Dictamen por el que se exhorta a la Coordinación General de Transparencia del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla a que se dé total cumplimiento a la Carta Internacional de Datos Abierto y a la Guía de Apertura Anticorrupción

CLAUDIA RIVERA VIVANCO, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, a sus habitantes, sabed:

Que por conducto de su Secretaría el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:

DICTAMEN POR EL QUE SE EXHORTA A LA COORDINACIÓN GENERAL DE TRANSPARENCIA DEL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA A QUE SE DE CUMPLIMENTO A LA CARTA INTERNACIONAL DE DATOS ABIERTOS Y A LA GUÍA DE APERTURA ANTICORRUPCIÓN

HONORABLE CABILDO:

LAS REGIDORAS LUZ DEL CARMEN ROSILLO MARTÍNEZ, PATRICIA MONTAÑO FLORES, ÁNGEL RIVERA ORTEGA, LIBERTAD AGUIRRE JUNCO, JACOBO ORDAZ MORENO Y JORGE EDUARDO COVIAN CARRIZALES INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO ABIERTO Y COMUNICACIÓN DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 103 PÁRRAFO PRIMERO Y 105 FRACCIÓN III DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA; 3, 77, 78 FRACCONES (sic) III, IV, LVIII, 92 FRACCIONES III Y IX DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; 12, 92, 93, 99, 129, 130 Y 131 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE CABILDO Y COMISIONES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES, SOMETEMOS A LA CONSIDERACIÓN Y APROBACIÓN DE ESTE ÓRGANO COLEGIADO EL DICTAMEN POR EL QUE SE EXHORTA A LA COORDINACIÓN GENERAL DE TRANSPARENCIA DEL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA A QUE SE DE CUMPLIMENTO A LA CARTA INTERNACIONAL DE DATOS ABIERTOS Y A LA GUÍA DE APERTURA ANTICORRUPCIÓN, EN ATENCIÓN A LOS SIGUIENTES:

CONSIDERANDOS

I.    Que los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la Ley y serán gobernados por un Ayuntamiento de elección popular directa, que tendrá la facultad para aprobar los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la Administración Pública Municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal, en términos de lo dispuesto por los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 103 párrafo primero, 105 fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 3, 78 fracción IV y 84 párrafo primero de la Ley Orgánica Municipal.

II.    Que, los acuerdos de los Ayuntamientos se tomarán por mayoría de votos del Presidente Municipal, Regidores y Síndico, de conformidad con lo establecido en el artículo 77 de la Ley Orgánica Municipal.

III.    Que, el artículo 78 fracción III de la Ley Orgánica Municipal, entre otras cosas, establece las atribuciones para que los Ayuntamientos puedan aprobar su organización y división administrativa de acuerdo a las necesidades del Municipio, mientras que la fracción LVIII determina la facultad de proveer lo conducente para la organización administrativa del Gobierno Municipal, creando o suprimiendo comisiones permanentes o transitorias, así como dependencias municipales y órganos de participación ciudadana, de acuerdo con las necesidades y el presupuesto del Municipio.

IV.    Que, el artículo 92 fracciones III y IX de la Ley Orgánica Municipal, establece que son facultades y obligaciones de los Regidores, las de ejercer las facultades de deliberación y decisión de los asuntos que le competen al Ayuntamiento, así como las que determine el  propio Cabildo y las que otorguen otras disposiciones aplicables.

V.    Que, los artículos 2 y 93 del Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, disponen que el Municipio de Puebla, será gobernado por un Cuerpo Colegiado, al que se le denominará “Honorable Ayuntamiento de Puebla”, que delibera, analiza, evalúa, controla y vigila los actos de la administración y del Gobierno Municipal, además los Regidores serán los encargados de vigilar la correcta prestación de los servicios públicos, así como el adecuado funcionamiento de los diversos ramos de la administración municipal.

VI.    Que, el Acceso a la Información Pública y la Protección de Datos Personales es un derecho humano reconocido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la propia del Estado de Puebla,  y a su vez una obligación para las autoridades, preservar sus archivos administrativos  actualizados y publicarán, a través de los medios electrónicos disponibles, la información completa y actualizada sobre el ejercicio de los recursos públicos y los indicadores que permitan rendir cuentas del cumplimiento de sus objetivos y de los resultados obtenidos.

VII.    Que, los datos abiertos son datos digitales que son puestos a disposición con las características técnicas y jurídicas necesarios para que puedan ser usados, reutilizados y redistribuidos libremente por cualquier persona, en cualquier momento y en cualquier lugar. (Open Data Charter, 2019)

VIII.    Que, la Carta Internacional de Datos Abiertos, es una iniciativa de gobiernos, organizaciones de la sociedad civil, sector privado y expertos en la materia, que articula los principios fundamentales para coordinar y promover la adopción de los Datos Abiertos a nivel global. Estos principios son un marco de acción común para que los datos sean un medio para el desarrollo sostenible.

IX.    Qué, en el mes de septiembre de 2015 México, realizó un llamado mundial a adoptar la Carta Internacional de Datos Abiertos. Ante este llamado realizado por el H. Ayuntamiento de Puebla el 30 de octubre de 2015 ratificó su intención de implementar la Carta de Datos Abiertos;

La Carta de Datos Abiertos se basa en seis principios rectores sobre gobierno:

•    Abierto Por Defecto

•    Oportunos y Completos

•    Accesibles y Utilizables

•    Comparable e Interoperable

•    Para Mejorar la Gobernanza y la Participación Ciudadana

•    Para el Desarrollo Inclusivo y la Innovación.

X.    Los países que adoptaron la Carta, buscaron lograr un mayor impacto con el uso de los datos, por lo que publicaron, en mayo de 2017 la primera versión de la “Guía de Apertura Anticorrupción”, cuya instrumentación e importancia radica en la publicación de la información en formatos de datos abiertos, que permita seguir el flujo financiero, conocer las personas que prestan servicios al Estado y la detección de comportamientos atípicos.

XI.    Que, la “Guía de Apertura Anticorrupción” propone que sean adoptados un total de 30 conjuntos de datos abiertos universales, sin embargo, no todos ellos pueden ser aplicados por el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, debido a sus atribuciones conferidas desde la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los que se pueden implementar son:

Conjunto de Datos

Categoría Anticorrupción

Declaración de Intereses

Individuos y Organizaciones

Registro de Compañías

Individuos y Organizaciones

Registro de Organizaciones Benéficas

Individuos y Organizaciones

Servidores Públicos que intervienen en Procesos de Contratación

Individuos y Organizaciones

Personas Políticamente Expuestas

Individuos y Organizaciones

Registro de Servidores Públicos

Individuos y Organizaciones

Lista de Contratistas de Gobierno

Individuos y Organizaciones

Consejos Consultivos de Gobierno

Individuos y Organizaciones

Presupuesto

Recursos Públicos

Procesos de Adquisición

Recursos Públicos

Licencias

Recursos Públicos

Gasto

Recursos Públicos

Subsidios de Gobierno

Recursos Públicos

Cooperación Internacional

Recursos Públicos

Contratos de Gobierno

Recursos Públicos

Datos de Auditorías

Regulación, procesos administrativos y registros

Decisiones Judiciales

Regulación, procesos administrativos y registros

Registros de Obras de Infraestructura Prioritarias

Regulación, procesos administrativos y registros

Record de Reuniones

Regulación, procesos administrativos y registros

Cambios en Regulaciones

Regulación, procesos administrativos y registros

Promesas de Campaña

Regulación, procesos administrativos y registros

Contratistas Sancionados

Regulación, procesos administrativos y registros

Quejas a Procesos de Adquisición

Regulación, procesos administrativos y registros

Impuestos

Extracción de Rentas

Declaración Patrimonial

Extracción de Rentas

XII.    Que, a la fecha no todos los campos/parámetros han sido aplicados o su aplicación ha sido parcial por parte del Gobierno de la Ciudad, lo que no ha permitido que la lucha contra la corrupción se vea entorpecida, por lo que en aras de contribuir al compromiso que esta administración tiene con el combate a la corrupción, se exhorta a la Coordinación General de Transparencia del H. Ayuntamiento, a que realice los trámites administrativos y legales necesarios y suficientes para la plena adopción y aplicación de la “Guía de Apertura Anticorrupción”.

Por lo anteriormente expuesto y fundado sometemos a consideración de este Cuerpo Edilicio el siguiente:

DICTAMEN

PRIMERO. Se exhorta a la Coordinación General de Transparencia del H. Ayuntamiento del Municipio de Puebla a que se dé cumplimento a la Carta Internacional de Datos Abiertos y a la Guía de Apertura Anticorrupción, al menos en el Conjunto de Datos enlistado en el considerando XI del presente dictamen.

SEGUNDO. Se instruye a Coordinación General de Transparencia a que en un plazo de treinta días naturales informe al Cabildo el cumplimiento del presente dictamen.

TERCERO. Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento, para que en el ámbito de sus facultades, dé a conocer el presente dictamen a todos los funcionarios públicos y dependencias y entidades del H. Ayuntamiento del Municipio de Puebla.

ATENTAMENTE, CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, 21 DE JULIO DE 2019. "PUEBLA, CIUDAD INCLUYENTE". REGIDOR Y REGIDORAS LUZ DEL CARMEN ROSILLO MARTÍNEZ, PATRICIA MONTAÑO FLORES, ÁNGEL RIVERA ORTEGA, LIBERTAD AGUIRRE JUNCO, JACOBO ORDAZ MORENO.- RÚBRICAS.

 

Por lo tanto, así se tendrá entendido para su ejecución; mandando se publique, circule y observe.


ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 6 DE SEPTIEMBRE DE 2019. "PUEBLA CIUDAD INCLUYENTE". CLAUDIA RIVERA VIVANCO, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA.- RÚBRICA; LIZA ELENA ACEVES LÓPEZ, SECRETARIA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA.- RÚBRICA.