ACUERDO QUE EMITE LA CONTRALORÍA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA POR EL QUE SE AMPLÍA EL PLAZO PREVISTO EN LA FRACCIÓN II DEL ARTICULO 33 DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN PATRIMONIAL - 4 Junio 2021

ACUERDO QUE EMITE LA CONTRALORÍA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA POR EL QUE SE AMPLÍA EL PLAZO PREVISTO EN LA FRACCIÓN II DEL ARTICULO 33 DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN PATRIMONIAL Y DE INTERESES EN LA MODALIDAD DE MODIFICACIÓN, CON MOTIVO DE LA EMERGENCIA SANITARIA PROVOCADA POR EL VIRUS SARS-COV2 A FIN DE QUE LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS CUMPLAN CON DICHA OBLIGACIÓN.

José María Sánchez Carmona, Contralor del Gobierno del Municipio de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 108 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1, 2, 4, 5, 49 fracción I y Tercero Transitorio de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, 7, 26, 31, 32 y 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; 102 y 105 de la Constitución Política para el Estado Libre y Soberano de Puebla; 78 fracciones I, II, IV y LXVII, 168 y 169 fracciones V, V Bis, VII,  XVI y XXIII de la Ley Orgánica Municipal, 4, 5, 6 fracciones V y VII, 7, 8, 9, 10, 11, 12 fracciones I, VIII, XX, XXIII y LXVIII, 16 fracciones II, IV, XII, XV, XVII, XVIII y XXII, 27 y 30 del Reglamento Interior de la Contraloría Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla; se dictan los siguientes:

CONSIDERANDO

PRIMERO.- La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a través del artículo 108, señala la obligación  de las y los servidores públicos de presentar bajo protesta de decir verdad la declaración de situación patrimonial y de intereses ante las autoridades competentes.

SEGUNDO.- Así mismo el artículo 124 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, señala que son servidores públicos las personas que desempeñan un empleo cargo o comisión de cualquier naturaleza.

TERCERO.- De acuerdo a los artículos 32, 33, 34, 46 y 48 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; 168 y 169 fracciones V y V Bis de la Ley Orgánica Municipal y 12 fracciones XX y XXIII del Reglamento Interior de la Contraloría Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, el Órgano Interno de Control de cada nivel de gobierno estará a cargo de la revisión, registro y resguardo de las declaraciones de situación patrimonial y de intereses que están obligados a presentar las y los servidores públicos, mismas que deberán ser presentadas por medios electrónicos.

CUARTO.- La Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción publicó diversos acuerdos a través de los cuales se dan conocer los formatos únicos para la presentación de la declaración de situación patrimonial y de intereses, mismos que deberán aplicarse para las y los funcionarios que conforman los tres niveles de gobierno sin importar el cargo que ostentan, lo anterior con el objetivo de homologar la información de las y los servidores públicos del país, y que a su vez dicha información pudiera resguardarse y consultarse a través de un solo sistema denominado PLATAFORMA DIGITAL NACIONAL, así mismo se informó que existirían dos tipos de declaraciones una COMPLETA para funcionarios con un cargo superior que cuenta con quince formatos para la presentación de la declaración de situación patrimonial, y siete formatos para la declaración de intereses, y otra SIMPLIFICADA que consta de siete formatos para la declaración de situación patrimonial,  asimismo se da a conocer que el primero de mayo de dos mil veintiuno era el plazo máximo para que los municipios pongan en función dichos formatos.

QUINTO.- El 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud declaró oficialmente como pandemia al coronavirus SARS-CoV2, razón por la cual se implementaron diversas medidas de prevención, tales como el resguardo domiciliario de las personas que formaran parte del sector vulnerable, así como la no concentración de más de 10 personas en un espacio reducido.

SEXTO.- La Contraloría Municipal del Honorable Ayuntamiento de Puebla realizó las gestiones necesarias a fin de comenzar con la implementación de un sistema para la presentación de la declaración de situación patrimonial y de intereses de las y los servidores públicos que conforman el Municipio de Puebla, por lo que a partir del primero de mayo de dos mil veintiuno comenzó a funcionar el nuevo sistema electrónico para la presentación de la declaración de situación patrimonial y de intereses, con los formatos que exige la Secretaria Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción.

SÉPTIMO.- Que a fin de preservar el derecho de la sociedad a la salud, fortalecer la reinserción gradual, paulatina y ordenada de las actividades a la vida cotidiana, observando las recomendaciones de movilidad, contacto físico y concentración masiva de personas, conforme al semáforo epidemiológico, que disminuyan los riesgos en la transmisión del virus SARS-CoV2 brote COVID-19 (Coronavirus), y evitar un tercer periodo epidémico, se acuerda ampliar el plazo establecido en la fracción II del artículo 33 de la Ley General de Responsabilidades, con el propósito de que las y los servidores públicos puedan dar cumplimiento de manera oportuna y veraz a sus obligaciones.

ACUERDO QUE EMITE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA POR EL QUE SE AMPLIA EL PLAZO PREVISTO EN LA FRACCIÓN II DEL ARTICULO 33 DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN PATRIMONIAL Y DE INTERESES EN LA MODALIDAD DE MODIFICACIÓN, CON MOTIVO DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LOS NUEVOS FORMATOS QUE EMITIÓ LA SECRETARÍA EJECUTIVA DEL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN Y DE LA EMERGENCIA SANITARIA PROVOCADA POR EL VIRUS SARS-COV2, A FIN DE QUE LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS CUMPLAN CON DICHA OBLIGACIÓN.

PRIMERO.- Se acuerda ampliar el plazo previsto en la fracción II del artículo 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas hasta el treinta de junio de dos mil veintiuno, a fin de que las y los servidores públicos puedan dar cumplimiento a sus obligaciones.

SEGUNDO.- Las declaraciones de situación patrimonial y de intereses en la modalidad de inicio y conclusión, serán presentadas en los plazos que prevén las fracciones I y III de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente acuerdo entrará en vigor al día de su firma; y será difundido a través de una Circular dirigida a las y los titulares de las Dependencias y Entidades del Honorable Ayuntamiento del Municipio, y será publicada en la Gaceta Municipal  del Honorable Ayuntamiento de Puebla.

En la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a 1 de junio de dos mil veintiuno, el Contralor Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, José María Sánchez Carmona. CONSTE.

JOSÉ MARÍA SÁNCHEZ CARMONA. CONTRALOR MUNICIPAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA. RÚBRICA.



Por lo tanto, así se tendrá entendido para su ejecución; instruyendo se publique en la Gaceta Municipal, se circule y observe.

ATENTAMENTE. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 04 DE JUNIO DE 2021. "PUEBLA CIUDAD INCLUYENTE". ARGELIA ARRIAGA GARCÍA, PRESIDENTA MUNICIPAL SUPLENTE DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE PUEBLA.- RÚBRICA.