Res. 2019/247 | Punto de Acuerdo mediante el cual se exhorta a los ciudadanos diputados del Honorable Congreso de la Unión para que aprueben la minuta que les envió el Senado de la República para la protección del maíz

CLAUDIA RIVERA VIVANCO, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, a sus habitantes, sabed:

Que por conducto de su Secretaría el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:

PUNTO DE ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE EXHORTA A LOS CIUDADANOS DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN PARA QUE APRUEBEN LA MINUTA QUE LES ENVIÓ EL SENADO DE LA REPÚBLICA PARA LA PROTECCIÓN DEL MAÍZ

RES. 2019/247

HONORABLE CABILDO:

LOS SUSCRITOS REGIDORES MARÍA ROSA MÁRQUEZ CABRERA Y JORGE IVÁN CAMACHO MENDOZA, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 102 Y 103 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; 3, 78 FRACCIONES I Y XVIII, 89, 92, FRACCIONES I Y VII Y 120 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; Y 2 FRACCIÓN XV, 12 FRACCIÓN VII, 63 SEGUNDO PÁRRAFO, 93 Y 130 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE CABILDO Y COMISIONES; SOMETEMOS A DISCUSIÓN Y APROBACIÓN DE ESTE HONORABLE CUERPO COLEGIADO EL SIGUIENTE PUNTO DE ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE EXHORTA A LOS CIUDADANOS DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN PARA QUE APRUEBEN LA MINUTA QUE LES ENVIÓ EL SENADO DE LA REPÚBLICA PARA LA PROTECCIÓN DEL MAÍZ, POR LO QUE:

CONSIDERANDO

I.    Que, como lo establece el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 102 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 2 y 3 de la Ley Orgánica Municipal, el Municipio libre es una entidad de derecho público, base de la división territorial y de la organización política y administrativa, integrado por una comunidad establecida en un territorio, con un gobierno de elección popular directa, cuyo propósito es satisfacer las necesidades de la población.

II.    Que, los acuerdos de los Ayuntamientos se tomarán por mayoría de votos del Presidente Municipal. Regidores y Síndico de conformidad con lo establecido en el artículo 77 de la Ley Orgánica Municipal.

III.    Que, el artículo 78, fracción XVIII, de la Ley Orgánica Municipal, establece que es facultad de los ayuntamientos promover cuanto estime conveniente para el progreso económico, social y cultural del Municipio.

IV.    Que, el artículo 92 fracciones III y IX de la Ley Orgánica Municipal, establece que son obligaciones y atribuciones de los Regidores, ejercer las facultades de deliberación y decisión de los asuntos que le competen al Ayuntamiento, así como las que determine el propio Cabildo y las que otorguen otras disposiciones aplicables.

V.    Que, el artículo 2 del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento de Puebla establece que un punto de acuerdo es un asunto de interés público que no se encuentra vinculado con propuestas normativas y que es presentado por el Presidente Municipal, dos o más Regidores, sometidos a consideración del Cabildo.

VI.    Que, de conformidad con el Reglamento antes citado, en su artículo 12 establece que dentro de las facultades de los Regidores está la de presentar al Cabildo las propuestas de cualquier norma general, puntos de acuerdo y cualquier tema de su interés.

VII.    Que, en sesión ordinaria de Cabildo, de fecha 19 de marzo del 2019, el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla dejó clara su postura en proteger el maíz nativo al aprobar, por unanimidad, la declaratoria de protección de maíz nativo, que se producen y cultivan en los suelos agrícolas del Municipio de Puebla.

VIII.    Que, en sesión celebrada con fecha 23 de abril de 2019, por el pleno de la Cámara de Senadores de la LXIV Legislatura del H. Congreso de la Unión, la Mesa Directiva recibió la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley Federal para el Fomento y Protección del Maíz Nativo, que suscribieron las senadoras Ana Lilia Rivera Rivera y Jesusa Rodríguez Ramírez, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.

IX.    Que, con la misma fecha del considerando inmediato anterior, la Presidencia de la Mesa Directiva del Senado de la República, dispuso que dicha Iniciativa con Proyecto de Decreto fuera turnada a las Comisiones de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural y de Estudios Legislativos Segunda para la elaboración del Dictamen respectivo.

X.    Que, en fecha 19 de septiembre del 2019, las Comisiones de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural y de Estudios Legislativos Segunda aprobaron el Dictamen a la Iniciativa de mérito y en esa misma fecha fue publicado en la Gaceta Parlamentaria del Senado de la Republica.

XI.    Que, en fecha 24 de septiembre del 2019, el Dictamen fue sometido a discusión ante el Pleno de la Cámara de Senadores, siendo aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 81 votos a favor, 1 en contra y 28 abstenciones. En esa misma fecha fue remitido a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción A) del artículo 72 de la CPEUM.

XII.    Que, en fecha 26 de septiembre del 2019, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados recibió la Minuta con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley Federal para el Fomento y Protección del Maíz Nativo y en esa misma fecha fue turnada para su análisis y elaboración de dictamen respectivo a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria.

XIII.    Que, la minuta de que se trata tiene como objetivos: Declarar a las actividades de producción, comercialización y consumo del maíz nativo y en diversificación constante, como manifestación cultural de conformidad con el artículo 3 de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales; declarar a la protección del maíz nativo y en diversificación constante en todo lo relativo a su producción, comercialización y consumo, como una obligación del Estado para garantizar el derecho humano a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, establecido en el tercer párrafo del artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y establecer mecanismos institucionales para la protección y fomento del maíz nativo y en diversificación constante.

XIV.    Que, toda vez que es de interés de este Honorable Ayuntamiento la protección del maíz nativo en el Municipio de Puebla para beneficio de su población es que se considera necesario que este Honorable Ayuntamiento haga saber a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, la postura del mismo en la conservación de ese patrimonio cultural.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, se pone a consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado la aprobación del siguiente:

PUNTO DE ACUERDO

PRIMERO. SE APRUEBA QUE SE EXHORTE A LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN PARA QUE, EN EL LIBRE USO DE SUS FACULTADES, CONFORME A DERECHO Y EN BENEFICIO DE LA POBLACIÓN MEXICANA, APRUEBE LA MINUTA QUE LE ENVIÓ EL SENADO DE LA REPÚBLICA PARA CREAR LA LEY FEDERAL PARA EL FOMENTO Y PROTECCIÓN DEL MAÍZ NATIVO POR CONSIDERAR DE INTERÉS PÚBLICO LA CONSERVACIÓN DE ESE PATRIMONIO CULTURAL.

SEGUNDO. SE INSTRUYE A LA SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO PARA QUE NOTIFIQUE EL PRESENTE PUNTO DE ACUERDO A LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN.

ATENTAMENTE, CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA; “PUEBLA, CIUDAD INCLUYENTE”, A 28 DE NOVIEMBRE DE 2019.- REG. MARÍA ROSA MÁRQUEZ CABRERA.- REG. JORGE IVÁN CAMACHO MENDOZA.- RÚBRICAS.

Por lo tanto, así se tendrá entendido para su ejecución; mandando se publique, circule y observe.


ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 04 DE DICIEMBRE DE 2019. "PUEBLA CIUDAD INCLUYENTE". CLAUDIA RIVERA VIVANCO, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA.- RÚBRICA; LIZA ELENA ACEVES LÓPEZ, SECRETARIA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA.- RÚBRICA.