TOMO XLIV Número 3 - 9 Mayo 2022

 

 

Gaceta Municipal del Honorable Ayuntamiento de Puebla

Tomo XLIV Número 3

Lunes, 09 de mayo de 2022

La Gaceta Municipal es el órgano oficial de difusión del Ayuntamiento de Puebla

Convocatoria


Minuta


Convocatorias

  •  CONVOCATORIA A LA DÉCIMA QUINTA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CABILDO (09-05-2022)

 

Al margen un logotipo que dice: "Contigo y con rumbo".

 

A LOS CC. REGIDORAS Y REGIDORES

A LA C. SÍNDICO MUNICIPAL

INTEGRANTES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA

P R E S E NT E S

 

Me permito hacer de su conocimiento, que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 70, 74 primer párrafo y 75 primer párrafo y 76 de la Ley Orgánica Municipal, 36, 37, 38, 42, 104 del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, se les convoca a la celebración de la Décimo Quinta Sesión Extraordinaria de Cabildo, que tendrá verificativo el día 09 de mayo del año en curso a las 10:00 horas, misma que se llevará a cabo de forma presencial en el Salón de Cabildos del Palacio Municipal, en el cual se tratarán puntos conforme al siguiente:

 

 

ORDEN DEL DÍA

 

  1. Lista de Asistencia.
  2. Declaración de Quórum Legal y apertura de la Décimo Quinta Sesión Extraordinaria de Cabildo.
  3. Lectura y en su caso aprobación del Orden del Día.
  4. Lectura, discusión y en su caso aprobación del Dictamen que presentas las y los Regidores Integrantes de la Comisión de Seguridad, Justicia y Protección Civil por el que se modifica y actualiza la Imagen de identidad institucional de la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla.
  5. Lectura, discusión y en su caso aprobación del Punto de Acuerdo por el que se aprueba la baja y destino final de los ejemplares caninos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla.

Cierre de la Sesión.

 

 

Sin más por el momento le reitero las seguridades de mi más atenta y distinguida consideración.

 

 
ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 04 DE MAYO DE 2022. SILVIA GUILLERMINA TANÚS OSORIO. SECRETARIA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO. RÚBRICA.

 

 

 RESOLUCIÓN 2022/98

 

EDUARDO RIVERA PÉREZ, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, a sus habitantes, sabed:

 

Que por conducto de su Secretaría el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:

 

DICTAMEN POR EL QUE SE MODIFICA Y ACTUALIZA LA IMAGEN DE IDENTIDAD INSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA.

 

RES.2022/98

 

 

CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIONES I, II Y III INCISO h), DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 102 PÁRRAFO PRIMERO, 103 PÁRRAFO PRIMERO, 105 FRACCIÓN III DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; 2, 3, 78 FRACCIONES I, IV, XXXII Y LXIII, 80, 84, 85, 92 FRACCIONES I, V Y VII, 94, 118, 119, 120, 122 Y 123 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; 12 FRACCIONES VII Y XIV, 63 PÁRRAFO SEGUNDO, 97 Y 114 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE CABILDO Y COMISIONES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, SOMETEMOS A LA DISCUSIÓN Y APROBACIÓN DE ESTE HONORABLE CUERPO EDILICIO, EL DICTAMEN POR EL QUE SE MODIFICA Y ACTUALIZA LA IMAGEN DE IDENTIDAD INSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, POR LO QUE, EN TÉRMINOS DE LOS SIGUIENTES:

 

C O N S I D E R A N D O S

 

I. Que, como lo establecen los artículos 115, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 102 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 2 y 3 de la Ley Orgánica Municipal, el municipio Libre es una Entidad de derecho público, base de la división territorial y de la organización política y administrativa, integrado por una comunidad establecida en un territorio, con un gobierno de elección popular directa, cuyo propósito es satisfacer las necesidades colectivas de la población, así como inducir y organizar la participación de los ciudadanos en la promoción del desarrollo integral de sus comunidades, y se encuentra investido de personalidad jurídica y de patrimonio propios; su Ayuntamiento administrará libremente su hacienda y no tendrá superior jerárquico. No habrá autoridad inmediata entre el Municipio y el Gobierno del Estado.

II. Que, en el inciso h) de la fracción III del mencionado artículo 115 y alineado al inciso h) del primer párrafo, del artículo 104 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, se establece que los municipios tendrán a su cargo la Seguridad Pública, con funciones inherentes a la Policía Preventiva Municipal, en este sentido, el ámbito de responsabilidades adicionales se remite al contenido del artículo 21 párrafo noveno de la citada Constitución Federal, y que la institución policial se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo y honradez, así como respeto a los derechos humanos, igualmente reconocidos en la Constitución.

III. Que, entre las atribuciones de los Ayuntamientos se encuentra la de cumplir y hacer cumplir, en los asuntos de su competencia las leyes, decretos y disposiciones de observancia general de la Federación y del Estado, así como de los ordenamientos municipales; expedir y actualizar reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general, que organicen la Administración Pública Municipal, llevando a cabo el respectivo proceso reglamentario que comprenderá las etapas de propuesta, análisis, discusión, aprobación y publicación, de acuerdo a lo establecido en los artículos 115 fracción II, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 105 fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 78 fracción III y 84 de la Ley Orgánica Municipal.

IV. Que, de acuerdo con lo establecido por los artículos 92 fracciones I, III, V, VII y IX de la Ley Orgánica Municipal y 12 fracciones VII y VIII del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, son facultades y obligaciones de los Regidores, ejercer la debida inspección y vigilancia, en los ramos a su cargo; ejercer las facultades de deliberación y decisión de los asuntos que le competen al Ayuntamiento; dictaminar e informar sobre los asuntos que les encomiende el Ayuntamiento y promover todo lo que crean conveniente al buen servicio público; presentar al Cabildo las propuestas de cualquier norma general, puntos de acuerdo y cualquier tema de su interés; cumplir con las obligaciones y comisiones que les hayan sido encomendadas por el Cabildo y las que les otorguen otras disposiciones aplicables.

V. Que el artículo 4 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública establece que, para el funcionamiento y operación de dicho sistema, contará con las instancias, instrumentos, políticas, acciones y servicios, tendientes a cumplir los fines de la Seguridad Pública. Lo cual se logrará a partir de una coordinación, que deberá realizarse en un marco de respeto a las atribuciones de cada una de las instancias de la Federación, las Entidades Federativas y los Municipios. Por lo que, la coordinación en comento, será el eje del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

VI. Que, el artículo 11, fracción I de la Ley Nacional sobre Uso de la Fuerza establece que la presencia de autoridad es la primera forma de contacto que tienen los policías con la ciudadanía en general, incluso es el primer nivel del uso legítimo de la fuerza, y consiste en el adecuado uso del uniforme y del equipo acorde a las circunstancias, así como una actitud diligente, en este sentido, destaca portar el uniforme con honor, orgullo y sentido de pertenencia a la Institución y proyectar una renovada imagen institucional que sea congruente al concepto de seguridad ciudadana.

VII. Que, a fin de contar con una mejor policía en el Municipio de Puebla, el Plan Municipal de Desarrollo 2021 – 2024, en el Programa 8, Seguridad Cercana y Efectiva al Servicio de la Ciudadanía, establece la estrategia 4, denominada “Fortalecer la planeación Institucional en materia de Seguridad Pública, definiendo dentro de sus Líneas de Acción 42: “Diseñar practicas innovadoras que permitan la mejora de los resultados internos y externos en materia de seguridad pública” y la 44: “Implementar modelos de mejora continua y calidad en la Secretaría de Seguridad Ciudadana”.

VIII. Que, para posicionar el concepto de seguridad ciudadana caracterizado por un enfoque centrado en las personas, requiere de diversos componentes, si bien lo fundamental es la conducta ética de los policías, lo accesorio no es menos importante, tales como el uniforme y equipamiento, como lo son los vehículos, mismos que se distingan con claridad y provoquen un sentimiento más cercano y de proximidad con la gente, ya que se trata de la representación institucional más inmediata ante los ciudadanos.

IX. Que, el Manual de Identidad para las Corporaciones de Seguridad Publica, aprobado por el Consejo Nacional de Seguridad Pública en su XLVI Sesión Ordinaria, ha sufrido diversos cambios desde su aprobación, siendo el último notificado a la Secretaría de Seguridad Ciudadana en fecha 15 de abril de 2022, lo que implica que cualquier instrumento jurídico debe estar permanente en situación de actualización, para no ser obsoleto a las tendencias actuales; por ello, dicho Manual es básicamente una directriz, una guía de aplicación obligatoria que estandariza, distingue y da identidad al nuevo Modelo Nacional de Policía; busca homologar la imagen institucional de las corporaciones policiales, quedando la responsabilidad de cada una de las instituciones el compromiso de proyectar la imagen como una institución avanzada y profesional. En este sentido, si bien la estandarización es relevante, lo es también que la ciudadanía distinga y perciba con claridad la calidad de la participación en las acciones de seguridad pública que realiza cada una de sus corporaciones de policía que están a su servicio, tanto Municipales, como Estatales y Federales.

X. Que, en consecuencia de lo anterior, mediante el presente Dictamen se busca fundamentar la actualización de la Imagen de Identidad Institucional de la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, conforme a las especificaciones establecidas en el Anexo Único, cuyas modificaciones fundamentales consisten en el uso de colores como el rosa y el amarillo, además de los tonos azul, característicos de las corporaciones de Seguridad Pública.

XI. Que las modificaciones y actualización de la Imagen de Identidad Institucional de la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, obedecen a que el nivel de desconfianza hacia los cuerpos policiacos ha aumentado en los últimos cuatro años en el Municipio de Puebla; esto, de acuerdo a datos de la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (ENSU) 2021, la Policía Preventiva Municipal ha registrado aumentos en las categorías de “mucha” y “algo” de desconfianza por parte de las y los poblanos. Por ello es la imperiosa necesidad de realizar un cambio en la Imagen Institucional de la Corporación, a través de la implementación del Programa “Modelo de Policía Cercana y Confiable”, que tiene como metas cambiar esa percepción y fortalecimiento de la confianza ciudadana hacía sus cuerpos de seguridad.

XII. Que, lo anterior implica, en consecuencia, un cambio radical del diseño e imagen de los uniformes de las y los policías de la Secretaria de Seguridad Ciudadana del Municipio de Puebla, así como de las patrullas, consistentes en vehículos tipo Sedan, Pick up y motocicletas, que permitan generar un mensaje armónico con la combinación de colores en el que incluya una percepción distinta hacia los cuerpos de seguridad, derivado del aumento de la desigualdad social, de las lógicas individualistas y de las situaciones de competencia en un contexto de creciente diversidad que cada vez más es interpretado en términos de inseguridad. Por ello, utilizar el color rosa, en un vínculo de sensibilidad y apoyo a la ciudadanía, por parte de sus Fuerzas Municipales de Seguridad Ciudadana, con un claro mensaje de solidaridad a la no violencia contra la mujer combinado con la pureza de un azul que transmite espacios de paz y tranquilidad en los ambientes de todo el municipio, y los cuales se marcan en una base amarilla que implica un respeto, honor, lealtad y seguridad, siendo el color que define claramente el cambio radical de la imagen de toda una corporación.

XIII. Que, a mayor abundamiento, el color rosa en la imagen de las patrullas y uniformes representa el acercamiento al combate del aumento de la desigualdad social; aunado, a los incrementos en los delitos de violencia familiar, violación y abuso sexual que registraron Municipios del Estado de Puebla, que cuentan con una Alerta de Violencia de Género (AVG) durante el primer trimestre de 2022, en comparación con el mismo lapso, pero de 2021, tal como se desprende de un análisis realizado por el Instituto para la Gestión y Administración Municipal (IGAVIM) con base en datos del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP). Por lo anterior, se sirve de utilizar el color rosa, en un vínculo de sensibilidad y apoyo a la ciudadanía, por parte de sus Fuerzas Municipales de Seguridad Ciudadana, con un claro mensaje de solidaridad a la no violencia contra la mujer, siendo el color que define claramente el cambio radical y de sensibilidad en la imagen de toda una corporación.

XIV. Que, el cambio Imagen de Identidad Institucional propuesto, permite permear y sensibilizar a toda una sociedad, implica cambiar la indumentaria que identifica a los cuerpos de seguridad con colores que envíen un mensaje armónico a las y los ciudadanos y con ello generar una identidad y concordancia con el equipo (patrullas) que portan y con los cuales generara la distinción y el inicio de un modelo de policía más cercana y confiable.

XV. Que, las modificaciones propuestas, los escudos y logotipos oficiales están homologados conforme a lo dispuesto en el Manual de Identidad para las Corporaciones de Seguridad Publica, aprobado por el Consejo Nacional de Seguridad Pública. La construcción de la seguridad ciudadana requiere de la suma de voluntades, aunado a la implementación de estrategias y capacidades específicas para afrontar la criminalidad; por ello, es preciso que la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Honorable Ayuntamiento de Puebla, cuente con el suficiente número de patrullas, aunado a que sus policías, estén dotados de uniformes de calidad que les permita desarrollar sus actividades adecuadamente, por ello es que resulta indispensable que además de la adquisición de uniformes y vehículos, estos estén debidamente alineados a la imagen institucional que se propone en el presente Dictamen y a su Anexo Único, que corre agregado.

XVI. Que, en cumplimiento a las disposiciones constitucionales y legales descritas, y con el objetivo de dotar a las y los policías de la Secretaria de Seguridad Ciudadana del Municipio de Puebla de una imagen institucional actualizada y moderna, acorde a la necesidades actuales, se somete a consideración de este Cuerpo Edilicio para su discusión y aprobación, el Dictamen que modifica la Imagen de Identidad Institucional de la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla y por lo tanto la adquisición de uniformes y vehículos patrulla con la imagen institucional, en los términos referidos en el Anexo Único del presente Dictamen.

Que, por lo anteriormente expuesto y fundado, el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla emite el siguiente:

 

D I C T A M E N

 

PRIMERO. Se aprueba el Dictamen que modifica y actualiza la Imagen de Identidad Institucional, para los uniformes y vehículos patrulla de la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, en los términos del Anexo Único del presente Dictamen.

SEGUNDO. El presente Dictamen entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla.

TERCERO. Se instruye a la persona Titular de la Secretaria del Ayuntamiento que notifique el presente Dictamen a la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, para los efectos legales y administrativos correspondientes.

CUARTO. Se instruye a la persona Titular de la Contraloría Municipal, a verificar que la imagen institucional de uniformes y patrullas de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, cumpla con el contenido de los Lineamientos que se aprueban en el presente Dictamen.

QUINTO. Se instruye a la persona Titular de la Secretaría del Ayuntamiento a que, una vez aprobado el presente Dictamen, realice los trámites administrativos correspondientes.


ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 04 DE MAYO DE 2022. LAS REGIDORAS Y LOS REGIDORES INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD, JUSTICIA Y PROTECCIÓN CIVIL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA. REGIDOR. MARVIN FERNANDO SARUR HERNÁNDEZ. RÚBRICA. REGIDORA. ROCIO SÁNCHEZ DE LA VEGA ESCALANTE. RÚBRICA. REGIDORA. GABRIELA RUÍZ BENÍTEZ. RÚBRICA.REGIDOR. MIGUEL ÁNGEL DE JESÚS MANTILLA MARTÍNEZ. RÚBRICA. REGIDORA. ANA LAURA MARTÍNEZ ESCOBAR. RÚBRICA.

 

 

LA QUE SUSCRIBE, SILVIA GUILLERMINA TANÚS OSORIO, SECRETARIA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, CERTIFICO QUE LA RESOLUCIÓN QUE ANTECEDE FUE APROBADA EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS POR UNANIMIDAD DE VOTOS EN LA DÉCIMO QUINTA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CABILDO CELEBRADA EL 09 DE MAYO DE 2022. LO ANTERIOR, PARA LOS EFECTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS A QUE HAYA LUGAR.- CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 09 DE MAYO DE 2022.- RÚBRICA.

 

 

Por lo tanto, así se tendrá entendido para su ejecución; instruyendo se publique en la Gaceta Municipal, se circule y observe. 

 

ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 09 DE MAYO DE 2022.  EDUARDO RIVERA PÉREZ, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA. RÚBRICA.

 

 

 

 

 RESOLUCIÓN 2022/99

 

 

EDUARDO RIVERA PÉREZ, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, a sus habitantes, sabed:

 

Que por conducto de su Secretaría el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:

 

PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA LA BAJA, DESINCORPORACIÓN Y DESTINO FINAL DE LOS EJEMPLARES CANINOS DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA.

 

RES.2022/99

 

 

CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIONES I, PRIMER PÁRRAFO, II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 102 PRIMER PÁRRAFO, 103 PRIMER PÁRRAFO Y 105 FRACCIÓN III DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; 1, 2, 3, 46, 78, 90, 91, 118, 120, 122, 140, 199 FRACCIÓN VIII, 207, 208, 209, 210, 211, 212, 213 Y 213 BIS DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; 9, 11 FRACCIONES XXIII, XLIII Y XLIV DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA; 1, 7 FRACCIÓN III, III.1, III.1.2.1, 27, 30, 31 Y 32 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA; 1, 52, 53 Y 54 DE LA NORMATIVIDAD GENERAL PARA LA ALTA, BAJA OPERATIVA, DESINCORPORACIÓN Y DESTINO FINAL DE LOS BIENES MUEBLES DEL GOBIERNO MUNICIPAL AL SERVICIO DE LAS DEPENDENCIAS QUE LO CONFORMAN; 1, 2, 64, 65, 66, 67 Y 68 DE LOS LINEAMIENTOS PARA EL ALTA, BAJA Y DESTINO FINAL DE LOS EJEMPLARES CANINOS; SE SOMETE A CONSIDERACIÓN DE ESTE HONORABLE ÓRGANO COLEGIADO, EL SIGUIENTE PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA LA BAJA, DESINCORPORACIÓN Y DESTINO FINAL DE LOS EJEMPLARES CANINOS DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES:

 

CONSIDERANDOS:

I. Que, los artículos 115 fracción I primer párrafo y VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 102 primer párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, establecen que cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal y el número de regidores y síndicos que la ley determine. La competencia que esta Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del Estado.

II. Que, los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 103 y 105 fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, disponen que el Municipio libre es la base de la división territorial y de la organización política de los Estados. Los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley. Los Ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia.

III. Que, los artículos 1, 2, 3, 46, 78, 90, 91, 118, 120, 122, 140 y 199 fracción VIII, de la Ley Orgánica Municipal, señalan que el Municipio Libre es una Entidad de Derecho Público, siendo base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado de Puebla, integrado por una comunidad establecida en un territorio, con un gobierno de elección popular directa; y que este se encuentra investido de personalidad jurídica y de patrimonio propios, su Ayuntamiento administrará libremente su hacienda y no tendrá superior jerárquico.

IV. Que, los artículos 207, 208, 209, 210, 211, 212, 213 y 213 BIS de la Ley Orgánica Municipal, indican las facultades y obligaciones que el Honorable Ayuntamiento ostenta en materia de Seguridad Pública.

V. Que, el artículo 27 de la Normatividad General para la alta, baja operativa, desincorporación y destino final de los bienes muebles del Gobierno Municipal al servicio de las Dependencia que lo conforman, dispone que la Secretaría de Administración, integrará una Propuesta de Dictamen de Desincorporación de Bienes Muebles del Patrimonio Municipal y Destino Final, que será remitida al Presidente Municipal, para que la proponga al Cabildo para su aprobación, de conformidad con lo establecido por el artículo 363 fracción I del Código Fiscal y Presupuestario para el Municipio de Puebla.

VI. Que, los artículos 1, 52, 53 y 54 de la Normatividad en comento, contempla la figura de la donación de los bienes del patrimonio del gobierno municipal, caso que ocupa al presente, en relación con 16 ejemplares caninos.

VII. Que, el artículo 11 en su fracción XLIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Administración y Tecnologías de la Información del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla dispone que para el despacho de los asuntos competencia de la Secretaría, el Secretario tendrá entre otras atribuciones las de proponer al Cabildo a través del Presidente en el ámbito de su competencia la baja y destino final de los bienes muebles propiedad del Ayuntamiento.

VIII. Que, la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla envió solicitudes para baja operativa, desincorporación y destino final de bienes del Gobierno Municipal, por lo que la Secretaría de Administración y Tecnologías de la Información del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla estuvo en posibilidad de revisar tanto el estado físico de los bienes, así como la documentación soporte remitida junto con la petición, desahogando en consecuencia el procedimiento previsto en la Normatividad General para la alta, baja operativa, desincorporación y destino final de los bienes muebles del Gobierno Municipal al servicio de las Dependencia que lo conforman, comunicándose a la Dependencia la procedencia de las bajas solicitadas, en su caso.

IX. Que, los artículos 1, 7 fracción III, III.1, III.1.2.1, 27, 30, 31 y 32 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, contempla la organización y distribución, así como la subordinación de las distintas Direcciones y Departamentos que integran a dicha Dependencia, siendo para el caso que nos ocupa el siguiente:

1. Secretaria de Seguridad Ciudadana
2. Coordinador General de operatividad Policial
3. Director de Policía Preventiva
4. Subdirector de Grupos Especiales
5. Jefe de Grupo Especial (en este caso el Grupo Especial Unidad Canina)

X. Que, la construcción de la seguridad ciudadana requiere de la suma de voluntades, aunado a la implementación de estrategias y capacidades específicas para afrontar la criminalidad; por ello, la existencia de la Unidad Canina en la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla contribuye en importantes acciones para este fin, tales como aseguramientos, seguridad y vigilancia y acciones en la prevención de delitos, optimizando un servicio más que necesario para la convivencia y armonía en la sociedad. Así entonces, el elemento primordial de la Unidad Canina lo constituye justamente el ejemplar canino, el cual se trata de un verdadero profesional de cuatro patas, cuyas capacidades mejoran el trabajo y la labor de sus compañeros policías. Por ello, hoy en día los caninos en la seguridad pública juegan un papel muy importante dado sus extraordinarias capacidades.

XI. Que, por lo anterior, es claro que los ejemplares caninos realizan un trabajo realmente indispensable y complicado para el que están adiestrados, lo que implica estar en condiciones permanentes de trabajo y actividades, que no les permite gozar de descanso y recreación como la mayoría de los canes domésticos. Al respecto, se requiere de una efectiva concientización de la necesidad de otorgarles una jubilación a estos ejemplares caninos, porque no son como tal una herramienta de trabajo, sino parte integrante del equipo de la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, por lo tanto, es fundamental ofrecerles un retiro digno y de calidad.

XII. Que, a efecto de que los ejemplares caninos de esta Secretaría gocen de un retiro digno y de una calidad de vida aceptable en su etapa geriátrica y en aplicación a los Lineamientos Ejemplares Caninos Registrados, en el que de manera específica en su artículo 68 establece el procedimiento de Cesantía, el cual se alcanzará de manera automática cuando el ejemplar canino, sin excepción alguna, cumpla 7 años de edad, sin importar su estado sanitario o nivel de habilidades.

XIII. Que, en este sentido, desde el año 2014, los siguientes ejemplares caninos fueron adquiridos por la entonces Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal, ahora Secretaría de Seguridad Ciudadana del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, los cuales, se describen a continuación:

Ejemplar Canino

Raza

Especialidad

Inventario

No. De microchip

Edad

1

Odín

Labrador retriever

Detección de explosivos y armas de fuego

CAN9-0015

(900)164000517992

9 años y 2 meses

2

Balto

Pastor belga malinois

Detección de explosivos y armas de fuego

CAN9-0013

939000002361169

9 años y 7 meses

3

Ninfa

Labrador retriever

Detección de explosivos y armas de fuego

CAN9-0014

(939)000002266817

10 años y 7 meses

4

Rocky

Labrador retriever

Detección de explosivos y armas de fuego

CAN9-0018

(939)000002296335

10 años y 7 meses

5

Matias

Golden retriever

Detección de explosivos y armas de fuego

CAN9-0011

(900)164000518006

9 años y 5 meses

6

Luna

Labrador retriever

Detección de explosivos y armas de fuego

CAN9-0016

(900)164000518010

9 años y 1 mes

7

Anuk

Pastor belga malinois

Detección de narcóticos

CAN9-0027

*071*637*078

9 años y 7 meses

8

Dingo

Golden retriever

Detección de narcóticos

CAN9-0001

(900)164000517993

9 años y 3 meses

9

Ramses

Labrador retriever

Detección de narcóticos

CAN9-0005

(900)164000517996

9 años y 4 meses

10

Simón

Labrador retriever

Detección de narcóticos

CAN9-0002

 

(900)164000518008

9 años y 6 meses

11

Dima

Golden retriever

Detección de narcóticos

CAN9-0022

9000164000605775

9 años y 6 meses

12

Otto

Pastor belga malinois

Detección de narcóticos

CAN9-0006

939000002360509

10 años y 1 mes

13

Anika

Labrador retriever

Detección de explosivos

CAN9-0020

Sin microchip de conformidad con su ficha técnica

13 años 6 meses

14

Sophie

Pastor belga malinois

Guardia y protección

CAN9-0025

939000002360504

11 años y 10 meses

15

Luke

Pastor belga malinois

Guardia y protección

CAN9-0021

*071*627*600

11 años y 1 mes

16

Hanna

Pastor belga malinois

Detección de restos humanos

CAN9-0024

939000002378362

9 años y 7 meses

17

Sabu

Pastor belga malinois

Detección de narcóticos

CAN9-0009

*003*840*605

Falleció a los 10 años por eutanasia humanitaria a causa de una complicación provocada por un paro cardio respiratorio

18

Lucas

Golden Retriever

Detección de narcóticos

CAN9-0000

900164000517994

Falleció a los 9 años y 2 meses por Asfixia por tumor tiroideo e insuficiencia renal y hepática

 


XIV. Los ejemplares caninos indicados en el considerando anterior, fueron asignados al Grupo Especial Unidad Canina de la Dirección de Policía Preventiva de esta Secretaría de Seguridad Ciudadana del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, desempeñando funciones de prevención y seguridad en el Municipio de Puebla, en binomio con los elementos adscritos a la mencionada Unidad, así como para su cuidado, adiestramiento y seguridad.

XV. Que, con fecha 22 de noviembre de 2021, el Encargado de Despacho de la Coordinación General de Operatividad Policial notificó mediante memorándum al Director Administrativo de la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla la eutanasia canina practicada al ejemplar de nombre “Sabu” el día 18 de noviembre del referido año. Con fecha 07 de diciembre de 2021, el Director Administrativo, realizó las gestiones correspondientes para el trámite de baja del canino, al Director Administrativo, Técnico y de Apoyo de la Secretaría de Administración, remitiendo copia simple de la documentación respectiva.

XVI. Que, a través de memorándum de fecha 23 de diciembre de 2021, el Encargado de Despacho del Grupo K9, informó al Coordinador General de Operatividad Policial el fallecimiento derivado de asfixia por tumor tiroideo e insuficiencia renal y hepática del ejemplar de nombre “Lucas”, ocurrido en esa misma fecha, y posteriormente el día 10 de enero de 2022, fue solicitado por el Enlace Administrativo de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, se realicen las gestiones correspondientes para el trámite de baja del canino, al Director de enlaces Administrativos de la Dirección General Administrativa de la Secretaría de Administración y Tecnologías de la Información, remitiendo copia simple de la documentación respectiva.

XVII. Que, con fecha 07 de abril de 2022, el Encargado de despacho de la Unidad Canina, solicitó al Director de Policía Preventiva, gestionar el procedimiento correspondiente para la baja y desincorporación de 16 ejemplares caninos de nombres ODÍN, BALTO, NINFA, ROCKY, MATIAS, LUNA, ANUK, DINGO, RAMSES, SIMÓN, DIMA, OTTO, ANIKA, SOPHIE, LUKE y HANNA, al que adjuntó 16 expedientes por cada uno de ellos, los cuáles contienen:

a) Solicitud de baja.
b) Dictamen médico del estado sanitario, físico general y de habilidades del ejemplar canino emitido por el C. Francisco de la Luz Acevedo, Médico Veterinario Zootecnista, del cual se desprenden las consideraciones bajo las cuales se actualiza la cesantía y por ende la baja del ejemplar canino.
c) Ficha técnica.
d) Certificados.
e) Solicitud de donación original firmada por el personal interesado en adoptarlos, de la Secretaría de Seguridad Ciudadana.

Con base en el dictamen médico señalado en el inciso b) elaborado por el veterinario de esa Unidad, del cual se desprende el estado sanitario, físico general y de habilidades de los 16 ejemplares caninos, de conformidad con el Considerando XII de este Punto de Acuerdo, se concluye que los mismos han superado los 7 años de edad, actualizando así la causa de baja por cesantía.

Lo anterior, conforme al Anexo Único que se adjunta al presente Punto de Acuerdo.

XVIII. Que, los Lineamientos para el Alta, Baja y Destino Final de los Ejemplares Caninos, en sus numerales 1, 2, 64, 65, 66, 67 y 68, refieren que los ejemplares caninos son patrimonio del Ayuntamiento, asimismo contempla el trato digno y humanitario que se le debe asignar a los mismos, teniendo como encargado de su cuidado a la Unidad Canina de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, de igual forma refiere lo siguiente:

• El Médico veterinario determinará el estado sanitario de los ejemplares caninos a fin de emitir la recomendación para su baja.
• El Policía Instructor determinará cuáles ejemplares caninos presentan pérdida de habilidades o baja de temperamento, a fin de emitir la recomendación para su baja.
• El Jefe de la Unidad Canina, con base en las recomendaciones anteriores, solicitará a la Dirección de Policía Preventiva y al Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales, inicie los trámites de baja.

XIX. Con fundamento en los artículos 1, 52, 53 y 54 de la Normatividad General para la Alta, Baja Operativa, Desincorporación y Destino Final de los Bienes Muebles del Gobierno Municipal al Servicio de las Dependencias que lo conforman, refiere que el Presidente Municipal con autorización del Cabildo podrá donar bienes muebles que forman parte del patrimonio municipal, previa desincorporación que de ellos se haya realizado, lo cual se hará constar en un contrato de donación.

XX. En atención a que los ejemplares ODÍN, BALTO, NINFA, ROCKY, MATIAS, LUNA, ANUK, DINGO, RAMSES, SIMÓN, DIMA, OTTO, ANIKA, SOPHIE, LUKE y HANNA, han cumplido con su servicio dentro del Grupo Especial Unidad Canina de esta Secretaría de Seguridad Ciudadana, por un periodo mayor de 7 años, es necesario su retiro del servicio, a fin de garantizarles una vida tranquila, digna y saludable, actualizando la causa de baja por Cesantía, contemplada en el artículo 68 número 1 de los Lineamientos para el Alta, Baja y Destino Final de los Ejemplares Caninos.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado el siguiente:

 

PUNTO DE ACUERDO

PRIMERO. Se aprueba en lo general y en lo particular por parte de este Honorable Cabildo, en términos del cuerpo del presente Punto de Acuerdo, LA DONACIÓN DE (16) DIECISÉIS EJEMPLARES CANINOS PERTENECIENTES AL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, detallándose como anexo único los documentos aprobados.

SEGUNDO. Se instruye a la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, genere el mecanismo idóneo para la entrega en donación de los ejemplares caninos materia del presente instrumento, PRIORIZANDO SU DONACIÓN A SUS MANEJADORES; no obstante, en caso de que su manejador no se encuentre en condiciones óptimas o no pueda tenerlo a su cargo, se podrá realizar el procedimiento de donación a los demás servidores públicos integrantes de la propia Secretaría en comento.

TERCERO. Para dar cumplimiento al contenido del presente, se instruye a la Secretaría de Administración y Tecnologías de la Información del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla a fin de que se elaboren los instrumentos jurídicos correspondientes.

CUARTO. Se instruye a la Secretaría de Administración y Tecnologías de la Información, para proceder a la baja del Sistema Integral de Inventarios de 18 DIECIOCHO EJEMPLARES CANINOS, así como de realizar los trámites administrativos y legales necesarios ante las instancias respectivas.

QUINTO. Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento del Municipio de Puebla, para que envíe copia certificada de la presente resolución al Ejecutivo del Estado y al Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, para los efectos legales a que haya lugar, así como a la Tesorera Municipal y a la Secretaría de Administración y Tecnologías de la Información, a fin de que procedan a realizar los trámites tendentes a su cumplimiento.

SEXTO. Se instruye a la Tesorería Municipal del Honorable Ayuntamiento de Puebla, para que informe a la Auditoría Superior del Estado de Puebla, sobre la desincorporación de los bienes descritos anteriormente, para los efectos legales y administrativos a que haya lugar.

 

ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 4 DE MAYO DE 2022. "CONTIGO Y CON RUMBO". C. EDUARDO RIVERA PÉREZ. PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA. RÚBRICA.

 

 

 

LA QUE SUSCRIBE, SILVIA GUILLERMINA TANÚS OSORIO, SECRETARIA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, CERTIFICO QUE LA RESOLUCIÓN QUE ANTECEDE FUE APROBADA EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS POR UNANIMIDAD DE VOTOS EN LA DÉCIMO QUINTA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CABILDO CELEBRADA EL 09 DE MAYO DE 2022. LO ANTERIOR, PARA LOS EFECTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS A QUE HAYA LUGAR.- CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 09 DE MAYO DE 2022.- RÚBRICA.

 

 

Por lo tanto, así se tendrá entendido para su ejecución; instruyendo se publique en la Gaceta Municipal, se circule y observe. 

 

ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 09 DE MAYO DE 2022.  EDUARDO RIVERA PÉREZ, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA. RÚBRICA.