestra Señora del Carmen

16 de Septiembre y 17 Oriente,  Col. El Carmen.

Plaza Centenario Jardín del Carmen, 16 de Septiembre, entre 15 y 17 Oriente  Col. El Carmen.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

 

Templo Conventual  de Santa Mónica y Señor de las Maravillas

Calle 5 de Mayo 1607,  Col. Centro Histórico.

Calle 5 de Mayo entre 16 y 18 Oriente-Poniente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

 

Templo de San Juan de Dios

5 de Mayo 1602, esquina 16 Oriente, Col. Centro Histórico.

Calle 5 De Mayo entre 16 y 18 Oriente-Poniente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

 

San Sebastián de Aparicio

Del 23 al 26 de Febrero

Templo y Convento Franciscano de la Impresión de las Cinco Llagas de San Francisco

Calle 14 Oriente 1009, Barrio del Alto.

Calle 14 Oriente sobre 10 norte y Paseo de San Francisco, hasta calle 22 Oriente, Barrio del Alto.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

 

Miércoles de Ceniza.

2 de Marzo

Santuario de Nuestra Señora de la Merced

Calle 5 Norte 1001, Col. Centro Histórico.

Calle 5 Norte entre 10 y 12 Poniente,  Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

 

Parroquia de Santa Clara de Asís

Calle 6 Oriente 201, Col. Centro Histórico.

Calle 6 Oriente entre calle 2 y 4 Norte,  Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

 

Convento de Clarisas Capuchinas Franciscanas de San Francisco de Asís

16 de Septiembre 902, Col. Centro Histórico.

16 de Septiembre entre 9 y 11 Oriente-Poniente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

 

Iglesia de la Candelaria

Calle 22 Norte 2402, Barrio de Xonaca.

Calle 22 Norte entre 22 y 24 Oriente, Barrio de Xonaca.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

 
 

Templo Conventual de Santa Teresa de Ávila

Calle 2 Norte  801, Col. Centro Histórico.

Calle 2 Norte entre 8 y 10 Oriente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

 

Templo Expiatorio de la Inmaculada Concepción

16 de Septiembre 701, Col. Centro Histórico.

16 de Septiembre  entre 7 y 9 Oriente-Poniente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

 

Templo Conventual de Nuestra Señora del Carmen

16 de Septiembre y 17 Oriente, Col. El Carmen.

Plaza Centenario Jardín del Carmen, 16 de Septiembre, entre 15 y 17 Oriente, Col. El Carmen.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

 
   

Templo Conventual de Santa Mónica y Señor de las Maravillas

Calle 5 de Mayo 1607, Col. Centro Histórico.

Calle 5 de Mayo entre 16 y 18 Oriente-Poniente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Templo de San Juan de Dios

Calle 5 de Mayo 1602, esquina 16 Oriente, Col. Centro Histórico.

Calle 5 de Mayo entre 16 y 18 Oriente-Poniente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Primer Viernes de Cuaresma

4 de Marzo

Parroquia de Nuestro Señor de San José

Calle 2 Norte 1803, Barrio de San Antonio.

Calle 2 Norte entre 18 y 20 Oriente, explanada del Parque San José, Barrio de San Antonio.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

San Juan de Dios

8 y 9 de Marzo

Templo de San Juan de Dios

Calle 5 de Mayo 1602, esquina 16 Oriente, Col. Centro Histórico.

Calle 5 de Mayo entre 16 y 18 Oriente-Poniente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Tercer Viernes de Cuaresma

18 de Marzo

Templo Conventual de Santa Mónica y Señor de las Maravillas

Calle 5 de Mayo 1607,  Col. Centro Histórico.

Calle 5 de Mayo entre 16 y 18 Oriente-Poniente,  Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

San José

Del 18 al 22 de Marzo

Parroquia de Nuestro Señor de San José

Calle 2 Norte 1803, Barrio de San Antonio.

Calle 2 Norte entre 18 y 20 Oriente, explanada del Parque de San José, Barrio de San Antonio.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Cuarto Viernes de Cuaresma

25 de Marzo

Templo del Señor de los Trabajos

Calle 11 Norte 1002,  Col. Centro Histórico.

Calle 11 Norte entre calle 10 y 12 Poniente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Sexto Viernes de Cuaresma

8 al 10 de Abril

Capilla de la Virgen de los  Dolores

Boulevard Héroes del 5 de Mayo S/N, Col. Centro Histórico.

Boulevard Héroes del 5 de Mayo entre 8 y 10 Oriente, Parque de Dolores, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Domingo de Ramos

10 de Abril

Santuario de Nuestra Señora de la Merced

Calle 5 Norte 1001, Col. Centro Histórico.

Calle 5 Norte entre 10 y 12 Poniente,  Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Parroquia de Santa Clara de Asís

Calle 6 Oriente 201, Col. Centro Histórico.

Calle 6 Oriente entre 2 y 4 Norte, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Convento de Clarisas Capuchinas Franciscanas de San Francisco de Asís

16 de Septiembre 902, Col. Centro Histórico.

16 de Septiembre entre 9 y 11 Oriente-Poniente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Templo Conventual de Santa Teresa de Ávila

Calle 2 Norte 801, Col. Centro Histórico.

Calle 2 Norte entre 8 y 10 Oriente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Templo Expiatorio de la Inmaculada Concepción

16 de Septiembre 701, Col. Centro Histórico.

16 de Septiembre entre 7 y 9 Oriente-Poniente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Templo conventual de Nuestra Señora del Carmen

16 de Septiembre y 17 Oriente, Col. El Carmen.

Plaza Centenario Jardín del Carmen, 16 de Septiembre, entre 15 y 17 Oriente, Col. El Carmen.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Templo Conventual de Santa Mónica y Señor de las Maravillas

Calle 5 de Mayo 1607,  Col. Centro Histórico.

Calle 5 de Mayo entre 16 y 18 Oriente-Poniente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Templo de San Juan de Dios

Calle 5 de Mayo 1602 esquina 16 Oriente, Col. Centro Histórico.

Calle 5 de Mayo entre 16 y 18 Oriente-Poniente  Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Templo de San Cristóbal

Calle 4 Norte esquina calle 6 Oriente, Col. Centro Histórico.

Calle 4 Norte entre 6 y 8 Oriente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Semana Mayor

Del 14 al 17 de Abril

Templo conventual de Nuestra Señora del Carmen

16 de Septiembre y 17 Oriente, Col. El Carmen.

Plaza Centenario Jardín del Carmen, 16 de Septiembre entre 15 y 17 Oriente, Col. El Carmen.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Santuario de Nuestra Señora de la Merced

Calle 5 Norte 1001, Col. Centro Histórico.

Calle 5 Norte entre 10 y 12 Poniente,  Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Templo Conventual de Santa Mónica y Señor de las Maravillas

Calle 5 de Mayo 1607,  Col. Centro Histórico.

Calle 5 de mayo entre 16 y 18 Oriente-Poniente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Templo de San Juan de Dios

Calle 5 de Mayo 1602 esquina 16 Oriente, Col. Centro Histórico.

Calle 5 de Mayo entre 16 y 18 Oriente-Poniente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Parroquia de Santa Clara de Asís

Calle 6 Oriente 201, Col. Centro Histórico.

Calle 6 Oriente entre 2 y 4 Norte, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Convento de Clarisas Capuchinas Franciscanas de San Francisco de Asís

16 de Septiembre  902, Col. Centro Histórico.

16 de Septiembre entre 9 y 11 Oriente-Poniente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Templo Conventual de Santa Teresa de Ávila

Calle 2 Norte 801, Col. Centro Histórico.

Calle 2 Norte entre 8 y 10 Oriente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Templo de San Cristóbal

Calle 4 Norte  esquina calle 6 Oriente, Col. Centro Histórico.

Calle 4 Norte entre 6 y 8 Oriente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Templo Expiatorio de La Inmaculada Concepción

16 de Septiembre 701, Col. Centro Histórico.

16 de Septiembre entre 7 y 9 Oriente-Poniente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Templo de San Juan de Letrán - el Hospitalito

Avenida 7 Oriente 708,  Col. Centro Histórico

7 Oriente entre 2 y 4 Sur, Col. Centro Histórico

Venta de antojitos y artículos de temporada

Capillas del Viacrucis

22 Oriente y Calzada de los Fuertes, Col. Rincón del Bosque

Calle 22 Oriente sobre 10 Norte y Calzada de los Fuertes, Col. Rincón del Bosque

Venta de antojitos y artículos de temporada

Templo y Convento Franciscano de la Impresión de las Cinco Llagas de San Francisco

Calle 14 Oriente  1009, Barrio del Alto

Calle 14 Oriente sobre 10 norte y Paseo de San Francisco hasta calle 22 Oriente, Barrio del Alto

Venta de antojitos y artículos de temporada

Día del Niño

30 de Abril

Convento de Clarisas Capuchinas Franciscanas de San Francisco de Asís

16 de Septiembre 902, Col. Centro Histórico.

16 de Septiembre 902 entre 9 y 11 Oriente-Poniente, Col. Centro Histórico

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Santa Catalina de Siena

30 de Abril

Templo Conventual de Santa Mónica y Señor de las Maravillas

Calle 5 de Mayo 1607,  Col. Centro Histórico.

Calle 5 de mayo entre 16 y 18 Oriente-Poniente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

La Santa Cruz

3 de Mayo

Parroquia de la Santa Cruz

Calle 16 Oriente  1204, Barrio del Alto.

Calle 16 Oriente entre 12 y 14 Norte,  Barrio del Alto.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Virgen de La Luz

26 y 27 de Mayo

Templo de Nuestra Señora de la Luz

Calle 2 Oriente 1401, Barrio de la Luz.

Avenida 2 oriente entre 14 y 16 norte, entre Juan de Palafox y Mendoza y 4 Oriente.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

San Antonio de Padua

13 de Junio

Templo de San Antonio

Calle 24 Poniente 102, Barrio de San Antonio.

Calle 24 Poniente entre 5 de Mayo y 3 Norte, Barrio de San Antonio.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Sagrados Corazones de Jesús y María

24 de Junio

Templo Inmaculado Corazón de María

Calle 7 Poniente 907, Col. Centro Histórico.

Calle 7 Poniente entre 9 y 11 Sur, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

San Juan Apóstol

24 de Junio

Templo de San Juan de Dios

Calle 5 de Mayo 1602 esquina 16 Oriente, Col. Centro Histórico.

Calle 5 de Mayo entre 16 y 18 Oriente-Poniente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Sagrado Corazón de Jesús

28 de Junio

Parroquia del Sagrado Corazón de Jesús

Calle 9 Norte 1002, Col. Centro Histórico.

Calle 9 Norte entre 10 y 12 Poniente,  Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

San Pedro y San Pablo

29 y 30 de Junio

Templo del Ex Hospital de San Pedro

Calle 4 Norte y Avenida 2 Oriente, Col. Centro Histórico.

Calle 4 Norte entre 2 y 4 Oriente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Señor de las Maravillas

Del 29 de Junio al 01 de Julio

Templo de Santa Mónica y Señor de las Maravillas

Calle 5 de Mayo 1607,  Col. Centro Histórico.

Calle 5 de mayo entre 16 y 18 Oriente-Poniente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Virgen del Refugio

4 de Julio

Parroquia de Nuestra Señora del Refugio

Calle 30 Poniente 505, Col. Santa María.

Calle 30 Poniente entre 5 y 7 Norte, Col. Santa María.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Virgen del Carmen

Del 15 al 19 de Julio

Templo Conventual de Nuestra Señora del Carmen

16 de Septiembre y 17 Oriente Col. El Carmen.

Avenida 16 de Septiembre de la 11 a la 19 Oriente- Poniente.

Explanada del Parque del Carmen, y

Avenida 15, 17 y 19 Oriente- Poniente entre 2 y 3 sur.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Santiago Apóstol

Del 24 al 26 de Julio

Parroquia de Santiago Apóstol

Calle 15 Sur 1704, Barrio de Santiago.

Calle 15 Sur entre 17 y 19 Poniente, Parque de Santiago, Barrio de Santiago.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Santa Anita

Del 24 al 26 de Julio

Parroquia del Señor de la Salud de Santa Anita

Calle 28 Poniente 1115, Col. Lázaro Cárdenas.

Privada 13 Norte "A" entre 26 y 28 Poniente, Col. Lázaro Cárdenas.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Coronación de La Virgen del Carmen

26 de Julio

Templo Conventual de Nuestra Señora del Carmen

16 de Septiembre y 17 Oriente Col. El Carmen.

Plaza Centenario Jardín del Carmen, 16 de Septiembre, entre 15 y 17 Oriente, Col. El Carmen.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

San Roque

30 de Julio

Templo del Ex Hospital de San Roque

Calle Don Juan de Palafox y Mendoza 605, Col. Centro Histórico.

Calle 6 Norte y Boulevard Héroes del 5 de Mayo sobre Juan de Palafox y Mendoza, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

El Niño Cieguito

9 al 11 de Agosto

Convento de Clarisas Capuchinas Franciscanas de San Francisco de Asís

16 de Septiembre 902, Col. Centro Histórico.

16 de Septiembre entre 9 y 11 Oriente-Poniente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Santa Clara

11 y 12 de Agosto

Parroquia de Santa Clara de Asís

Calle 6 Oriente 201, Col. Centro Histórico.

Calle 6 Oriente entre 2 y 4 Norte, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Virgen de La Soledad

15 de Agosto

Parroquia del Sagrario Metropolitano (Templo de Nuestra Señora de la Soledad)

Avenida 2 Sur 1106, Col. Centro Histórico.

Avenida 2 Sur entre 11 y 13 Oriente,  Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Virgen La Asunción de María

15 de Agosto

Parroquia del Santo Ángel Custodio

Calle 7 Oriente 1202, Barrio de Analco.

Calle 7 Oriente entre 10 y 12 Sur, Barrio de Analco.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

San Cristóbal

Del 16 al 18 De Agosto

Templo de San Cristóbal

Calle 4 Norte esquina 6 Oriente, Col. Centro Histórico.

Calle 4 Norte entre 6 y 8 Oriente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Virgen del Rayo

18 de Agosto

Parroquia de Nuestra Señora del Rayo

Calle 42 Poniente 724, Col. Santa María.

Calle 42 Poniente entre Avenida Héroes de Nacozari y 5 Norte, Col. Santa María.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

San Agustín

28 de Agosto

Iglesia de San Agustín

Avenida 3 Poniente 505 Col. Centro Histórico.

Calle 5 Sur entre 3 y 5 Poniente  Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Santa Rosa de Lima

30 y 31 de Agosto

Templo de Santa Rosa de Lima

Avenida 12 Poniente 302, Col. Centro Histórico.

Calle 3 Norte entre 8 y 14 Poniente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

San Ramón

31 de Agosto

Capilla de San Ramón Nonato

Calle 9 Norte 806, Col. Centro Histórico.

Calle 9 Norte entre 8 y 10 Poniente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Fiestas Patrias

15 de Septiembre

Centro Histórico

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Calle 16 de Septiembre entre 5 y 11 Oriente-Poniente; 5 Oriente-Poniente entre 2 sur y 3 Sur; 2 Norte entre 2 Oriente y 10 Oriente, Col. Centro Histórico

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Virgen de La Merced

24 de Septiembre

Santuario de Nuestra Señora de la Merced

Calle 5 Norte 1001, Col. Centro Histórico.

Calle 5 Norte entre 10 y 12 Poniente,  Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

San Miguel Arcángel

27 al 29 de Septiembre

Iglesia de San Miguel Arcángel

Calle 17 Norte 808,Barrio de San Miguelito.

Calle 17 Norte entre 8 y 12 Poniente, Barrio de San Miguelito.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Santo Ángel Custodio

02 de Octubre

Parroquia del Santo Ángel Custodio

Calle 7 Oriente 1202, Barrio de Analco.

Calle 7 Oriente entre 10 y 12 Sur, Barrio de Analco.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

San Francisco de Asís

Del 3 al 5 de Octubre

Templo y Convento Franciscano de la Impresión de las Cinco Llagas de San Francisco

Calle 14 Oriente 1009, Barrio del Alto.

Calle 14 Oriente sobre 10 Norte y Paseo de San Francisco hasta 22 Oriente, Barrio del Alto.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Santa Teresita de Ávila

Del 15 al 17 de Octubre

Templo Conventual de Santa Teresa de Ávila

Calle 2 Norte 801, Col. Centro Histórico.

Calle 2 Norte entre 8 y 10 Oriente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Día de Muertos

Del 28 de Octubre al 04 de Noviembre

Templo Conventual de Nuestra Señora del Carmen

16 de Septiembre y 17 Oriente,  Col. El Carmen.

Plaza Centenario Jardín del Carmen, 16 de Septiembre entre 15 y 17 Oriente,  Col. El Carmen.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Santa Cecilia

22 de Noviembre

Ex Convento de Santa Inés

Calle 3 Sur  903, Col. Centro Histórico.

Calle 3 Sur entre 7 y 9 Poniente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Cristo Rey

25 de Noviembre

Parroquia de Cristo Rey

Calle 5 de Mayo "B" Oriente, Col. Hidalgo.

Calle 5 de Mayo "B" Oriente entre 40 y 42 Oriente, Col. Hidalgo.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

La Concepción

08 de Diciembre

Templo Expiatorio de la Inmaculada Concepción

16 de Septiembre 701, Col. Centro Histórico.

Calle 16 de Septiembre entre 7 y 9 Oriente-Poniente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

 

 

Acción de Gracias

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Acción de Gracias

 

 

31 de Diciembre

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

31 de Diciembre

Santuario de Nuestra Señora de la Merced

Calle 5 Norte 1001, Col. Centro Histórico.

Calle 5 Norte entre 10 y 12 Poniente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Parroquia de Santa Clara de Asís

Calle 6 Oriente 201, Col. Centro Histórico.

Calle 6 Oriente entre 2 y 4 Norte,  Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Convento de Clarisas Capuchinas Franciscanas de San Francisco de Asís

16 de Septiembre 902, Col. Centro Histórico.

16 de Septiembre entre 9 y 11 Oriente- Poniente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Templo Conventual de Santa Teresa de Ávila

Calle 2 Norte 801, Col. Centro Histórico.

Calle 2 Norte entre 8 y 10 Oriente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Templo Expiatorio de la Inmaculada Concepción

16 de Septiembre 701, Col. Centro Histórico.

16 Septiembre entre 7 y 9 Oriente-Poniente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Templo Conventual de Nuestra Señora del Carmen

16 de Septiembre y 17 Oriente Col. El Carmen.

Plaza Centenario Jardín del Carmen, 16 de Septiembre entre 15 y 17 Oriente, Col. El Carmen.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Templo Conventual de Santa Mónica

Calle 5 de mayo 1607, Col. Centro Histórico.

Calle 5 de mayo entre 8 y 16 Oriente- Poniente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Templo San Juan de Dios

Calle 5 de Mayo 1602 esquina 16 Oriente, Col. Centro Histórico.

Calle 5 de Mayo entre 16 y 18 Oriente- Poniente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

Templo de San Cristóbal

Calle 4 Norte esquina 6 Oriente, Col. Centro Histórico.

Calle 4 Norte entre 6 y 8 Oriente, Col. Centro Histórico.

Venta de antojitos y artículos de temporada.

 

VII. Que, la Unidad de Normatividad y Regulación Comercial y la Dirección de Gestión de Riesgos en Materia de Protección Civil de la Secretaría de Gestión y Desarrollo Urbano, y la Dirección de Emergencia y Respuesta Inmediata de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, en el ámbito de sus competencias, deberán de coordinarse a efecto de planear con anticipación a la expedición de permisos, la logística para poder señalar a las y los vendedores ambulantes, semifijos y prestadores ambulantes de servicios, las acciones que permitan garantizar la seguridad de las personas asistentes, de acuerdo a lo establecido por los artículos 447 Bis penúltimo párrafo, 486 y 488 del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla.

VIII. Que, la expedición de los permisos correspondientes para la instalación de juegos mecánicos, se causarán y pagarán de acuerdo a las cuotas, tasas o tarifas que establezca la Ley de Ingresos del Municipio de Puebla para cada Ejercicio Fiscal, de conformidad con lo establecido por el artículo 636 del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla.

IX. Que, el artículo 640 del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla señala que la Secretaría de Gobernación Municipal es la responsable de instrumentar acciones de ordenamiento de las actividades comerciales en la vía pública, así como el otorgamiento de permisos para el ejercicio del mismo, bajo criterios de temporalidad. Estableciendo expresamente la prohibición de otorgar permisos en Zona de Monumentos a comerciantes ambulantes, semifijos y prestadores de servicios ambulantes, salvo en las áreas expresamente autorizadas por el Ayuntamiento; y que será a través del Departamento de Concertación de Espacios Públicos de la Dirección de Desarrollo Político quien podrá autorizar, expedir los permisos correspondientes, establecer los espacios, determinar el número de comerciantes, fijar los días y horarios en los que se permita ejercer del comercio ambulante, semifijo y prestación ambulante de servicios, de acuerdo a lo establecido por el artículo 641 Bis del mismo ordenamiento legal.

X. Que, la Gerencia del Centro Histórico y Patrimonio Cultural es el Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Gestión y Desarrollo Urbano del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, competente en materia del funcionamiento, conservación, protección y promoción del Centro Histórico, Áreas Patrimoniales y Monumentos en el Municipio de Puebla, cuyo objeto será conocer, preservar, proteger, vigilar, rescatar y mejorar el Centro Histórico y Zonas Patrimoniales del Municipio, así como divulgar sus valores y promover la ocupación inmobiliaria, la inversión, la investigación, gestión y ejecución de proyectos estratégicos urbanos, la generación de espacios de encuentro y convivencia, la procuración de recursos económicos, la supervisión de los proyectos de obra pública y servicios relacionados de su competencia, la coordinación interinstitucional, la inclusión y participación de las y los ciudadanos, para efectos de que perduren y se enaltezcan como testimonio histórico universal a favor de la calidad de vida de quienes los habitan de forma permanente o transitoria; de acuerdo a lo establecido por el artículo 657 fracción LVI del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla y 38 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gestión y Desarrollo Urbano del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla.

XI. Que, para efectos de delimitación de la Zona de Monumentos, el artículo 761 del Código Reglamentario para el Municipio, señala que corresponde a la Poligonal contenida en el Decreto del Ejecutivo del Estado, que declara “Zona Típica Monumental” parte de la Ciudad de Puebla y que se conforma por 7,461 predios y 30 jardines o áreas públicas, comprendiendo el área urbanizada más antigua de la ciudad, incluyendo los Barrios de San Antonio, San José, Santa Anita, La Luz, El Alto, Analco, El Carmen, Santiago, San Miguelito, Xanenetla, El Refugio, Xonaca y los Remedios.

XII. Que, en función de la protección, preservación y conservación de la Zona del Centro Histórico y Monumentos, se deberá nombrar a un responsable que se comprometa a dar cumplimento a las recomendaciones que emita la Gerencia del Centro Histórico y Patrimonio Cultural y el Departamento de Concertación de Espacios Públicos, para la utilización del espacio solicitado.

XIII. Que, la Secretaría de Economía y Turismo del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, es una Dependencia de la Administración Pública Municipal Centralizada, que tiene como objeto construir un esquema de corresponsabilidad a través de la competitividad, emprendimiento e innovación para propiciar, fortalecer el desarrollo económico y posicionar al Municipio como destino turístico, mediante la difusión del patrimonio y actividades culturales, con estrategias que generen productos turísticos enfocados a la actividad cultural, además de la atención a los turistas, visitantes y residentes del Municipio e industria turística, y dentro de sus atribuciones se encuentra el diseñar, ejecutar y promover programas, que hagan del Municipio, un destino turístico a nivel nacional e internacional, de acuerdo a lo establecido por los artículos 4, 5 y 8 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía y Turismo del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla.

XIV. Que, es objeto de estos derechos, la ocupación de espacios públicos en mercados municipales y/o mercados y tianguis sobre ruedas en vía pública, en los portales y otras áreas municipales exceptuando áreas verdes, entre otros; así mismo, son sujetos de este derecho, las personas físicas o morales que utilicen estos espacios públicos, de acuerdo a lo establecido en los artículos 272 y 273 del Código Fiscal y Presupuestario para el Municipio de Puebla.

XV. Que, los derechos por la ocupación de espacios, se calcularán y pagarán de conformidad con las cuotas, tasas o tarifas que establezca la Ley de Ingresos del Municipio de Puebla para el Ejercicio Fiscal 2022, de acuerdo a lo establecido por el artículo 274 fracción VI del Código Fiscal y Presupuestario para el Municipio de Puebla.

XVI. Que, mediante Decreto del Ejecutivo del Estado de Puebla publicado el trece de octubre del año dos mil veintiuno, se autorizó reanudar las actividades económicas, comerciales, sociales, culturales y religiosas en el Estado, mismas que deberán contar con un protocolo sanitario que contemple el uso obligatorio de cubrebocas, habilitación de sentidos de circulación para entrada y salida, sana distancia y la desinfección constante de superficies y objetos.

XVII. Que, en materia de protección civil corresponde al Honorable Ayuntamiento a través de la Dirección de Gestión de Riesgos en Materia de Protección Civil de la Secretaría de Gestión y Desarrollo Urbano y de la Dirección de Emergencia y Respuesta Inmediata de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, en el ámbito de sus competencias, ejercer las funciones de inspección y vigilancia conforme a lo establecido en el Capítulo 11 denominado “Protección Civil Municipal” del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla y demás ordenamientos legales vigentes aplicables.

XVIII. Que, en materia de tránsito y seguridad vial confluyen diversos ordenamientos, siendo de supremacía constitucional el derecho de tránsito y el marco de libertades, en este sentido, corresponde a la autoridad municipal aplicar en lo conducente las disposiciones señaladas en el Capítulo 10 denominado “Tránsito Municipal, Movilidad y Seguridad Vial” del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla, garantizando la fluidez vehicular con los parámetros de velocidad que correspondan y el uso responsable de los espacios públicos, así como un desplazamiento libre y seguro de personas, vehículos en un entorno de cultura cívica y de una genuina conexión entre gobierno y sociedad.


Por lo anteriormente expuesto y fundado, se pone a consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado la aprobación del siguiente:

 

D I C T A M E N

 

PRIMERO. Se instruye a la Secretaría de Gobernación Municipal para que a través de la Jefatura del Departamento de Concertación de Espacios Públicos, de la Dirección de Desarrollo Político, en términos del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla, otorgue permisos directamente a los prestadores ambulantes de servicios, vendedores ambulantes y semifijos para las fiestas tradicionales y festividades patronales a realizarse en el Centro Histórico y Zona de Monumentos durante el año 2022, dentro de los espacios autorizados conforme a los considerandos VI, VII, VIII y IX del presente Dictamen.

SEGUNDO. Se instruye a la Unidad de Normatividad y Regulación Comercial de la Tesorería Municipal para que, en el ámbito de sus atribuciones de supervisar y autorizar, se coordine con la Secretaría de Gobernación Municipal, a efecto de que conjuntamente regulen los juegos mecánicos y atracciones de feria que en su caso, sean solicitados para las festividades patronales y tradicionales en el Centro Histórico y Zona de Monumentos de conformidad con los considerados VI, VII, VIII y IX de este Dictamen.

TERCERO. Se instruye a la Secretaría de Economía y Turismo del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, a efecto de realizar la promoción y difusión de las fiestas tradicionales y festividades patronales a realizarse en el Centro Histórico y Zona de Monumentos, señaladas en el considerando VI del presente Dictamen.

CUARTO. Se instruye a la Gerencia del Centro Histórico y Patrimonio Cultural del Municipio de Puebla y a la Dirección de Gestión de Riesgos en Materia de Protección Civil de la Secretaría de Gestión y Desarrollo Urbano, para que en el ámbito de sus respectivas competencias y de acuerdo a la normatividad aplicable, realicen las acciones que estimen pertinentes y emitan sus recomendaciones en relación con las fiestas tradicionales y festividades patronales a realizarse en el Centro Histórico y Zona de Monumentos, descritas en el considerando VI del presente Dictamen.

QUINTO. Se instruye a la Dirección de Gestión de Riesgos en Materia de Protección Civil de la Secretaría de Gestión y Desarrollo Urbano, y a la Dirección de Emergencia y Respuesta Inmediata de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, en el ámbito de sus respectivas competencias, para que verifique la aplicación de las medidas sanitarias, para evitar la propagación en contagios por el Virus Sars-Cov2 (Covid-19), así como implementar las recomendaciones emitidas por el Comité Municipal para el Fortalecimiento de Medidas de Prevención de COVID-19, y en caso de incumplimiento proceda conforme a las sanciones correspondientes. La Secretaría de Gobernación Municipal coadyuvará con el fin de evitar aglomeraciones y mantener la sana distancia.

SEXTO. Se instruye a la Secretaría de Seguridad Ciudadana para que en el ámbito de su respectiva competencia regule la seguridad vial, el tránsito municipal y la movilidad de personas y vehículos motorizados y no motorizados, en las zonas aprobadas para las fiestas tradicionales y festividades patronales a realizarse, de acuerdo al considerando VI y XVIII del presente Dictamen.

SÉPTIMO. Se instruye a la Secretaría de Gobernación Municipal, Unidad de Normatividad y Regulación Comercial de la Tesorería Municipal, a la Secretaría de Economía y Turismo Municipal, a la Gerencia del Centro Histórico y Patrimonio Cultural, y a la Dirección de Gestión de Riesgos en Materia de Protección Civil de la Secretaría de Gestión y Desarrollo Urbano y a la Dirección de Emergencia y Respuesta Inmediata de la Secretaría de Seguridad Ciudadana para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, a través de la primera de las mencionadas, informen a la Comisión de Gobernación del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, así como a la Contraloría Municipal, lo siguiente: a). La cantidad de permisos y metros cuadrados autorizados; b). Los ingresos recaudados; c). Las acciones y recomendaciones ejercidas por las Direcciones de Gestión de Riesgos en Materia de Protección Civil de la Secretaría de Gestión y Desarrollo Urbano, y de Emergencia y Respuesta Inmediata de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, y la Gerencia del Centro Histórico y Patrimonio Cultural; d). Los procedimientos administrativos de ejecución, respecto de créditos fiscales a favor del Ayuntamiento, previo análisis de su pertinencia legal y e). Las acciones de promoción y difusión emprendidas. Dicho informe deberá ser rendido de manera bimestral.

OCTAVO. Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento, a efecto de que notifique el presente Dictamen a la Secretaría de Gobernación Municipal, Unidad de Normatividad y Regulación Comercial de la Tesorería Municipal, Secretaría de Economía y Turismo, Gerencia del Centro Histórico y Patrimonio Cultural, a la Dirección de Gestión de Riesgos en Materia de Protección Civil de la Secretaría de Gestión y Desarrollo Urbano, y la Dirección de Emergencia y Respuesta Inmediata de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, todas del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla. Así como a las Dependencias que de acuerdo a sus atribuciones corresponda, para los efectos a que haya lugar.

NOVENO. Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento, a efecto de que realice las gestiones necesarias, para que el presente dictamen se publique por una sola ocasión en la Gaceta Municipal.


ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 11 DE ENERO DE 2022. “CONTIGO Y CON RUMBO”. COMISIÓN DE GOBERNACIÓN DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA. REG. MIGUEL ÁNGEL DE JESÚS MANTILLA MARTÍNEZ. PRESIDENTE. RÚBRICA. REG. MARÍA DOLORES CERVANTES MOCTEZUMA. VOCAL. RÚBRICA. REG. JOSÉ CARLOS MONTIEL SOLANA. VOCAL. RÚBRICA. REG. GABRIELA RUÍZ BENÍTEZ. VOCAL. RÚBRICA. REG. LEOBARDO RODRÍGUEZ JUÁREZ. VOCAL. RÚBRICA.

  

 

LA QUE SUSCRIBE, SILVIA GUILLERMINA TANÚS OSORIO, SECRETARIA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, CERTIFICO QUE LA RESOLUCIÓN QUE ANTECEDE FUE APROBADA EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS POR UNANIMIDAD DE VOTOS EN LA CUARTA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO CELEBRADA EL 21 DE ENERO DE 2022. LO ANTERIOR, PARA LOS EFECTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS A QUE HAYA LUGAR.- CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 21 DE ENERO DE 2022.- “CONTIGO Y CON RUMBO”.- RÚBRICA.

 

 

Por lo tanto, así se tendrá entendido para su ejecución; instruyendo se publique en la Gaceta Municipal, se circule y observe. 

 

ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 21 DE ENERO DE 2022.  EDUARDO RIVERA PÉREZ, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA. RÚBRICA.

 

 

 RESOLUCIÓN 2022/63

 

EDUARDO RIVERA PÉREZ, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, a sus habitantes, sabed:

 

Que por conducto de su Secretaría el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:

 

PUNTO DE ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE TIENEN POR PRESENTADAS LAS LICENCIAS DE DIVERSOS MIEMBROS DE LAS JUNTAS AUXILIARES DE LA RESURRECCIÓN Y SAN PEDRO ZACACHIMALPA DEL MUNICIPIO DE PUEBLA; ASÍ COMO LA SEPARACIÓN ABSOLUTA DE UNA INTEGRANTE DE SAN PEDRO ZACACHIMALPA, EN LOS TÉRMINOS SOLICITADOS RESPECTIVAMENTE.

 

RES.2022/63

 

 

CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 102 Y 103 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; 3, 52 FRACCIONES I y II; 78 FRACCIONES I, IV Y XXVII, 92 FRACCIONES I, III Y VII, 224, 226 Y 229 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; 20, 21 Y 108 DEL CÓDIGO REGLAMENTARIO PARA EL MUNICIPIO DE PUEBLA; 2 FRACCIÓN XV, 12 FRACCIÓN VII, 63 SEGUNDO PÁRRAFO, 114 FRACCIÓN III, 130 Y 135 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE CABILDO Y COMISIONES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA; SOMETEMOS A SU DISCUSIÓN Y APROBACIÓN DE ESTE HONORABLE CUERPO COLEGIADO EL PUNTO DE ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE TIENEN POR PRESENTADAS LAS LICENCIAS DE DIVERSOS MIEMBROS DE LAS JUNTAS AUXILIARES DE LA RESURRECCIÓN Y SAN PEDRO ZACACHIMALPA DEL MUNICIPIO DE PUEBLA; ASÍ COMO LA SEPARACIÓN ABSOLUTA DE UNA INTEGRANTE DE SAN PEDRO ZACACHIMALPA, EN LOS TÉRMINOS SOLICITADOS RESPECTIVAMENTE, POR LO QUE:


C O N S I D E R A N D O

 

I. Que, el artículo 115 fracciones I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es el orden normativo, que constituye y regula la organización política del Municipio, establece los límites y prohibiciones en el territorio; en tal contexto se dictamina en los artículos 102, 103 y 105 fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla que la base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado es el Municipio Libre, quien gozará de personalidad jurídica, manejarán su patrimonio conforme a la ley y será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal y el número de Regidores y Síndico que la Ley determine; de igual forma imprime en su contenido que las atribuciones que otorga la Constitución al Gobierno Municipal, se ejercerán por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna, entre éste y el Gobierno del Estado.

II. Que, la Ley Orgánica Municipal señala los derechos y obligaciones de los vecinos del Municipio; así como facultades y obligaciones del Ayuntamiento. En tal circunstancia dentro de sus artículos 78 fracción IV, 79 y 89 párrafo primero determina la atribución para expedir y actualizar Bandos de Policía y Gobierno, Reglamentos, Circulares y Disposiciones Administrativas de observancia general, referentes a su organización, funcionamiento, servicios públicos que deban prestar y demás asuntos de su competencia, sujetándose a las bases normativas establecidas por la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, vigilando su observancia y aplicación; con pleno respeto a los derechos humanos que reconoce el orden jurídico nacional; asimismo las reglas y disposiciones que se deben observar para la elaboración de documentos que se habrán de presentar al Cabildo del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla.

III. Que, los artículos 78 fracción IV y 84 párrafo primero de la Ley Orgánica Municipal, establecen la atribución de los Ayuntamientos de expedir el Bando de Policía y Gobierno, los Reglamentos, Circulares y demás disposiciones de observancia general, siguiendo el proceso reglamentario, que comprenderá las etapas de propuesta, análisis, discusión, aprobación y publicación, asimismo la fracción XXVII del artículo 78 de dicho ordenamiento jurídico establece como atribución del Ayuntamiento la de conceder licencias y resolver sobre las renuncias que formulen los integrantes del mismo Ayuntamiento o los de las Juntas Auxiliares, dando aviso al Congreso del Estado.

IV. Que, el artículo 92 fracciones I, IV, V y VII de la Ley Orgánica Municipal, señala que es facultad y obligación de los Regidores, ejercer la debida inspección y vigilancia en los ramos a su cargo, formar parte de las comisiones para las que fueren designados por el Ayuntamiento, dictaminar e informar sobre los asuntos que éste les encomiende y formular las propuestas de ordenamiento en asuntos municipales.

V. Que, en los artículos 12 fracción VII; 122, 123, 124, 128 y 135 del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, se establece que los Regidores forman parte del cuerpo colegiado que delibera, analiza, discute, resuelve, evalúa, controla y vigila la correcta prestación de los servicios públicos, así como el adecuado funcionamiento de los diversos ramos de la administración municipal.

VI. Que, mediante oficios número SEGOBM-UCJAAV-001/2022 y SG-UCJAAV-027/2022, ambos signados por José Carlos Méndez Paz, Titular de la Unidad de Concertación en Juntas Auxiliares y Atención Vecinal de la Secretaría de Gobernación Municipal, remitió a la Comisión de Gobernación del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla el Acta de Sesión Ordinaria de la Junta Auxiliar de La Resurrección, correspondiente al veintiséis de diciembre del año dos mil veintiuno, con los siguientes documentos:

1.  Escrito de fecha treinta y uno de diciembre de dos mil veintiuno del Ciudadano Abrahan Alejandro Pérez Pérez, Presidente de la Junta Auxiliar de La Resurrección, dirigido al Ciudadano José Carlos Méndez Paz, entonces Encargado de Despacho de la Dirección de Atención Vecinal y Comunitaria de la Secretaría de Gobernación Municipal, por virtud del cual informa que “…con fecha veintiséis de diciembre del año dos mil veintiuno, el Cabildo Auxiliar aprobó la solicitud de licencia temporal de mi cargo como Presidente Auxiliar Municipal de la comunidad indígena de la Resurrección, por lo que el ciudadano Oscar Iletl Pérez en su carácter de Suplente Presidente Auxiliar de acuerdo al plebiscito por usos y costumbres celebrado el día diez de febrero del año dos mil diecinueve, por lo que ocupará el cargo de Presidente Auxiliar municipal…”. Por lo que se tiene por aprobada la licencia temporal del cargo de Presidente Auxiliar Municipal de la Comunidad Indígena de la Resurrección, a partir del día uno de enero del año dos mil veintidós, hasta que concluya el proceso plebiscitario.
2.  Escrito de atenta invitación a integrantes de la Junta Auxiliar para la celebración de dicha Sesión de Cabildo Auxiliar.
3.  Convocatoria a la Sesión Ordinaria de Cabildo Auxiliar de fecha veintiuno de diciembre de dos mil veintiuno y Acta de la Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el día veintiséis de diciembre de dos mil veintiuno, mediante la cual se tiene por aprobada la licencia temporal de Abrahan Alejandro Pérez Pérez, al cargo de Presidente Auxiliar de La Resurrección.
4.  Acta de Sesión de Cabildo Extraordinaria de fecha primero de enero del año en curso, de la cual se desprende la aprobación de la solicitud de renuncia de Griselda Cuatlaxahue Portada, integrante de Gobernación de dicha Junta Auxiliar.

VII. Que, con fecha doce de enero del año dos mil veintidós, mediante oficio número SEGOBM-UCJAAV-022/2022, signado por José Carlos Méndez Paz Titular de la Unidad de Concertación en Juntas Auxiliares y Atención Vecinal de la Secretaría de Gobernación Municipal, remitió a la Comisión de Gobernación del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, Acta de Sesión Extraordinaria de Cabildo de la Junta Auxiliar de San Pedro Zacachimalpa, correspondiente al tres de enero del año dos mil veintidós, con los siguientes documentos:

1. Escrito de fecha cuatro de enero de dos mil veintidós, mediante el cual el Ciudadano José Alfredo Jiménez Navarro, Presidente de la Junta Auxiliar de San Pedro Zacachimalpa, remitió el Acta de Sesión Extraordinaria de Cabildo de fecha tres de enero de dos mil veintidós al Ciudadano José Carlos Méndez Paz Titular de la Unidad de Concertación en Juntas Auxiliares y Atención Vecinal de la Secretaría de Gobernación Municipal.

2. Acta de Sesión de Cabildo Auxiliar, en la cual se hace referencia a la solicitud de licencia temporal de los Ciudadanos José Alfredo Jiménez Navarro, Presidente Auxiliar; Beatriz Adriana Hernández González, integrante Propietaria de Hacienda; María Liliana Vargas Morales, integrante Propietaria de Gobernación; Gisela Marilú Pérez Moreno, integrante Propietaria de Obra, y Yazmani Javier Zenteno Jiménez, integrante Propietario de Educación y Deporte.

3. Escritos dirigidos al Ciudadano Jorge Arturo Cruz Lepe Secretario de Gobernación del Municipio de Puebla, todos de fecha cuatro de enero de dos mil veintidós, signados por los integrantes citados en el numeral anterior, a través de los cuales solicitan licencia para ausentarse de sus funciones en el periodo comprendido del tres al veinticinco de enero de dos mil veintidós.

Cabe mencionar que en términos del artículo 52 fracción I incisos a), b) y e) de la Ley Orgánica Municipal, serán los integrantes suplentes quienes deberán cubrir dichos cargos. Es pertinente mencionar que la licencia solicitada por los integrantes descritos en el párrafo inmediato anterior, no excede de treinta días; sin embargo, dicha licencia la solicitan cuatro de cinco integrantes propietarios, por lo que es necesario llamar a los suplentes respectivos para constituir Quórum.

VIII. Que, el artículo 224 de la Ley Orgánica Municipal señala que las Juntas Auxiliares son órganos desconcentrados de la administración pública municipal y estarán supeditados al Ayuntamiento del que formen parte y estarán integradas por un Presidente y cuatro miembros propietarios, y sus respectivos suplentes.

En ese tenor de ideas, el artículo 226 del mismo ordenamiento determina que los integrantes de las Juntas Auxiliares otorgarán la protesta de Ley ante el Presidente Municipal respectivo o su representante.

IX. Que, el artículo 229 del ordenamiento en cuestión establece que los integrantes de la Junta Auxiliar saliente harán entrega formal a los integrantes de la Junta Auxiliar entrante de los expedientes, los bienes muebles e inmuebles, utensilios y materiales, que hayan estado a su cargo en un plazo no mayor a cinco días contados a partir de la fecha de toma de posesión.

X. Que, derivado de lo descrito en los considerandos VI y VII del presente Punto de Acuerdo, en cumplimiento al artículo 52 fracción I, incisos a), b), c) y e) de la Ley Orgánica Municipal, se deberá tomar la protesta de Ley a los Presidentes e integrantes suplentes respectivos.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, se somete a consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado el siguiente:


PUNTO DE ACUERDO

 

PRIMERO. Se tienen por presentadas las licencias solicitadas por el ciudadano Abrahan Alejandro Pérez Pérez integrante de la Junta Auxiliar de La Resurrección y los ciudadanos José Alfredo Jiménez Navarro, Beatriz Adriana Hernández González, María Liliana Vargas Morales, Gisela Marilú Pérez Moreno y Yazmani Javier Zenteno Jiménez, integrantes de la Junta Auxiliar de San Pedro Zacachimalpa del Municipio de Puebla, en los términos solicitados de conformidad con los considerandos VI y VII del presente Punto de Acuerdo.

SEGUNDO. Se tiene por presentada la separación absoluta de Griselda Cuatlaxahue Portada, integrante de la Junta Auxiliar de La Resurrección del Municipio de Puebla, en los términos solicitados de conformidad con el considerando VI del presente Punto de Acuerdo.

TERCERO. Se instruye a la Secretaría de Gobernación del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla para que, a través de la Unidad de Concertación en Juntas Auxiliares y Atención Vecinal, tome protesta a las y los integrantes suplentes de las Juntas Auxiliares de La Resurrección y San Pedro Zacachimalpa del Municipio de Puebla que entrarán en funciones, en términos del considerando X del presente Punto de Acuerdo.

CUARTO. Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento para que, de aviso al Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, de conformidad con la fracción XXVII del artículo 78 de la Ley Orgánica Municipal.

QUINTO. Se instruye a la Secretaría de Administración y Tecnologías de la Información y a la Tesorería Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla para que realicen los trámites administrativos correspondientes para la baja y alta de las personas servidoras públicas mencionados, en virtud de lo establecido en los considerandos VI y VII del presente Punto de Acuerdo.

SEXTO. Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento para que notifique el presente Punto de Acuerdo a las Secretarías de Gobernación, de Administración y Tecnologías de Información y a la Tesorería Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla. Así como a las Dependencias que de acuerdo a sus atribuciones correspondan, para los efectos a que haya lugar.

SÉPTIMO. Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento para que publique el presente Punto de Acuerdo en la Gaceta Municipal.

 

ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 19 DE ENERO DE 2022. “PUEBLA CONTIGO Y CON RUMBO”. REG. MIGUEL ÁNGEL DE JESÚS MANTILLA MARTÍNEZ. RÚBRICA. REG. LEOBARDO RODRÍGUEZ JUÁREZ. RÚBRICA.

 

 

  

LA QUE SUSCRIBE, SILVIA GUILLERMINA TANÚS OSORIO, SECRETARIA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, CERTIFICO QUE LA RESOLUCIÓN QUE ANTECEDE FUE APROBADA EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS POR UNANIMIDAD DE VOTOS EN LA CUARTA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO CELEBRADA EL 21 DE ENERO DE 2022. LO ANTERIOR, PARA LOS EFECTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS A QUE HAYA LUGAR.- CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 21 DE ENERO DE 2022.- “CONTIGO Y CON RUMBO”.- RÚBRICA.

 

 

Por lo tanto, así se tendrá entendido para su ejecución; instruyendo se publique en la Gaceta Municipal, se circule y observe. 

 

ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 21 DE ENERO DE 2022.  EDUARDO RIVERA PÉREZ, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA. RÚBRICA.